PROYECTO DE TP
Expediente 5967-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA INCLUSION DEL PERSONAL RETIRADO, JUBILADO Y PENSIONADO DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ EN LA BONIFICACION ESTABLECIDA POR LA LEY 19485, DE PAGO ADICIONAL PREVISIONAL PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA REGION PATAGONICA Y TERRITORIOS AUSTRALES.
Fecha: 23/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 149
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional:
1) que a través de la Dirección
General del Cuerpo Penitenciario del Servicio Penitenciario Federal, dependiente
del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación, y por
medio de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), arbitre los
medios que se encuentren a su alcance a los efectos de que el personal
Retirado, Jubilado y Pensionado del Servicio Penitenciario Federal de la
Provincia de Santa Cruz, sean incluidos en la bonificación establecida por la ley
19.485 con destino a beneficiarios de las Cajas Nacionales de Previsión
radicados en las provincias de la Patagonia.
2) que se instrumenten los medios
necesarios a fin de que se reglamente en su totalidad la ley 19.485 sancionada
el 09 de febrero de 1972, a fin de que todos sus beneficiarios perciban dicha
bonificación.
3) que se incluyan a los haberes
mensuales de los Retirados, Jubilados y Pensionados del Servicio Penitenciario
Federal de la Provincia de Santa Cruz, los beneficios otorgados por los decretos
Nº 2260/91, 756/92, 2807/93 y el decreto 1275/05.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto y pedido,
surge a raíz de que la ley nacional N° 19.485, sancionada en el año 1972,
estableció el coeficiente de bonificación 1,20, denominado comúnmente "zona
austral" o "suplemento zona Sur" , para las jubilaciones, pensiones y
prestaciones mínimas, que las Cajas Previsionales deben abonar a los
beneficiarios radicados en las provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa
Cruz, Tierra del Fuego, Islas Malvinas, e Islas del Atlántico Sur.
Para el pago de esta bonificación,
la ley 19.485 sólo exige que el beneficiario previsional resida en la zona
comprendida. La bonificación de la ley 19.485, tuvo por objeto "coadyuvar al
programa de afincamiento y crecimiento demográfico de la región sur del país,
posibilitando su desarrollo regional y atender prioritariamente las necesidades
sociales derivadas del mayor costo de vida", así las cosas, el "plus patagónico"
es abonada al beneficiario por el hecho de residir" en zona de condiciones
adversas.
Por ello solicito al Poder Ejecutivo
que por conducto del organismo que corresponda, se abone el suplemento
"Plus Patagónico" al Personal de Retirados, Jubilados y Pensionados del Servicio
Penitenciario Federal con residencia sea la Provincia de Santa Cruz Este
beneficio, a la fecha es percibido solo por el personal en actividad.
De acuerdo a los datos
suministrados por el Indec , los habitantes de la región patagónica y
Principalmente mis coprovicianos estamos en condiciones de desigualdad
económica en relación al costo de vida de nuestra zona, es por esta razón señor
presidente que debemos actuar en forma acelerada para poder así equiparar a
estas 89 familias con los costos de otras regiones.
Es por ello que espero que este
suplemento se haga efectivo, llevando a cabo el pago a cada beneficiario,
atendiendo fundamentalmente a las necesidades particulares de este conjunto
social, compuesto en gran parte por adultos mayores. Todos ellos nativos de la
provincia o afincados en la misma desde hace muchos años, identificados con
sus raíces culturales, sus costumbres y sus nobles sentimientos.
Asimismo, los decretos Nº 2260/91
(COMPENSACION POR INESTABILIDAD DE RESIDENCIA PARA EL PERSONAL
DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL), 756/92 (REMUNERACIONES DEL
PERSONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL), 2807/93 (CREACION DE
SUPLEMENTOS PARTICULARES PARA EL PERSONAL DEL SERVICIO
PENITENCIARIO FEDERAL), y el decreto 1275/05 (DECRETO DE NECESIDAD Y
URGENCIA SOBRE ACTUALIZACION DE COEFICIENTES DE SUPLEMENTOS DEL
SERVICO PENITENCIARIO FEDERAL), establecen beneficios que aun no han
sido efectivamente otorgados a el personal del Servicio Penitenciario Federal, y
esto permitiría el reconocimiento económico, aunque no suficiente, al
mencionado personal.
Es por estas razones y las que
oportunamente expondré, que solicito a mis pares me acompañen en este
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ACUÑA KUNZ, JUAN ERWIN B. | SANTA CRUZ | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL (Primera Competencia) |