PROYECTO DE TP
Expediente 5944-D-2015
Sumario: DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA 2229/2015, POR EL QUE SE RESTABLECE LA VIGENCIA DEL REEMBOLSO ADICIONAL A LAS EXPORTACIONES. DEROGACION.
Fecha: 12/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 153
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Deróguese el
Decreto Nacional 2.229/2015, publicado en el Boletín Oficial del día 3 de
noviembre de 2015.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente Proyecto de Ley tiene
por objeto derogar el Decreto Nacional 2.229/2015, publicado en el BO del día
3 de Noviembre de 2015, el cual reestablece el sistema de reembolsos
adicionales a las exportaciones, otorgados por ley 23.018 y prorrogados por ley
24.490, que benefician a los puertos patagónicos y aduanas ubicados al sur del
Río Colorado, en detrimento de las terminales portuarias que operan en la
Provincia de Buenos Aires.
El referido Decreto Nacional
2.229/2015 representa una trasgresión al principio constitucional establecido en
el Artículo 12, el cual prohíbe la concesión de preferencias a un puerto respecto
de otro por medio de leyes o reglamentos de comercio, impidiendo que los
otros puertos puedan competir en igualdad de condiciones con aquellos
ubicados en el sur del territorio argentino, negándoles asimismo a los
productores del territorio nacional equitativas perspectivas de comercialización
de sus bienes.
A esto hay que agregar que el
referido beneficio ha sido otorgado a través del sistema de Decretos de
Necesidad y Urgencia, que tienen un alcance acotado a determinadas temáticas
y bajo circunstancias excepcionales -que no se han dado en este caso- y
requieren posterior convalidación por la Comisión Bicameral Permanente de
Trámite Legislativo, Ley 26.122, y luego por las Cámaras, sin que hasta el
momento se haya sometido a tratamiento.
Sin perjuicio de ello, asumiendo el
pleno ejercicio de las potestades constitucionales ordinarias del Congreso
relativas a la derogación de normas de carácter legislativo emitidas por el Poder
Ejecutivo, y tal como lo reafirma el artículo 25 de la Ley 26.122, proponemos el
presente Proyecto de Ley.
Ante la reimplantación de esta
clase de reembolso, es que resulta imprescindible evitar la continuidad de los
aspectos negativos que trajo aparejado para las provincias no patagónicas, y
específicamente a la provincia de Buenos Aires y el puerto de Bahía Blanca en
particular, la promoción a los puertos al sur del Colorado a través del de desvío
de cargas con destino de exportación que anteriormente se canalizaban por los
puertos de la provincia de Buenos Aires.
Al respecto, y encontrándose Bahía
Blanca a escasos ciento cuarenta kilómetros del Río Colorado, es que, más allá
de la mucha o escasa afectación inmediata que pueda sufrir el puerto local, el
referido DNU resulta un obstáculo al desarrollo del puerto local ya que afecta
directamente los objetivos y estrategias establecidos para los próximos años,
tanto en pos de su crecimiento económico como de los puestos laborales que
pudieran verse afectados. Por tal motivo el Honorable Concejo Deliberante de la
ciudad de Bahía Blanca ha resuelto el pasado 5 de noviembre "Rechazar el
Decreto N° 2.229/2015 del Poder Ejecutivo Nacional", "Solicitar a la Presidenta
de la Nación Dra. Cristina FERNANDEZ de KIRCHNER la urgente revisión del
Decreto del PEN N° 2.229/2015 ordenando su inmediata suspensión", y
"Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que deje sin efecto el Decreto del PEN N°
2.229/2015".
Los antecedentes históricos
resultan sumamente preocupantes: cuando en el pasado se implementaran los
referidos reembolsos, los mismos generaron extraordinarios perjuicios y caídas
en operaciones de exportación de frutas y pescado congelado, como así
también en el rubro cargas generales, lo cual a su vez trajo aparejado la
pérdida de puestos de trabajo, tanto directos como indirectos, así como el
desaprovechamiento de una importante infraestructura de muelles-grúas,
depósitos, sistemas de refrigeración, etc.
Vale recordar que, con fecha 12 de
abril de 2005, por nota SH Nro. 079 y para referirse al proyecto prorrogando el
sistema de reembolsos adicionales a las exportaciones a los puertos
patagónicos y aduanas ubicados al sur del Río Colorado que oportunamente
impulsaran los senadores patagónicos, el entonces secretario de Hacienda
Carlos Mosse, le señalaba al presidente de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación, Jorge Capitanich,
que teniendo en cuenta los compromisos internacionales asumidos por nuestro
país con la Organización Mundial del Comercio (OMC) y del estudio realizado
por organismos competentes, se concluía que la prórroga de los beneficios,
reembolsos adicionales a las exportaciones por puertos patagónicos, implicaba
la violación de la prohibición establecida por el acuerdo firmado por nuestro
país con la OMC.
A todo lo anterior habría que
agregar que las medidas cuestionadas representarían una merma en los
ingresos fiscales, y solo provocarían el otorgamiento de beneficios económicos
para el sector exportador, que es quien recibe los reembolsos, siendo que estos
deberían tener como destinatarios a los productores.
Como medida alternativa existe la
posibilidad de subsidiar la producción patagónica, otorgándoles beneficios
directos a los productores, para que estos tengan la libertad de seleccionar el
puerto más conveniente para la salida de sus mercaderías, en lugar de
brindarles los referidos beneficios económicos a los exportadores, únicos
beneficiados del sistema de reembolsos que se intenta reimplantar y que tan
negativamente ha impactado en nuestras economías provinciales.
Por todo expuesto, es que solicito
a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados acompañen en la sanción del presente
Proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMERCIO (Primera Competencia) |
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |