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PROYECTO DE TP


Expediente 5942-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL MONTO Y LA COMPOSICION DE ACTIVOS QUE INTEGRA EL SALDO AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2008 DEL FONDO DE GARANTIAS DE LOS DEPOSITOS - FGD - ADMINISTRADO POR SEGUROS DE DEPOSITOS SA - SEDESA -.
Fecha: 22/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 148
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional para que, por intermedio del Banco Central de la República Argentina, informe lo siguiente:
1) ¿Cuál es el monto y la composición de activos que integra el saldo al 30 de septiembre de 2008 del FONDO DE GARANTÍAS DE LOS DEPÓSITOS (F.G.D.) administrado por SEGUROS DE DEPÓSITOS S.A. (SEDE- SA), de conformidad con lo establecido por Ley Nº 24.485 y Decreto Nº 540/95?
2) ¿Cuáles son los movimientos que sufrió el F.G.D. durante el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2008 y el 1º de octubre de 2007? Se ruega detallar el origen de los fon- dos y sus aplicaciones, incluyendo muy especialmente las operaciones autorizadas por el art. 10 bis, inciso f) que señala: "Realizar, mantener o financiar programas de pase con bancos del exterior que tengan por finalidad contribuir a la estabilidad del Sistema Financiero, con la previa conformidad del BAN- CO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y con cargo al F.G.D.".

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el marco de la crisis finan- ciera internacional, las entidades bancarias del mundo están siendo es- pecialmente asistidas por sus respectivos gobiernos como la forma más eficaz para proteger los derechos de propiedad de los depositantes y ahorristas. El criterio adoptado es diametralmente opuesto al que se ha aplicado en nuestro país durante los lamentables sucesos del período 2001-2002. En aquella ocasión, las autoridades nacionales no dudaron en afectar directamente a todos los argentinos para proteger a las enti- dades.
Ante la inminencia de similares amenazas, se hace imprescindible extremar los recaudos para evitar consecuencias similares que avasallen nuevamente los derechos de propiedad de los argentinos.
Una de las herramientas con las que cuenta el sistema bancario argentino es el FONDO DE GARANTÍA DE LOS DEPÓSITOS (F.G.D.) administrado por SEGURO DE DEPOSITOS SO- CIEDAD ANONIMA (SEDESA), entidad creada por Ley Nº 24.485 y sus mo- dificaciones.
Según las informaciones publi- cadas en el sitio de internet de la mencionada entidad, el saldo del F.G.D. al 30 de agosto de 2008 se elevaba a $ 2.516.890.049,-.
La especial pre- ocupación que motiva este proyecto de Resolución es la ausencia de información patrimonial de SEDESA actualizada. Esta carencia de infor- mación adquiere mayor importancia cuando se advierten las facultades que la norma legal le atribuye para administrar los recursos recibidos de las entidades bancarias. El artículo 10 de la mencionada Ley señala tex- tualmente: "Los recursos del F.G.D. serán invertidos en condiciones simila- res a las fijadas para la colocación de las reservas internacionales de divisas del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sin perjuicio de ello, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA podrá autorizar que hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de los bienes que compo- nen el F.G.D. se invierta en títulos públicos nacionales. Los rendimientos del F.G.D. formarán parte del mismo y serán reinvertidos en las mismas condiciones. Mensualmente SEDESA informará al público y a la SUPERIN- TENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS el saldo del F.G.D.". El artículo 10 bis también señala en su inciso f): "Realizar, mante- ner o financiar programas de pase con bancos del exterior que tengan por finalidad contribuir a la estabilidad del Sistema Financiero, con la previa conformidad del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y con cargo al F.G.D.".
Atento a las dudas sobre la re- al composición del nivel de reservas del Banco Central de la República Argentina, un simple carácter transitivo extiende estas mismas dudas al saldo del F.G.D., sembrando incertidumbre sobre la verdadera capaci- dad del sistema bancario argentino para proteger los derechos de pro- piedad de los depositantes y ahorristas.
Igual que en los demás aspec- tos vinculados con la administración pública, la transparencia en la in- formación pública es el mejor mecanismo para brindar confianza y evi- denciar la responsabilidad de nuestros administradores. Lamentable- mente, la realidad argentina sólo muestra opacidad y reticencia del Gobierno nacional para explicitar el manejo y destino de los recursos públicos.
Por lo expuesto, solicito al Cuerpo el apoyo al presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GINZBURG, NORA RAQUEL CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE POR LOS DERECHOS CIUDADANOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)