PROYECTO DE TP
Expediente 5942-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL MONTO Y LA COMPOSICION DE ACTIVOS QUE INTEGRA EL SALDO AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2008 DEL FONDO DE GARANTIAS DE LOS DEPOSITOS - FGD - ADMINISTRADO POR SEGUROS DE DEPOSITOS SA - SEDESA -.
Fecha: 22/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 148
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo nacional
para que, por intermedio del Banco Central de la República Argentina, informe
lo siguiente:
1) ¿Cuál es el monto y la composición
de activos que integra el saldo al 30 de septiembre de 2008 del FONDO DE GARANTÍAS
DE LOS DEPÓSITOS (F.G.D.) administrado por SEGUROS DE DEPÓSITOS S.A. (SEDE-
SA), de conformidad con lo establecido por Ley Nº 24.485 y Decreto Nº 540/95?
2) ¿Cuáles son
los movimientos que sufrió el F.G.D. durante el período comprendido entre el 30 de
septiembre de 2008 y el 1º de octubre de 2007? Se ruega detallar el origen de los fon-
dos y sus aplicaciones, incluyendo muy especialmente las operaciones autorizadas por
el art. 10 bis, inciso f) que señala: "Realizar, mantener o financiar programas
de pase con bancos del exterior que tengan por finalidad contribuir a la
estabilidad del Sistema Financiero, con la previa conformidad del BAN-
CO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y con cargo al F.G.D.".
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el marco de la crisis finan-
ciera internacional, las entidades bancarias del mundo están siendo es-
pecialmente asistidas por sus respectivos gobiernos como la forma más
eficaz para proteger los derechos de propiedad de los depositantes y
ahorristas. El criterio adoptado es diametralmente opuesto al que se ha
aplicado en nuestro país durante los lamentables sucesos del período
2001-2002. En aquella ocasión, las autoridades nacionales no dudaron
en afectar directamente a todos los argentinos para proteger a las enti-
dades.
Ante la inminencia de similares
amenazas, se hace imprescindible extremar los recaudos para evitar
consecuencias similares que avasallen nuevamente los derechos de
propiedad de los argentinos.
Una de las herramientas con
las que cuenta el sistema bancario argentino es el FONDO DE GARANTÍA
DE LOS DEPÓSITOS (F.G.D.) administrado por SEGURO DE DEPOSITOS SO-
CIEDAD ANONIMA (SEDESA), entidad creada por Ley Nº 24.485 y sus mo-
dificaciones.
Según las informaciones publi-
cadas en el sitio de internet de la mencionada entidad, el saldo del
F.G.D. al 30 de agosto de 2008 se elevaba a $ 2.516.890.049,-.
La especial pre-
ocupación que motiva este proyecto de Resolución es la ausencia de
información patrimonial de SEDESA actualizada. Esta carencia de infor-
mación adquiere mayor importancia cuando se advierten las facultades
que la norma legal le atribuye para administrar los recursos recibidos de
las entidades bancarias. El artículo 10 de la mencionada Ley señala tex-
tualmente: "Los recursos del F.G.D. serán invertidos en condiciones simila-
res a las fijadas para la colocación de las reservas internacionales de
divisas del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sin perjuicio
de ello, el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA podrá autorizar
que hasta un CINCUENTA POR CIENTO (50 %) de los bienes que compo-
nen el F.G.D. se invierta en títulos públicos nacionales. Los rendimientos
del F.G.D. formarán parte del mismo y serán reinvertidos en las mismas
condiciones. Mensualmente SEDESA informará al público y a la SUPERIN-
TENDENCIA DE ENTIDADES FINANCIERAS Y CAMBIARIAS el saldo del
F.G.D.". El artículo 10 bis también señala en su inciso f): "Realizar, mante-
ner o financiar programas de pase con bancos del exterior que tengan
por finalidad contribuir a la estabilidad del Sistema Financiero, con la
previa conformidad del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA y
con cargo al F.G.D.".
Atento a las dudas sobre la re-
al composición del nivel de reservas del Banco Central de la República
Argentina, un simple carácter transitivo extiende estas mismas dudas al
saldo del F.G.D., sembrando incertidumbre sobre la verdadera capaci-
dad del sistema bancario argentino para proteger los derechos de pro-
piedad de los depositantes y ahorristas.
Igual que en los demás aspec-
tos vinculados con la administración pública, la transparencia en la in-
formación pública es el mejor mecanismo para brindar confianza y evi-
denciar la responsabilidad de nuestros administradores. Lamentable-
mente, la realidad argentina sólo muestra opacidad y reticencia del
Gobierno nacional para explicitar el manejo y destino de los recursos
públicos.
Por lo expuesto, solicito al
Cuerpo el apoyo al presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GINZBURG, NORA RAQUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE POR LOS DERECHOS CIUDADANOS |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FINANZAS (Primera Competencia) |