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PROYECTO DE TP


Expediente 5928-D-2014
Sumario: REEMBOLSO ADICIONAL A LAS EXPORTACIONES, DE PRODUCTOS ORIGINARIOS DE LA PATAGONIA, QUE SE REALICEN POR TODOS LOS PUERTOS COMPRENDIDOS ENTRE SAN ANTONIO OESTE Y USHUAIA. - LEY 23018 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 3 BIS SOBRE CERTIFICADO DE ORIGEN.
Fecha: 06/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PROYECTO DE LEY INCORPORANDO UN ART. A LA LEY 23018 (REEMBOLSO A LAS EXPORTACIONES POR PUERTOS AL SUR DEL RÍO COLORADO) ACERCA DEL CERTIFICADO DE ORIGEN
Artículo 1.- Agregase como artículo 3 bis de la Ley 23.018 el siguiente:
"Artículo 3 bis.- Certificado de origen. El reembolso a las exportaciones se otorgará en función del puerto o aeropuerto más cercano al lugar de producción, dentro de la provincia que expida el certificado de origen (C.O).
El certificado de origen (C.O) que identifique la procedencia del producto a exportar, deberá contener:
a) Nombre de la denominación, lugar, distrito, municipio.
b) Definición precisa e inconfundible de los productos, especialmente si se tratan de materias primas con o sin elaboración, individuales o colectivas, especificas de una especie, variedad, tipo, como así también el grado de complejidad del servicio y sus particularidades identificatorias."
Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 23.018, que se prorrogara mediante la Ley 24.490, instituyó el beneficio del reembolso a las exportaciones de mercaderías cuyo embarque y cumplimiento de la declaración aduanera de exportación para consumo se realice a través de los puertos y aduanas ubicadas al sur del Río Colorado.
El objeto de este reembolso consistió en lograr un desarrollo equilibrado de toda la Patagonia en relación a su sistema de producción de las mercaderías exportables y estableciendo regímenes razonables referenciales y estables que favorezcan la desconcentración poblacional a favor de nuestra región austral.
Mediante el proyecto de autoría del ex senador nacional Norberto Massoni S-1293/04 de fecha 7/05/04, sobre reembolsos por puertos patagónicos, se propuso oportunamente una modificación integral de la ley 23.018 y sus modificatorias, el mismo establece como mecanismo para poder identificar en el al Certificado de origen, de una forma precisa e inconfundible, el lugar de procedencia de las mercaderías a exportar.
El proyecto de resolución número 143/04 aprobado por la Honorable Legislatura del Chubut, solicita al Honorable Senado de la Nación la incorporación al expediente S-2505/04 de fecha 17/08/04, de un artículo que establezca el Certificado de Origen.
Considero, por lo tanto, que lo más adecuado es establecer el reembolso a través de un certificado de origen de la mercadería, identificando las distintas provincias de la Patagonia.
Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares la pronta sanción del presente proyecto de ley
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMERCIO (Primera Competencia)
ECONOMIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA