PROYECTO DE TP
Expediente 5907-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL FINANCIAMIENTO ESTATAL QUE RECIBE EL CANAL DE TELEVISION MAPUCHE " WALL KINTUN ", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 10/11/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que a través de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual
(AFSCA) informe sobre los siguientes puntos:
Cuál es el financiamiento estatal que
recibe el canal de televisión mapuche "Wall Kintun"?
Si en los últimos seis meses este
financiamiento se ha otorgado en tiempo y forma a dicho canal?
En caso negativo sobre la pregunta
anterior informe las causas por las cuales se ha desregularizado el pago
Qué tipo de medidas están previstas
para solucionar esta situación?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley N° 26.522, sancionada por el
Congreso Nacional en 2009, prevé en su artículo 21 que por esta normativa "serán
operados por tres (3) tipos de prestadores: de gestión estatal, gestión privada con
fines de lucro y gestión privada sin fines de lucro".
A su vez, en su artículo 4° define a
las emisoras comunitarias como aquellos "actores privados que tienen una
finalidad social y se caracterizan por ser gestionadas por organizaciones sociales
de diverso tipo sin fines de lucro. Su característica fundamental es la participación
de la comunidad tanto en la propiedad del medio, como en la programación,
administración, operación, financiamiento y evaluación. Se trata de medios
independientes y no gubernamentales. En ningún caso se la entenderá como un
servicio de cobertura geográfica restringida."
Por su parte el artículo 97 de la Ley
N° 26.522 demuestra en su inciso f) que contempla al actor comunitario como un
actor específico y que es voluntad de la ley fortalecerlo, constituyendo un fondo
"para proyectos especiales de comunicación audiovisual y apoyo a servicios de
comunicación audiovisual, comunitarios, de frontera, y de los Pueblos Originarios,
con especial atención a la colaboración en los proyectos de digitalización."
El Estado contribuye al financiamiento
de estos actores con aportes del Presupuesto Nacional. Y el Fondo de Fomento
Concursable para Medios de Comunicación Audiovisual (FOMECA) es el mecanismo
diseñado por la AFSCA para el cumplimiento del artículo 97 de la Ley de Servicios
de Comunicación Audiovisual, que establece que el 10% de los fondos recaudados
por el organismo serán destinados a proyectos especiales de comunicación
audiovisual comunitarios, de frontera y de los pueblos originarios.
En diciembre de 2012, la Presidenta
Cristina Fernández y las autoridades del AFSCA anunciaron el lanzamiento del
primer canal indígena Wall Kintun en el marco de la nueva Ley de Medios. Sin
embargo, a tres años del lanzamiento los trabajadores del canal han tomaron las
oficinas del Afsca en Bariloche por la falta de presupuesto para su funcionamiento.
En la actualidad este canal no tiene recursos para pagar sueldos, internet ni
teléfonos, y de las 20 personas que comenzaron el proyecto sólo quedan 3.
En medio periodísticos, los
trabajadores señalaron que no se está cumpliendo con lo establecido en el artículo
152 de la ley de medios y que tampoco obtuvieron lo que corresponde por parte
del Instituto de Asuntos Indígenas que se apuntó en la fotografía cuando fue
lanzado el canal.
A raíz de esta situación, la emisora
prácticamente no tiene contenidos (sólo pone al aire un noticiero) y los periodistas
reclaman por la falta de equipos para realizar sus labores.
Consideramos que la Ley de Servicios
de Comunicación Audiovisual es un importante avance normativo para la
democratización y la pluralización el sector. Reivindicamos el espíritu de la ley a fin
de que puedan expresarse sectores históricamente postergados como son los
Pueblos Originarios.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PROYECTO SUR - UNEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |