PROYECTO DE TP
Expediente 5904-D-2008
Sumario: TRANSFERENCIA A TITULO GRATUITO DE UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL A LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS.
Fecha: 17/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1°: Transfiérase a
título gratuito a favor de la provincia de Entre Ríos, el dominio del inmueble propiedad
del Estado nacional, ubicado en el Departamento Concordia, ciudad de Concordia,
Planta Urbana, Manzana 2490, domicilio parcelario en calle Pellegrini N° 780, inscripto
en Concordia el 22 de julio de 1946, bajo el Tomo 59, Folio 362, Partida Provincial N°
135.095, Partida Municipal N° 2490/002.
ARTÍCULO 2°: La
transferencia que se dispone en el artículo precedente se efectúa con cargo a que la
beneficiaria destine el inmueble al funcionamiento del Centro de Salud "María Martina
Beñatena de Caminal".
ARTÍCULO 3°: Los gastos
que demande la presente ley estarán a cargo de la beneficiaria.
ARTÍCULO 4º: El Poder
Ejecutivo Nacional realizará los trámites pertinentes para efectivizar el cumplimiento de
los objetivos de la presente ley. Asimismo, deberá adoptar las medidas necesarias a
efectos de concluir con la respectiva transferencia en el término de noventa (90) días de
entrada en vigencia de la presente ley.
ARTÍCULO 5º: Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la ciudad de
Concordia, provincia de Entre Ríos, en el año 1946, Don Juan Caminal donó
gratuitamente y a perpetuidad a la entonces Dirección Nacional de Salud Pública
(actual Ministerio de Salud de la Nación) "un edificio con cargo a que sea
destinado exclusiva y permanentemente para la instalación del Centro de Salud
Maternal e Infantil de Concordia y que dicho centro lleve como nombre el de su
extinta esposa doña María Martina Beñatena de Caminal".
Desde el momento
de la donación y por más de 60 años, el Centro de Salud "María Martina
Beñatena de Caminal" cumplió un importantísimo papel en la atención de la
salud de la población de Concordia, contando con profesionales de todas las
ramas, particularmente especializado en pediatría, ginecología y odontología. Ha
sido uno de los Centros de vacunación de más demanda que ha atendido a
niños de toda la región a lo lardo de estos años. Asimismo, cuenta en la
actualidad, con un consultorio de alta complejidad en el que se atienden las
patologías respiratorias como el asma.
Con la sanción de
la Ley N° 19.337 en el año 1971, se les otorgó carácter de "organismos
descentralizados" a cincuenta (50) establecimientos hospitalarios de nuestro
país, los cuáles tenían como objetivo básico lograr una elevación del nivel de
salud con especial énfasis en los sectores de población de menores recursos
socio-económicos. Estos organismos de salud, eran descentralizados desde el
punto de vista administrativo, pero en lo que respecta a su aspecto técnico-
científico actuaban bajo normas y directivas implantadas por el entonces
Subsecretaría de Salud Pública de la Nación.
Posteriormente por
Decreto N° 2367 (BO. 7/5/87) se modifica la Ley N° 19.337 y se incluyen
diversos establecimientos hospitalarios entre los que se incluyó el Centro
Nacional de Salud María de Caminal.
Esta ley
descentralizó los establecimientos de salud, desde el punto de vista
administrativo, pero la propiedad de los terrenos y edificios en los cuales
funcionaban los mismos, siguió perteneciendo al Estado Nacional, tal es el caso
del Centro de Salud "María Martina Beñatena de Caminal".
Por Decreto
1110/05 que aprobó la actualización y ordenamiento de la Ley Nº 11.672,
Complementaria Permanente de Presupuesto, la Nación se compromete a
transferir a la jurisdicción de las respectivas provincias, la administración y
funcionamiento de los hospitales e institutos que dependen de la Nación, entre
los cuales se encontraba dicho Centro de Salud.
En cumplimiento a
dicha normativa, y atento la necesidad de regularizar la situación dominial de
dicho centro dado que a más de 37 años de descentralización de mismo, aun no
se ha formalizado la respectiva transferencia del inmueble, es que solicito a este
Honorable Cuerpo la pronta aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ZAVALLO, GUSTAVO MARCELO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PETIT, MARIA DE LOS ANGELES | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1068-D-10 |