PROYECTO DE TP
Expediente 5900-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS PARTIDAS GIRADAS PARA LA CONSTRUCCION DEL "SUPER DOMO RIOJANO" EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA.
Fecha: 22/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 116
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
que, a través de los organismos que resulten competentes, informe lo que a
continuación se solicita referente a las partidas giradas a la Provincia de La
Rioja para la construcción del "Super Domo Riojano" en el Parque de la
Ciudad capital de dicha provincia:
1) Si el Poder
Ejecutivo Nacional ha transferido a la Provincia de La Rioja fondos para la
construcción del "Súper Domo Riojano" en el Parque de la Ciudad capital de
dicha provincia;
2) En caso de una
respuesta afirmativa al Punto 1), informe:
a. Bajo qué número de
expediente se encuentran registradas las partidas destinadas a dicha obra;
b. La suma total
comprometida y efectivamente girada a la fecha con el detalle de las
transferencias realizadas;
c. Cuál es el presupuesto
total de dicha obra, a qué programa nacional se encuentra afectado, y
cuáles son los plazos previstos de ejecución;
d. Los motivos y razones
que justifican la necesidad y pertinencia de dicha construcción en el marco
de los objetivos del programa dentro del cual se realizan los desembolsos y
de las necesidades de la provincia de La Rioja en materia de infraestructura
para provisión de agua, cloacas y vivienda social, entre otras;
e. Qué evaluaciones
técnicas se realizaron para autorizar dichos aportes;
f. Si el Poder Ejecutivo
Nacional conoce que, mediante el Decreto N° 1.193, del 8 de agosto de
2013, el gobernador Luis Beder Herrera dispuso que la construcción de
dicha obra se adjudicara de forma directa a diferentes ONG´s y
asociaciones civiles;
g. Si esta forma de
contratación no resulta contraria a las Leyes N˚ 13.064 de Obra Pública y
N˚ 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector
Público Nacional;
h. Cómo se compatibiliza
dicho mecanismo de adjudicación con la aplicación de medidas preventivas
destinadas a crear, mantener y fortalecer sistemas para la adquisición de
bienes y servicios por parte del Estado que aseguren publicidad, equidad y
eficiencia establecidos en el Artículo 5 Inciso 3 de la Convención
Interamericana Contra la Corrupción (aprobada por Ley Nº 24.759), y con
los valores mínimos que cada Estado parte deberá considerar a la hora de
establecer los sistemas de contratación pública basados en la transparencia,
competencia y criterios objetivos para la adopción eficaz de decisiones
establecidos en la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción
(aprobada por Ley Nº 26.097).
i. En caso haber
desconocido la aplicación de dicho mecanismo de adjudicación de la obra, si
el Poder Ejecutivo Nacional evalúa tomar algún tipo de medida con respecto
al gobierno de la Provincia de La Rioja.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El gobernador de La Rioja, Luis
Beder Herrera, firmó, el pasado 8 de agosto de 2013, el decreto de necesidad
y urgencia N° 1.193 mediante el cual destinó $ 50 millones para construir un
estadio cubierto, sin licitación, en la capital provincial.
La obra, denominada "Súper
Domo Riojano", tendrá capacidad para 11.000 personas sentadas en butacas
y estará ubicado cerca del nuevo Parque de la Ciudad, en la avenida de
circunvalación.
El decreto, firmado también por
los ministros de Infraestructura, Néstor Bosetti, y de Hacienda, Ricardo
Guerra, justifica la asignación directa de los recursos por la "necesidad,
urgencia e importancia de tener dicha obra a la brevedad", lo que torna
"imprescindible contar en el menor tiempo posible con los instrumentos
legales necesarios tendientes a financiar y concretar la obra".
Según el decreto, "la provincia
compromete su apoyo político e institucional, económico y financiero para la
concreción de esta obra convirtiéndola en un hito o ícono urbano impactante
para los riojanos", y autoriza "al Ministerio de Infraestructura a efectuar
desembolsos por un valor de hasta 50.000.000 de pesos" y a "brindar la
asistencia financiera en la modalidad de subsidios y en los plazos y montos
que el mismo determine, a las diferentes Asociaciones Civiles y/o ONG
involucradas en la ejecución de la obra".
La modalidad de asignación de
fondos para la concreción de obras públicas a ONG's o asociaciones civiles no
es nueva en la provincia; por el contrario, es una herramienta a la cual el
gobernador recurre con sorprendente asiduidad, garantizando mediante estas
instituciones el direccionamiento de los fondos hacia empresas con aceitados
vínculos y relaciones con el gobierno provincial, y eludiendo a su vez los
controles establecidos en las diferentes normas de contratación del
Estado.
Pero lo que motiva el presente
pedido de informes es precisamente el hecho que el titular de
Infraestructura, Néstor Bosetti, afirmara de manera categórica que "estos
$50 millones, o se usan para la obra, o se devuelven. No se pueden usar en
nada más".
En declaraciones realizadas a
Radio Fénix de La Rioja, Bosetti despejó absolutamente todas las dudas
acerca del origen de los fondos. Consultado por el periodista acerca de "quién
pone la plata", y si "el gobierno provincial tiene tanta plata como para poner
$50 millones de pesos para hacer un Superdomo", el ministro respondió: "El
valor que tiene el Superdomo en cuanto a metros cuadrados y como va a
estar terminado, todo eso. Es un monto el cual se pidio a Nación. Ese tipo de
administración de los fondos estipulaban un gasto de $ 150 millones de
pesos. Pero al hacerlo por Administración, mediante la SAPEM Vial. Así se
bajan notablemente los costos y tendremos un Superdomo por $50 millones.
Esa plata es un fondo específico nacional que viene con ese fin, destinado
para hacer esa obra, que quedará como capital para todos los riojanos. Para
siempre..."
A partir de la declaración del
funcionario provincial, exigimos al Poder Ejecutivo Nacional que aclare si ha
transferido a la Provincia de La Rioja fondos para la construcción del "Súper
Domo Riojano"; bajo qué número de expediente se encuentran registradas
las partidas destinadas a dicha obra; la suma total comprometida y
efectivamente girada a la fecha con el detalle de las transferencias
realizadas; cuál es el presupuesto total de dicha obra, a qué programa
nacional se encuentra afectado, y cuáles son los plazos previstos de
ejecución.
Pero además, en términos de
racionalidad de la obra pública, le solicitamos al Gobierno Nacional explique
los motivos y razones que justifican la necesidad y pertinencia de dicha
construcción en el marco de los objetivos del programa dentro del cual se
realizan los desembolsos y de las necesidades de la provincia de La Rioja en
materia de infraestructura para provisión de agua, cloacas y vivienda social,
entre otras.
Si el Poder Ejecutivo Nacional
conoce que la construcción de dicha obra se adjudicara de forma directa a
diferentes ONG´s y asociaciones civiles, entendemos que nos debe explicar
cómo se compatibiliza esta forma de contratación con las Leyes N˚ 13.064 de
Obra Pública y N˚ 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional, la Convención Interamericana Contra la
Corrupción (aprobada por Ley Nº 24.759), y la Convención de las Naciones
Unidas Contra la Corrupción (aprobada por Ley Nº 26.097).
Por todo lo expuesto solicito a
mis pares me acompañen en la aprobación del presente pedido de
informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
BRIZUELA Y DORIA DE CARA, OLGA INES | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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