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PROYECTO DE TP


Expediente 5891-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE LA EVALUACION QUE HIZO LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD SOBRE EL "CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION" CELEBRADO CON LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), EL 29 DE DICIEMBRE DE 2009.
Fecha: 05/08/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 95
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitarle a la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) que informe sobre los siguientes puntos:
1.- Que evaluación hizo la DNV sobre el CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION celebrado con la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) el 29 de Diciembre de 2009, convalidado por Resolución DNV 1659.
2.- En referencia al CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION citado en el punto número 1 (uno): indique porque causas no se constituyó la "Unidad de Coordinación" que establecía el convenio.
3.- En referencia al CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION citado en el punto número 1 (uno): indique porque causas el convenio no fue prorrogado por las partes.
4.- Informe si en la actualidad la DNV mantiene algún tipo de convenio con la ANSV cuyo objeto sea específicamente el mejoramiento de la seguridad asociada a la infraestructura vial.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Auditoría General de la Nación (AGN) es un organismo constitucional con autonomía funcional que asiste técnicamente al Congreso de la Nación en el ejercicio del control externo del Sector Público Nacional mediante la realización de auditorías y estudios especiales para promover el uso eficiente, económico y eficaz de los recursos públicos.
A principios de este año la AGN a través de la Resolución AGN 004/14 aprobó un "Estudio especial de seguridad vial vinculado a los aspectos de la infraestructura vial - Actuación AGN 595/10".
El informe incluyó una evaluación de la gestión de los organismos viales gubernamentales con competencia en la seguridad vial (Dirección Nacional de Vialidad - Organismo de Control de Concesiones Viales - Agencia Nacional de Seguridad Vial).
El estudio comprendió un amplio período que va desde 1995 hasta diciembre de 2012 y las tareas de campo propias del objeto de examen fueron desarrolladas entre el 14 de septiembre de 2011 y el 30 de marzo de 2013.
El informe tiene fecha de 28 de Noviembre de 2013 y en base a sus opiniones y conclusiones esta basado el presente proyecto de resolución.
La Dirección Nacional de Vialidad (DNV) ejerce la propiedad y jurisdicción total sobre la RED VIAL NACIONAL DE CAMINOS, conservando y mejorando el patrimonio vial.
Esta dirección ejecuta las políticas nacionales en materia de obras y servicios viales, y de ella dependen los trazados, obras y operaciones sobre la red federal de caminos, asignando, supervisando y auditando el uso de recursos.
En el año 2008 a través de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
Tiene como misión reducir los niveles de siniestralidad de la Argentina.
En su tiempo corto de existencia la ANSV ha logrado posicionarse como el organismo nacional líder en materia de seguridad vial.
Una de sus funciones principales es la de realizar relevamientos, determinar el riesgo vial y realizar propuestas para la concreción de obras en función de incrementar la seguridad vial.
Es importante destacar que la ANSV no puede modificar o ampliar la configuración física de los caminos nacionales ya que estos son propiedad de la DNV.
Sobre esto la Auditoría General de la Nación (AGN) dice: "...podría esperarse que en tanto los relevamientos efectuados por la Agencia son de aspectos vinculados a la infraestructura, estos estudios deberían ser puestos a disposición de la autoridad competente (la DNV) para su aprovechamiento. Es decir, a partir de las evaluaciones de riesgo, realizar un diagnóstico y proponer obras de remediación de los defectos encontrados en la infraestructura. Esto, sin duda, constituiría una acción conjunta efectiva de ambas reparticiones en pos de los enunciados formulados al momento de celebrar los convenios antes mencionados. De otra forma, los recursos y esfuerzos
destinados al logro de estos relevamientos, en tanto constituyen al menos una herramienta de diagnóstico en materia de seguridad vial, se verán malogrados...".
Esta claro que la DNV debería ser el destino final de los relevamientos e informes relacionados a infraestructura que realiza la ANSV.
Lamentablemente esto no sucede y al respecto la AGN dice: "...es razonable que debiera ser la DNV la principal destinataria de los estudios y propuestas formuladas por aquella. Sin embargo, las evaluaciones que realiza la ANSV en rutas nacionales no son consideradas por la DNV...".
Además la AGN agrega "...La desvinculación entre ambos organismos se ve reflejada también en la inviabilidad de hacer efectivos los convenios oportunamente firmados, convenios que se proponían articular sus políticas y acciones..."
Uno de los convenios a los cuales hace referencia la Auditoría General de la Nación es el CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION celebrado entre la DNV y la ANSV el 29 de Diciembre de 2009, el cual desde el 29 de diciembre de 2011 no está vigente ya que no fue prorrogado por las partes.
Lo que ha sucedido con este convenio de cooperación es importante ya que ejemplifica con claridad lo que sucede entre ambos organismos en relación a su vinculación institucional.
Un paso clave en la ejecución del convenio era la creación de una Unidad de Coordinación, la cual debía llevar adelante funciones claves en materia de seguridad vial:
-Proyectar conjuntamente proyectos pilotos en rutas nacionales, concesionadas o no, que hagan a la seguridad vial.
-Intercambiar experiencias, técnicos y profesionales de cada una de las partes.
-Propiciar las adecuaciones normativas pertinentes.
-Identificación de predios y lugares para la ejecución de actividades conjuntas.
-Desarrollo de actividades y proyectos conjuntos relacionados con el control del tránsito y la seguridad vial.
-La elaboración y acceso a bases de datos de los denominados puntos negros
-La elaboración de informes de siniestralidad vial existente en la República Argentina.
Con respecto a la Unidad de Coordinación la AGN dice lo siguiente: "...se observa que el referido convenio no ha tenido principio de ejecución, dado que la Unidad de Coordinación, que articularía las acciones de cooperación entre ambos organismos, no fue creada...".
Es lamentable que la asignación de infraestructura y recursos públicos para la elaboración de relevamientos y estudios que debieran terminar en reformas concretas de la infraestructura vial no fluyan a través de canales institucionales que garanticen eficiencia en las acciones del estado.
Con respecto a esto la AGN dice: "...Se ha mencionado previamente, la inexistencia de convenios que otorguen un marco institucional y jurídico a las políticas de ambos
entes. Asimismo, es de destacar que las acciones desarrolladas por éstos carecen de coordinación...".
Aunque desde el año 2011 no tiene vigencia, el CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION al cual hacemos referencia en el presente proyecto CARACTERIZA el vínculo institucional que existe entre el organismo encargado de modificar o ampliar la red de caminos nacionales y el principal organismo asesor en materia de seguridad vial.
A nuestro entender la relación institucional entre la DNV y la ANSV es DEFICIENTE y es por esto que queremos tener mayores precisiones sobre lo que a sucedido con la ejecución del CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION.
Es de destacar que entre el año 2008 y el 2012 este convenio ha sido el único documento que le ha otorgado un marco institucional a las acciones de ambos organismos en materia de seguridad vial asociada a la infraestructura, y es por esto que una de las preguntas del presente proyecto de resolución tiene como objetivo precisar si a partir del año 2013 se ha firmado entre las partes algún tipo de convenio que permita revertir esta situación.
Por los motivos señalados, solicito a mis pares me acompañen en el tratamiento y posterior aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
RICCARDO, JOSE LUIS SAN LUIS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)