PROYECTO DE TP
Expediente 5865-D-2008
Sumario: CONSTRUCCION DE UN MONUMENTO A LA MEMORIA DEL CRUCE DE LOS ANDES, EN HOMENAJE A LA EPOPEYA DEL GENERAL JOSE DE SAN MARTIN Y SUS HOMBRES, EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN.
Fecha: 16/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 144
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Dispónese la
construcción de un monumento a la memoria del Cruce de los Andes, a
emplazarse en la provincia de San Juan.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo
convendrá con el gobierno de la provincia de San Juan la determinación del
espacio público que ésta cederá para el emplazamiento del monumento
mencionado en el artículo 1º.
Artículo 3º.-La Autoridad de
Aplicación de la presente ley es la Secretaría de Cultura de la Nación, de
pendiente del Poder Ejecutivo Nacional, la que llamará a concurso público a
escultores argentinos para el proyecto de diseño y construcción del
monumento mencionado en el artículo 1º.
Artículo 4º.- A los fines
establecidos por la presente ley la autoridad de aplicación convocará a un
jurado a los efectos de evaluar y seleccionar los proyectos a presentarse.
Articulo 5º.- La construcción del
monumento que se establece por la presente ley, deberá concluir antes del día
25 de mayo del 2010, fecha de inauguración de la obra en conmemoración, en
el marco de los festejos por el Bicentenario de la Revolución de Mayo.
Artículo 6º.- El monumento
contará con una placa con la siguiente leyenda:" Este monumento recupera el
proyecto original del Congreso de la Nación, que durante el Centenario de la
Revolución e Independencia propuso homenajear el Paso de los Andes, símbolo
del protagonismo de San Juan en la gesta libertadora".
Articulo 7º.- Los gastos que
demande el cumplimiento de la presente ley, serán imputados al Presupuesto
de la Administración Nacional, en el ejercicio siguiente al del año de entrada en
vigencia de la presente ley y en los sucesivos, de acuerdo al avance físico de las
obras pertinentes y hasta su conclusión.
Artículo 8º.- El Poder Ejecutivo
reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de su
publicación.
Artículo 9º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
José de San Martín logró articular
la vocación de Libertad e Independencia en todo Cuyo. Desde su cargo de
gobernador intendente y "Protector", según lo titularon los cabildos de las tres
ciudades (San Luis, Mendoza y San Juan), inspiró esta gesta que ha quedado
plasmada en Mendoza, con el Monumento al Ejército de los Andes; en San Luis,
con uno similar ofrecido a los soldados puntanos que dieron su vida por esta
decisión de ser libres; quedando pendiente el de San Juan, símbolo de la
hazaña que convalido la hermandad argentina-chilena, primer eslabón del
proyecto de unión y libertad que rezaba su bandera.
La gesta del Paso de los Andes
involucró a toda la provincia sanjuanina: a sus rentas que fueron
comprometidas por el Cabildo para solventar los gastos del cruce, a su
población, que colaboró con los soldados; arrieros de todos los sectores sociales
que se encolumnaron por el Paso de los Patos, dirigidos por San Martín. Otros
lo hicieron por el Paso de Agua Negra, a las órdenes de Manuel Cabot. Con el
apoyo de las familias se dio calidez al adiestramiento de las tropas; las damas
sanjuaninas prepararon la Bandera de los Andes, que hasta hoy se conserva en
el Museo Histórico Nacional.
José Clemente, padre de Domingo
Faustino Sarmiento, formó parte de la columna que pasó por los Patos. Fue su
hijo y el prócer quien dejó escrito en la prensa chilena una descripción de aquel
hecho heroico que culminaría en Chacabuco, plasmando en la literatura los
recuerdos transmitidos por su familia, y los testimonios de los protagonistas
que allí participaron.
En agosto de 1908, en vísperas del
Centenario del nacimiento de la Patria, el Poder Ejecutivo Nacional envío un
proyecto a la Cámara de Diputados para celebrar la memorable fecha. Se
propuso erigir un conjunto de monumentos históricos en diversos puntos del
país en honor a los hechos que contribuyeron a asentar las bases de la
identidad argentina. Entre ellos, figuraba uno en San Juan dedicado al que nos
convoca: el Paso de los Andes, el cual finalmente, tras la modificación del texto
en el Senado, no prosperó. Sucedió que tras el debate legislativo, se decidió
privilegiar aquellos motivos que emulaban a héroes de la patria y postergar a
los referidos a acciones impersonales, como gestas y batallas. Entre ellos,
quedó relegada la epopeya libertadora que tuvo lugar en territorio
sanjuanino.
En el texto original, luego
modificado en la Cámara Alta, el punto 18º era "Levantar en San Juan un
monumento al 'Paso de las Andes' ". Se trataba del expediente Nº 60,
archivado como Nº 19.439, del año 1908 en la HCDN, en el que se diseñaban
las acciones que se llevarían a cabo a lo largo de todo el país para conmemorar
tan magno acontecimiento.
Destacamos un fragmento de su
fundamentación, que firma el presidente José Figueroa Alcorta: "Cada
Provincia, cada región del territorio, cada pedazo del suelo de la patria, fueron
señalados por algún hecho culminante o regados con la sangre de soldados o
conciudadanos, durante la epopeya de la independencia, y en victorias o
derrotas, quedó siempre inmaculado y en alto el símbolo de nuestra soberanía;
de ahí que el proyecto designe los sitios donde haya de alzarse la estatua o el
monumento que los evoque".
La Cámara de Diputados consideró
el proyecto y después del debate confirmó en su artículo 1º inciso 21º:
"Levantar en la ciudad de San Juan un monumento al 'Paso de los Andes'". El
artículo 9º destinaba de Rentas Generales, y a fin de cumplir con la ley, la suma
de $ 6.500.000, con imputación a los presupuestos de 1908, 1909 y 1910.
El objetivo de construir
monumentos, tras su tratamiento en el Senado, fue reemplazado por otro
también noble: erigir una escuela, que llevaría el nombre de Escuela
Monumental, escuela primaria superior para un mínimo de 450 alumnos y un
máximo de 700, con gimnasio, biblioteca y sala de conferencias. La Nación se
hacía cargo de la inversión. El criterio, sostenido por el senador Manuel Láinez,
era de aplicación en la mayoría de las provincias donde antes se había
acordado levantar monumentos; seguíase una política de continuar con la
creación de escuelas Nacionales que había inspirado en 1905 la Ley que lleva el
nombre del mencionado Senador. El inciso 12 del artículo 10º de la Ley 6.286 lo
explicitó: "Construir en las ciudades de La Plata, Santa Fe, Santiago del Estero,
Catamarca, San Juan, Paraná y Corrientes un edificio Monumental dedicado a
escuela primaria superior (...). Estos edificios serán construidos en parques o
manzanas (...) y se entregarán en propiedad a las respectivas provincias".
Monumento y Escuela que sí forma parte de la Ley 6.286, que recibió sanción
definitiva, y que ha quedado en un texto declarativo, que en palabras de
Joaquín V. González es el "monumento legislativo" como "expresión del voto
nacional".
En San Juan ya habían sido
inauguradas las estatuas de Fray Justo Santa María de Oro y de Francisco
Narciso de Laprida, esta última tardíamente en 1904, lo que había dado lugar a
todo un acontecimiento en la provincia, en celebración del Centenario de la
Revolución e Independencia, según nos lo relata la Prof. María Julia Gnecco con
documentación del Museo Gnecco. Estas inauguraciones fueron también
argumento para no insistir en la propuesta original del Presidente de la
Nación.
El proyecto en cuestión, en el cual
figuraba levantar en Rosario un monumento a la Bandera nacional, se modificó
durante la 9na sesión de prórroga del 10 de diciembre de 1908 del Senado, tras
pasar por la Comisión de Negocios Constitucionales de esa cámara. Fue el
Senador Joaquín V. González quien consideró que las modificaciones al texto
habían sido demasiadas y que debía efectivamente sancionarse algo, en razón
de las demoras en el trámite parlamentario. Manifestó entonces que "en todas
aquellas ciudades en donde el proyecto del Poder Ejecutivo indicaba una
estatua dedicada a un concepto general, como la libertad o la independencia,
sin localizar o personalizar un asunto, la Cámara de Diputados con muy buen
acierto ha indicado la construcción de una escuela, considerando que es la
mejor forma de honrar el gran acontecimiento; dar un paso más hacia la
cultura popular que éste tiene por base y por objeto rememorar". De hecho,
sostuvo que "la pobre ornamentación edilicia de esas ciudades, presentaría a
estos monumentos como una improvisación caída del cielo, sin relación
absolutamente ninguna con el medio ambiente, con el necesario marco en que
una obra de arte debe encuadrarse".
A modo de fórmula
retórica de consenso, el legislador consideró que "si en todos sus detalles no
pueden ser realizadas" las propuestas del proyecto "quedará siempre como la
ley conmemorativa del Centenario y como la condensación de los votos que el
país entero ha expresado sobre la manera de honrar la gran fecha histórica.
Mucho se podrá realizar; y, aunque no se pueda todo, quedará la ley y ella será
el monumento legislativo, ya que se puede llamar así a la expresión de voto
nacional".
Respecto al inciso que proponía
levantar en San Juan un monumento, se consideró que bastaba con erigir uno
en Mendoza, a pesar de que el cruce fue por aquella provincia. "La Cámara (...)
ha creído más conveniente no duplicar la idea que ya también existe
proyectada para Mendoza, para el Ejército de los Andes; otro monumento al
Paso de los Andes, era pues una repetición innecesaria", agregó González.
La ambigüedad argumental del
debate respecto de los Monumentos en la sesión del 10 de diciembre delata la
urgencia de priorizar, en el contexto de la conmemoración, aquellas obras con
mayor certeza de realización desde la demanda de tiempo y presupuesto.
Señalamos que no se cuestiona la legitimidad de los motivos que impulsaron los
homenajes explicitados en el proyecto original; cuestión que define para los
sanjuaninos la afirmación de haber sido el escenario del paso de los Andes,
como lo veníamos señalando, afirmación histórica que reivindicamos hoy como
expresión de la voluntad de integración y solidaridad, que nos une a otros
espacios de la comunidad política latinoamericana, y que se renueva hoy con la
hermandad continental a la que estamos convocados en esta aurora del siglo
XXI.
La investigación histórica ha
fundamentado, con el conocimiento de las fuentes, esta gesta, de la que se ha
hecho eco la Comisión de Cultura de esta Honorable Cámara al dictaminar
favorablemente la declaración de su interés del libro "San Martín y el Cruce de
los Andes", de los historiadores Edgardo Mendoza y Claudio Monachesi,
recientemente publicado.
Esta expresión de deseos y
reconocimiento a la provincia de San Juan no superó la instancia declarativa de
1908, por cuanto la documentación nos indica que ellas (monumento y escuela)
no se ejecutaron, y constituyen una deuda respecto de quienes protagonizaron
esta epopeya de la Revolución e Independencia, y de los sanjuaninos de hoy,
que aspiran a concretar la obra que conmemore esta síntesis de pasado,
presente y futuro, en la vocación por la libertad, integración y hermandad que
nos caracteriza. Así lo han expresado por unanimidad en la ciudad de San Juan,
las VIII Jornadas de Asociaciones Culturales Sanmartinianas de todo el país,
realizadas del 8 al 12 de octubre pasado, al conmemorarse el 50 aniversario de
esta institución a nivel local. El Instituto Nacional Sanmartiniano apoyó esta
gestión, teniendo en cuenta que ella expresa la voluntad del Pueblo y Gobierno,
respecto de esta gesta que involucró a varios departamentos sanjuaninos. Se
mencionan como muy destacados el de Calingasta, centro operativo del Cruce,
donde se realizaron varias reuniones entre San Martín, Las Heras y O'Higgins,
en la pampa denominada El Leoncito, se proyectó el exodo de su población
después de Rancagua y, finalmente, al amparo de su población, se realizó el
Cruce.
Es por eso, para levantar en la
provincia de San Juan el Monumento al Paso de los Andes, que solicito a los
señores legisladores que acompañen este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERRA DE BARTOL, MARGARITA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASELLES, GRACIELA MARIA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA |
COSCIA, JORGE EDMUNDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GENEM, AMANDA SUSANA | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIOJA, JUAN CARLOS | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GODOY, RUPERTO EDUARDO | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CULTURA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
EDUCACION Y CULTURA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/11/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
16/12/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
16/12/2008 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1648/2008 | CON MODIFICACIONES | 12/02/2009 |
Senado | Orden del Dia 0409/2009 | 08/09/2009 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 11/03/2009 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 02/12/2009 | SANCIONADO |