PROYECTO DE TP
Expediente 5859-D-2016
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA "CREACION Y CONSTRUCCION DEL CENTRO DETENCION PARA MIGRANTES.
Fecha: 01/09/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Rechazar y repudiar energéticamente la “Creación y Construcción del Centro de Detención para Migrantes, como herramienta para combatir la irregularidad”, por parte de la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Seguridad de la Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente Proyecto de Resolución tiene como objetivo expresar el rechazo y repudio a la creación del Centro de Detención para Migrantes, como herramienta para combatir la irregularidad, por parte de la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Seguridad de la Nación. Cómo bien afirma y sostiene el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), conceptos y apreciaciones que compartimos, la construcción y creación de la mencionada institución, cuyos objetivos poco claros y discriminatorios, se oponen de forma tácita a lo establecido por la ley de Migraciones y su reglamentación. “(…) Esto implica la criminalización de los migrantes cuya situación es irregular, asociándolos con un problema de seguridad. Hasta el año 2004, la legislación migratoria argentina limitaba las alternativas de regularización migratoria. Las respuestas que el Estado daba frente a esta situación incluyeron detenciones, expulsiones sin orden judicial, separación de familias, negación de derechos sociales, entre otras prácticas extendidas sobre migrantes pobres y, en general, provenientes de Latinoamérica. Por estos motivos y gracias a la presión y el consenso de amplios sectores políticos y sociales se aprobó la ley 25.871 y su Decreto Reglamentario 616/2010. Esos instrumentos definieron que la regularización de todos los migrantes que se encuentren en el territorio argentino es una regla que debe guiar el accionar de las autoridades migratorias. De hecho, en aquellos casos en los que se advierta que una persona se encuentra en una situación migratoria irregular, se le debe dar alternativas y tiempo para regularizarse. Por lo tanto, la condición de irregularidad en términos migratorios de una persona no puede ser vista nunca como un problema de seguridad, sino que es una cuestión clave para el reconocimiento y ejercicio de los derechos por la población migrante. La expulsión como medida de sanción ante la irregularidad migratoria es el último recurso que puede utilizar el Estado. Además, y solo en el contexto de la expulsión, se podría habilitar la retención de una persona migrante por un plazo máximo de 15 días. La expulsión, por otra parte, solo puede ser ejecutada ante decisiones razonadas del poder judicial (…)”. Otras organizaciones nacionales e internacionales han visto con preocupación el anuncio efectuado por la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Seguridad de la Nación, tal es el caso de Amnistía Internacional, quien afirma que “(…) hay que desalentar la utilización rutinaria de la detención de personas extranjeras como herramienta para el ejercicio del control migratorio. Toda persona, incluidos los migrantes y solicitantes de asilo, tiene derecho a la libertad y la libre circulación, y a protección frente a la detención y reclusión arbitrarias. (…), Amnistía Internacional advierte el impacto negativo de la detención relacionada con la migración sobre los derechos humanos de las personas detenidas y se opone a la utilización de la detención como una forma de castigo o con fines disuasorios, en lugar de abordar las causas que originan la migración irregular (…)”. El Programa Nacional Migración y Asilo de la Universidad de Lanús (Buenos Aires), también ha manifestado su repudio y rechazo a la creación y construcción del mencionado Centro de Detención. En torno a esto han afirmado que “(…) Es importante recordar que la Ley de Migraciones de Argentina ha sido destacada como modelo por Naciones Unidas, la Organización de Estados Americanos y otros organismos internacionales por el reconocimiento de los derechos humanos de las personas migrantes, entre los que se encuentra el derecho a migrar y, como regla general, la no detención por razones administrativas (como es la irregularidad migratoria). A lo largo de los últimos 15 años, los Estados sudamericanos han afirmado en repetidas ocasiones que la migración debe ser regulada desde una visión integral y como una oportunidad de desarrollo de los países receptores de migrantes, y no como un problema de seguridad. Argentina ha reflejado este enfoque en la ley de migraciones, la cual ahora se ve amenazada con esta clase de iniciativas que emulan las políticas restrictivas de la derogada Ley Videla y del contexto actual de otras regiones. Todas ellas han demostrado reiteradamente su fracaso y su grave impacto en derechos humanos básicos, como la libertad (…).Por otro lado, Sr. Presidente, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha manifestado que “(…) La política migratoria actual pareciera asociar la migración a una cuestión de seguridad y control, soslayando las obligaciones asumidas a partir del reconocimiento de la migración como derecho humano esencial e inalienable. (…) observamos que la Dirección Nacional de Migraciones ha centrado su política de trabajo territorial y comunicacional en operativos destinados al control de permanencia. El reciente anuncio de creación de un Centro de Alojamiento para extranjeros en situación de irregularidad migratoria reinstala la vieja idea del extranjero como amenaza. El proceso democrático que caracterizó la sanción de la Ley 25.871 y su Decreto Reglamentario 616/2010 permitió saldar la vieja discusión planteando así la obligación del Estado de promover el acceso a la residencia de los migrantes y sus familias, y a un trato igualitario y sin discriminación en el ejercicio de otros derechos fundamentales. Así, “la ruptura más evidente la constituye la perspectiva de los derechos humanos y el consecuente abandono de la doctrina de la seguridad nacional adoptada en la normativa migratoria anterior” (Domenech, E., 2008). La historia y el presente dan muestras suficientes de que la irregularidad migratoria asimilada al delito expone a las personas, adultos y niños, a situaciones de abuso, explotación y vulnerabilidad. En este sentido, la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires refuerza su compromiso en la defensa y protección de los derechos humanos de las personas migrantes, y advierte la importancia de que el Estado recupere el espíritu de la Ley 25.871 orientado a la inclusión, promoción y garantía de los derechos fundamentales de quienes habitan el suelo argentino (…)”
Sr. Presidente, con mucho dolor vemos repetir viejas historias de xenofobia, que no ayudan a convalidar un estado plural y democrático, y desde nuestra visión, creemos que la creación de estas herramientas institucionales lejos están de ayudar a consolidar un Estado de inclusión, y fortalecimiento de las libertades, de quienes habitamos en él, y de quienes elijen, por distintas razones, venir a desarrollarse en nuestro suelo. Creemos en un Estado libre y democrático.
Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares acompañen con su firma el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SORAIRE, MIRTA ALICIA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARRIZO, NILDA MABEL | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GERVASONI, LAUTARO | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CAROL, ANALUZ AILEN | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GUERIN, MARIA ISABEL | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MAZURE, LILIANA AMALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA CAROL (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO GUERIN (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MAZURE (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MENDOZA SANDRA (A SUS ANTECEDENTES) |