PROYECTO DE TP
Expediente 5850-D-2011
Sumario: DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD: ELIMINACION DE LA REFERENCIA AL SEXO DE LA PERSONA; MODIFICACION DE LA LEY 18248 EN RELACION A LOS ALCANCES DE ELEGIR EL NOMBRE DE PILA.
Fecha: 29/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 182
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1º: Eliminase
la referencia al sexo de las personas en los documentos personales
que indican identidad expedidos por el Registro Nacional de las
Personas.
Lo establecido en el
párrafo anterior, alcanza también a cualquier registro público y
privado.
ARTICULO 2º: Modificase
el artículo 3º de la Ley 18.248 el que quedará redactado de la
siguiente manera:
"Artículo
3° - El derecho de elegir el nombre de pila se ejercerá libremente, con
la salvedad de que no podrán inscribirse:
1) Los
nombres que sean extravagantes, ridículos, contrarios a nuestras
costumbres, que expresen o signifiquen tendencias políticas o
ideológicas.
2) Los
nombres extranjeros, salvo los castellanizados por el uso o cuando se
tratare de los nombres de los padres del inscrito, si fuesen de fácil
pronunciación y no tuvieran traducción en el idioma nacional. Queda
exceptuado de esta prohibición el nombre que se quisiera imponer a
los hijos de los funcionarios o empleados extranjeros de las
representaciones diplomáticas o consulares acreditadas ante nuestro
país, y de los miembros de misiones públicas o privadas que tengan
residencia transitoria en el territorio de la República.
3) Los
apellidos como nombre.
4)
Primeros nombres idénticos a los de hermanos vivos.
5) Más de
tres nombres.
Las
resoluciones denegatorias del Registro del Estado Civil serán
recurribles ante el Tribunal de Apelaciones en lo Civil dentro de los
quince días hábiles de notificadas. "
ARTICULO 3º: La
presente ley comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTICULO 4º: De
Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El tema de la identidad de
género y la rectificación registral del sexo han sido objeto de
numerosos debates e iniciativas en esta H. Cámara, pero estamos
convencidos que la única forma de terminar con la desigualdad por
cuestiones de sexo, es precisamente no hacer referencia a este tema
como forma de indicar distinción entre uno u otro sexo.
Es por ello que a través
de ésta iniciativa, proponemos se elimine la referencia al sexo de las
personas en los documentos personales que indican identidad
expedidos por el Registro Nacional de las Personas, y de todo registro
público o privado.
De esta manera estamos
avanzando un paso más hacia el verdadero reconocimiento de la
igualdad de las personas sin distinción de sexo y que ninguna persona
se considere diferente o excluida por esta referencia.
Por lo expuesto, solicito a
mis pares me acompañen con su voto en la sanción del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LOPEZ ARIAS, MARCELO EDUARDO | SALTA | PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS |