PROYECTO DE TP
Expediente 5849-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA RELACION BILATERAL DIPLOMATICA, POLITICA, CONTRACTUAL Y JUDICIAL CON LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.
Fecha: 23/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Convocar al Sr. Ministro de Relaciones
Exteriores, Comercio Internacional y Culto, para requerirle información, sobre los
aspectos que se especifican a continuación, acerca de la relación bilateral diplomática,
política, contractual y judicial con la República Oriental del Uruguay. Las consultas
están referidas a las actuaciones de la Comisión Bicameral Administradora del Río de la
Plata y las obras de dragado en el Canal Martín García; y al conflicto mantenido por la
instalación y funcionamiento de la planta Orion de fabricación de pasta celulosa de la
Empresa UPM-Botnia, en cercanías de la localidad de Fray Bentos, departamento Río
Negro, en dicho país.
Para que informe:
1) Resultados de los 14 ingresos a la
planta Orion de UPM-Botnia a cargo del Comité Científico de la Comisión
Administradora del Río Uruguay (C.A.R.U.), en virtud de los acuerdos de los
Presidentes de Argentina y Uruguay alcanzados en Anchorena (02-06-2010) y Olivos
(28-07-2010) y de los Cancilleres de ambos países celebrado en Montevideo (30-08-
2010), como derivación del fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, del 20
de abril de 2010, en el caso relativo a las plantas de celulosa sobre el Río Uruguay
(Argentina vs. Uruguay).
2) Por qué motivos en los acuerdos de
monitoreo se incluyó a la desembocadura del Río Gualeguaychú en el Río Uruguay
siendo que esta es una cuestión inexistente y ajena a la controversia suscitada entre
Argentina y Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
3) Planes y procedimientos
específicos de monitoreo de efluentes líquidos y gaseosos dentro de la planta Orion de
UPM-Botnia y en su zona de influencia en el Río Uruguay; determinaciones y toma de
muestras en dicho establecimiento; implementación de la utilización de sensores y
otras innovaciones científicas y tecnológicas; parámetros y estándares de aplicación;
calidad de agua y de aire dentro y fuera de aquella fábrica en mérito a efluentes y
emanaciones que acceden al Río Uruguay.
4) Si el referido Comité Científico ha
logrado implementar y está funcionando un programa de monitoreo ininterrumpido,
multidimensional integrado, con mediciones automáticas en tiempo real con sensores
y sondas y muestreos puntuales de aguas y sedimentos para estudios físicoquímicos,
químicos y biológicos, dentro de la planta Orion de UPM-Botnia y en su zona de
influencia en el Río Uruguay, como así también si desarrolló acciones conducentes a la
elaboración de normas que se trataran por C.A.R.U. para su incorporación al Digesto
sobre el Uso y Aprovechamiento del Río Uruguay.
5) Estado actual y nivel de
confiabilidad de los resultados de los exámenes realizados por laboratorios extranjeros
sobre las muestras extraídas en los ingresos a la planta de UPM-Botnia.
6) Si se elaboró el protocolo para la
participación de laboratorios de Argentina y Uruguay en esas actividades.
7) Si las referidas muestras y análisis
se enviaron a laboratorios de ambos países seleccionados en base a criterios de
garantía de calidad de resultados por la C.A.R.U.
8) Si el accionar de los gobiernos de
Argentina y Uruguay en relación al monitoreo del Río Uruguay (en el tramo señalado
en el fallo de la Corte de La Haya) y la planta Orion de UPM-Botnia, ha respetado los
principios de buena fe entre las partes y de acceso a la información pública. Igual
cuestión en torno al accionar de las Delegaciones de cada país ante la C.A.R.U. y los
integrantes del Comité Científico que depende de dicho organismo bilateral.
9) Niveles de producción de la planta
de UPM-Botnia en relación a la autorización de funcionamiento y máximos otorgados
por el gobierno de la República Oriental del Uruguay (R.O.U.).
10) Procedimiento desarrollado, estado
actual y resultados de las protestas argentinas sobre temperatura de los efluentes
líquidos que se vierten al Río Uruguay desde la planta de UPM-Botnia; utilización del
método de dilución de sus efluentes industriales, y proyecto de tratamiento conjunto
de los efluentes industriales de Botnia con los efluentes cloacales de la ciudad de Fray
Bentos.
11) Si las declaraciones públicas del
Senador Nacional por Entre Ríos, Pedro Guillermo Guastavino, y del Intendente de
Gualeguaychú, Juan José Bahillo, dando cuenta del desastre que genera Botnia en el
Río Uruguay y del papel de funcionarios uruguayos que responderían más a los
directivos de Botnia que a su propio gobierno, son compartidas y reflejan el
pensamiento de la Cancillería.
12) Si la Cancillería y el Poder Ejecutivo
de la Nación están evaluando la posibilidad de iniciar una nueva demanda contra el
Uruguay por ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya.
13) Si la Cancillería no ha considerado
necesario recibir en audiencia a la Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú, a
los fines de conocer sus opiniones y establecer estrategias comunes.
14) Registros y datos sobre floraciones
algales y de cianobacterias en el Bajo Río Uruguay, especialmente frente y aguas abajo
de la planta de UPM-Botnia, desde que ésta comenzó a funcionar.
15) Registros y mediciones de material
particulado detectado en las emanaciones aéreas provenientes de la planta de UPM-
Botnia.
16) Registros y mediciones de material
particulado proveniente de emanaciones aéreas de la planta de UPM-Botnia caídas
sobre agua y tierra en jurisdicción argentina, desde el inicio de la actividad industrial
de dicha empresa hasta el presente.
17) Mediciones que indiquen hasta
donde llega la pluma proveniente de las chimeneas de la planta de UPM-Botnia en
territorio argentino conforme a los vientos predominantes y determinación de áreas
donde se produjo detección de la caída de material particulado originado en las
emanaciones aéreas de dicha fábrica.
18) Tratados, convenios y toda otra
normativa multilateral o bilateral de aplicación a la contaminación transfronteriza que
pudiera derivar de las emanaciones aéreas que genera la planta de UPM-Botnia y que
impactan en jurisdicción argentina, independientemente de las competencias de la
Comisión Administradora del Río Uruguay (en lo que se refieran al agua) y del alcance
de los acuerdos celebrados entre Argentina y Uruguay luego del fallo de la Corte
Internacional de Justicia de La Haya del 20 de abril de 2010.
19) Cuál es la participación que, a los
fines del seguimiento, valoración y opinión sobre los aspectos específicos de su
competencia, se ha dado a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la
Nación y al Consejo Federal de Medio Ambiente.
20) Si la Cancillería y/o la C.A.R.U. han
aportado a la causa penal que tramita en el Juzgado Federal de Concepción del
Uruguay contra directivos de Botnia por tentativa de contaminación, documentación
técnica vinculada al conflicto con la R.O.U. por la instalación de la planta de UPM-
Botnia, generada antes y después del proceso llevado ante la Corte Internacional de
Justicia de La Haya.
21) Gestiones efectuadas por Cancillería
en relación al listado elaborado por Prefectura uruguaya sobre lanchas y
embarcaciones argentinas, registradas en Gualeguaychú, que hubieren participado en
protestas náuticas organizadas por la Asamblea Ciudadana Ambiental, con orden de
detención si navegan el Río Uruguay en jurisdicción de la República Oriental del
Uruguay o tocan puertos uruguayos.
22) Medidas adoptadas por Cancillería
ante el tránsito por rutas nacionales argentinas y a través de puentes internacionales
que vinculan a Argentina y Uruguay, de camiones que transportan sustancias químicas
peligrosas desde y hacia la planta de UPM-Botnia, sita en cercanías de la localidad de
Fray Bentos, R.O.U.
23) Medidas implementadas por
Cancillería ante la navegación por el Río Uruguay de buques que transportan
sustancias químicas peligrosas desde y hacia la planta de UPM-Botnia, incluyendo
embarcaciones que parten o arriban a puertos argentinos.
24) Situación y estado actual del Plan
de Vigilancia Ambiental del Río Uruguay a cargo de la Secretaría. de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Nación, iniciado en noviembre de 2007.
25) Estado de desarrollo e
implementación de la Carta de Intención celebrada entre la Provincia. de Entre Ríos y
la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, de fecha 02-09-2010,
aprobada por Decreto Nº 4355, de fecha 11-11-2010, del Gobierno de Entre Ríos, por
la cual se comprometen a articular acciones tendientes a promover la formulación de
un plan provincial de gestión ambiental integral y desarrollo sustentable que tenga por
objeto la prevención de la contaminación de las diversas actividades industriales,
agrícola, ganaderas, termales y derivadas de centros urbanos como pluviales,
cloacales, residuos sólidos urbanos y otros, entre otras, que impactan en el Río
Uruguay y sus áreas de influencia, con prioridad de acciones con los acuerdos
alcanzados por la Argentina y Uruguay con motivo de la controversia tramitada ante la
Corte Internacional de Justicia de La Haya.
26) Cuál es el grado de avance y
ejecución de los acuerdos celebrados con la República del Uruguay en relación a las
obras de dragado del Canal Martín García, a cargo de la Comisión Administradora del
Río de la Plata, produciendo un detalle sobre el proceso de licitaciones, adjudicaciones,
participantes del sector público y privado, constancias sobre la discusión de
precios.
27) Qué tipo de denuncias formales ha
recibido o de las que haya tomado conocimiento la Cancillería por cualquier medio,
con relación a supuestos sobreprecios en la mencionada contratación y qué medidas
se han dispuesto por nuestra parte, y con qué resultados. Y cuáles han sido las
correspondientes impulsadas por el otro país.
28) Cuál es el plan de trabajo en los
diferentes planos de la infraestructura, legal- contractual, financiero, judicial,
administrativo, con relación a las mencionadas obras proyectadas sobre el Río de la
Plata y los plazos previstos para la ejecución.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La integración regional es
para la Argentina, sin dudarlo, un objetivo estratégico. Y dentro de ella, la relación
bilateral con la República del Uruguay es el aspecto más entrañable y por tanto más
sensible. Razones de orden histórico, político, social y cultural así lo han marcado
durante años. Por estas mismas razones es que, en materia de política exterior y
relaciones internacionales y regionales, es necesario pensar en una política de estado
propia y específica que dé marco a estas relaciones. Y para ello, nada mejor que el
acompañamiento del Congreso de la Nación respecto de las decisiones implementadas
por el Poder Ejecutivo, para lo cual se hace imprescindible contar con la información
suficiente, adecuada y actualizada. Ese es el objetivo de este proyecto.
Nos parece oportuna y
necesaria la presencia en esta Cámara del Sr. Canciller. Conocemos las gestiones que,
desde hace tiempo, nuestras autoridades realizan para concretar esa reunión. Y a esos
fines, aportamos una serie de cuestiones que refuerzan nuevamente la importancia de
esa presencia.
Aspectos tan puntuales
y de tanta relevancia como son las obras del dragado del Canal Martín García en el Río
de la Plata, el impacto que ha producido hacia el interior de ambos países y en la
relación bilateral, la difusión sobre denuncias de hechos ilícitos que en conjunto
debemos investigar y erradicar; así como todos los aspectos vinculados con el
persistente conflicto que afecta el Río Uruguay desde la instalación de una fábrica de
pasta celulosa en la zona de Fray Bentos frente a nuestra Ciudad de Gualeguaychú,
hablan a las claras de la necesidad de contar en esta Cámara con la presencia del Sr.
Ministro, con la voluntad de trazar en común estrategias que apunten a mejorar el
funcionamiento de nuestras instituciones, las relaciones entre ambos países y el
ejercicio de derechos y libertades que corresponden en plenitud a ambas
ciudadanías.
Por lo expuesto, solicitamos de nuestros
colegas, el acompañamiento al presente Proyecto de Resolución para requerir la
presencia del Sr. Canciller a los fines de obtener de su parte las respuestas a las
consultas que anteceden, y poder ampliar nuestros requerimientos a la luz de la
voluntad y otros pedidos que ya se encuentran en tratamiento ante la Comisión de
Relaciones Exteriores.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
ALFONSIN, RICARDO LUIS | BUENOS AIRES | UCR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
ROGEL, FABIAN DULIO | ENTRE RIOS | UCR |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
VILLATA, GRACIELA SUSANA | CORDOBA | FRENTE CIVICO - CORDOBA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
CORTINA, ROY | CIUDAD de BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES |