PROYECTO DE TP
Expediente 5820-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LOGRAR QUE LA PROVINCIA DE TUCUMAN DEROGUE LA LEY 7990, LA CUAL PONE EN PELIGRO LA EXISTENCIA DEL PATRIMONIO CULTURAL PROVINCIAL.
Fecha: 12/02/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo de la
Nación, quiera tener a bien exhortar al gobierno de la Provincia de Tucumán, la
derogación de la ley provincial 7990, recientemente sancionada, que modifica los
términos de las leyes 7.500 y 7.535, permitiendo al Estado Provincial, retirar
bienes inmuebles con valor patrimonial histórico del Sistema de Protección del
Patrimonio Cultural, para su enajenación y/o demolición, haciendo peligrar su
existencia.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ha tenido repercusión nacional el
público reclamo de las distintas y prestigiosas Instituciones a continuación
mencionadas, movilizadas en lo que entienden la defensa del patrimonio
cultural de la ciudad Histórica de San Miguel de Tucumán que consideran en
riesgo por la aplicación de la ley 7990, que modifica los términos de las leyes
7.500 y 7.535, que dispusieron la preservación de edificios de valor cultural que
forman parte y otorgan identidad a la ciudad.
"Junta de Estudios Históricos de
Tucumán, Federación Económica de Tucumán, Comisión Nacional de Museos,
Monumentos y Lugares Históricos, Consejo Internacional de Monumentos y Sitios,
Colegio de Arquitectos de Tucumán y Ciudadanos Auto convocados por la
preservación del patrimonio histórico, arquitectónico, cultural, edilicio, de la
ciudad de San Miguel de Tucumán, oponiéndose a la aplicación de la ley
provincial sancionada el 20/12/07 por la que resultaran desafectados del Sistema
de Protección del Patrimonio Cultural inmuebles y edificios públicos de la ciudad
de San Miguel de Tucumán"
Las Instituciones, expresaron su
preocupación por el destino incierto de edificios que, diseñados y construídos por
profesionales eminentes, les otorga valor histórico y arquitectónico, dando a la
ciudad una particular o especial fisonomía que compone su imagen cultural.
Según se nos informa,
sería inminente el llamado a licitación pública para la enajenación y/o construcción
de edificaciones históricas, que alterarían -de manera irreversible- la fisonomía de
la ciudad.
Así, entre otros, se señala como
inminentemente afectado el edificio que ocupa actualmente la Secretaría de
Educación en la Avenida Sarmiento al 800 (originalmente Hospital de Niños) o el
que utiliza la Dirección de Rentas de la Provincia (ex Banco de la Nación
Argentina en la céntrica esquina de calles San Martín y Maipú, diseñado por el Ing.
Domingo Silva, autor también del proyecto de la Sociedad Sarmiento.
Que, por otra parte, se sostiene y luce
como razonable afirmar que la sustitución de edificios públicos situados en el
centro de la ciudad por edificios privados (centros comerciales y de alta densidad)
agravarán la infraestructura urbana que se encuentra a punto de colapsar, con lo
que se relativizarán y / o perderán los beneficios económicos que se esgrimen
como argumento para enajenación de esos espacios.
No quiere este proyecto -obviamente-
interferir en el comprensible propósito de dotar a los edificios públicos de
comodidades que la vida moderna impone, lo que -según los expertos informan-
es posible lograr aún cuando se trate de edificaciones muy antiguas o aún en mal
estado, como lo han demostrado la arquitectura y la ingeniería universales.
Es del caso verificar, puntualmente, si
se justifica la destrucción de una edificación para su reemplazo por otra
entendiendo de importancia secundaria la utilidad económica o material del
cambio, poniendo el acento en el significado espiritual del inmueble.
Sostenemos que el verdadero progreso
de una ciudad considera y respeta los valores históricos, arquitectónicos,
turísticos, sociales, estéticos y hasta referenciales que componen su patrimonio
cultural, que ninguna ventaja de orden económico puede compensar.
Y si ese concepto de progreso aparece
difícil de obtener cuando el inmueble pertenece al dominio privado (por el que se
han perdido valiosas y apreciadas expresiones arquitectónicas) es -en cambio-
mucho mas fácil y hasta se erige como una obligación inexcusable para el actual
Estado (con confesado superávit) el conservarlos dentro de su patrimonio
debiendo proveerse lo necesario para afrontar en ellos los gastos que demande su
adecuada conservación al futuro, evitando que lleguen a la situación de deterioro
que hoy se invoca como justificativo de la cuestionada decisión.
Lo anterior, unido a la inexistencia de
un justificativo para disponer con premura de esos solares, nos lleva a requerir por
intermedio del Poder Ejecutivo de la Nación, se dirija al Poder Ejecutivo de la
Provincia de Tucumán, con absoluto respeto de la autonomía provincial,
solicitando un nuevo y ponderado análisis, con imparcial e idóneo asesoramiento
técnico, reconsiderando la decisión referida evitando que, sin urgencia que
justifique medidas apresuradas de naturaleza definitiva, se dispongan
transferencias, demoliciones o cambios en esos inmuebles que, a criterio de los
reclamantes, identifican la ciudad y forman parte de la historia colectiva.
Por lo señalado, me permito solicitar a
mis pares el apoyo en este proyecto que tiene presente el carácter de "Ciudad
Histórica" con que la honrara este Congreso Nacional, recordando el lugar donde
el 9 de Julio de 1816 se declarara la Independencia Argentina.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GARCIA HAMILTON, JOSE IGNACIO | TUCUMAN | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |