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PROYECTO DE TP


Expediente 5812-D-2007
Sumario: CREACION DE UNA COMISION ESPECIAL INVESTIGADORA QUE TENDRA COMO OBJETO EL ANALISIS, EVALUACION E INVESTIGACION DE HECHOS REFERENTES A IRREGULARIDADES Y POSIBLES ILICITOS COMETIDOS EN EL AMBITO DEL SECTOR PRIVADO O PUBLICO Y LA RELACION DE COMPLICIDAD Y/O FALTA DE CONTROL POR PARTE DE LOS DIFERENTES ORGANISMOS COMPETENTES DEL ESTADO EN LO RELATIVO AL TRATAMIENTO DE LA MATRIZ ENERGETICA, ESPECIALMENTE RESPECTO A LA VENTA DE PARTE DE "YPF SA", EN EL AMBITO DE LA H CAMARA.
Fecha: 06/02/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1°) Crear en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora que tendrá como objeto el análisis, evaluación e investigación de hechos referentes a irregularidades y posibles ilícitos cometidos en el ámbito del sector privado o público y la relación de complicidad y/o falta de control por parte de los diferentes organismos competentes del Estado en lo relativo al tratamiento de la matriz energética, especialmente respecto de la venta de parte de YPF S.A. recientemente ocurrida.
En especial la comisión deberá avocarse a:
a) Investigar todas las presuntas maniobras u operaciones que puedan estar vinculadas con cualquier delito, principalmente aquellos tendientes a ocultar otros ilícitos.
b) Analizar si hubo violaciones u omisiones de un actuar diligente en cuanto a los mecanismos de control de reservas de hidrocarburos y en cuanto al proceso de la venta de parte de la empresa YPF S.A., y cómo esto repercute en la economía del país. También se deberán estudiar, analizar y evaluar los distintos procedimientos y mecanismos que permitieron eludir tales controles.
c) Proponer modificaciones a los mecanismos de control utilizados por los distintos entes que ejercen o deben ejercer funciones de control sobre las reservas de hidrocarburos, y sobre el proceso de venta de YPF S.A., si estos fueran considerados ineficientes o poco efectivos.
d) Examinar el origen del dinero para la adquisición del porcentaje de la petrolera.
e) Proponer modificaciones a la legislación que propendan a combatir más eficazmente cualquier tipo de posibles irregularidades en las materias en cuestión.
La enumeración precedente no es taxativa, pudiendo la Comisión ampliar la investigación a otros casos judiciales o extrajudiciales, que tengan relación con la estructura de complicidad entre grupos del sector privado y órganos de control del Estado, en que se habrían producido violaciones a normas legales vigentes.
2°) La Comisión estará conformada por 15 señoras/es diputadas/os, designadas/os a propuesta de los diferentes bloques.
3°) La Comisión elegirá a su presidente, vicepresidente y secretaria/o por mayoría de votos y dictará su propio reglamento interno debiendo garantizarse la plena vigencia de todas las garantías y derechos constitucionales.
El Reglamento interno será aprobado por el voto afirmativo de las dos terceras partes los miembros de la Comisión.
4°) El quórum para sesionar será el establecido en el artículo 108 del Reglamento de la Cámara de Diputados. La Comisión tomará las decisiones por mayoría absoluta de sus miembros, salvo aquellas para las que la presente resolución establece expresamente una mayoría calificada.
5°) La Comisión investigadora tendrá su sede en el Congreso de la Nación, pero podrá actuar y constituirse en cualquier lugar de la República Argentina o de otros países.
6°) A los efectos de poder desarrollar su tarea de investigación, la Comisión tendrá las siguientes facultades y atribuciones:
a) Recibir denuncias y pruebas sobre los hechos que son objeto de la investigación.
b) Requerir y recibir declaraciones testimoniales. Efectuar careos cuando se lo considere necesario.
c) Realizar inspecciones oculares, debiendo dejarse constancia de sus resultados.
d) Solicitar informes escritos u orales, o el envío de documentación, sobre los hechos que sean objeto de investigación a los demás poderes del Estado, a cualquier miembro de la administración pública nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o municipal, o de entes centralizados, descentralizados, autónomos y/o autárquicos. Asimismo a toda persona jurídica de existencia física y/o ideal. La Comisión podrá establecer un plazo perentorio para la contestación de los informes.
e) Denunciar ante la justicia cualquier intento de ocultamiento, sustracción o destrucción de elementos probatorios relacionados con el curso de la investigación.
f) Ordenar la realización de pericias técnicas.
g) Conocer el estado de las causas judiciales relacionadas con los hechos investigados, y requerir la remisión de expedientes judiciales o administrativos o en su defecto copia certificada de los mismos. En el caso que los instrumentos o documentación remitida correspondieran a un expediente judicial en secreto de sumario, se tomarán los recaudos necesarios para la garantía del mismo.
h) Requerir al juez competente el allanamiento de lugares y domicilios con la finalidad de incautar documentación u otra clase de prueba vinculada a la investigación.
i) Requerir al juez competente la intervención de comunicaciones telefónicas o el secuestro o retención de documentación que pudiera tener relevancia para la investigación.
7°) A toda la documentación recibida por la Comisión, se le otorgará el tratamiento acorde a la clasificación de seguridad con que viniera la misma. Considerándose "documentación" además de los escritos producidos o recibidos por la Comisión, todo impreso, fotografía, película cinematográfica o de video, discos o cintas de computación, grabaciones o discos fonográficos y, en definitiva, todo derivado del empleo de un medio físico de grabación.
8°) Los requerimientos al juez de allanamientos, secuestros o intervenciones telefónicas deberán ser decididos mediante el voto afirmativo de la mayoría de los miembros de la Comisión investigadora y fundados en pruebas de la existencia de un hecho vinculado directamente con el fin de la investigación.
9°) La Cámara de Diputados proveerá la infraestructura, la apoyatura técnica y el personal necesario para el desarrollo de las funciones de esta comisión especial de investigación.
10°) La Comisión deberá elevar un informe a la Cámara de Diputados de la Nación detallando los hechos investigados dentro de los 180 días contados a partir de su constitución, pudiendo emitirse informes parciales sobre los avances de las investigaciones. El plazo de duración de la Comisión investigadora podrá prorrogarse por resolución de la Cámara.
El informe final precisará las responsabilidades que pudieran emerger de la investigación procediendo en caso de advertirse la posible comisión de delitos de acuerdo a lo establecido en el siguiente artículo. Asimismo deberá sugerir las modificaciones normativas que estime conveniente como consecuencia de la investigación llevada a cabo.
El informe será dado a publicidad por los medios que la Comisión estime pertinente.
Sin perjuicio de lo establecido precedentemente la Comisión procederá a informar a la Cámara en el transcurso de su desempeño, sobre todo aspecto que considere necesario.
11°) Si como consecuencia de la investigación se advirtiera la comisión de actos que pudieran considerarse delitos, la comisión deberá formular la denuncia ante la justicia ordinaria, aportando los elementos de prueba recopilados.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Como es sabido, la energía es un elemento de importancia vital para el crecimiento de la economía de un país y su defensa debe ser siempre abordada atendiendo al carácter utilitario del recurso como un bien social consagrado a la satisfacción normal y regular de necesidades colectivas.
La Argentina se caracteriza por la manipulación de su matriz energética, la ausencia de un plan específico y la entrega de sus recursos sin controles del Estado, el que a través de los años desdibujó su accionar en beneficio del empresariado, que en este sector se encuentra mayormente concentrado en la firma REPSOL YPF.
Más allá de la leyenda popular, en lo que hace a los hidrocarburos, la Argentina es un país con poco petróleo. Lejos de la producción diaria por pozo que generan, por ejemplo, las naciones de Medio Oriente (500 m3), nuestro país se ubica en el orden de los 9,4 m3 , situación que transforma al recurso en escaso y estratégico.
Sin embargo, la Argentina ha tenido en su historia reciente una política energética cortoplacista, orientada por la necesidad de incorporar recursos al Tesoro Nacional como forma de conjurar los problemas fiscales que aquejaban al Sector Público, dilapidando recursos naturales no renovables.
Así fue que se produjo, entre otros, el desmembramiento de la vieja empresa Gas del Estado, el desarme del sistema eléctrico nacional, la venta de las áreas secundarias y centrales pertenecientes a Y.P.F y la posterior privatización de los activos y acciones de la entonces petrolera estatal.
Hasta 1990 el Estado Argentino monopolizaba la fijación de precios de los hidrocarburos en todas sus etapas. Hoy esto está en poder de una concentración económica. Una sola compañía, Repsol YPF, participa en la oferta de naftas en más de un 50% y en lo que hace al gasoil supera el 60% del mercado.
Detrás del anuncio de Repsol YPF sobre el avance en las negociaciones para la venta del 25% de las acciones de la filial local, aparece una modalidad en donde el Estado abandona su rol tradicional de garante de igualdad de oportunidades, como de generador del crecimiento y del desarrollo del país, para pasar a ser garantía de un proceso de concentración donde se benefician determinadas empresas cuyos titulares se encuentran relacionados con las máximas autoridades del gobierno.
En ese contexto, se inscriben cuestiones tales como:
- La inacción y silencio del Estado, con participación en el Directorio de YPF, respecto de la operación de venta de la petrolera cuya negociación se sustentó en un "pacto de confidencialidad" que interfiere e impide el conocimiento de la o las empresas interesadas. Así, desde el gobierno se avaló esta forma de operatoria en un campo tan sensible como el energético, poniendo en juego los propios intereses del Estado argentino, facilitando el ocultamiento de la procedencia y antecedentes de aquellos capitales que hubieran querido integrar la Compañía, así como los planes de financiación e inversiones que proponían los interesados en la operación.
- Se pone en juego el desarrollo económico de nuestro país teniendo en cuenta que Repsol YPF es en la actualidad la más importante empresa del sector en reservas probadas de petróleo y gas natural de Argentina, así como también, su principal productor y exportador, constituyéndose en un factor importante en la economía de nuestro país, capaz de regular y establecer los precios y condiciones del mercado.
- La forma en que se realizó la operatoria de venta es sumamente llamativa y demuestra la flexibilidad de la vendedora en las condiciones de la operación, altamente beneficiosas para el comprador, Ezkenazi. Tenemos que la entrada de su grupo empresario "Petersen", se hará en dos tramos. En el primero, Repsol se desprenderá del 14,9% ,éste es el límite que fija el estatuto de la empresa para no obligar a lanzar una Oferta Pública de Adquisición de Acciones (OPA), evitando así someterse al cumplimiento de un régimen legal estricto, con importantes controles por parte de la Comisión Nacional de Valores (CNV) .
- El grupo Ezkenazi, pagará 2.235 millones de dólares por ese porcentaje y tiene opción para adquirir el 10,1% restante en un plazo máximo de cuatro años y al mismo precio por acción. El valor tasado para YPF es de unos 15.000 millones de dólares. Los Eskenazi pagarán el 55% del primer tramo con financiación propia y de un grupo de bancos entre los que figuran Crédit Suisse, Goldman Sachs, BNP-Paribas e Itaú. Para el restante 45%, recibirá un préstamo de la propia Repsol que tiene como garantía las acciones de YPF.
- El Estado Nacional ha nombrado a Roberto Baratta como miembro del directorio de YPF el 26 de abril de 2006 y continua aún en funciones en el gobierno de la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner. Entre los antecedentes más destacados de Baratta se encuentra ser un hombre de extrema confianza del Ministro Julio De Vido quien ya -con anterioridad- lo había designado Subsecretario de Coordinación y Gestión de Planificación Federal. En mayo de 2007 el Diputado Nacional Fernando Sánchez mediante Carta Documento le solicitó a Baratta que comunicara los alcances de las negociaciones por la venta de YPF y sus condiciones. Dicho funcionario, no ha respondido a lo solicitado en la misiva desconociendo la competencia del Congreso de la Nación en el ejercicio del control republicano.
- El gobierno nacional, en consonancia con Repsol, no hace públicas las condiciones en que se negocia la venta de la compañía y su plan de negocios.
- Desde la presidencia, se profundizó la ausencia del Estado en el control de las reservas, hoy en cabeza de las propias empresas que son las que informan cuanto extraen por medio de simples declaraciones juradas
- La matriz anteriormente indicada, se extiende a las importaciones y exportaciones de los hidrocarburos, donde tanto la AFIP como la Aduana han debilitado los controles en detrimento de su Poder de Policía.
- Desde el gobierno nacional todavía no se han tomado medidas respecto del control y la sanción a Repsol en atención a su comportamiento en nuestro país, a diferencia de la investigación y denuncias penales que sí está realizando la Administración Morales en Bolivia, y no sólo por el fraude en la contabilización de reservas probadas (del 52,5% en Bolivia), sino también por el contrabando de hidrocarburos y derivados, evasión fiscal y manipulación de datos.
- A esta situación se le deben sumar los importantes beneficios obtenidos por las petroleras al no tener que liquidar en el mercado interno el 70% de los dividendos conseguidos por exportación.
- En cuanto a los antecedentes del comprador, Eskenazi, se trata de un industrial argentino cuya carrera empresarial se remite a un puesto ejecutivo en el grupo Bunge y Born. En 1980, ingresó como directivo en el grupo Petersen, Thiele y Cruz (empresa familiar), una de las empresas constructoras más consolidadas y con mayor trayectoria en el país. En 1981 Eskenazi se convierte en el accionista mayoritario del Grupo. Como parte de la expansión funda Petersen Inversora SA (PISA), con la que participa en cuestionados proyectos de obra pública, tales como la central hidroeléctrica Yacyretá y la planta nuclear Atucha II.
- El grupo del ahora accionista argentino de YPF S.A., controla el mayor conjunto de bancos regionales de Argentina, entre los que se destacan: Banco San Juan, Nuevo Banco de Entre Ríos, Nuevo Banco Santa Fe y el Banco de Santa Cruz.
- La relación con el ex presidente Kirchner se remonta a 1996 cuando comenzaba las negociaciones para adquirir el Banco de Santa Cruz, en épocas en que Lázaro Báez participaba del proceso privativador. En el Banco de Santa Cruz, Enrique Eskenazi es socio de la provincia del ex presidente Néstor Kirchner. Fue a través de esta entidad, que se depositaron los u$s 594,13 millones que esta provincia colocó en el exterior antes de la crisis de 2001, operación desarrollada con el financista Aldo Ducler de Mercado Abierto. Coincidentemente, es el Crédit Suisse, -donde se depositaron parte de dichos fondos- quien, entre otros, financia la compra de las acciones a REPSOL.
- Repsol se desprendería del 25% de YPF S.A., en una maniobra del consorcio español para retirarse de una región como América del Sur que le ha generado crecientes problemas. En realidad, lo que desde el gobierno argentino se presenta como un paso hacia la nacionalización del petróleo, no es otra cosa que una ayuda a la salida de Repsol- YPF de un escenario altamente desfavorable, que viene desde hace años con un proceso de desinversión del grupo español en Argentina junto con los altos niveles de retención a la exportación del crudo y precios máximos en la venta de combustibles al mercado interno, donde Repsol-YPF es el líder.
En conclusión: la trascendencia que tiene esta operación con respecto a la matriz energética argentina, la falta de antecedentes de Eskenazi en las actividades del sector, las flexibles condiciones de la venta, sumado a los vínculos con el con el ex presidente Kirchner, la falta de respuesta del representante del estado Argentino en el Directorio de la Compañía y la imposibilidad de confrontar la capacidad financiera del grupo en relación con la compra realizada, genera la necesidad de una investigación exhaustiva. Por las razones expuestas es que solicitamos la aprobación de este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SANCHEZ, FERNANDO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
FERRO, FRANCISCO JOSE BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
FLORES, HECTOR BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO