PROYECTO DE TP
Expediente 5802-D-2007
Sumario: CREACION DE UNA COMISION ESPECIAL INVESTIGADORA QUE TENDRA COMO OBJETO EL ANALISIS, EVALUACION E INVESTIGACION DE LA EVOLUCION DEL PATRIMONIO DEL EX PRESIDENTE DE LA NACION, DOCTOR NESTOR KIRCHNER, Y DE SU SEÑORA ESPOSA Y ACTUAL PRESIDENTA DE LA NACION, CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER, EN EL AMBITO DE LA H CAMARA.
Fecha: 06/02/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
1. Crear en el ámbito de la Cámara de
Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora que tendrá como
objeto el análisis, evaluación e investigación de la evolución del patrimonio del ex
Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, y de su esposa, la actual Presidenta de
la Nación, Cristina Fernández de Kirchner; así como el origen de su
incremento.
2. A los efectos de poder
desarrollar su tarea de investigación, la comisión tendrá las siguientes
facultades y atribuciones:
a)
Solicitar informes escritos u orales, o el envío de todo tipo de
documentación e instrumentos existente sobre los hechos que sean
objeto de investigación, a entidades bancarias y financieras, pudiendo
establecer plazos perentorios para su contestación.
b)
Ordenar la realización de pericias técnicas.
c)
Conocer el estado de las causas judiciales y/o administrativas
relacionadas con los hechos investigados y requerir la remisión de
expedientes judiciales y/o administrativos o, en su defecto, copia
certificada de los mismos. En el caso que los instrumentos o
documentación remitida correspondieran a un expediente judicial en
secreto de sumario, se tomarán los recaudos necesarios para la
garantía del mismo.
d)
Recibir denuncias y pruebas sobre los hechos que son objeto de
la investigación.
e)
Requerir y recibir declaraciones testimoniales.
3. La comisión deberá
elevar un informe a la Cámara de Diputados de la Nación detallando
los hechos investigados, dentro de los 90 días contados a partir de su
constitución, pudiendo emitirse informes parciales sobre los avances de
las investigaciones. Sin perjuicio de dicho informe, la comisión
procederá a informar a la Cámara, en el transcurso de su desempeño,
sobre todo aspecto que considere necesario.
4. El plazo de duración de
la comisión investigadora podrá prorrogarse a resolución de la
Cámara.
5. El informe final
precisará las responsabilidades políticas que pudieran emerger de la
investigación, procediendo, en caso de advertirse la posible comisión
de delitos, a formular las denuncias pertinentes ante la Justicia,
aportando los elementos de prueba recopilados. Asimismo, deberán
sugerirse las modificaciones normativas que estime convenientes como
consecuencia de la investigación llevada a cabo.
6. Todos los informes
producidos por la Comisión, serán dados a publicidad por los medios
que la comisión estime pertinentes.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Según tomara estado
público, conforme lo hicieran constar en las declaraciones juradas que
presentaron el ex Presidente Néstor Kirchner y su esposa, la
Presidenta, ante la Oficina Anticorrupción (OA), el viernes 11 del
corriente mes de enero de 2008; en el último año el ex Presidente
aumentó su patrimonio en $ 5.781.195. Alcanzó así una
fortuna de $ 17.824.941, casi 11 millones más de lo que tenía
cuando asumió, en mayo de 2003.
Los ingresos del
matrimonio presidencial habrían aumentado notablemente durante el
2007, pues según lo habrían declarado, pasaron de $ 3.964.862 a $
7.027.806; en su mayoría producto de lo que perciben por el alquiler
de sus inmuebles (19 casas, 14 departamentos, 6 terrenos y dos
locales, que sumarían $ 2.955.251).
Ahora bien, las preguntas
que no parecen encontrar respuesta en los números declarados, son
cómo hizo el matrimonio para quintuplicar su patrimonio en un período
de cuatro años y cómo lograron un ingreso por $ 5.781.195 en tan sólo
un año, con inmuebles cuyo valor total resultaría ser la mitad de la
renta declarada como obtenida por los mismos.
De
acuerdo a declaraciones publicadas por el diario La Nación el viernes
18 de enero de 2008, en la nota titulada "Auge inmobiliario y "efecto
K". "Desde 2004, los alquileres en Santa Cruz están por las nubes":"De
las 19 casas declaradas por el ex presidente, por lo menos tres -dos en
Río Gallegos y una en El Calafate-, son utilizadas por él y su familia
cuando se encuentran aquí. Las restantes son, en su mayoría,
viviendas sencillas, ubicada en barriadas de la ciudad, sin grandes
lujos. De acuerdo con fuentes del mercado inmobiliario local, el alquiler
de viviendas de ese tipo ronda entre 1500 y 3000 pesos". Por lo que
sería"...imposible que con la misma cantidad de inmuebles en tan poco
tiempo se haya más que quintuplicado el ingreso por renta"; puesto
que "Con esa cantidad de propiedades se puede tener una renta de un
millón y medio de pesos, pero no de cinco millones." .
Entendemos que resulta
necesario y urgente se conforme una Comisión Investigadora con el fin
de investigar la evolución y el origen del patrimonio declarado por el ex
Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, y de su esposa, la actual
Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner; para de ese
modo determinar si ha habido o no, un incremento indebido del
mismo.
En tal
sentido, es de considerar que el Estado Argentino ha aprobado la
Convención Interamericana contra la Corrupción; que compele a los
Estados Partes a adoptar "las medidas necesarias para tipificar en su
legislación como delito, el incremento del patrimonio de un funcionario
público con significativo exceso respecto de sus ingresos legítimos
durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser
razonablemente justificado por él" ( art. IX); y compele a los Estados
Partes a crear, mantener y fortalecer los órganos de control, con el fin
de desarrollar mecanismos modernos para prevenir, detectar,
sancionar y erradicar las prácticas corruptas (art. III, inc. 9).
Asimismo,
hemos aprobado la Convención de Naciones Unidas Contra la
Corrupción (A/58/422), que establece que: "Con sujeción a su
Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento
jurídico, cada Estado Parte considerará la posibilidad de adoptar las
medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar
como delito, cuando se cometa intencionalmente, el enriquecimiento
ilícito, es decir, el incremento significativo del patrimonio de un
funcionario público respecto de sus ingresos legítimos que no pueda
ser razonablemente justificado por él" (art. 20); y promueve que los
Estados Parte adopten las medidas que "sean necesarias, de
conformidad con su derecho interno, para alentar la cooperación entre,
por un lado, sus organismos públicos, así como sus funcionarios
públicos, y, por otro, sus organismos encargados de investigar y
enjuiciar los delitos" (art. 38).
Y es claro que el
Congreso de la Nación no puede sustraerse a dichas obligaciones
asumidas internacionalmente, en un caso de la trascendencia que tiene
las circunstancias descriptas, que tratan nada menos que del
Presidente de la Nación saliente, y su esposa, la actual Presidenta de
los argentinos.
Cada peso aportado por
los argentinos para el funcionamiento del Estado debe retornar con
creces al servicio y satisfacción de sus necesidades. Esto requiere la
mas estricta austeridad y transparencia aen el manejo de los fondos y
bienes públicos y requiere también un estricto funcionamiento de las
distintas instancias de control a fin de evitar y castigar cualquier desvío
ilegal de fondos o actos de corrupción. En este caso el Parlamento
debe actuar llevando adelante su tarea de control como a fin de
analizar la responsabilidad política de los funcionarios y también la
posible comisión de ilícitos para promover mecanismos judiciales de ser
necesario.
Por todo lo expuesto,
solicitamos a nuestros pares que consideren la necesidad de crear en
el ámbito de esta Cámara una comisión que investigue acabadamente
y, en su caso, denuncie ante la Justicia, las presuntas irregularidades
que pudieran existir en el incremento del patrimonio del matrimonio
presidencia y sus responsabilidades políticas, aprobando por lo tanto el
presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
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Comisión |
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