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PROYECTO DE TP


Expediente 5802-D-2007
Sumario: CREACION DE UNA COMISION ESPECIAL INVESTIGADORA QUE TENDRA COMO OBJETO EL ANALISIS, EVALUACION E INVESTIGACION DE LA EVOLUCION DEL PATRIMONIO DEL EX PRESIDENTE DE LA NACION, DOCTOR NESTOR KIRCHNER, Y DE SU SEÑORA ESPOSA Y ACTUAL PRESIDENTA DE LA NACION, CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER, EN EL AMBITO DE LA H CAMARA.
Fecha: 06/02/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


1. Crear en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Nación una Comisión Especial Investigadora que tendrá como objeto el análisis, evaluación e investigación de la evolución del patrimonio del ex Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, y de su esposa, la actual Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner; así como el origen de su incremento.
2. A los efectos de poder desarrollar su tarea de investigación, la comisión tendrá las siguientes facultades y atribuciones:
a) Solicitar informes escritos u orales, o el envío de todo tipo de documentación e instrumentos existente sobre los hechos que sean objeto de investigación, a entidades bancarias y financieras, pudiendo establecer plazos perentorios para su contestación.
b) Ordenar la realización de pericias técnicas.
c) Conocer el estado de las causas judiciales y/o administrativas relacionadas con los hechos investigados y requerir la remisión de expedientes judiciales y/o administrativos o, en su defecto, copia certificada de los mismos. En el caso que los instrumentos o documentación remitida correspondieran a un expediente judicial en secreto de sumario, se tomarán los recaudos necesarios para la garantía del mismo.
d) Recibir denuncias y pruebas sobre los hechos que son objeto de la investigación.
e) Requerir y recibir declaraciones testimoniales.
3. La comisión deberá elevar un informe a la Cámara de Diputados de la Nación detallando los hechos investigados, dentro de los 90 días contados a partir de su constitución, pudiendo emitirse informes parciales sobre los avances de las investigaciones. Sin perjuicio de dicho informe, la comisión procederá a informar a la Cámara, en el transcurso de su desempeño, sobre todo aspecto que considere necesario.
4. El plazo de duración de la comisión investigadora podrá prorrogarse a resolución de la Cámara.
5. El informe final precisará las responsabilidades políticas que pudieran emerger de la investigación, procediendo, en caso de advertirse la posible comisión de delitos, a formular las denuncias pertinentes ante la Justicia, aportando los elementos de prueba recopilados. Asimismo, deberán sugerirse las modificaciones normativas que estime convenientes como consecuencia de la investigación llevada a cabo.
6. Todos los informes producidos por la Comisión, serán dados a publicidad por los medios que la comisión estime pertinentes.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Según tomara estado público, conforme lo hicieran constar en las declaraciones juradas que presentaron el ex Presidente Néstor Kirchner y su esposa, la Presidenta, ante la Oficina Anticorrupción (OA), el viernes 11 del corriente mes de enero de 2008; en el último año el ex Presidente aumentó su patrimonio en $ 5.781.195. Alcanzó así una fortuna de $ 17.824.941, casi 11 millones más de lo que tenía cuando asumió, en mayo de 2003.
Los ingresos del matrimonio presidencial habrían aumentado notablemente durante el 2007, pues según lo habrían declarado, pasaron de $ 3.964.862 a $ 7.027.806; en su mayoría producto de lo que perciben por el alquiler de sus inmuebles (19 casas, 14 departamentos, 6 terrenos y dos locales, que sumarían $ 2.955.251).
Ahora bien, las preguntas que no parecen encontrar respuesta en los números declarados, son cómo hizo el matrimonio para quintuplicar su patrimonio en un período de cuatro años y cómo lograron un ingreso por $ 5.781.195 en tan sólo un año, con inmuebles cuyo valor total resultaría ser la mitad de la renta declarada como obtenida por los mismos.
De acuerdo a declaraciones publicadas por el diario La Nación el viernes 18 de enero de 2008, en la nota titulada "Auge inmobiliario y "efecto K". "Desde 2004, los alquileres en Santa Cruz están por las nubes":"De las 19 casas declaradas por el ex presidente, por lo menos tres -dos en Río Gallegos y una en El Calafate-, son utilizadas por él y su familia cuando se encuentran aquí. Las restantes son, en su mayoría, viviendas sencillas, ubicada en barriadas de la ciudad, sin grandes lujos. De acuerdo con fuentes del mercado inmobiliario local, el alquiler de viviendas de ese tipo ronda entre 1500 y 3000 pesos". Por lo que sería"...imposible que con la misma cantidad de inmuebles en tan poco tiempo se haya más que quintuplicado el ingreso por renta"; puesto que "Con esa cantidad de propiedades se puede tener una renta de un millón y medio de pesos, pero no de cinco millones." .
Entendemos que resulta necesario y urgente se conforme una Comisión Investigadora con el fin de investigar la evolución y el origen del patrimonio declarado por el ex Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, y de su esposa, la actual Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner; para de ese modo determinar si ha habido o no, un incremento indebido del mismo.
En tal sentido, es de considerar que el Estado Argentino ha aprobado la Convención Interamericana contra la Corrupción; que compele a los Estados Partes a adoptar "las medidas necesarias para tipificar en su legislación como delito, el incremento del patrimonio de un funcionario público con significativo exceso respecto de sus ingresos legítimos durante el ejercicio de sus funciones y que no pueda ser razonablemente justificado por él" ( art. IX); y compele a los Estados Partes a crear, mantener y fortalecer los órganos de control, con el fin de desarrollar mecanismos modernos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar las prácticas corruptas (art. III, inc. 9).
Asimismo, hemos aprobado la Convención de Naciones Unidas Contra la Corrupción (A/58/422), que establece que: "Con sujeción a su Constitución y a los principios fundamentales de su ordenamiento jurídico, cada Estado Parte considerará la posibilidad de adoptar las medidas legislativas y de otra índole que sean necesarias para tipificar como delito, cuando se cometa intencionalmente, el enriquecimiento ilícito, es decir, el incremento significativo del patrimonio de un funcionario público respecto de sus ingresos legítimos que no pueda ser razonablemente justificado por él" (art. 20); y promueve que los Estados Parte adopten las medidas que "sean necesarias, de conformidad con su derecho interno, para alentar la cooperación entre, por un lado, sus organismos públicos, así como sus funcionarios públicos, y, por otro, sus organismos encargados de investigar y enjuiciar los delitos" (art. 38).
Y es claro que el Congreso de la Nación no puede sustraerse a dichas obligaciones asumidas internacionalmente, en un caso de la trascendencia que tiene las circunstancias descriptas, que tratan nada menos que del Presidente de la Nación saliente, y su esposa, la actual Presidenta de los argentinos.
Cada peso aportado por los argentinos para el funcionamiento del Estado debe retornar con creces al servicio y satisfacción de sus necesidades. Esto requiere la mas estricta austeridad y transparencia aen el manejo de los fondos y bienes públicos y requiere también un estricto funcionamiento de las distintas instancias de control a fin de evitar y castigar cualquier desvío ilegal de fondos o actos de corrupción. En este caso el Parlamento debe actuar llevando adelante su tarea de control como a fin de analizar la responsabilidad política de los funcionarios y también la posible comisión de ilícitos para promover mecanismos judiciales de ser necesario.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares que consideren la necesidad de crear en el ámbito de esta Cámara una comisión que investigue acabadamente y, en su caso, denuncie ante la Justicia, las presuntas irregularidades que pudieran existir en el incremento del patrimonio del matrimonio presidencia y sus responsabilidades políticas, aprobando por lo tanto el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
SANCHEZ, FERNANDO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO