PROYECTO DE TP
Expediente 5795-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DEFINICIONES EN LA CALIDAD DEL SERVICIO FERROVIARIO DE PASAJEROS QUE BRINDA LA EMPRESA "TRENES ESPECIALES ARGENTINOS SA" EN LA EX LINEA GENERAL URQUIZA.
Fecha: 06/02/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través de los organismos que correspondan y en relación al
servicio ferroviario de la línea que une la Estación Federico Lacroze (Buenos
Aires) con Posadas (Misiones), se sirva informar acerca de los siguientes
puntos:
1. ¿Qué medidas ha
tomado el Estado Nacional frente a las continuas deficiencias en la
calidad del servicio ferroviario de pasajeros que brinda la empresa
Trenes Especiales Argentinos S.A., en la línea mencionada?
2. ¿A cuánto
asciende el monto de inversión en infraestructura realizado por TEA
desde que se hizo cargo del servicio de pasajeros más conocido como
EL GRAN CAPITAN ?
3. ¿Si el Estado ha
multado a "América Latina Logística Mesopotamica Sociedad
Anónima" (ALL) o a Trenes Especiales Argentinos S.A. (TEA) en alguna
oportunidad? En su caso ¿cuáles fueron los montos y qué parte de
estos montos fueron pagados por ambas empresas?
4. ¿Cuáles son las
acciones que ha tomado ALL y TEA para evitar las constantes
suspenciones de servicios, descarrilamientos, demoras y
accidentes?
5. ¿Cuáles son las
acciones que a tomado el Estado Nacional frente a estos
acontecimientos?
6. ¿Qué medidas
ha tomado el Estado Nacional para evitar los constantes
enfrentamientos entre las empresas prestatarias del servicio?
7. ¿Cuál ha sido la
declaración de facturación anual del concesionario de transporte del
servicio público de transporte ferroviario de cargas ALL desde la
adjudicación del servicio hasta la fecha?
8. ¿Cuál fue el
porcentaje de inversión con respecto a la facturación total anual
declarado por ALL?
9. ¿Si la carta de
entendimiento entre el estado nacional y ALL fue sometida a
audiencia pública?
10. ¿A cuánto
asciende el canon abonado por TEA y ALL al Estado Nacional desde
que se hicieron cargo del servicio, hasta la fecha?
11. ¿Cuál ha sido el
monto de subsidios asignados por el Estado a las empresas ALL y TEA,
desde la adjudicación del servicio hasta la fecha?
12. ¿Si ALL ha
presentado el Plan Quinquenal de inversiones correspondientes a los
ejercicios económicos (2006/07)? En su caso, de detalles de los
mismos.
13. ¿Si ALL ha
presentado desde la adjudicación del servicio hasta la fecha el avance
de los planes anuales de inversión? En su caso, de detalles de los
mismos.
14. ¿Cuál es el
estado actual del proceso licitatorio llevado a cabo por la Nación para
el servicio de pasajeros en la mencionada línea?
15. Toda otra
información que resulte de interés para comprender esta
problemática.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La penosa
circunstancia que le tocaba vivir a los usuarios del llamado tren "El Gran
Capitán", que une el trayecto Posadas, en la Provincia de Misiones, con la
estación Federico Lacroze en la Capital Federal, no hace mas que reavivar la
necesidad de dar solución a un largo litigio producido entre la prestadora del
servicio de pasajeros y el Estado Nacional; litigio en el que los pasajeros no
dejan de ser rehenes del conflicto.
En efecto, el
convoy había partido el pasado domingo 3 de febrero del corriente año, de la
estación Posadas, con destino a esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
mas de 500 pasajeros, cuando antes de abandonar la Provincia de Misiones
(localidad de 25 de Febrero), se produjo un desperfecto en la locomotora la que
debió ser reemplazada.
Continuando el
recorrido, la misma llegó a la localidad de Basabilvaso, en la Provincia de Entre
Ríos, en la que había quedado varado, llevando más de treinta horas de
recorrido, sin que los usuarios recibieran mayores precisiones acerca de los
motivos de la demora, ni la menor asistencia por parte de la empresa que
brinda el servicio.
Como se recordará,
existe un viejo conflicto entre el Estado Nacional y la empresa Trenes
Especiales Argentinos S.A., que motivara una medida cautelar de la Justicia
Federal de Corrientes, que detuvo el proceso licitatorio que pretendía llevar a
cabo la Secretaría de Transporte de la Nación.
En efecto, la
Resolución Nº 217 de fecha 1º de marzo de 2005 del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, aprobó el
Pliego de Condiciones Generales y Particulares para el llamado a licitación
pública nacional e internacional para la concesión de la explotación del servicio
de transporte ferroviario interurbano de pasajeros, servicio de correo,
transporte de encomiendas, automóviles y paquetería, correspondiente al
sector de la red ferroviaria nacional comprendido entre la Ciudad Autónoma de
BUENOS AIRES y la Ciudad de POSADAS (Provincia de MISIONES), Línea
del ex - Ferrocarril General Urquiza.
La citada
Resolución 217/2005, había dado instrucciones a la citada Secretaria, para
efectuar el llamado a licitación. Luego, la Resolución Nº 151 de fecha 21 de
marzo de 2005 la SECRETARIA DE TRANSPORTE efectuó el llamado a
licitación pública nacional e internacional para la concesión de la explotación
del citado servicio pero, con fecha 18 de abril de 2005, el MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, fue
notificado de los términos de la medida cautelar decretada por el Juzgado
Federal de 1a Instancia de la Provincia de CORRIENTES, en los autos
caratulados "TRENES ESPECIALES ARGENTINOS S.A. C/ RESOLUCION Nº
217/2005 DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS RESOLUCION Nº 151/2005 DE LA SECRETARIA DE
TRANSPORTE DE LA NACION Y/O Q.R.R. S/ AMPARO" - Expte. Nº 97/05, la
cual dispuso la inmediata suspensión de la ejecutoriedad de las citadas
resoluciones.
Según hemos
podido saber, mediante Resolución Nº 688 de fecha 6 de septiembre de 2006
de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, se reanudó el proceso licitatorio
aprobado por la Resolución Nº 151/2005.
Finalmente, las
empresas adquirentes del Pliego solicitaron una prórroga de la fecha de
presentación de la documentación que fuera establecido por la citada
Resolución Nº 688/2006 y mediante Resolución Nº 861/2006, se decidió
prorrogar la presentación de las ofertas, hasta el 10 de noviembre de 2006.
Habrían resultado adjudicatarias de la misma una Unión Transitoria de
Empresas, integrada por el Grupo Roggio y América Latina Logística
Mesopotámica S.A. (ALL), esta última, actual prestadora del servicio de carga y
todo lo relativo a la operación de trenes, el mantenimiento del material rodante,
infraestructura, equipos y demás, del citado corredor ferroviario.
También no puede
obviarse la responsabilidad que tiene en todo este entuerto la Empresa ALL,
por lo que se aviene necesario conocer algunos aspectos que hacen al servicio
que brinda la misma. Sobre todo, por las implicancias que tiene para los
usuarios del servicio de pasajeros.
Muchos han sido
los reclamos de las poblaciones involucradas en el servicio y también han sido
numerosos los reclamos de las autoridades locales sobre esta cuestión.
También el Congreso Nacional se ha hecho eco de esta problemática en
numerosas ocasiones. Pero lo cierto es que el conflicto continúa y los usuarios
lo padecen.
De allí, la
necesidad de volver a consultar al Poder Ejecutivo, a fin de conocer sobre
distintos aspectos que hace a la situación en general del conflicto y poner en
evidencia la necesidad de finalizar el mismo.
Por las razones
expuestas, solicitamos la aprobación del presente.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |