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PROYECTO DE TP


Expediente 5792-D-2007
Sumario: INTERPELACION AL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, JORGE TAIANA, SOBRE LA LIBRE CIRCULACION DE PERSONAS ENTRE NUESTRO PAIS Y LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.
Fecha: 06/02/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 170
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Citar, en los términos del artículo 71 de la Constitución Nacional y 204 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados de la Nación, al Señor Canciller don Jorge Taiana a concurrir al recinto de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, para informar acerca de los siguientes puntos:
a) Explique cuáles son las instrucciones emanadas de su ministerio a los efectos de garantizar el efectivo ejercicio de los deberes y facultades exclusivas, excluyentes e indelegables del Gobierno Nacional de controlar y permitir la libre circulación de personas entre nuestro país y la hermana República Oriental del Uruguay.
b) Explique qué medidas ha tomado o piensa tomar su ministerio para impedir la ejecución de vías de hecho por grupos de la ciudad de Gualeguaychú, consistentes en utilizar "tarjetas vecinales" para autorizar por medio de ellas el paso fronterizo entre Argentina y Uruguay, lo que vulnera las garantías del punto anterior.
c) Explique si el gobierno nacional prevé la continuidad de esta cuasi privatización de las relaciones exteriores y del poder de policía en relación a la libre circulación de bienes y personas en territorio del MERCOSUR.
d) Explique si en el caso descripto no se está ante situaciones contempladas por las normas sobre daños (art. 183 y 184 del Código Penal); detención de medios de transporte (art. 191 del Código Penal); entorpecimiento de medios de transporte (art. 194 del Código Penal); incitación a la violencia colectiva (art. 212 del Código Penal); asociación para combatir las ideas ajenas por la fuerza o el temor (art. 213 bis del Código Penal); sedición y alzamiento público para impedir la ejecución de las leyes o resoluciones de funcionarios públicos (art. 230 del Código Penal). En caso afirmativo, informe qué medidas tomó su ministerio al respecto.
e) Otros aspectos vinculados con los temas antedichos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Son de público conocimiento los cortes que se vienen llevando a cabo por parte de grupos de vecinos de Gualeguaychú, desde hace más de 14 meses, en la frontera con el Uruguay en la ruta 136. Sin embargo, a esta acción que impide el libre tránsito de las personas, obstaculiza a los medios de transporte y coarta garantías individuales, se le suma la utilización por parte de estos grupos de las "tarjetas vecinales", que son una suerte de autorizaciones privadas que permiten sortear dichos cortes. Las autoridades parecen permitir este ejercicio por particulares de poderes que son del Estado, con una pasividad absoluta.
Esta situación nos lleva a solicitar que el ministro del ramo explique los motivos por los cuáles tanto él como el gobierno se llaman a silencio frente a una instancia que ha generado una nueva controversia con nuestros vecinos.
Queremos saber qué va a hacer el gobierno frente a este caso de privatización de facultades y deberes exclusivos del Estado. Queremos saber hasta qué instancia se llevará el incumplimiento de elementales normas constitucionales.
Existe la imperiosa necesidad de que esta Cámara reciba un claro mensaje sobre los puntos esbozados anteriormente, para poder cumplir con los deberes y funciones de control que le competen.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES