PROYECTO DE TP
Expediente 5787-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA APLICACION DE SANCIONES A LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE AEREO DE CABOTAJE EN LOS CASOS DE INCUMPLIMIENTO.
Fecha: 29/09/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicita al Poder Ejecutivo Nacional
que por medio de la Subsecretaría de Transporte Aerocomercial se proceda a
extremar la fiscalización y, de ser el caso, la aplicación de sanciones a las
empresas de transporte aéreo de cabotaje en los casos de constatación de
incumplimientos de horarios, itinerarios, cancelación de vuelos y denegación de
embarque. Asimismo.
Solicita que se instrumente una
campaña de difusión de los derechos que les asisten a los pasajeros ante tales
contingencias.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las aerolíneas que realizan los
servicios regulares internos de transporte aéreo de pasajeros, están
incumpliendo con los horarios, itinerarios y aún cancelando y reprogramando
vuelos en forma creciente, con grave perjuicio para los pasajeros atento el no
reconocimiento y prestación de los servicios que les asiste, ante tales
contingencias.
Es así que en los principales
aeropuertos del país se observa la demora en la salida de los vuelos por espacio
de varias horas, algunas veces superando las doce horas, sin que las
transportadoras suministren información veraz y oportuna a los pasajeros, y en
las que se omite ofrecer siquiera mínimamente los servicios incidentales que la
normativa regulatoria les acuerda a los pasajeros, por lo que muchas veces
vemos pasajeros dormitando en incómodos sillones de aeropuertos cuando
tendrían que estar alojados en hoteles con cargo a las empresas de transporte,
o juntando monedas para hacer llamadas telefónicas, consumir comidas y
refrigerios y hasta pagar medios de transportes desde y hacia los aeropuertos,
cuando deberían gozar de tales servicios en forma absolutamente gratuita y
proporcionados por los transportistas responsables del incumplimiento.
En este sentido, voceros de
Aerolíneas Argentinas admitieron que, del total de vuelos de julio 2005, el 20 %
salió con demoras de más de 30 minutos, mientras que en 2006, esa cifra
aumentó al 27%, y en lo primeros días de septiembre, la Subsecretaría de
Transporte Aerocomercial informó que las demoras de más de una hora afectan
al 26% de los vuelos. Los motivos dados por la compañía son "desperfectos
técnicos"; "cuestiones meteorológicas"; "porque el avión no llegó" o "porque
hubo amenaza de bomba". Sin embargo, lo mas grave de esta situación es que
la gente que se queja no obtiene ningún tipo de respuestas por parte de la
compañía.
Desde las asociaciones de pilotos y
de técnicos aeronáuticos señalaron que las demoras se deben a que una parte
importante de la flota está sin volar, por cuestiones de mantenimiento. Esto es
admitido incluso desde las misma Aerolíneas Argentinas, "Aerolíneas y Austral
cuentan con una flota de 44 aviones. Lo normal sería tener 9 en
mantenimiento, pero actualmente, por la crisis, tenemos 13 aviones
parados".
Es así que, si la venta de pasajes
se realiza sin tener en cuenta la cuestión anteriormente mencionada, no queda
lugar a otro desenlace más que las demoras y problemas que vemos
actualmente. Una cuestión adicional que debemos tener siempre presente es
que el usuario esta cautivo, particularmente hacia los destinos NEA donde
Aerolíneas Argentinas mantiene el monopolio total del servicio.
Vale la pena recordar lo
establecido por la Resolución Nº 1532/98 del ex Ministerio de Economía, Obras
y Servicios Públicos de la Nación. Ésta norma prevé la obligatoriedad del
cumplimiento de itinerarios y horarios, y ante cualquier circunstancia de índole
operativa, técnica, meteorológica o inclusive comercial, que determine que el
transportador "cancele o demore un vuelo o la entrega de equipaje por más de
CUATRO (4) horas, o deniega el embarque porque no puede proporcionar
espacio previamente confirmado (overbooking o sobreventa), o no puede hacer
escala en el punto de parada - estancia o de destino del pasajero, o causa a un
pasajero la pérdida de un vuelo de conexión para el que tenía una reserva
confirmada, el pasajero, tendrá el derecho a:
- su inclusión obligatoria en
el vuelo inmediato posterior del mismo transportador para su destino, o
- al endoso de su contrato de
transporte, incluyendo conexiones con espacio confirmado, cuando sea
aceptable para el pasajero, o
- a ser reencaminado por otra
ruta hacia el destino indicado en el contrato, por los servicios del
transportador o en los servicios de otro transportador, o por otro medio de
transporte, en estos últimos casos sujeto a disponibilidad de espacio.
Si la suma de la tarifa, el cargo por
exceso de equipaje y cualquier otro cargo de servicio aplicable por la nueva
ruta es mayor que el valor de reintegro del billete o de la porción aplicable del
mismo, el pasajero no abonará ninguna tarifa o cargo adicional y el
transportador reintegrará la diferencia si la tarifa y cargos para la ruta
reprogramada son menores:
- a la compensación por
embarque denegado de acuerdo a las regulaciones del transportador.
- a la inmediata devolución, si le
correspondiere, del precio del contrato de transporte no utilizado y conforme a
las modalidades de pago efectuadas.
También y en forma fundamental
les asiste a los pasajeros el derecho a la prestación por parte de los
transportistas de servicios incidentales, el cual es ampliamente violado por las
empresas transportadas.
Los servicios incidentales gratuitos
abarcan rubros muy diversos como el de "comunicación telefónica o
cablegráfica al punto de destino y comunicaciones locales"; "comidas y
refrigerios de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el
embarque en otro vuelo"; "alojamiento en hotel, en el aeropuerto o en la
ciudad, cuando la demora de un vuelo exceda las CUATRO (4) horas";
"transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto".
Es por esto que solicito a mis
pares me acompañen con este proyecto para el beneficio de todos aquellos
afectados por estas violaciones a la ley y a los derechos de los
ciudadanos.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MACCHI, CARLOS GUILLERMO | CORRIENTES | PARTIDO NUEVO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
31/10/2006 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1444/2006 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 24/11/2006 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 06/12/2006 | APROBADO |