PROYECTO DE TP
Expediente 5781-D-2010
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LA PERSECUCION Y DESPIDO DE DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA.
Fecha: 11/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su más profundo rechazo por la
persecución y despido sufrido por docentes de la Universidad Nacional de la Rioja,
integrantes de la Comisión Directiva de la ASOCIACION RIOJANA DE DOCENTES
UNIVERSITARIOS (ARDU), por parte de las autoridades de esa casa de estudios lo
que constituye la VIOLACION A LA TUTELA SINDICAL DE LEY Nº.23551., y del
artículo 11 de la Ley Nro. 24.521 "Ley de Educación Superior"
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ASOCIACION RIOJANA DE
DOCENTES UNIVERSITARIOS (ARDU) con Inscripción Gremial del MTEySS Nº: 2161
e integrante de CONADU HISTORICA Personería .Gremial. del MTEySS Nº:1755
denuncio el 28 de Diciembre de 1999 ante la Oficina Anticorrupción la dudosa
administración de 66( sesenta y seis) millones de dólares gastados en la construcción
de la Ciudad Universitaria de La Rioja. La Oficina Anticorrupción, dio inicio al Exp.Nº:
12.285/00 del Juzgado Federal Nº: 3 de Capital Federal ( juez Sergio Torres),
pasando luego al Juzgado Federal de La Rioja con el Nº: 2836, ordenando la Cámara
Oral Federal de La Rioja su archivo sin investigar.
Apelado ese archivo, la Cámara Nacional
de Casación Penal de Capital Federal, Sala II, Causa Nº: 4756 Caratulada:"Fundación
Universidad Nacional de La Rioja S/Recurso de Casación ", ordena su desarchivo e
investigación en el año 2003.
Ante la denuncia realizada por la
organización Gremial se inicia un proceso de persecución a los integrantes de la
Comisión Directiva de La ASOCIACION RIOJANA DE DOCENTES UNIVERSITARIOS
(ARDU) consistente en la promoción de la creación de un nuevo sindicato afín al
rectorado, la no renovación y / o reducción de designaciones docentes y el despido
de integrantes de la comisión directiva del gremio, y diferentes modos de ejercicio de
violencia moral y maltrato laboral a integrante de la Comisión Directiva del gremio
todo ello en VIOLACION A LA TUTELA SINDICAL DE LEY Nº.23551 y del artículo 11
de la Ley Nro. 24.521 "ley de Educación Superior"
Como consecuencia de la persecución
ejercida contra la Comisión Directiva de ARDU a la fecha continúan cesanteados:
Estela Cruz de García, (Secretaria General del Gremio ARDU, I.G.Nº: 2161 y miembro
de la Mesa ejecutiva de la Federación CONADU HISTORICA); Alonso, María:
(Secretaria Adjunta de ARDU);. Elena del Carmen Camisassa, (Secretaria de Prensa
del gremio ARDU); Gonaldi, María: (Secretaria Gremial del gremio ARDU); Ruiz, Julio
Cesar: (Secretario de Finanzas del gremio ARDU); .Horacio, Duret, (Vocal Titular del
gremio ARDU), Olmedo Orelo María Cecilia, (Vocal titular del gremio ARDU); Magno
Aníbal: (Vocal titular del gremio ARDU); Brígido Horacio: (miembro titular de la
Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU); Cubillo, María: (miembro titular de
la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU); Chade, Juan: (miembro titular
de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU).
La situación en la Universidad Nacional
de la Rioja viene siendo denunciada en forma reiterada tanto por la Asociación
Sindical de base ARDU como también por la Federación Nacional de Docentes,
Investigadores y Creadores Universitarios (CONADU HISTORICA).
Asimismo los docentes integrantes de la
Comisión directiva de ARDU afectados han iniciado causas judiciales contra la
Universidad Nacional de La Rioja, las cuales se sintetizan a continuación
mencionando el estado de la causa y la situación actual de los afectados:
ASOCIACION RIOJANA DE DOCENTES
UNIVERSITARIOS (ARDU) C/ UNI VERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA S/DEMANDA
POR PRACTICA DESLEAL"- Juzgado Federal de La Rioja. Exp. Nº: 24.133/06 del 24
de octubre de 2006.
Motivo: las autoridades de la UNLaR
presionaban a los docentes para obtener la desafiliación a ARDU y facilitaban la
creación de otro gremio: SIDIUNLAR, claramente afin al rector TELLO ROLDAN.
ESTADO ACTUAL: paralizado desde
mayo de 2008 en la etapa de audiencias testimoniales.
ALONSO MARIA y otros Amparo c/
Universidad Nacional de La Rioja ( UNLaR ), Exp. Nº: 249-A-2007, con Resolución
definitiva de la Cámara Federal de Córdoba, Secretaría Civil Nº:1- SALA B,del 3 de
marzo de 2008.
Motivo: reducción de dedicaciones
desde agosto de 2007.
Dicho fallo en su Art. 2º dice:
" Ordenar a la Universidad Nacional de
La Rioja que deberá tener en cuenta los lineamientos de este pronunciamiento a la
hora de disponer sobre la situación de revista de los accionantes para el presente
año lectivo 2008".....
Lineamientos: "en el caso del personal
investido de estabilidad gremial , toda modificación en las condiciones de trabajo
debió previamente ser abordada por la vía del art. 52 de la ley 23.551, es decir, se
debió obtener un pronunciamiento judicial de exclusión de tutela sindical, cosa que
no ha ocurrido en la especie, lo que torna ilegítimo el obrar de la demandada."....
En este Amparo están comprendidos los
siguientes miembros de la Comisión Directiva del gremio ARDU:
- Estela Cruz de García, Secretaria
General del Gremio ARDU, I.G.Nº: 2161 y miembro de la Mesa ejecutiva de la
Federación CONADU HISTORICA , Personería Gremial del MTEySS Nº: 1755.
- Alonso María, Secretaria Adjunta del
gremio ARDU.
- Elena del Carmen Camisassa,
Secretaria de Prensa del gremio ARDU
- Horacio, Duret, Vocal Titular del
gremio ARDU.
ESTADO ACTUAL: ejecución parcial de
sentencia paralizada por Apartamiento del Juez Federal motivada en la "Violencia
Moral" que ejerce el rector Tello Roldán ( pagó las diferencias de salarios en Dic/09
pero no resolvió la situación de revista, por lo que continúan CESANTES :Cruz de
García, Camisassa y Duret).
OLMEDO ORELO, MARIA CECILIA y
otros c/UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA-ACCION DE AMPARO -Exp.Nº: 822-
2008, con Resolución definitiva de la Cámara Federal de Córdoba, Secretaría Civil Nº
1-SALA A, del 19 de abril de 2010.
Motivo: no renovación de designaciones
desde diciembre de 2007.
Dicho fallo dice. " Ordenar a la
Universidad Nacional de La Rioja.......idem punto 2.
En este Amparo están comprendidos los
siguientes miembros de la Comisión Directiva del gremio ARDU:
- Olmedo Orelo María Cecilia, Vocal
titular del gremio ARDU
-Cruz de García, Estela : Secretaria
general del gremio ARDU y miembro de la Mesa Ejecutiva de la Federación CONADU
HISTORICA
-Magno Aníbal: Vocal titular del gremio
ARDU.
ESTADO ACTUAL: continúan
CESANTES.
BRIGIDO HORACIO, Medida Cautelar c/
UNLaR. Exp. Nº: 455/09, con Resolución definitiva de la Cámara Federal de
Córdoba, Secretaría Civil Nº: 1 SALA B del 15 de marzo de 2010.
Motivo: no renovación de designación
desde diciembre de 2008.
Fallo hace lugar a la medida cautelar
ordenando la Designación inmediata en sus Cátedras.
-Brígido,Horacio: es miembro titular
de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU .
ESTADO ACTUAL: continúa
CESANTE.
CUBILLO, MARIA y otro, Amparo
c/UNLaR. Exp. Nº: 1.208/08 con Resolución Definitiva de la Cámara Federal de
Córdoba, Secretaría Civil Nº:2, del 1º de marzo de 2010.
Motivo: no renovación de designaciones
desde enero de 2008.
Fallo: "Ordena tener en cuenta los
lineamientos..... " idem Exp. Caso 2-
Este Amparo comprende a:
- Cubillo, María: miembro titular de la
Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU.
- Gonaldi, María: Secretaria Gremial
del gremio ARDU.
ESTADO ACTUAL: continúan
CESANTES.
La docente GONALDI fue cesanteada
TRES meses antes de cumplir los años de servicio establecidos en la ley de
Jubilaciones docentes.
ALONSO, MARIA y otros, Amparo y
Medida Cautelar c/UNLaR Exp. Nº: 25.946/09 del Juzgado Federal de La
Rioja.
Motivo: la UNLaR llama a concurso las
cátedras en juicio.
ESTADO ACTUAL: aún no se resolvió el
Amparo por el apartamiento del Juez Federal por la " Violencia Moral" que ejerce el
rector TELLO ROLDAN, pero los concursos ya se realizaron.
En este Amparo están
comprendidos:
-Cruz de García,Estela: Secretaria
General.
-Alonso, María: Secretaria Adjunta.
-Magno,Anibal:Vocal titular.
- Olmedo Orelo,Cecilia Vocal titular,
todos del gremio ARDU.
RUIZ, JULIO CESAR, Amparo c/UNLaR.
Exp.Nº: 108-P-2007, con Resolución definitiva de la Cámara Federal de Córdoba,
Secretaría Civil Nº: 2, del 22 de febrero del 2008.
Motivo: no renovación de designaciones
desde julio de 2007.
Fallo Dispone: que "dentro del plazo de
10 días de notificada la presente Resolución, deberá la demandada emitir el
correspondiente acto administrativo que resuelva la situación de revista"....
ESTADO ACTUAL: ejecución parcial. La
Universidad pagó el lucro cesante ordenado por la Cámara Federal pero no
reincorporó al docente, que continúa CESANTE.
-Ruiz, Julio Cesar: Secretario de
Finanzas del gremio ARDU.
CHADE, JUAN y otros c/UNLaR. Exp. Nº:
153-C-07. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba- Secretaría Civil Nº: 2-Sala A,
Resolución Nº: 1 del 14 de febrero de 2008.
Motivo: no renovación de designaciones
desde diciembre de 2007.
Este Amparo comprende a:
- Chade, Juan: miembro titular de la
Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU.
ESTADO ACTUAL: continúa
CESANTE.
Alonso, Maria c/Universidad Nacional de
La Rioja s/Amparo-Medida Cautelar por la no renovación de designación en
diciembre de 2008. Exp.Nº: 25.477/09.
Fallo El juez federal de La Rioja hace
lugar a la medida Cautelar Innovativa ordenando mantener la relación de
trabajo.
ESTADO ACTUAL: es la única docente
miembro de la Comisión Directiva del gremio ARDU QUE SE ENCUENTRA
TRABAJANDO, aunque en condiciones precarias porque le fue concursado su cargo (
VER CASO 6)
La ilegalidad de la medida de cesación
de los integrantes de la Comisión Directiva de ARDU así como la violación de la tutela
sindical fue reconocida por la Justicia Federal al fallar "en el caso del personal
investido de estabilidad gremial , toda modificación en las condiciones de trabajo
debió previamente ser abordada por la vía del art. 52 de la ley 23.551, es decir, se
debió obtener un pronunciamiento judicial de exclusión de tutela sindical, cosa que
no ha ocurrido en la especie, lo que torna ilegítimo el obrar de la demandada." (1)
A pesar de las medidas dispuestas en
las distintas causas judiciales sustanciadas, las autoridades de la U. N. de La Rioja no
han modificado las situaciones denunciadas y han desoído los mandatos judiciales
manteniendo la cesantía de los afectados.
La situación descripta merece un
pronunciamiento de esta Cámara en virtud de lo normado en la ley 24521 Título 2
Capitulo 3 artículo 11 inciso c, y de la Ley 23.551.articulo 52
Es por ello que solicitamos a los señores
Diputados acompañen este proyecto de Resolución con su voto afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
STOLBIZER, MARGARITA ROSA | BUENOS AIRES | GEN |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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EDUCACION |