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PROYECTO DE TP


Expediente 5755-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS SANCIONES APLICADAS A CANALES Y EMISORAS DE RADIO, POR EL COMFER, POR VIOLACION DEL HORARIO DE PROTECCION AL MENOR.
Fecha: 10/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 141
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo, para que a través del órgano competente, se sirva informar, en un plazo no mayor a quince (15) días, sobre las siguientes cuestiones:
1.- Informar qué programas televisivos y radiales, canales y emisoras de radio y horarios han sido multados por incumplir lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 22.285 que establece el horario de Protección al Menor, en el artículo 1º incisos h) y j) del decreto Nº 286/81, reglamentario de la nombrada ley y en el artículo 8 del Anexo I de la Resolución 830/02 C.O.M.F.E.R, durante el año 2007 y el corriente año. Como así también cuál fue el monto de dichas multas.
2.- Informar el listado completo de las multas, y los montos, que ya han sido recaudadas, discriminando cuáles han sido cobradas en efectivo y cuáles en canje por espacios publicitarios para el Poder Ejecutivo Nacional y/o sus Organismos.
3.- Informar el listado de las ejecuciones fiscales y/o recuperos judiciales iniciados por los incumplimientos en el pago de las multas.
4.- Informar qué otras sanciones fueron aplicadas a la programación radial y televisiva.
5.- A partir del día de la fecha el COMFER informe semanalmente a través de su página web qué programas televisivos y radiales, canales y emisoras de radio y horarios han sido multados por incumplir lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 22.285 que establece el horario de Protección al Menor, en el artículo 1º incisos h) y j) del decreto Nº 286/81, reglamentario de la nombrada ley y en el artículo 8 del Anexo I de la Resolución 830/02 C.O.M.F.E.R, durante el año 2007 y el corriente año. Como así también cuál fue el monto de dichas multas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Son de público conocimiento las violaciones al horario de Protección al Menor en que incurren gran cantidad de programas, tanto televisivos como radiales, ya que sin importarles el horario en el que son emitidos transmiten escenas o diálogos con alto contenido erótico y de violencia, y sobre todo con mucho lenguaje adulto.
Son innumerables las denuncias, cartas de lectores y demás demostraciones de preocupación por parte de los adultos, ya que no pueden permitir que sus hijos o menores a cargo permanezcan solos mientras miran televisión o escuchan radio por miedo a que se encuentren con situaciones que sean perjudiciales para ellos.
Como se ve, urge la necesidad de controlar la actividad del C.O.M.F.E.R. en cuanto a la imposición de multas y sanciones aplicadas a los medios de comunicación, como también cual es la utilización de los recursos obtenidos de esta manera.
Pero, principalmente, que exista un mayor acceso a la información de ese control sirve, por un lado, para que los anunciantes y auspiciantes puedan cumplir con el "Código de Ética de Autorregulación Publicitario", ya que van a saber a ciencia cierta en qué programas invierten sus recursos. Y, por otro lado, que los ciudadanos sepamos cuales son los programas que cumplen con las normativas y cuales no, permitiéndosenos elegir en la grilla por los que verdaderamente valen la pena, dejando de lado la "programación basura". Incentivando, a su vez, a los productores y conductores a que modifiquen sus presentaciones.
Por las razones expuestas, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
OBIGLIO, JULIAN MARTIN CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)