PROYECTO DE TP
Expediente 5750-D-2012
Sumario: PROGRAMA "SEPARACION DE RESIDUOS EN ORIGEN EN LOS EDIFICIOS PUBLICOS". CREACION EN EL AMBITO DE LA SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACION.
Fecha: 21/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la
Subsecretaría de Coordinación de Políticas Ambientales, dependiente de la Secretaría de
Ambiente y Desarrollo Sustentable de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, el
Programa "Separación de residuos en origen en los edificios públicos".
Artículo 2°.- El Programa tendrá los siguientes
objetivos:
a) reducir la cantidad de residuos
domiciliarios originados por las dependencias públicas nacionales,
b) generar conciencia ambiental en los
empleados públicos, para que además de aplicarla en su lugar de trabajo, repliquen el
modelo en sus domicilios,
c) iniciar un cambio cultural dentro del
sector público nacional respecto de la toma de conciencia del cuidado ambiental,
d) reducir paulatinamente el negativo
impacto ambiental que producen los residuos domiciliarios, mediante su separación en
origen y eventual reciclado y reutilización.
Artículo 3.- El Programa se llevará a cabo en
los edificios de la Administración Pública Nacional, tanto central como organismos
descentralizados. Será implementado a través de la colocación de contenedores de
basura diferenciados, debidamente identificados, distinguiendo entre desechos
secos/reciclables y húmedos/orgánicos. A su vez los primeros se dividirán entre plásticos,
vidrios y cartones/papales, lo que produce una totalidad de 4 contenedores de basura
diferentes.
Artículo 4°.- Los contenedores de basura serán
colocados en lugares comunes a todos los empleados en cada piso de los distintos
edificios públicos, donde puedan acceder todos de manera cómoda y directa. Será la
autoridad de aplicación quien determine dónde y cuántos contenedores de basura se
pondrán en cada piso, atendiendo a la necesidad de que este nuevo procedimiento no
signifique un problema u obstáculo al trabajo diario de los empleados.
Artículo 5°.- Las empresas contratadas para la
limpieza y recolección de la basura en los edificios públicos, deberán comenzar a utilizar
bolsas de distintos colores que diferencien los residuos de cada contenedor de basura. La
recolección y el transporte serán coordinados por las autoridades competentes
designadas por la Ley 25.916 de Gestión de Residuos Domiciliarios.
Artículo 6°.- Como complemento del artículo
precedente, los máximos responsables de cada una de las dependencias públicas
deberán debidamente identificar cada uno de los contenedores de basura con los carteles
correspondientes, además de una descripción detallada de qué tipo de residuos
corresponde tirar en cada uno de ellos.
Artículo 7°.- Todo el proceso de incorporación
de contenedores de basura de separación de residuos en origen, deberá ir acompañado
de una campaña de difusión, concientización y capacitación de los empleados públicos de
las distintas dependencias, para que incorporen la práctica de separación de residuos
como una rutina habitual en su lugar de trabajo. Para lograr dicho objetivo podrán
cursarse invitaciones a las organizaciones de la Sociedad Civil especializadas en el tema,
para que brinden un asesoramiento completo. La autoridad de aplicación de la presente
Ley determinará el responsable de gestionar esta iniciativa en cada una de las
dependencias públicas.
Artículo 8°.- En aquellas jurisdicciones que aún
no lleven adelante una recolección y transporte diferenciado de residuos, el Poder
Ejecutivo Nacional alentará a que comiencen a hacerlo lo antes posible en el marco de la
obligación impuesta por la Ley 25.916. Además, en estos casos, se procederá a una
separación de la basura diferenciada con un menor nivel de segregación, dividiéndola
solamente en 2 contenedores de basura/bolsas: seca/reciclable en bolsas verdes y
húmedo/orgánico en bolsas negras.
Artículo 9°.- En consonancia con el art. 5° de la
presente Ley serán celebrados convenios con organizaciones de la sociedad civil que se
dediquen al tratamiento de los distintos tipos de residuos por separado, para que las
empresas recolectoras, les lleven en la forma en que sea más conveniente, las bolsas
retiradas de las dependencias públicas. Para dar cumplimiento al presente artículo se
trabajará conjunta y coordinadamente con las autoridades designadas por la Ley 25.916,
en el marco del Capítulo V "Tratamiento, transferencia y disposición final".
Artículo 10.- El presente proyecto de
separación de residuos en origen en las dependencias públicas de la Administración
Pública Nacional central y organismos descentralizados, será llevado adelante por la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y por todas aquellas
subsecretarías y direcciones que la Secretaría estime necesario. Podrá solicitar
asesoramiento y colaboración al Consejo Federal de Medio Ambiente en todas aquellas
cuestiones en que así lo requiriere.
Artículo 11.- La Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Nación, como autoridad de aplicación, deberá presentar
anualmente al Congreso de la Nación, un informe detallado del funcionamiento del plan
de separación de residuos en origen, para que oportunamente se puedan implementar los
mecanismos necesarios para evaluar el impacto ambiental de la presente iniciativa.
Artículo 12.- Presupuesto. Los gastos que
demande la aplicación de la presente Ley serán imputados a las partidas presupuestarias
correspondientes a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Artículo 13.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de Ley se inserta en el
marco de la Ley 25.916 de Gestión de Residuos Domiciliarios que en su artículo 1°
establece:
"Las disposiciones de la
presente Ley establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental para la
gestión integral de los residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano,
comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de aquellos que
se encuentren regulados por normas específicas".
Asimismo la Ley establece en su artículo
4°:
Son objetivos de la presente
Ley:
a) Lograr un adecuado y
racional manejo de los residuos domiciliarios mediante su gestión integral, a fin de
proteger el ambiente y la calidad de vida de la población;
b) Promover la valorización de
los residuos domiciliarios, a través de la implementación de métodos y procesos
adecuados;
c) Minimizar los impactos
negativos que estos residuos puedan producir sobre el ambiente;
d) Lograr la minimización de
los residuos con destino a disposición final.
Entendemos que los residuos de las
dependencias públicas son residuos domésticos de tipo institucional, caracterizados
especialmente por el gran volumen que adquieren debido a la cantidad de personas que
trabajan en el sector. Es importante resaltar la falta de datos oficiales completos sobre
empleo público en todas las jurisdicciones; particularmente en Nación, como así también
la discontinuidad de los informes que elaboraba y difundía periódicamente la Dirección
Nacional de Ocupación y Salarios del Sector Público. Sin embargo según números de
elaboración propia sobre la base de datos parciales contenidos en el último Boletín Fiscal
(III trimestre 2011) y relevamiento elaborado por FIEL respecto de Empleo Público
podemos afirmar que hay:
- Aproximadamente 452 toneladas de
basura diarias en total en el Sector Público Nacional
Según datos relevados en el último estudio
realizado conjuntamente entre el CEAMSE y el Instituto de Ingeniería Sanitaria de la
Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires en 2009, en Argentina las
personas producen aproximadamente 1kg de basura por día, esto quiere decir que en el
Sector Público Nacional se genera por día al menos 452.000 kg de basura, o sea, 452
toneladas diarias aproximadamente. Al mes este número asciende a 13.748 toneladas,
correspondiente solamente al Sector Público Nacional. Al año son 164.980 toneladas.
La basura representa, para las ciudades y
pueblos, un alto costo ambiental además del elevado gasto económico y social de su
manejo. Es por esto que es fundamental reducir el volumen de lo que tiramos y el primer
paso para lograrlo es empezar a clasificarlos y a separarlos en origen. Si bien estas
prácticas requieren del acompañamiento de un cambio cultural, creemos que es
importante desde el Estado mostrarse como un ejemplo para que luego las personas
incorporen estas conductas en sus hogares particulares. Cuantos más sean los pueblos y
ciudades que realicen campañas de comunicación y educación para concientizar a la
población sobre la reducción de la generación de basura y la utilización de productos más
duraderos o reutilizables, la separación y el reciclaje de productos susceptibles de serlo,
mayores serán los ciudadanos que, con información suficiente, se comprometan y sean
fieles representantes y transmisores de un ambiente más sano. El efecto multiplicador de
una nueva cultura ambiental retornará en ciudades más responsables y saludables
involucradas en la construcción de su presente y futuro.
Esta iniciativa incide directamente en la
disminución de los rellenos sanitarios, ya que numerosas organizaciones de la sociedad
civil han logrado demostrar que más del 50% de los desechos pueden ser reutilizados.
Hay que tener en cuenta que en la mayoría de los casos la gran parte de los residuos de
las dependencias públicas tienen que ver con el papel, con lo cual el reciclado es muy
fácil, incluso para que lo practiquen las personas en su casa.
El objetivo de sacar los contenedores de
basura de basura de los escritorios individuales y ponerlos en lugares comunes es lograr
que los empleados se involucren con el proceso de separación de residuos, ya que son
desechos generados por ellos mismos. Cuanto más comprometidos los empleados estén
con esta iniciativa, mejores resultados habrán. Cuidar el medioambiente es una
responsabilidad de todos, y si desde el Estado se comienza a dar el ejemplo, luego se
podrá esperar que los ciudadanos mantengan las mismas tesituras.
Por todos los motivos anteriormente expuestos
es que solicito a mis pares el acompañamiento.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GAMBARO, NATALIA | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
DE NARVAEZ, FRANCISCO | BUENOS AIRES | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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