PROYECTO DE TP
Expediente 5736-D-2015
Sumario: INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS. CREACION EN LA ORBITA DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA DE LA H. CAMARA.
Fecha: 27/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 147
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
CREACIÓN DEL INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y
FINANZAS PÚBLICAS DENTRO DE LA ORBITA DE LA COMISIÓN
DE PRESUPUESTO Y HACIENDA DE LA HONORABLE CÁMARA
DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.-
- Créase en la órbita de la
Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación, el Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas,
de conformidad con las prescripciones emanadas del artículo 226 y 227
del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda es una unidad de organización que depende de la Presidencia
de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y estará compuesto de un
Comité Ejecutivo integrado por el Presidente de la Comisión de
Presupuesto y Hacienda y cuatro (4) Legisladores designados por la
Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación,
guardando la proporcionalidad de las mayorías parlamentarias y contará
con una estructura organizativa para su funcionamiento, conforme a los
lineamientos que se establecen en la presente Resolución.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda tiene como objetivos entender y asesorar en el estudio,
análisis, evaluación y coordinación de las distintas materias que
componen el presupuesto general de gastos y recursos que anualmente
deba tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable
Cámara de Diputados de la Nación, como asimismo todo proyecto que
deba ser tratado en el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda
que posea impacto fiscal.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda tiene las siguientes funciones:
a) Seguimiento, análisis y
compilación de la evolución del Gasto Público, desagregado por objeto,
finalidad y función.
b) Seguimiento de la evolución de
la recaudación tributaria desagregado por tipo de ingresos públicos,
desagregando coparticipable y no coparticipable.-
c) Construcción de series
históricas comparables sobre el comportamiento de las Finanzas
Públicas Nacionales.-
d) Articular vínculos de
intercambio de información con otros Poderes del Estado y entablar
relaciones con Universidades Nacionales o Privadas y con
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, a nivel
nacional e internacional, para encarar estudios de las distintas materias
que integran el Presupuesto Nacional de Gastos y Recursos del Estado.-
e) Intercambio de Información,
metodología y técnica presupuestaria con otros parlamentos.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda, tiene un presupuesto anual que se imputa al presupuesto de
la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. La Presidencia de esta
Cámara, facilitará los espacios físicos y bienes muebles e informáticos
necesarios para el desenvolvimiento de sus funciones.
- La Comisión de
Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la
Nación tiene la estructura organizativa que se detalla en el Anexo I de
la presente resolución.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda tiene la estructura organizativa que se detalla en el Anexo II,
que forma parte integrante de la presente resolución.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda, tiene los objetivos que se detallan en el Anexo III, que forma
parte integrante de la presente resolución.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda tiene la composición, misiones y funciones que se detallan en
el Anexo IV, que forma parte integrante de la Presente Resolución.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda tiene la apertura de las unidades inferiores que se detallan en
el Anexo V, que forma parte integrante de la presente Resolución.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda, crea e incorpora los cargos que se detallan en el Anexo VI de
la presente Resolución.-
- El Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda, que por la presente se crea, dictará el reglamento para su
funcionamiento interno. A los fines administrativos, será de aplicación
supletoria lo normado en el reglamento de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Luego de la experiencia recogida
a lo largo del ejercicio de la Presidencia de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y habiendo
efectuado un pormenorizado análisis en sucesivas reuniones de trabajo, es
menester proponerle al Cuerpo a través de los mecanismos reglamentarios
pertinentes, la creación de una Unidad de Organización que dependa de la
Presidencia de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, denominada Instituto
de Presupuesto y Finanzas Públicas.-
La creación del Instituto de
Presupuesto y Finanzas Públicas, en líneas generales, se funda en la necesidad
de contar con una unidad de organización de análisis y estudio de las materias
que guardan relación directa con la denominada ley de leyes que, anualmente,
es motivo de tratamiento obligatorio en el seno de la Comisión de Presupuesto
y Hacienda y -a posteriori- en el recinto de la Honorable Cámara a los fines de
su aprobación.-
Como se expresara supra de la
experiencia recogida, emerge indispensable contar con una herramienta de
interacción gubernamental, compilación, estudio y análisis del conjunto de
materias y elementos que nutren al proyecto de presupuesto.-
Dadas las características
funcionales que se incorporan en el presente proyecto, el Instituto no sólo
resultará de utilidad en cuanto al Presupuesto Nacional de Gastos y Recursos
que anualmente debe tratarse, sino también implicará una herramienta de
evaluación fiscal del resto de proyectos que deben ser analizados en esta
Comisión, en su tránsito hacia el debate y tratamiento definitivo en el recinto
de la Honorable Cámara.-
Ello por cuanto los proyectos de
ley que se tratan anualmente en la Comisión de Presupuesto y Hacienda tienen,
implícita o explícita la asignación de recursos, lo que arroja la necesidad de un
análisis de impacto fiscal, que en la actualidad se materializa con la
colaboración de asesores, que interactúan con dependencias del Poder
Ejecutivo para buscar antecedentes y elementos para objetivar el alcance fiscal
del proyecto.
Conforme a ello, el Instituto que
se proyecta crear por el presente proyecto se convierte en una herramienta de
análisis de la entidad fiscal de todos los proyectos, y a su vez permite verificar
el impacto que provoca en las finanzas públicas del Estado.-
A su vez, se convierte en un
instrumento de compilación, interacción, información y estudio, que por un
lado brinda apalancamiento en cuanto a la proporcionalidad del gasto en cada
proyecto y por su conformación estructural, se retroalimenta de información
que sirve de base de datos de consulta permanente de estudios por materia.-
En tal lineamiento y para dotar al
Instituto de funcionalidad dinámica, en materia organizativa, se conduce por un
comité colegiado, integrado por legisladores y su correspondiente planta de
gabinete, una Dirección General de Seguimiento Presupuestario y direcciones
por materia, una dirección de Coordinación Técnica, Administrativa e
Institucional para que entienda y coordine las cuestiones presupuestarias, de
personal y vinculaciones con terceros que realice el Instituto.-
No redunda destacar que a nivel
internacional existen organizaciones de estas características, pero generalmente
bajo el paraguas de actividades académicas, privadas o de organismos
internacionales. De ellos pueden mencionarse el ICEFI Instituto
Centroamericano de Estudios Fiscales, el Observatorio de las Finanzas
Públicas de la Universidad Veracruzana en México, el Observatorio de
Macroeconomía y Finanzas Públicas de la Universidad Externado de Colombia
y el OFILAC Observatorio Fiscal de Latinoamérica y el Caribe, dependiente de
la CEPAL; entre otros.-
El potencial que se pretende con
la creación del Instituto es que resulte una herramienta parlamentaria de
análisis, evaluación y seguimiento de las materias involucradas en el proyecto
de presupuesto que anualmente se trata y, a su vez, para el estudio del resto de
proyectos que procuren mejorar el grado de eficiencia de la Comisión de
Presupuesto y Hacienda.-
Por lo tanto, solicito a mis pares
la aprobación del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas en la órbita de la
Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados,
para lo cual obran agregadas conjuntamente con el articulado pertinente todos
los anexos referidos a la estructura organizativa, objetivos, funcionamiento,
misiones y funciones, apertura de las unidades de organización inferior y la
totalidad de cargos, solicitándole por ende vuestro acompañamiento.-
ANEXO
ANEXO I
ESTRUCTURA
ORGANIZATIVA DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y
HACIENDA
COMISIÓN DE
PRESUPUESTO Y HACIENDA:
DIRECCIÓN DE
LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA:
SUBDIRECCIÓN
PARLAMENTARIA
SUBDIRECCIÓN
ADMINISTRATIVADE PERSONAL
INSTITUTO DE
PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
ANEXO II
Organización-Estructura
Organizativa
INSTITUTO DE
PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
ANEXO III
INSTITUTO DE
PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
OBJETIVOS
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas.
OBJETIVOS:
1. Entender en el estudio, análisis, evaluación y coordinación de las distintas
materias que componen el presupuesto general de gastos y recursos que
anualmente deba tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación y el análisis de impacto fiscal de
los proyectos que ingresen para tratamiento de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda.-
2. Seguimiento de la evolución:
Del gasto público,
desagregado por objeto, finalidad y función.
De la recaudación
tributaria desagregado por tipo de ingreso público desagregando en
coparticipable y no coparticipable.-
3. Construcción de series históricas comparables sobre el comportamiento de
las Finanzas Públicas Nacionales.-
4. Articular vínculos de
intercambio de información con otros Poderes del Estado y entablar relaciones
con Universidades Nacionales o privadas y con organizaciones
gubernamentales y no gubernamentales, a nivel nacional e internacional, para
encarar estudios de las distintas materias que integran el Presupuesto Nacional
de Gastos y Recursos del Estado.-
5. Intercambio de Información,
metodología y técnica presupuestaria con otros parlamentos.-
ANEXO IV
INSTITUTO DE
PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
COMPOSICIÓN -
MISIONES Y FUNCIONES
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité
Ejecutivo:
Composición, Misiones y
Funciones:
Composición:
El Comité Ejecutivo del Instituto
de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda
de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación estará integrado por el
Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y cuatro legisladores,
cuya designación será realizada por el Presidente de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación guardando la proporcionalidad de mayorías
parlamentarias.-
Su ejercicio será Ad Honorem y
por el término de cuatro años, salvo sustitución que se efectúe por Resolución
de la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación o por
finalización de mandatos legislativos.-
Misiones:
El Comité Ejecutivo del Instituto
de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda
de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación tendrá como misión
entender en el estudio, análisis, evolución del Gasto Público, desagregado por
Objeto, Finalidad y Función, recaudación tributaria desagregado por tipo de
impuesto, deuda pública, recaudación de ingresos públicos desagregado por
coparticipables y no coparticipables, Construcción de series históricas
comparables del comportamiento de la Finanzas Públicas Nacionales,
intercambio de información metodológica y técnica presupuestaria con otros
parlamentos nacionales, efectuar las evaluaciones de impacto fiscal de los
proyectos que deban ser tratados en la Comisión de Presupuesto y Hacienda,
generando bases de datos para el adecuado control posterior; articular
intercambio de información con otros poderes del estado y relacionarse con
Universidades Públicas y o Privadas u Organizaciones No Gubernamentales
para el fortalecimiento, la Asistencia Técnica y demás cuestiones que siendo
objetivo del Instituto elaboren, entiendan, preparen o ejecuten las unidades de
organización permanente que le dependen.-
Funciones:
El Comité Ejecutivo del Instituto
de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda
de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, cuenta con una estructura
permanente para el cumplimiento de las misiones y objetivos trazados.-
Como organismo colegiado,
tendrá la facultad de dictar un reglamento para establecer su funcionamiento,
días de reunión y convocatoria.-
Contará con un presupuesto
propio que le asignará anualmente la Presidencia de la Cámara de Diputados de
la Nación, que será administrado por la Coordinación que le depende.-
Para el cumplimiento de sus
objetivos podrá relacionarse con distintas Universidades Nacionales y privadas,
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales o
extranjeras, pudiendo celebrar los convenios de asistencia y colaboración
necesarios.-
Planta
Gabinete:
Los Diputados Nacionales
integrantes del Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas
Públicas contarán con la facultad de designación de un asesor que conformará
la planta transitoria del Comité Ejecutivo.-
Dirección de
Coordinación Técnica Administrativa e Institucional:
Composición, Misiones y
Funciones:
Composición:
La Coordinación Técnica
Administrativa e Institucional, estará a cargo de un funcionario legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a)
Categoría 1.-
Funciones:
La Coordinación Técnica,
tiene las funciones de coordinar las unidades organizativas que
dependen del Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas
Públicas, sistematizando informáticamente todos los procesos, estudios,
proyectos y documentos que emitan las distintas unidades de
organización del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas. Tiene la
responsabilidad de la ejecución e imputación presupuestaria de los
fondos que se le asignen al Instituto de Presupuesto y Finanzas
Públicas, generando los registros y documentos necesarios para el
cumplimiento de tal fin, debiendo llevar los registros del personal que
se desempeñe en el Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas,
asimismo coordinará las relaciones institucionales del Instituto con los
demás poderes del estado y organismos con los que se relacione,
contando con personal legislativo para el desarrollo de sus funciones.-
Misiones
Tendrá como función la
elaboración, puesta en marcha y actualización de una base de datos en
tiempo real, que contenga el mayor grado de información para el
cumplimiento de los objetivos del Instituto de Presupuesto y Finanzas
Públicas, clasificados por Dirección y Materia.
Asimismo le corresponde
la puesta en marcha de una base de datos comparativa de los
Proyectos de Presupuesto que sean tratados en el seno de la Comisión
de Presupuesto y Hacienda, con su correspondiente impacto fiscal y su
posterior evolución.-
Tendrá a su cargo la carga
presupuestaria del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
mediante el sistema presupuestario vigente en el ámbito de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación, teniendo la
responsabilidad de registrar las imputaciones correspondientes en
función de los vínculos que el Instituto de Presupuesto y Finanzas
Públicas suscriba en ejercicio de su competencia.
Le corresponde la
administración de los contratos de personal que revisten en el Instituto
de Presupuesto y Finanzas Públicas, en consonancia con las
disposiciones y normativa vigente en materia de recursos humanos en
el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.-
Entenderá en las
Relaciones Institucionales con los demás Poderes del Estado,
coordinando los requerimientos de información que resulten necesarios,
cumpliendo funciones de planeamiento, organización que impliquen la
vinculación mediante convenios que el Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas suscriba con Universidades Nacionales, Privadas y
Organismos No Gubernamentales sean estos Nacionales o
Internacionales.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección
General de Seguimiento Presupuestario
Composición, Misiones y
Funciones:
Composición:
La Dirección General estará a
cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus
modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a).-
Funciones:
La Dirección General
cumple funciones de planeamiento, organización y control de las
unidades organizativas que le dependen, que implican la participación
en la formulación y propuesta de las políticas específicas, planes y
cursos de acción que son de materia del Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas a través del Comité Ejecutivo del que depende.
Misiones:
Las misiones de la Dirección
General son disponer la ejecución de las decisiones del Comité Ejecutivo del
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, en lo que respecta a la
organización, planificación y control de las unidades de organización que le
dependen en cuanto al estudio y análisis de las distintas materias que
componen el presupuesto general de gastos y recursos que anualmente deba
tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de
Diputados de la Nación; como así también elaborar estudios en materia de
Finanzas Públicas, Estadísticas y Técnica Presupuestaria Comparada.
Entenderá en las evaluaciones de
impacto fiscal de los proyectos que deban ser tratados en la Comisión de
Presupuesto y Hacienda.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Análisis de las Finanzas Públicas:
Composición Misiones y
Funciones:
Composición:
La Dirección de Análisis de las
Finanzas Públicas, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en
la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Análisis de las
Finanzas Públicas cumple funciones de planeamiento, organización y control
de las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en
la formulación y propuesta de análisis en materia de Finanzas Públicas, que son
de materia del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas y relacionadas al
presupuesto general anual de gastos y recursos y demás proyectos que resulten
de tratamiento en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Misiones:
La Dirección de Análisis de las
Finanzas Públicas tiene como misión entender en el estudio, análisis,
evaluación y coordinación de la materia finanzas públicas que componen el
presupuesto general de gastos y recursos que anualmente deba tratar la
Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de
la Nación, elaborando estudios puntuales de situaciones relevantes en la
materia.
Instituto de Finanzas
Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Análisis de Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados.-
Composición Misiones y
Funciones:
Composición:
La Dirección de Análisis de
Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados, estará a cargo de un funcionario
legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y
24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Análisis de
Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados cumple funciones de planeamiento,
organización y control de las unidades organizativas que le dependen, que
implican la participación en la formulación y propuesta de las políticas
específicas, planes y cursos de acción que son de materia de Análisis de
Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados en la Comisión de Presupuesto y
Hacienda.-
Misiones:
La Dirección de Análisis de
Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados tiene como misión entender en el
estudio, análisis, evaluación y coordinación del impacto presupuestario de los
proyectos que deban ser tratados en la Comisión de Presupuesto y Hacienda,
generando bases de datos para el adecuado control posterior, articulando
intercambio de información con el Ministerio de Economía y Finanzas
Públicas, a los fines de asegurar el mayor caudal de información para el
fortalecimiento de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Técnica Presupuestaria Comparada:
Composición, Misiones y
Funciones:
Composición:
La Dirección de Técnica
Presupuestaria Comparada, estará a cargo de un funcionario legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a)
Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Técnica
Presupuestaria Comparada cumple funciones de planeamiento, organización y
control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la
participación en la formulación de propuestas para la comparación
presupuestaria ya sea a niveles nacionales o internacionales.-
Misiones:
La Dirección de Técnica
Presupuestaria Comparada tiene como misión entender en el estudio, análisis,
evaluación y coordinación de la materia técnica comparada, elaborando
estudios al respecto.
Asimismo, le compete compilar
los datos comparativos que obtenga en el ejercicio de su competencia.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Estadística Presupuestaria:
Composición, Misiones y
Funciones:
Composición:
La Dirección de Estadística
Presupuestaria estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley
24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Estadística
Presupuestaria cumple funciones de planeamiento, organización y control de
las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en la
formulación y propuesta de las políticas específicas, planes y cursos de acción
que son de materia estadística presupuestaria del Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas.-
Misiones:
La Dirección de Estadística
Presupuestaria tiene como misión entender en el estudio, análisis,
evaluación y coordinación de la materia de estadística presupuestaria,
recopilando estudios estadísticos por regiones y del país en su
conjunto.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Técnica Legislativa Presupuestaria:
Composición, Misiones y
Funciones:
Composición:
La Dirección de Técnica
Legislativa Presupuestaria estará a cargo de un funcionario legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a)
Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Técnica
Legislativa Presupuestaria cumple funciones de planeamiento, organización y
control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la
participación en la formulación de las propuestas de modificación que en virtud
de la evaluación del presupuesto anual de gastos y recursos y demás proyectos
que sea necesario rectificar o ratificar en el seno de la Comisión de Presupuesto
y Hacienda.-
Misiones:
La Dirección de Técnica
Legislativa Presupuestaria tiene como misión entender en el estudio,
análisis, evaluación y coordinación de las precisiones de técnica
legislativa necesarias para el tratamiento, ratificación o modificaciones
que deban proponerse en el tratamiento del presupuesto general de
gastos y recursos que anualmente deba tratar la Comisión de
Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la
Nación, como así también de los demás proyectos que sean tratados en
el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
ANEXO V
Organización-Estructura
Organizativa
Apertura de Unidades de
Organización Inferiores
INSTITUTO DE
PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección de
Coordinación Técnica Administrativa e Institucional:
La Coordinación Técnica
Administrativa e Institucional, estará a cargo de un funcionario legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a)
Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección
General de Seguimiento Presupuestario:
La Dirección General de
Seguimiento Presupuestario estará a cargo de un funcionario legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Análisis de las Finanzas Públicas:
La Dirección de Análisis de las
Finanzas Públicas, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en
la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Análisis de Impacto Fiscal de los Proyectos Ingresados:
La Dirección de Análisis de
Impacto Fiscal de los Proyectos Ingresados, estará a cargo de un funcionario
legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y
24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 4.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 4.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Técnica Presupuestaria Comparada:
La Dirección de Técnica
Presupuestaria Comparada, estará a cargo de un funcionario legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a)
Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Estadística Presupuestaria:
La Dirección de Estadística
Presupuestaria, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la
ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
Instituto de Finanzas
Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario
Dirección de
Técnica Legislativa Presupuestaria:
La Dirección de Técnica
Legislativa Presupuestaria, estará a cargo de un funcionario legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a)
Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 2.-
Agente Legislativo,
enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24
a) Categoría 3.-
ANEXO VI
Organización-Estructura
Organizativa
Total de Cargos del
INSTITUTO DE
PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
Instituto de Presupuesto y
Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Cargos:
5 legisladores "Ad
Honorem".-
Planta de Gabinete del
Comité Ejecutivo:
Cargos:
5 asesores (locación de
servicios).-
Dirección de Coordinación
Técnica, Administrativa e Institucional:
Cargos:
1 (uno), Ley 24600 art. 4
a) categoría 1.-
2 (dos), Ley 24600 art. 4
a) categoría 2.-
2 (uno), Ley 24600 art. 4
a) categoría 3.-
Dirección General de
Seguimiento Presupuestario:
Cargos:
1 (uno), Ley 24600 art. 4
a) categoría 1.-
2 (dos), Ley 24600 art. 4
a) categoría 3.-
Unidades de Organización
dependientes de la Dirección General de seguimiento presupuestario:
Cargos:
5 (cinco) Ley 24600 art.
4 a), Categoría 1.-
7 (siete) Ley 24600 art.
4 a), Categoría 2.-
9 (nueve) Ley 24600 art.
4 a), Categoría 3.-
2 (dos) Ley 24600 art.
4 a), Categoría 4.-
Total de Cargos del Instituto
de Presupuesto y Finanzas Públicas
Ley 24600:
31 agentes Ley 24.600.-
Locaciones de Servicio:
5 contratados.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FELETTI, ROBERTO JOSE | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
03/11/2015 | DICTAMEN | Aprobado por Unanimidad s/mod con un Dict de mayoria c/dis y 5 Dict de Minoria |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2641/2015 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES, CON 1 DISIDENCIA TOTAL; 5 DICTAMENES DE MINORIA: 4 CON MODIFICACIONES Y 1 ACONSEJA EL RECHAZO | 11/11/2015 |