PROYECTO DE TP
Expediente 5732-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA REALIZACION DE LA 1º JORNADA ARGENTINA DE ERGONOMIA LABORAL A REALIZARSE EL DIA 16 DE AGOSTO DE 2013 EN LA LOCALIDAD DE MARTINEZ, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 14/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 111
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de
esta Honorable Cámara, la realización de la 1º Jornada Argentina de
Ergonomía Laboral a realizarse el día 16 de agosto en el Colegio San
Isidro Labrador, sito en la localidad bonaerense de Martínez.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Organizada por la
Consultora laboral en Ergonomía Integral para Empresas en
Argentina y Latinoamérica RiesgoLab y la Universidad John F.
Kennedy, se realizará esta primer Jornada argentina donde se
desarrollarán aspectos aplicados de esta disciplina científica que
busca entender las interacciones entre el hombre y los elementos de
un sistema.
Según lo establecido en
la Resolución MTESS Nº 295/03 Anexo I, se establece para los
factores de riesgo ergonómico la implementación de las
correspondientes "Estrategias de control" de acuerdo al nivel de
riesgo identificado en los puestos de trabajo.
Definido el riesgo
ergonómico por sus causales (agentes de riesgo) y por sus
consecuencias sobre la salud (trastornos músculo-esqueléticos), la
Resolución 295/03 en su anexo I, plantea una estrategia de control
del riesgo, que denomina "Programa de Ergonomía Integrado".
Cabe señalar que esta
metodología se recomienda a nivel internacional y se enmarca
dentro de lo establecido en la legislación de países como Chile,
Perú, Brasil y otros.
Son varias las
definiciones y alcances que se atribuyen a esta disciplina, tantas
como escuelas ergonómicas existen. Se considera que el término -
cuya etimología sería: Ergon = Trabajo + Nomos =Ley, Normas -
fue adoptado por primera vez en Gran Bretaña en el año 1949
cuando un grupo de ingenieros, psicólogos y fisiólogos fundó la
"Ergonomics Research Society" con el objetivo de "adaptar el
trabajo al hombre".
Por la definición
acordada en el año 2001 en el ámbito de la International
Ergonomics Association (I.E.A), se puede concluir que la ergonomía
es la profesión que aplica en el diseño tanto las teorías, principios,
datos, como los métodos para optimizar el bienestar humano y el
rendimiento global del sistema. Así, los ergónomos contribuyen al
diseño y la evaluación de tareas, trabajos, productos, entornos y
sistemas para que estos sean compatibles con las necesidades,
habilidades y limitaciones de las personas.
Este objetivo, que sin
embargo es el común denominador de todos los enfoques que se
realicen bajo la denominación de "ergonomía", adopta dimensiones
más o menos amplias a la hora de
considerar cuáles de
los factores presentes en la actividad laboral deben ser tenidos en
cuenta en el estudio de las condiciones necesarias para que el
trabajo se considere "adaptado al hombre" asegurándole
condiciones saludables.
Es importante destacar
que en el Marco Legal de Países como Argentina, Chile, Perú y
Brasil, existe un común denominador respecto a los causales a
evaluar, y es que en todos se considera el riesgo ergonómico como
"multicausal" o "multifactorial" a pesar de que en la práctica los
profesionales de la salud ocupacional lo reduzcan a levantamiento
manual de cargas y movimientos repetitivos.
Es necesario contar con
mejores estrategias que reduzcan a su mínima expresión las
causales del riesgo ergonómico y sus consecuencias sobre la salud
de los trabajadores.
Durante el evento se
distinguirán con el Premio "Empresa Ergonómicamente
Responsable 2013" a empresas como YPF, Chevrón, Granja del Sol,
Monsanto, Mabe, Greif, Isover e Ingredion que en la República
Argentina se comprometen día a día en la mejora continua de la
calidad de vida de sus trabajadores a través de la ergonomía
aplicada al trabajo.
Por las razones
expuestas, señor Presidente, solicito el acompañamiento de mis
pares para la aprobación del presente proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
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VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |