PROYECTO DE TP
Expediente 5725-D-2014
Sumario: DECLARAR LA EMERGENCIA VIAL POR EL TERMINO DE UN AÑO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 21/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.- Declárase la
Emergencia Vial en la provincia de Buenos Aires, por el término de un (1)
año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, con miras a
garantizar el ejercicio del derecho a la circulación y la libertad de tránsito,
en condiciones que aseguren la integridad física de todas las personas que
transitan por las rutas y caminos nacionales y provinciales.
Artículo 2.- Dentro de dicho
plazo todos los organismos del Estado Provincial con incumbencias en
materia de tránsito y seguridad vial, coordinarán con sus municipios
acciones conjuntas, ordinarias y extraordinarias, tendientes a intensificar
las campañas de prevención de los siniestros de tránsito, difundiendo la
más amplia información que contribuya a la concientización de la
población.
Artículo 3.- A tal efecto, los
organismos involucrados se encargarán de:
a) Desarrollar en forma
rigurosa todas las acciones positivas ordinarias y extraordinarias que les
competan, con miras al cumplimiento estricto de la normativa vigente por
parte de la totalidad de la población circulante.
b) Incrementar la cantidad,
intensidad, calidad y efectividad de los controles de la circulación
vehicular.
c) Remitir mensualmente a la
autoridad de aplicación un informe circunstanciado acerca de los
operativos, ordinarios o extraordinarios realizados, personal dedicado a los
mismos, zonas del territorio provincial en las que se efectúan, así como
toda otra información relevante.
d) Formular cada 30 días un
listado de las zonas de alto riesgo, remitiendo el mismo a la Autoridad de
Aplicación para la instrumentación de operativos especiales que fueran
necesarios, y para la determinación de límites de velocidad especiales.
e) Identificar las obras urgentes
para asegurar la circulación en las rutas nacionales, provinciales y
municipales en la jurisdicción bonaerense.
Artículo 4.- La autoridad de
Aplicación de la presente ley es la Agencia Nacional de Seguridad Vial
creada por ley 26363.
Sin perjuicio de las funciones
otorgadas a la Agencia por la citada normativa, tendrá a su cargo durante
la vigencia de la emergencia vial en la Provincia de Buenos Aires:
a) Disponer lo necesario para
que los organismos competentes ejecuten las acciones establecidas en la
ley nacional de tránsito, en la norma provincial y en la presente ley.
b) Coordinar con los
organismos competentes la unificación de las políticas de seguridad y
educación vial.
c) Intensificar las acciones en el
corto plazo, propiciando la adopción de medidas urgentes, particularmente
en materia de prevención de siniestros viales a través de una amplia
difusión.
d) Asistir al Ministerio de
Educación para la elaboración de los Programas de Educación Vial a
impartir en los establecimientos educativos de nivel primario y secundario,
garantizando la capacitación docente requerida al efecto.
e) Instrumentar un sistema
periódico de información de las actuaciones preventivas y de controles
desarrollados, difusión que se hará en forma gratuita, activa, permanente
y masiva en todo el territorio provincial.
f) Participar en la elaboración y
ejecución de toda política pública que prevea la realización de obras en la
red vial provincial o nacional, así como el mejoramiento de la
infraestructura.
g) Requerir al Poder Ejecutivo
la asignación de numerarios de las fuerzas federales de seguridad para el
cumplimiento de los objetivos propuestos.
h) Las demás competencias que
el Poder Ejecutivo le atribuya reglamentariamente.
Artículo 5.- Los
conductores que obtengan su Licencia Nacional de Conducir por primera
vez en todo el ámbito de la República Argentina, estarán sujetos a un
período de prueba por el plazo que establezca la reglamentación, quedando
la posterior evaluación en manos de la autoridad competente de cada
jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
Artículo 6.- Dentro de los
noventa días de entrar en vigencia la presente ley la Autoridad de
Aplicación implementará el Sistema Nacional de Puntaje (Scoring) en el
ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 7.- Se autoriza a la
Jefatura de Gabinete de Ministros a reasignar las partidas presupuestarias
necesarias para el debido cumplimiento de la presente ley y a efectuar las
licitaciones para realizar las obras viales que se designen como perentorias
por la Autoridad de Aplicación.
Artículo 8.- La presente ley
entrará en vigencia a los treinta días de su publicación en el Boletín
Oficial.
Artículo 9.- De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la Provincia de Buenos
Aires mueren siete personas al día en accidentes de tránsito. Pese a esto,
el gobierno bonaerense sigue sin realizar las inversiones necesarias para
evitar una situación que es totalmente prevenible. Aunque la Provincia
cuenta con los peajes más caros del país, tiene los caminos en peores
condiciones.
2457 personas, ese fue el
número de víctimas fatales en accidentes de tránsito en la Provincia en el
año 2013, según datos de la Asociación Civil Luchemos por la Vida. La
cifra supera por amplia mayoría al resto de los distritos del país,
convirtiéndose las rutas bonaerenses en el territorio más peligroso, donde
ocurren el 60 por ciento de los accidentes de tránsito. Aquí los caminos se
transforman en una trampa mortal ocasionando que siete ciudadanos
pierdan la vida cada día.
El crecimiento del parque
automotor, en un país donde el año pasado se vendieron cinco autos por
minuto, según datos de las cámaras automotrices Acara y la CCA; la falta
de infraestructura acorde a este incremento, la ausencia de mantenimiento
en las rutas provinciales, sumado a la deficiencia por parte del estado
bonaerense en el control del otorgamiento de licencias de conducir, son los
grandes responsables de las pérdidas de estas vidas.
Pese a los sucesivos anuncios
sobre el trabajo realizado en las rutas, por parte del gobernador y su
ministro de Infraestructura, Alejandro Arlía, en la praxis no existen tales
inversiones. Hay subejecuciones año tras año. En 2012 se subejecutó un
85 % (o se ejecutó un 15 %, según se prefiera). Durante los ocho años de
gestión de Scioli no se ha pavimentado ninguna ruta nueva, así lo
informaron en una carta abierta en marzo de este año, ciudadanos
agrupados en la Unión de Usuarios Viales, un grupo que nació en
Facebook, pero que con el correr del tiempo fue tomando cuerpo y hoy
reclama por el pésimo estado de los caminos de la provincia, mientras
intenta conseguir su personería jurídica.
Para peor, desde el 2008 al
2013 las estadísticas indican que ha venido bajando el presupuesto
destinado a vialidad, respecto del presupuesto total. Es así que, pese a
tener los peajes más caros de todo el país, también tiene las rutas en
peores condiciones.
Parches sobre el asfalto, que
con el simple roce de la mano se descascaran; ausencia de señalización y
de circunvalación en las entradas de los pueblos; el ancho de la cinta
asfáltica que no se corresponde con el estipulado; banquinas descalzadas
o ausencia de las mismas y la falta de iluminación artificial, conforman el
panorama de las rutas bonaerenses.
La peor parte se la lleva la ruta
51, que recorre de norte a sur la Provincia, ya que nace en la localidad de
Ramallo y finaliza en Bahía Blanca. "En sólo 12 km de los 121 que tienen
el camino, entre la ciudad de Bahía Blanca y el acceso a Coronel Pringles,
se acumula el 43, 75 % de los accidentes producidos en 2013", explica el
periodista del diario bahiense La Nueva Provincia, Guillermo Rueda.
El periodista realizó sucesivos
informes sobre el estado de este tramo, y añade: "La ruta provincial 51,
que se encuentra en pésimo estado por falta de presupuesto para el
mantenimiento y conservación, va camino a constituirse en tan trágica
como la ruta nacional 33, conocida como ruta de la muerte".
Respecto a este camino, a
principios del año pasado Arlía y el intendente de Olavarría, José Eseverri,
protagonizaron un episodio en Twitter, donde Eseverri reclamó por el
estado de ese trayecto y las muertes que produce cada año. Hoy, la ruta 51
sigue igual y continúa siendo una de las más transitadas y peligrosas del
territorio. Es innumerable la cantidad de autos y camiones que pasan a
diario, porque une dos ciudades con un importante centro portuario, como
son Ramallo y Bahía Blanca.
"Cuando uno recorre cualquier
lugar de la provincia de Buenos Aires ve una carencia de mantenimiento
producto de la decisión de no invertir en las rutas con los recursos
necesarios y en la dimensión que requieren. Hace años que se gasta más
en salarios de la Dirección de Vialidad que en la inversión que se realiza
año a año. Vemos rutas sobre las que hace muchos años que se están
prometiendo obras y no se está haciendo absolutamente nada que
signifique una mejora sustancial de las carpetas rodantes", afirma
Eseverri.
Pero este no es el único camino
con problemas: la ruta provincial 70, que va desde Bragado hasta General
Pico; la ruta provincial 31, que recorre el norte de la localidad bonaerense;
la 191, que une las ciudades de San Pedro y Chacabuco; y la 74, que
cruza el sudeste de la Provincia, entre otras tantas, también tienen
gravísimas falencias en sus caminos.
"Las rutas dentro de la
Provincia no han tenido un gran cambio estructural, salvo la estética
necesaria para que nadie, sin idoneidad, les pueda endilgar a la gestión
actual. Aún no han sido modificadas desde su construcción para poder
adecuarse a los niveles de flujo de tránsito, velocidades y, también, al gran
aumento en el transporte de carga que se derivó a las rutas a
consecuencia de la destrucción de la red ferroviaria", explica el licenciado
en Accidentología y Prevención Vial, Mauro Domínguez, quien ha recorrido
el país brindando charlas sobre educación vial.
En el año 2013, la Provincia
creó un Fondo Fiduciario Vial por un lapso de 30 años, para financiar la
ejecución de planes destinados a la construcción de rutas. Pese a esto, lo
que muchas veces sucede es que se reasigna la partida a cosas que no
tienen que ver con la construcción de los caminos.
Pese a que la Provincia es el
territorio más afectado a causa de la decisión política de no invertir en
materia de seguridad vial, este es un problema que atraviesa el país a lo
largo y a lo ancho. Es así que Domínguez afirma: "La gestión del
gobernador, en materia vial, deja tanto que desear como cualquier otro
funcionario en estos últimos tiempos. Han actuado según dictó su agenda
política mediática. O sea, ninguno de todos los actuales gobernadores ha
ganado las últimas elecciones llevando, ni siquiera en su plataforma
electoral de propuestas, alguna política de seguridad vial seria. Esto
respalda mi postura con respecto a la falta de conciencia vial de nuestras
autoridades.
Así como el movimiento se
demuestra andando, la calamidad en que se han convertido las rutas
bonaerenses se puede inferir subiendo a un vehículo y recorriéndolas de
norte a sur y desde La Pampa al Mar Argentino. Hay inacción o
negligencia gubernamental.
El derecho humano más
sagrado es sin dudas el de la vida y a nosotros, representantes del pueblo
de la Nación nos compete hacer todo cuanto esté a nuestro alcance para
afianzar el respeto a la Constitución Nacional, a las leyes dictadas en su
consecuencia y a militar sin ambages en la defensa de la integridad física
de nuestros compatriotas.
La norma que aquí se propone
al Congreso de la Nación amén de necesaria e imprescindible para detener
la sangría derivada de los siniestros en el ámbito de la Provincia de Buenos
Aires, impone aumentar controles por intermedio de la Agencia Nacional
de Seguridad Vial, afectar personal de las fuerzas federales de seguridad y
dar un giro de 180° a la inercia, el voluntarismo, la incompetencia y la
liviandad con que se acometen cuestiones esenciales para la vida, la salud
y la seguridad de 16 millones y medio de habitantes.
Estos "siniestros" de tránsito
son el resultado de una suma de factores predeterminados y evitables,
cuyas consecuencias - la pérdida de vidas humanas, lesiones
discapacitantes y daños materiales -, constituyen la violación del más
elemental de los derechos: la vida, además de los derechos a la seguridad,
a la salud y al goce de una vida digna.
Ante esta triste realidad es
necesario garantizar al ciudadano el ejercicio pleno del derecho a la
circulación, pero en condiciones que aseguren la integridad de las
personas que transiten por la vía pública.
La política de seguridad vial,
como anticipaba más arriba, forma parte de la política general de
protección de los Derechos Humanos. Existe consenso generalizado en
sentido de que todos los sectores involucrados deben, de manera rápida,
ejecutar acciones concretas que aborden esta problemática, la cual ha sido
calificada como endemia social por la Organización Mundial de la Salud
(OMS).
La política vial y de tránsito de
la Provincia de Buenos Aires se halla colapsada y es incapaz de evitar la
ocurrencia de siniestros, y en consecuencia se impone declarar su
emergencia desde el Estado Nacional.
Resulta pues necesario
desarrollar una intensa campaña de prevención de los siniestros de
tránsito y de concientización de las personas, para que circulen con total y
absoluta responsabilidad, dando cumplimiento estricto y regular de las
disposiciones de tránsito.
Todo ello es posible realizarlo y
como consecuencia de este marco legal de declaración de emergencia vial
que se propone en todo el territorio provincial. La emergencia vial
imperante es un dato de la realidad que no podemos desconocer.
Pido por lo tanto, el apoyo de
mis pares a fin de aprobar esta iniciativa a la mayor brevedad posible.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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OBRAS PUBLICAS |
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