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PROYECTO DE TP


Expediente 5725-D-2014
Sumario: DECLARAR LA EMERGENCIA VIAL POR EL TERMINO DE UN AÑO EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 21/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1.- Declárase la Emergencia Vial en la provincia de Buenos Aires, por el término de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, con miras a garantizar el ejercicio del derecho a la circulación y la libertad de tránsito, en condiciones que aseguren la integridad física de todas las personas que transitan por las rutas y caminos nacionales y provinciales.
Artículo 2.- Dentro de dicho plazo todos los organismos del Estado Provincial con incumbencias en materia de tránsito y seguridad vial, coordinarán con sus municipios acciones conjuntas, ordinarias y extraordinarias, tendientes a intensificar las campañas de prevención de los siniestros de tránsito, difundiendo la más amplia información que contribuya a la concientización de la población.
Artículo 3.- A tal efecto, los organismos involucrados se encargarán de:
a) Desarrollar en forma rigurosa todas las acciones positivas ordinarias y extraordinarias que les competan, con miras al cumplimiento estricto de la normativa vigente por parte de la totalidad de la población circulante.
b) Incrementar la cantidad, intensidad, calidad y efectividad de los controles de la circulación vehicular.
c) Remitir mensualmente a la autoridad de aplicación un informe circunstanciado acerca de los operativos, ordinarios o extraordinarios realizados, personal dedicado a los mismos, zonas del territorio provincial en las que se efectúan, así como toda otra información relevante.
d) Formular cada 30 días un listado de las zonas de alto riesgo, remitiendo el mismo a la Autoridad de Aplicación para la instrumentación de operativos especiales que fueran necesarios, y para la determinación de límites de velocidad especiales.
e) Identificar las obras urgentes para asegurar la circulación en las rutas nacionales, provinciales y municipales en la jurisdicción bonaerense.
Artículo 4.- La autoridad de Aplicación de la presente ley es la Agencia Nacional de Seguridad Vial creada por ley 26363.
Sin perjuicio de las funciones otorgadas a la Agencia por la citada normativa, tendrá a su cargo durante la vigencia de la emergencia vial en la Provincia de Buenos Aires:
a) Disponer lo necesario para que los organismos competentes ejecuten las acciones establecidas en la ley nacional de tránsito, en la norma provincial y en la presente ley.
b) Coordinar con los organismos competentes la unificación de las políticas de seguridad y educación vial.
c) Intensificar las acciones en el corto plazo, propiciando la adopción de medidas urgentes, particularmente en materia de prevención de siniestros viales a través de una amplia difusión.
d) Asistir al Ministerio de Educación para la elaboración de los Programas de Educación Vial a impartir en los establecimientos educativos de nivel primario y secundario, garantizando la capacitación docente requerida al efecto.
e) Instrumentar un sistema periódico de información de las actuaciones preventivas y de controles desarrollados, difusión que se hará en forma gratuita, activa, permanente y masiva en todo el territorio provincial.
f) Participar en la elaboración y ejecución de toda política pública que prevea la realización de obras en la red vial provincial o nacional, así como el mejoramiento de la infraestructura.
g) Requerir al Poder Ejecutivo la asignación de numerarios de las fuerzas federales de seguridad para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
h) Las demás competencias que el Poder Ejecutivo le atribuya reglamentariamente.
Artículo 5.- Los conductores que obtengan su Licencia Nacional de Conducir por primera vez en todo el ámbito de la República Argentina, estarán sujetos a un período de prueba por el plazo que establezca la reglamentación, quedando la posterior evaluación en manos de la autoridad competente de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 6.- Dentro de los noventa días de entrar en vigencia la presente ley la Autoridad de Aplicación implementará el Sistema Nacional de Puntaje (Scoring) en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 7.- Se autoriza a la Jefatura de Gabinete de Ministros a reasignar las partidas presupuestarias necesarias para el debido cumplimiento de la presente ley y a efectuar las licitaciones para realizar las obras viales que se designen como perentorias por la Autoridad de Aplicación.
Artículo 8.- La presente ley entrará en vigencia a los treinta días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 9.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la Provincia de Buenos Aires mueren siete personas al día en accidentes de tránsito. Pese a esto, el gobierno bonaerense sigue sin realizar las inversiones necesarias para evitar una situación que es totalmente prevenible. Aunque la Provincia cuenta con los peajes más caros del país, tiene los caminos en peores condiciones.
2457 personas, ese fue el número de víctimas fatales en accidentes de tránsito en la Provincia en el año 2013, según datos de la Asociación Civil Luchemos por la Vida. La cifra supera por amplia mayoría al resto de los distritos del país, convirtiéndose las rutas bonaerenses en el territorio más peligroso, donde ocurren el 60 por ciento de los accidentes de tránsito. Aquí los caminos se transforman en una trampa mortal ocasionando que siete ciudadanos pierdan la vida cada día.
El crecimiento del parque automotor, en un país donde el año pasado se vendieron cinco autos por minuto, según datos de las cámaras automotrices Acara y la CCA; la falta de infraestructura acorde a este incremento, la ausencia de mantenimiento en las rutas provinciales, sumado a la deficiencia por parte del estado bonaerense en el control del otorgamiento de licencias de conducir, son los grandes responsables de las pérdidas de estas vidas.
Pese a los sucesivos anuncios sobre el trabajo realizado en las rutas, por parte del gobernador y su ministro de Infraestructura, Alejandro Arlía, en la praxis no existen tales inversiones. Hay subejecuciones año tras año. En 2012 se subejecutó un 85 % (o se ejecutó un 15 %, según se prefiera). Durante los ocho años de gestión de Scioli no se ha pavimentado ninguna ruta nueva, así lo informaron en una carta abierta en marzo de este año, ciudadanos agrupados en la Unión de Usuarios Viales, un grupo que nació en Facebook, pero que con el correr del tiempo fue tomando cuerpo y hoy reclama por el pésimo estado de los caminos de la provincia, mientras intenta conseguir su personería jurídica.
Para peor, desde el 2008 al 2013 las estadísticas indican que ha venido bajando el presupuesto destinado a vialidad, respecto del presupuesto total. Es así que, pese a tener los peajes más caros de todo el país, también tiene las rutas en peores condiciones.
Parches sobre el asfalto, que con el simple roce de la mano se descascaran; ausencia de señalización y de circunvalación en las entradas de los pueblos; el ancho de la cinta asfáltica que no se corresponde con el estipulado; banquinas descalzadas o ausencia de las mismas y la falta de iluminación artificial, conforman el panorama de las rutas bonaerenses.
La peor parte se la lleva la ruta 51, que recorre de norte a sur la Provincia, ya que nace en la localidad de Ramallo y finaliza en Bahía Blanca. "En sólo 12 km de los 121 que tienen el camino, entre la ciudad de Bahía Blanca y el acceso a Coronel Pringles, se acumula el 43, 75 % de los accidentes producidos en 2013", explica el periodista del diario bahiense La Nueva Provincia, Guillermo Rueda.
El periodista realizó sucesivos informes sobre el estado de este tramo, y añade: "La ruta provincial 51, que se encuentra en pésimo estado por falta de presupuesto para el mantenimiento y conservación, va camino a constituirse en tan trágica como la ruta nacional 33, conocida como ruta de la muerte".
Respecto a este camino, a principios del año pasado Arlía y el intendente de Olavarría, José Eseverri, protagonizaron un episodio en Twitter, donde Eseverri reclamó por el estado de ese trayecto y las muertes que produce cada año. Hoy, la ruta 51 sigue igual y continúa siendo una de las más transitadas y peligrosas del territorio. Es innumerable la cantidad de autos y camiones que pasan a diario, porque une dos ciudades con un importante centro portuario, como son Ramallo y Bahía Blanca.
"Cuando uno recorre cualquier lugar de la provincia de Buenos Aires ve una carencia de mantenimiento producto de la decisión de no invertir en las rutas con los recursos necesarios y en la dimensión que requieren. Hace años que se gasta más en salarios de la Dirección de Vialidad que en la inversión que se realiza año a año. Vemos rutas sobre las que hace muchos años que se están prometiendo obras y no se está haciendo absolutamente nada que signifique una mejora sustancial de las carpetas rodantes", afirma Eseverri.
Pero este no es el único camino con problemas: la ruta provincial 70, que va desde Bragado hasta General Pico; la ruta provincial 31, que recorre el norte de la localidad bonaerense; la 191, que une las ciudades de San Pedro y Chacabuco; y la 74, que cruza el sudeste de la Provincia, entre otras tantas, también tienen gravísimas falencias en sus caminos.
"Las rutas dentro de la Provincia no han tenido un gran cambio estructural, salvo la estética necesaria para que nadie, sin idoneidad, les pueda endilgar a la gestión actual. Aún no han sido modificadas desde su construcción para poder adecuarse a los niveles de flujo de tránsito, velocidades y, también, al gran aumento en el transporte de carga que se derivó a las rutas a consecuencia de la destrucción de la red ferroviaria", explica el licenciado en Accidentología y Prevención Vial, Mauro Domínguez, quien ha recorrido el país brindando charlas sobre educación vial.
En el año 2013, la Provincia creó un Fondo Fiduciario Vial por un lapso de 30 años, para financiar la ejecución de planes destinados a la construcción de rutas. Pese a esto, lo que muchas veces sucede es que se reasigna la partida a cosas que no tienen que ver con la construcción de los caminos.
Pese a que la Provincia es el territorio más afectado a causa de la decisión política de no invertir en materia de seguridad vial, este es un problema que atraviesa el país a lo largo y a lo ancho. Es así que Domínguez afirma: "La gestión del gobernador, en materia vial, deja tanto que desear como cualquier otro funcionario en estos últimos tiempos. Han actuado según dictó su agenda política mediática. O sea, ninguno de todos los actuales gobernadores ha ganado las últimas elecciones llevando, ni siquiera en su plataforma electoral de propuestas, alguna política de seguridad vial seria. Esto respalda mi postura con respecto a la falta de conciencia vial de nuestras autoridades.
Así como el movimiento se demuestra andando, la calamidad en que se han convertido las rutas bonaerenses se puede inferir subiendo a un vehículo y recorriéndolas de norte a sur y desde La Pampa al Mar Argentino. Hay inacción o negligencia gubernamental.
El derecho humano más sagrado es sin dudas el de la vida y a nosotros, representantes del pueblo de la Nación nos compete hacer todo cuanto esté a nuestro alcance para afianzar el respeto a la Constitución Nacional, a las leyes dictadas en su consecuencia y a militar sin ambages en la defensa de la integridad física de nuestros compatriotas.
La norma que aquí se propone al Congreso de la Nación amén de necesaria e imprescindible para detener la sangría derivada de los siniestros en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, impone aumentar controles por intermedio de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, afectar personal de las fuerzas federales de seguridad y dar un giro de 180° a la inercia, el voluntarismo, la incompetencia y la liviandad con que se acometen cuestiones esenciales para la vida, la salud y la seguridad de 16 millones y medio de habitantes.
Estos "siniestros" de tránsito son el resultado de una suma de factores predeterminados y evitables, cuyas consecuencias - la pérdida de vidas humanas, lesiones discapacitantes y daños materiales -, constituyen la violación del más elemental de los derechos: la vida, además de los derechos a la seguridad, a la salud y al goce de una vida digna.
Ante esta triste realidad es necesario garantizar al ciudadano el ejercicio pleno del derecho a la circulación, pero en condiciones que aseguren la integridad de las personas que transiten por la vía pública.
La política de seguridad vial, como anticipaba más arriba, forma parte de la política general de protección de los Derechos Humanos. Existe consenso generalizado en sentido de que todos los sectores involucrados deben, de manera rápida, ejecutar acciones concretas que aborden esta problemática, la cual ha sido calificada como endemia social por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La política vial y de tránsito de la Provincia de Buenos Aires se halla colapsada y es incapaz de evitar la ocurrencia de siniestros, y en consecuencia se impone declarar su emergencia desde el Estado Nacional.
Resulta pues necesario desarrollar una intensa campaña de prevención de los siniestros de tránsito y de concientización de las personas, para que circulen con total y absoluta responsabilidad, dando cumplimiento estricto y regular de las disposiciones de tránsito.
Todo ello es posible realizarlo y como consecuencia de este marco legal de declaración de emergencia vial que se propone en todo el territorio provincial. La emergencia vial imperante es un dato de la realidad que no podemos desconocer.
Pido por lo tanto, el apoyo de mis pares a fin de aprobar esta iniciativa a la mayor brevedad posible.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
OBRAS PUBLICAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA