PROYECTO DE TP
Expediente 5705-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON CASOS DE DIFTERIA EN TODO EL PAIS.
Fecha: 09/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo, a través de los organismos que corresponda, informe en
relación a las obligaciones que tiene el estado en la prevención y
tratamiento de casos de difteria en el país, los siguientes
requerimientos:
1. Si se dispone en el
país de la infraestructura necesaria en laboratorios, suficientes para
procesar datos de muestras de cultivos. Indique las localizaciones de los
mencionados establecimientos , discriminando los mismos por
provincia.-
2. Informe si se
dispone de medios de cultivos y medios de transporte adecuados para la
ejecución de los programas sanitarios respectivos. Cuantifique los
medios de cultivos y medios de transporte, y discrimine los mismos
detallando por provincias en las cuales están disponible.-
3. Si se dispone de
antitoxina diftérica en cantidad suficiente. En caso de respuesta
afirmativa al requerimiento, indique número de dosis disponibles;
discriminando por Provincia y sitio donde se ubica la misma. En caso de
respuesta negativa, indique si se tiene previsto disponibilidad en otro
país, e indique el mismo y el instrumento internacional que compromete
su provisión.-
4. Informe si se
dispone de eritromicina, clindamicina, penicilina g, procaina y
benzatinica. Precise el número de tratamientos de cada una.-
5. Informe si existe
disponibilidad de vacunas DPT (difteria, tos convulsa y tétanos), DPTa
(difteria, tos convulsa acelular y tétanos) y DT (difteria y tétanos para
adultos) por fuera de las previstas para la vacunación de calendario
oficial. Indique el número de dosis en condición de uso por fuera del
calendario de cada una.-
6. Si se ha
implementado una campaña de vacunación del personal de salud con DT
(difteria y tétanos para adultos). En caso afirmativo señale la fecha de
comienzo de la misma y las provincias donde se está llevando a cabo.
En caso de respuesta negativa indique si se tiene prevista la misma y la
forma en que se va a realizar.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde la Dirección de
Epidemiología de la Nación los Ministerios de Salud Provinciales
recibieron un Alerta emitido por la Unidad de Epidemiología del Centro
Nacional de Enlace Unidad de Epidemiología, del Ministerio de Salud y
Deportes del estado de Bolivia.
El informe recibido data del 20 de julio, y según el mismo han ocurrido
casos de difteria a partir del 28 de abril 2010 en San Lorenzo - Tarija,
iniciándose la sospecha a partir de dos casos los cuales se confirmaron,
y notificándose luego otros 18 casos sospechosos hasta la fecha,
extendiéndose el área geográfica de búsqueda de casos con o sin nexo,
a otros Departamentos de la República de Bolivia.-
Contemplando eventuales
migraciones desde y hacia dicho país y con difícil evaluación de la
cobertura de vacunación especifica en población adulta, se deben tener
en alerta a los profesionales asistenciales ante la potencial aparición de
probables casos sospechosos de difteria en nuestro medio, y generar la
promoción en los vacunatorios del sistema una conducta activa de
vacunación de toda persona que se acerque al sistema de salud,
cualquiera sea su edad, a la vez que realizar un Monitoreo rápido de
coberturas para detectar áreas de mayor riesgo por bajas
cobertura.
La difteria es una
enfermedad bacteriana aguda causada por la liberación de una
exotoxina específica, producida por el bacilo gram positivo, el
Corynebacterium diphtheriae. Sólo las cepas toxigénicas causan
enfermedad. Se manifiesta por la formación de pseudomembranas en
las amígdalas, faringe, laringe, mucosa nasal u otras mucosas y en la
piel, cuadro febril, generalmente no muy intenso ( de 39º), de
evolución relativamente lenta, pero con estado general comprometido, y
distintas manifestaciones presentando una o varias manifestaciones
(tales como amígdalas recubiertas parcial o totalmente por placas
blancas grisáceos adherentes, placas que se extienden a los pilares del
paladar, pudiendo llegar hasta la úvula, amigdalitis con complicaciones
de laringe y/o tráquea, entre otras a nombrar un gran aumento del
volumen de los ganglios submaxilares y cervicales, pudiendo existir
edema periganglionar).-
Por los efectos tardíos de
la absorción de toxinas, aparecen complicaciones después de dos a seis
semanas de iniciados los síntomas. La miocarditis es la complicación
más habitual y la principal causa de muerte. Aparece ritmo cardíaco
anormal, puede ocurrir al comienzo de la enfermedad o bien semanas
mas tarde y conduce a falla cardiaca. Si la miocarditis ocurre
tempranamente la evolución es usualmente fatal. Complicaciones
neurológicas: parálisis de los nervios craneales y periféricos, motores y
sensitivos. La parálisis del velo del paladar se puede observar en el
comienzo de la aparición de la membrana (Veloplejia) siendo más
frecuente durante la tercera semana de la enfermedad, mientras que la
parálisis de los músculos oculares, miembros o diafragma puede ocurrir
después de la quinta semana. La parálisis del diafragma puede causar
neumonía secundaria o falla respiratoria.
La letalidad varía de 5 a
10%, dependiendo del uso oportuno de la antitoxina diftérica. Cuando
se hace el diagnóstico diferencial de faringitis bacteriana y en particular
la estreptocócica y la vírica, angina de Vincent, mononucleosis
infecciosa, sífilis y candidiasis de la boca, se debe sospechar posible
difteria.
Ante la ocurrencia de 20
casos sospechosos de difteria y 2 confirmados en Tarija y otros
Departamentos de la República de Bolivia y teniendo en cuenta las
migraciones desde y hacia dicho país de población que reside en nuestro
país, es de necesidad se de tratamiento urgente a la presente iniciativa,
solicitando al resto de los legisladores para que acompañen la misma.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
FLORES, HECTOR | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |