PROYECTO DE TP
Expediente 5703-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS MOTIVOS POR LOS CUALES SE OTORGARON SUBSIDIOS A LAS EXPORTACIONES DE CRUDO, CUANDO LAS PETROLERAS PRESENTAN GANANCIAS EN SUS BALANCES ANUALES.
Fecha: 17/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Nación
para que, a través de los organismos correspondientes, informe sobre las siguientes
cuestiones referidas a la Resolución 438/2012 de la Secretaría de Energía de la
Nación:
1- Indique los motivos que llevaron a
otorgar subsidios a las exportaciones de crudo, cuando las petroleras presentan
importantes ganancias en sus balances anuales.
2- ¿Cual es el costo fiscal del reintegro
de u$s 28 por barril de petróleo exportado, según la Resolución 438/2012 de la
Secretaría de Energía?
3- ¿Cómo se explica la incoherencia
entre este incentivo a las exportaciones de petróleo crudo y el objetivo prioritario de
lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo
económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la
competitividad de los diversos sectores económicos, y el crecimiento equitativo y
sustentable de las provincias y regiones, como indica el Artículo 1° de la Ley
26.741?
4- ¿Si el objetivo de la medida es
incentivar la extracción y exportación de petróleo crudo, a que se debe el reintegro de
exportaciones realizadas con anterioridad a la fecha de la Resolución 438/2012?
5- ¿Por qué en la resolución de
referencia no se presenta ningún tipo de exigencia de venta en el mercado interno,
inversiones, contratación de personal o compre nacional, para ser beneficiario del
subsidio?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley 26.741 estipuló más que la
expropiación de parte de las acciones de la empresa YPF S.A. Su artículo 1° avanza en
la regulación de todo el sector hidrocarburífero nacional, declarando de interés público
nacional y como objetivo prioritario, el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos,
así como la exploración y explotación de los mismos. Sin embargo, la primera medida
tomada por la Secretaría de Energía de la Nación se contradice estos objetivos.
Dando marcha atrás con la decisión
tomada este año de suspender el programa Petróleo Plus, la Resolución 438/2012
otorga a las empresas petroleras un subsidio de U$S 28 por cada barril de petróleo
crudo exportado. Como este importe se entrega en certificados cancelatorios de las
retenciones, la medida solo beneficia al puñado de petroleras exportadoras y
únicamente podrá ser utilizado si las mismas continúan exportando. Esta medida
significa, en la práctica, la disminución de las retenciones a las exportaciones de
petróleo crudo.
Lejos de beneficiar a las PyMEs que
cuentan con mayores costos, la medida está pensada para favorecer a las petroleras
más grandes del mercado. Según datos oficiales de la Secretaría de Energía, tres
empresas concentran las exportaciones de petróleo crudo. Serán beneficiarias con este
subsidio Pan American Energy (PAE), Sinopec y Total Austral. En realidad, es una
medida que apunta específicamente a favorecer a Pan American Energy, ya que
concentra cerca el 90% de las exportaciones. Esta empresa embolsaría, de repetir su
exportación del 2011, nada menos que unos 550 millones de dólares.
Los balances presentados por Pan
American Energy a la Bolsa de Valores de la Nación en 2011, lejos de presentar
pérdidas que requieran la implementación de subsidios, muestran importantes
ganancias. En ese mismo año la empresa ganó en el país 3.260 millones de pesos, un
54% más que en 2010. El beneficio otorgado por esta resolución del PEN resultaría en
un aumento de casi el 70% de sus utilidades, y esta empresa ya había obtenido
grandes beneficios del Programa Petróleo Plus. PAE declara en sus balances haber
cancelado el 43% de las retenciones a las exportaciones correspondientes a 2010 y
2011 gracias a este subsidio estatal.
Asimismo, no se comprende de dónde
surge la necesidad de subvencionar la exportación de petróleo crudo sin valor
agregado, en vez de dar beneficios a la exploración o al aumento de la extracción.
Sobre todo cuando el autoabastecimiento de hidrocarburos es un objetivo estratégico
de la Nación y medidas como esta incentivan a la exportación más que la venta de
crudo en el mercado interno.
Llama la atención que no se requiera un
aumento en la extracción para recibir el beneficio fiscal, posibilitando que las
empresas disminuyan su inversión manteniendo sus niveles de producción y logrando
mayores beneficios a través del un subsidio del Estado Nacional. Hasta octubre de
2012, las petroleras pueden hasta disminuir la extracción. Si bien se requiere la
reposición total de las reservas, este punto sólo se controlará a partir de mayo de
2013, por lo que las petroleras que bajen sus reservas tendrán un año de subsidio sin
que la reglamentación indique su devolución en caso de no cumplir con esta
necesidad.
Por último, es inexplicable reconocer el
subsidio desde febrero de este año, por exportaciones ya realizadas (por lo que no se
esta incentivando la inversiones ni la extracción). Con esto, se regalan graciosamente
unos 193 millones de dólares (152 a Pan American Energy, 39 a Sinopec y 2 a Total
Austral).
Como no se distingue ninguna causa para
otorgar este tipo de subsidios, salvo para beneficiar a las empresas petroleras
concentradas, solicitamos al Poder Ejecutivo que presente los fundamentos de este
beneficio y que indique el costo fiscal que estima, debemos afrontar todos los
argentinos.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
ITURRASPE, NORA GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
COMI, CARLOS MARCELO | SANTA FE | COALICION CIVICA - ARI |
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Comisión |
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