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PROYECTO DE TP


Expediente 5703-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS MOTIVOS POR LOS CUALES SE OTORGARON SUBSIDIOS A LAS EXPORTACIONES DE CRUDO, CUANDO LAS PETROLERAS PRESENTAN GANANCIAS EN SUS BALANCES ANUALES.
Fecha: 17/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Nación para que, a través de los organismos correspondientes, informe sobre las siguientes cuestiones referidas a la Resolución 438/2012 de la Secretaría de Energía de la Nación:
1- Indique los motivos que llevaron a otorgar subsidios a las exportaciones de crudo, cuando las petroleras presentan importantes ganancias en sus balances anuales.
2- ¿Cual es el costo fiscal del reintegro de u$s 28 por barril de petróleo exportado, según la Resolución 438/2012 de la Secretaría de Energía?
3- ¿Cómo se explica la incoherencia entre este incentivo a las exportaciones de petróleo crudo y el objetivo prioritario de lograr el autoabastecimiento de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos, y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones, como indica el Artículo 1° de la Ley 26.741?
4- ¿Si el objetivo de la medida es incentivar la extracción y exportación de petróleo crudo, a que se debe el reintegro de exportaciones realizadas con anterioridad a la fecha de la Resolución 438/2012?
5- ¿Por qué en la resolución de referencia no se presenta ningún tipo de exigencia de venta en el mercado interno, inversiones, contratación de personal o compre nacional, para ser beneficiario del subsidio?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 26.741 estipuló más que la expropiación de parte de las acciones de la empresa YPF S.A. Su artículo 1° avanza en la regulación de todo el sector hidrocarburífero nacional, declarando de interés público nacional y como objetivo prioritario, el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración y explotación de los mismos. Sin embargo, la primera medida tomada por la Secretaría de Energía de la Nación se contradice estos objetivos.
Dando marcha atrás con la decisión tomada este año de suspender el programa Petróleo Plus, la Resolución 438/2012 otorga a las empresas petroleras un subsidio de U$S 28 por cada barril de petróleo crudo exportado. Como este importe se entrega en certificados cancelatorios de las retenciones, la medida solo beneficia al puñado de petroleras exportadoras y únicamente podrá ser utilizado si las mismas continúan exportando. Esta medida significa, en la práctica, la disminución de las retenciones a las exportaciones de petróleo crudo.
Lejos de beneficiar a las PyMEs que cuentan con mayores costos, la medida está pensada para favorecer a las petroleras más grandes del mercado. Según datos oficiales de la Secretaría de Energía, tres empresas concentran las exportaciones de petróleo crudo. Serán beneficiarias con este subsidio Pan American Energy (PAE), Sinopec y Total Austral. En realidad, es una medida que apunta específicamente a favorecer a Pan American Energy, ya que concentra cerca el 90% de las exportaciones. Esta empresa embolsaría, de repetir su exportación del 2011, nada menos que unos 550 millones de dólares.
Los balances presentados por Pan American Energy a la Bolsa de Valores de la Nación en 2011, lejos de presentar pérdidas que requieran la implementación de subsidios, muestran importantes ganancias. En ese mismo año la empresa ganó en el país 3.260 millones de pesos, un 54% más que en 2010. El beneficio otorgado por esta resolución del PEN resultaría en un aumento de casi el 70% de sus utilidades, y esta empresa ya había obtenido grandes beneficios del Programa Petróleo Plus. PAE declara en sus balances haber cancelado el 43% de las retenciones a las exportaciones correspondientes a 2010 y 2011 gracias a este subsidio estatal.
Asimismo, no se comprende de dónde surge la necesidad de subvencionar la exportación de petróleo crudo sin valor agregado, en vez de dar beneficios a la exploración o al aumento de la extracción. Sobre todo cuando el autoabastecimiento de hidrocarburos es un objetivo estratégico de la Nación y medidas como esta incentivan a la exportación más que la venta de crudo en el mercado interno.
Llama la atención que no se requiera un aumento en la extracción para recibir el beneficio fiscal, posibilitando que las empresas disminuyan su inversión manteniendo sus niveles de producción y logrando mayores beneficios a través del un subsidio del Estado Nacional. Hasta octubre de 2012, las petroleras pueden hasta disminuir la extracción. Si bien se requiere la reposición total de las reservas, este punto sólo se controlará a partir de mayo de 2013, por lo que las petroleras que bajen sus reservas tendrán un año de subsidio sin que la reglamentación indique su devolución en caso de no cumplir con esta necesidad.
Por último, es inexplicable reconocer el subsidio desde febrero de este año, por exportaciones ya realizadas (por lo que no se esta incentivando la inversiones ni la extracción). Con esto, se regalan graciosamente unos 193 millones de dólares (152 a Pan American Energy, 39 a Sinopec y 2 a Total Austral).
Como no se distingue ninguna causa para otorgar este tipo de subsidios, salvo para beneficiar a las empresas petroleras concentradas, solicitamos al Poder Ejecutivo que presente los fundamentos de este beneficio y que indique el costo fiscal que estima, debemos afrontar todos los argentinos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
COMI, CARLOS MARCELO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)