PROYECTO DE TP
Expediente 5701-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA UNIFICAR LA EXPEDICION DE UN CARNET UNICO E INTRANSFERIBLE PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN TODO EL PAIS.
Fecha: 09/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 108
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al poder ejecutivo para que a
través del área que corresponda, unifique en todo el territorio nacional un carnet
único e intransferible, para personas con discapacidad y arbitre los medios
necesarios para garantizar el acceso de dichos beneficiarios sin inconvenientes ni
demoras, a los diferentes medios de transporte terrestre en todo el territorio
nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por objeto
advertir sobre las dificultades que atraviesan las personas con discapacidad al
tratar de hacer efectiva la garantía que establece la Ley 22.431 en su Capítulo IV;
Art. 20 y 22 respecto de la gratuidad del pasaje en transporte terrestre de
pasajeros.
Asimismo el Gobierno debe asumir las
prioridades contenidas en el Programa de Acción Mundial para las Personas con
Discapacidad, aprobado por la Asamblea de las Naciones Unidas, que enfatizan el
derecho de esas personas a participar en igualdad de condiciones y con
equiparación de oportunidades junto al resto de la población.
La Convención Americana sobre
Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) recepta el principio de
igualdad entre los hombres, igualdad que debe ser propiciada por una legislación
tendiente a compensar las desigualdades naturales.
Las personas que detentan el
beneficio del transporte terrestre gratuito, en virtud de su incapacidad, se
encuentran impedidos generalmente de gozar su beneficio en ciudades diferentes
de las emisoras de su constancia, al no existir una unificación de criterios en la
materia. Ello se debe a que la emisión de permisos de transporte se otorga a nivel
local y para uso local.
Surge un mayor inconveniente
cuando la persona con incapacidad debe utilizar su beneficio en otra localidad, y
ello es notorio cuando se medita respecto de la realidad debido a la concentración
de los centros de tratamiento generalmente se sitúan en el radio de la Ciudad de
Buenos Aires y Gran Buenos Aires.
Entonces, cuando estos deben viajar,
se tropiezan con la dificultad de no poder utilizar el premiso ya otorgado, no como
premio sino como necesidad y clemencia por sufrir una discapacidad. A todo ello
debe sumarse, que al no poder utilizar su constancia indistintamente en cualquier
ciudad del país, la burocracia e incomodidad que conlleva la presentación continua
de documentación que el trámite pudiera ocasionar, para que se les permita hacer
uso de su derecho otorgado por la ley antes mencionada, en cada ciudad o
provincia donde el discapacitado necesite o deba viajar.
Por tal razón, es necesario establecer
un criterio unificador a nivel nacional, generando el carnet de identificación único
para el transporte terrestre, debiendo constar los requisitos esenciales de forma
que la reglamentación considere pertinente.
Con ese fin la Secretaria de
Transporte de la Nación, deberá convenir con las provincias y municipios los
medios necesarios para efectivizar la garantía que la ley determina para las
personas que acrediten padecer discapacidad.
Por lo expuesto, solicito a mis pares la
aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | LIBRES DEL SUR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |