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PROYECTO DE TP


Expediente 5683-D-2014
Sumario: EDUCACION NACIONAL - LEY 26206 -. DEROGACION DEL INCISO H) DEL ARTICULO 32, ESTABLECIENDO QUE SE GARANTIZARA LA ATENCION PSICOLOGICA, PSICOPEDAGOGICA Y MEDICA A LOS ALUMNOS QUE LO NECESITEN; E INCORPORACION DE LOS ARTICULOS 11 BIS, 11 TER Y 11 QUATER, SOBRE LA EXISTENCIA Y FUNCIONES DEL GABINETE PSICOPEDAGOGICO.
Fecha: 17/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1) Deróguese el inciso h) del ARTÍCULO 32 de la Ley 26.206 "Ley de Educación Nacional"
Artículo 2) Incorpórese el ARTÍCULO 11 BIS a la Ley 26.206, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 11 BIS. - Los establecimientos educativos en los niveles de Educación General Básica y Polimodal, deberán disponer de un gabinete psicopedagógico, cuyo objetivo será la atención, seguimiento y evaluación de las conductas, aprendizaje y aptitudes de la población escolar y la articulación intersectorial con las distintas áreas gubernamentales de políticas sociales y otras que se consideren pertinentes. Las autoridades educativas de cada institución, definirán la conformación del equipo profesional interdisciplinario necesario, que podrá estar integrado por psicopedagogos y psicólogos, y supervisarán la efectividad del mismo. En el caso de los establecimientos públicos, los profesionales serán seleccionados según normativas establecidas por las Juntas de Clasificación Docente".
Artículo 3) Incorpórese el ARTÍCULO 11 TER a la Ley 26.206 "Ley Federal de Educación", el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 12 TER. - Las funciones que el gabinete psicopedagógico tendrá a su cargo como labor preventiva, asistencial y educativa son:
Atención y seguimiento del alumno derivado por el personal docente por problemas de conducta o aprendizaje
Atención de consultas de padres, tutores o encargados, acerca de problemas de conducta o aprendizaje del alumno
Será el encargado de brindar orientación y capacitación a los docentes para que tengan herramientas y conocimientos de cómo actuar en situaciones de emergencia o que corra peligro la integridad física del alumnado (como ataques de abstinencia, desbordes psiquiátricos, violencia, bullying), detección de problemas de aprendizaje relacionados con trastornos por déficit de atención con hiperactividad (TDAH), trastornos psicológicos o psiquiátricos.
Deberá elaborar un plan de educación para el dictado de charlas y talleres obligatorios en todos los niveles de educación para el abordaje de las siguientes problemáticas:
Adicciones
Bullying
Grooming
Violencia de género
Maltrato
Abuso y violación
Sexualidad (prevención de enfermedades de transmisión sexual y embarazo en menores de edad)
Discriminación
Trastornos de la alimentación
Integración de alumnos
Todo tipo de flagelo que sufran niños y adolescentes
Brindará charlas y talleres abiertas a toda la comunidad educativa
Promoverá los lineamientos de la Ley 26.892: LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y EL ABORDAJE DE LA CONFLICTIVIDAD SOCIAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS"
Artículo 4) Incorpórese el Artículo 11 Quáter a la Ley 26.206 "Ley Federal de Educación", el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 11 QUÁTER. - Los profesionales que integren el gabinete psicopedagógico tendrán la potestad para citar a docentes o autoridades escolares, padres, tutores o encargados para abordar problemáticas del alumnado. Asimismo, deberán realizar denuncias ante autoridades policiales, cuando detecte situaciones que pongan en riesgo la integridad física de menores de edad que integren la comunidad educativa".
Artículo 5) El Congreso de la Nación, destinará una partida especial en el presupuesto asignado a Educación, para la instalación y puesta en funcionamiento de los gabinetes psicopedagógicos y honorarios de profesionales.
Artículo 6) De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El inciso h) del Art. 32 de la Ley 26.206 "Ley de Educación Nacional", promulgada el 27 de Diciembre de 2006, establece que el Consejo Federal de Educación fijará las disposiciones necesarias para que las distintas jurisdicciones garanticen: "La atención psicológica, psicopedagógica y médica de aquellos adolescentes y jóvenes que la necesiten, a través de la conformación de gabinetes inter- disciplinarios en las escuelas y la articulación intersectorial con las distintas áreas gubernamentales de políticas sociales y otras que se consideren pertinentes". Pero esta normativa hasta el momento nunca se reglamentó.
Las modificaciones e incorporaciones propuestas en la Ley 26.206 tienen como objetivo adoptar medidas necesarias y fundamentales para lograr una efectiva contención de alumnos, padres y docentes, haciendo énfasis en problemáticas como: adicciones, Bullying, Grooming, violencia de gé- nero, maltrato, abuso y violación, sexualidad (prevención de enfermedades de transmisión sexual y embarazo en menores de edad), discriminación, trastornos de la alimentación, y todo tipo de flagelo que sufran niños y adolescentes.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Argentina es el segundo país de Latinoamérica con más consumo de alcohol, siendo entre los adolescentes, uno de los más altos en la región de las Américas con un 53% de jóvenes, de entre 15 a 19 años, que admiten beber. El consumo excesivo no sólo lleva a una nociva dependencia, sino también, a un aumento de la violencia.
Con respecto a las drogas ilegales, de acuerdo a datos oficiales brindados por SEDRONAR, en el territorio argentino se observa que por ejemplo, en la Provincia de Buenos Aires, durante el periodo 2001 y el 2011, hubo un sostenido y notorio aumento en el consumo de drogas duras en estudiantes secundarios. El éxtasis creció un 1200%, la cocaína un 300% (es decir, hay tres veces más jóvenes que la consumieron), mientras que en los solventes e inhalantes el aumento fue de un 227%, la pasta base un 120% y la Marihuana un 100%.
Estos altos niveles de consumo se presentan también a nivel nacional. Se advierte así un incremento significativo del consumo de las drogas más potentes y adictivas como el paco, la cocaína o el éxtasis, lo que genera un alerta adicional ya que son estas drogas las que en su mayor parte están presentes en los cuadros de "sobredosis" en los adolescentes según indican especialistas en toxicología de nuestro país, quienes señalan además que a mediados de los años 90 la sobredosis sucedía entre los 31 y 35 años pero actualmente la edad bajo a los 16 y 20 años.
El Observatorio Argentino de Drogas (OAD), dependiente de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y lucha contra el Narcotráfico, determinó en el informe realizado en todo el país en el año 2012, que por ejemplo en la Provincia de San Juan, sobre un total de 428 consultas registradas, el 14,5% estuvo relacionado con el consumo de alguna sustancia, según la impresión clínica del médico.
Existe además, según la publicación, una fuerte relación entre el consumo de sustancias psicoactivas y los intentos de suicidio y sobredosis y, en menor medida, situaciones de violencia.
Analizados los motivos de ingreso a las salas de emergencia, entre las consultas relacionadas a algún consumo de sustancias, se observa que un 35,5% responde a accidentes de tránsito y un 19,4% a situaciones de violencia, mientras que el 17,7%, a accidentes comunes o caseros y también a motivos médicos generales.
La presencia de alcohol en las consultas relacionadas al consumo de sustancias psicoactivas ronda el 84%, lo cual indica la problemática de esta sustancia en los patrones de consumo de la población. Respecto del tabaco, se presenta como la segunda sustancia más consumida, con el 59,7%. Marihuana 24,2%, cocaína 9,7% y ansiolíticos, sedantes y tranquilizantes 8,1%.
En este sentido, el gabinete será un espacio institucional cuyo accionar profesional en el ámbito educativo involucrará a la Salud y la Educación, como dos ítems fundamentales. Sus funciones específicas serán el asesoramiento y la orientación de todos los actores institucionales, siendo sus ejes de acción a nivel preventivo, asistencial y educativo.
Con respecto a Bullying o Grooming, el Gabinete Psicopedagógico deberá trabajar los problemas de integración de alumnos, problemáticas de grupos y la discriminación, promoviendo la solidaridad entre los pares. Estudios realizados recientemente, han demostrado que el 88,8% de los jóvenes aseguran haber sido testigo de un acto de hostigamiento, la mayor parte de las veces en la escuela, según informe realizado por el Instituto de opinión pública y proyectos sociales (IOPPS). A su vez, se hace hincapié en que las redes sociales se han transformado en un canal a través del cual se canalizan burlas y que en la escuela la mitad de los profesores no habla sobre el tema.
En cuanto a embarazos adolescentes, representa el 15% de nacimientos en Argentina (De unos 700.000 nacimientos que anualmente se registran en el país, 114.500 son de madres adolescentes), según el reporte sobre Estado de la Población Mundial 2013 de Naciones Unidas. Las cifras refieren a una población total de siete millones de adolescentes, de 10 a 19 años, que representan el 17% de la población total en Argentina.
"Cuando una adolescente queda embarazada, cambia radicalmente su presente y su futuro, y en rarísimas ocasiones lo hace para bien", enfatizó el nigeriano Babatunde Osotimehin, director ejecutivo del Fondo de Población de Naciones Unidas-Unpfa. El funcionario consideró que el embarazo adolescente "no es aceptable porque la niña no está lista físicamente, emocionalmente, psicológicamente y materialmente para tener un hijo".
La gran mayoría de los embarazos adolescentes no responde a una decisión de la mujer y no eran buscados, según se desprende de una encuesta realizada a 1.600 jóvenes de Santiago del Estero, Misiones, Chaco y Buenos Aires.
Respecto al uso de métodos anticonceptivos, el 65% declaró no utilizar ninguno al momento de quedar embarazada, aunque el 70% dijo haber usado algún método en la iniciación sexual, con el 82% de preservativo.
Es por ello que la sexualidad debe ser abordada por profesionales en los colegios, enfatizando la prevención de enfermedades de transmisión sexual y embarazo en menores de edad.
El Gabinete Psicopedagógico podrá atender consultas de docentes, padres, tutores o encargados de la educación de los alumnos. Además, será inherente a este Gabinete el desarrollo de talleres abiertos a toda la comunidad educativa, con el objetivo de tratar la prevención y el abordaje de las distintas problemáticas antes citadas, y asistirá a menores para que puedan denunciar maltrato, abuso o violación creando un espacio de confidencialidad y protección, teniendo en cuenta que esto suele darse en el ámbito familiar.
Por lo expuesto, considero que las modificaciones propuestas son claramente necesarias, y que pretenden introducir derechos declarados en la Ley 26892 sancionada el 11 de septiembre de 2013 y promulgada el 1 de octubre de 2013, que promueve la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas.
Por las razones antes mencionadas, es que solicito el pronto tratamiento y la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE RETIRO DEL PROYECTO RETIRADO