PROYECTO DE TP
Expediente 5680-D-2014
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA NACIONAL DE RECUPERACION DE ENVASES DE AGROQUIMICOS.
Fecha: 17/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
El Senado y Cámara de Diputados...
PROGRAMA NACIONAL DE
RECUPERACIÓN DE ENVASES DE
AGROQUÍMICOS
ARTÍCULO 1.- Créase el Programa
Nacional de Recuperación de Envases de Agroquímicos, en el ámbito del Poder
Ejecutivo Nacional, siendo el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca la
autoridad de aplicación.
ARTICULO 2.- Objetivos:
a-Recuperar los envases de productos
fitosanitarios utilizados en establecimientos agropecuarios, para disminuir los
riesgos de contaminación directa o indirecta.
b-Coordinar con el INTA, los
Gobiernos Provinciales, las organizaciones representativas del sector y las
Universidades Nacionales, planes para la recolección, compactado y disposición
final de los envases vacíos, así como para la promoción y desarrollo de proyectos
de investigación que generen nuevos usos para la reutilización o reciclado de los
envases.
c-Promover la concientización de los
participantes de la actividad agropecuaria sobre el riesgo que provoca el mal uso
de dichos envases.
d-Estimular a las empresas que se
dedican a reciclar residuos para que aumenten el reciclado de los envases de
agroquímicos.
ARTÍCULO 3.- Se implementará un
Programa Nacional de Concientización acerca de los perjuicios y riesgos del uso
indebido de los envases de agroquímicos, debiendo tener especial consideración la
difusión de la información a las familias de productores rurales extra-pampeanas.
El mismo consistirá en:
-Incrementar el alcance de las
campañas que realiza el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA)
sobre este tema.
-Apoyar las actividades realizadas por
entidades particulares como la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes de
Argentina (CASAFE) a través de subsidios dirigidos a las actividades de
concientización y difusión.
-Estimular a la Federación Argentina
de Ingeniería Agronómica (FADIA) y a los Colegios Profesionales a realizar
actividades que aporten a este programa.
ARTÍCULO 4.- El Programa
implementará subsidios destinados a las empresas que tienen como actividad el
reciclado de residuos, para que recuperen y traten los envases de agroquímicos
para su reutilización, mediante un reintegro de un porcentaje de lo pagado por la
compra de envases de agroquímicos para reciclar, con la presentación de la factura
correspondiente. La autoridad de aplicación determinará el porcentaje
correspondiente.
ARTÍCULO 5.- Se establece un
Programa de Becas para los trabajos de investigación, dentro del ámbito de las
Universidades Públicas, que estudien los posibles usos de lo producido del
reciclado de los mismos. El monto de las becas y el otorgamiento de las mismas
estará a cargo de la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 6.- A partir de los seis
meses de la promulgación de la presente ley, todas las máquinas aplicadoras de
agroquímicos que se comercializan en el mercado nacional deberán disponer de un
sistema de lavado de los envases para su descontaminación. En los casos de las
máquinas que ya se encuentran en actividad, la autoridad de aplicación
establecerá el plazo en el que deberán adecuarse a lo establecido por la ley y las
sanciones en caso de incumplimiento, que podrán incluir la de retirar del mercado
las que infrinjan las presentes disposiciones.
ARTÍCULO 7.- Créase el Fondo para la
Recuperación de Envases de Agroquímicos (FOPREA), que se integrará con un
aporte porcentual fijo por envase comercializado por parte de las empresas
formuladoras o importadoras de agroquímicos. Dicho porcentaje no podrá ser
trasladado directa o indirectamente al precio de los productos y será establecido
por la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 8.- El FOPREA se destinará
para financiar los programas, subsidios y becas establecidos por la presente
ley.
ARTÍCULO 9.- Créase un Consejo
Asesor Participativo, integrado con representantes del INTA, los Gobiernos
Provinciales, las organizaciones representativas del sector y las Universidades
Nacionales, quien asesorará al Programa y supervisará las actividades
desarrolladas en el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.
ARTÍCULO 10.- DEFINICIONES A LOS
EFECTOS DE LA PRESENTE LEY:
- Se consideran "agroquímicos" a
todos los herbicidas, insecticidas, fungicidas, inoculantes, coadyuvantes,
fertilizantes y hormonas de uso agropecuario.
- Se considerará "empresa
formuladora" a la persona física o jurídica que realiza el proceso de la mezcla física
de las sustancias componentes de un agroquímico (ingrediente activo e inerte) a
fin de que esté terminado, de acuerdo a la composición porcentual y apto para su
aplicación directa o dilución a concentraciones adecuadas.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La economía de nuestro país está
estructurada fuertemente en la producción agropecuaria. Esta realidad nos obliga a
analizar la importancia de esta actividad económica y las medidas que hacen falta
para reducir las consecuencias negativas de la instrumentación cotidiana en todos
los puntos del país.
Es indudable que nuestra agricultura
posee un alto grado de tecnificación. A su vez, esto implica altos niveles de
disponibilidad y de utilización de insumos para garantizar los aumentos de
productividad. En el grupo de insumos se destacan los fitosanitarios (también
denominados agroquímicos, plaguicidas, defensivos agrícolas), elementos útiles
para la protección y el crecimiento de los cultivos cuando son usados
racionalmente. Pero también, en numerosas ocasiones, su manejo inoportuno o
incorrecto puede producir inconvenientes de fuerte repercusión en el ambiente,
afectando severamente nuestra calidad de vida y a las futuras generaciones.
Los envases representan un riesgo
potencial directo o indirecto de contaminación. Directo por los posibles derrames o
la reutilización directa de los mismos, donde siempre quedan restos de productos,
si no son debidamente tratados. Indirecto, porque al ser quemados provocan
vapores más tóxicos que el mismo producto; o cuando se entierran, inutilizan
terrenos o afectan acuíferos.
En función del uso cada vez mayor de
agroquímicos en las explotaciones agropecuarias, creemos necesario implementar
un programa desde el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca que tienda a la
recuperación y reciclado de los envases, para reducir los riesgos de contaminación,
no sólo a las personas sino también al ambiente.
El problema de los envases vacíos de
agroquímicos constituye un desafío de difícil solución. No es de extrañar, si año
tras año crece la producción agrícola y la superficie cultivada, que el volumen
anual de envases despachados al mercado local de productos fitosanitarios se
incremente año tras año. Junto a este fenómeno, también crecen los problemas
derivados de la contaminación que esos envases provocan y la dispersión
geográfica de los mismos. Es difícil de mensurar el impacto potencial sobre la salud
de las personas y el ambiente que podría derivar de un inadecuado manejo de
recipientes que han alojado productos tóxicos. La preocupación por el destino final
que debe darse a estos envases llevó en su momento a que organismos sanitarios
de la Nación, las provincias y fabricantes y vendedores de agroquímicos,
articularan su accionar. Y si bien algunas provincias ya exhiben reglamentaciones
al respecto, es necesario que la Nación tenga una normativa común para organizar
las campañas de concientización de los riesgos que se corren con el mal uso de los
envases, como también las políticas para con las empresas formuladoras,
importadoras o distribuidoras de los mismos y las fabricantes de máquinas
pulverizadoras.
En la actualidad algunas provincias
establecen destinos comunes de los envases para su disposición final. No en todos
lados existen plantas de reciclado o destrucción de los mismos, por lo que
terminan siendo centros de altísimo nivel de contaminación, ya que allí sólo se
concentran, generando zonas de alto riesgo ambiental.
Los Centros de Acopio Primarios
deben ser planificados, su número, ubicación y tamaño, para brindar el lugar
adecuado para la disposición final de los envases. El programa de recolección y
disposición final de envases de agroquímicos Agrolimpio funciona en 15 provincias,
entre las que se encuentran Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos, Tucumán, Salta,
Chaco, San Juan, Mendoza, Córdoba, Corrientes, Río Negro y Neuquén. Las seis
últimas, además, han firmado convenios que han permitido el incremento de la
cantidad de envases recolectados, la difusión de las BPA -Buenas Prácticas
Agrícolas- y que procuran garantizar que el producido de la recuperación y
transformación de un residuo agrícola como son los envases vacíos de
agroquímicos descontaminados, sea aplicado a un fin social.
Desde los distintos centros de estudio
tanto nacionales como provinciales se pueden desarrollar trabajos de investigación
que busquen nuevos destinos para estos residuos. Entendemos que estos trabajos
deben ser estimulados y financiados desde la Nación, con clara conciencia de la
necesidad de encontrar respuesta a este problema. Con la implementación del
Programa que estamos impulsando, las mismas empresas generadoras de los
fitosanitarios contribuirán con un fondo destinado específicamente para estos
estudios.
Con los últimos años de experiencia
en las provincias mencionadas, se puede decir que la clave central de todo el
proceso de reciclado de envases es la técnica del triple lavado. Si ésta se realiza a
conciencia, los niveles de restos de productos en el interior de los envases se
achican notablemente. Diversos trabajos de investigación del Instituto Nacional de
Tecnología Agropecuaria (INTA), como de Facultades y de la Cámara Argentina de
Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (CASAFE) demuestran que luego de realizar
esta práctica, el nivel de residuos es muy bajo. En el presente, varias empresas
que fabrican fumigadoras, conscientes de la importancia de avanzar en este
sentido, han incorporado distintos dispositivos que permiten realizar dicha práctica,
con resultados positivos.
La difusión e implementación de las
BPA es el gran desafío para producir un cambio cultural en el manejo que el
productor realiza con los envases de agroquímicos. Por eso también entendemos
necesario establecer la obligatoriedad de que todas las máquinas que salgan al
mercado posean este dispositivo, de manera que no haya limitantes para su
implementación. Las que ya se encuentran en funcionamiento deberán
incorporarlo de acuerdo a un plazo perentorio que reglamente la autoridad
competente, de manera que en un lapso razonable todas las máquinas se
encuentren en condiciones de incorporar esta práctica. Así se podrá también
eliminar el argumento de la diferencia de precio entre las tienen el dispositivo para
el lavado a presión. Será una medida que ayudará a disminuir en forma
significativa los residuos en los envases. Como ejemplo, en Francia y Holanda, a
los envases con triple lavado se los considera residuos domiciliarios, por su bajo
nivel de toxicidad.
Como antecedente en nuestro país,
podemos mencionar que el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria de
Mendoza (ISCAMEN) dictó la resolución 217/05 mediante la cual obliga a los
productores a someter los envases vacíos a la técnica del triple lavado, inutilizarlos
y llevarlos a los centros de acopio. Esta normativa es inédita en el país, porque
contempla la recategorización de los envases como no peligrosos, siempre y
cuando sean sometidos al triple lavado, y esa condición sea supervisada por
ISCAMEN. Aquellos envases con restos de agroquímicos tienen un trato diferencial
y son considerados residuos peligrosos.
En esta iniciativa, presentada
originalmente por el Diputado del Partido Socialista (MC) Lisandro Viale, partimos
del hecho incontrastable de que las empresas formuladoras necesitan de los
envases para la comercialización de sus productos, por lo que deben colaborar con
la sociedad para reducir los niveles de residuos. Mediante su aporte monetario se
fomentarán buenas prácticas agronómicas, se becará a estudiosos para un mejor
uso de los residuos y se fomentará el reciclado de los envases. También esto
estimulará el desarrollo de nuevas formas de envases, con otros materiales,
concentraciones de productos, tipos de formulados, que redunden en menores
niveles de contaminación.
Por todo lo expuesto es que
solicitamos a los integrantes de esta Honorable Cámara de Diputados que nos
acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ZABALZA, JUAN CARLOS | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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