Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 5674-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA INFORMACION DEL SEÑOR JEFE DE GABINETE DE MINISTROS CUANDO AFIRMO QUE FUE EL TITULAR DE LA EMPRESA VENEZOLANA PDVSA QUIEN SOLICITO A FUNCIONARIOS ARGENTINOS QUE FACILITARAN EL VIAJE AL SEÑOR ANTONINI WILSON EN UNA AERONAVE AL SERVICIO DEL ESTADO ARGENTINO.
Fecha: 18/12/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 166
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo informe sobre los siguientes puntos:
1. Explique el motivo y la base informativa en la que se basó el señor Jefe de Gabinete de Ministros, Dr. Alberto Fernández, cuando afirmó que fue el titular de la empresa estatal venezolana PDVSA quién solicitó a los funcionarios argentinos que facilitaran el viaje al Sr. Antonini Wilson en una aeronave al servicio del Estado argentino.
2. Cuál es la opinión del gobierno acerca del motivo por el cuál el funcionario venezolano solicitó la inclusión en el pasaje de un señor que llevaba esa valija de dinero.
3. Explique el motivo y la base informativa en la que se basaron funcionarios del gobierno argentino para afirmar que la introducción de la valija de dinero por parte del señor Antonini Wilson obedeció a una operación de inteligencia de una potencia extranjera distinta de Venezuela, hipótesis aparentemente contraria a la informada oportunamente por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
4. Explique el motivo y la base informativa en la que se basó el titular de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, Sr. Marcelo Saín, cuando declaró el 11 de agosto de 2007, en el programa televisivo conducido por Luis Majul, que el Sr. Antonini Wilson ofreció distribuir el dinero de la valija entre los funcionarios intervinientes en el operativo de seguridad aduanero y si algún funcionario argentino hizo la correspondiente denuncia penal por intento de soborno.
5. Informe el motivo por el cuál el presidente de la petrolera estatal argentina ENARSA, el señor Ezequiel Espinosa, en un comunicado oficial -que fuera leído en la Cámara de Diputados en la sesión del 8 de agosto de 2007-, afirmó dos veces que el señor Antonini "sin poner reparo alguno accedió a que se revise su contenido" (el de la valija), mientras que el señor Sain afirmó que una funcionaria de Seguridad Aeroportuaria fue la que obligó a abrir la valija luego de una negativa y de que el señor Antonini dijera que en ella había libros y luego 60 mil dólares.
6. Informe si la calificación de los hechos sobre la base de no pretender engañar a las autoridades aduaneras influyó para caracterizar a los hechos sucedidos como una mera infracción aduanera.
7. Informe si la calificación de los hechos como "infracción aduanera" y no como contrabando, permitió que el Estado argentino no tomara medida alguna para impedir la salida del país por parte del señor Antonini Wilson, inmediatamente después de los hechos mencionados.
8. Informe si hay causas judiciales abiertas por este caso en las que se evalúa la comisión del delito de contrabando.
9. Informe sobre los anteriores viajes efectuados por el Sr. Antonini Wilson al país, a los efectos de determinar cómo, cuándo y en qué medios de transporte ingresó el Sr. Antonini Wilson a la Argentina en los últimos dos años.
10. Informe si en alguno de los viajes efectuados por el Sr. Antonini Wilson a nuestro país, lo hizo acompañado por alguna de las personas presentes en el vuelo del día 4 de agosto de 2007.
11. Informe si en alguno de sus viajes, el Sr. Antonini Wilson se entrevistó con funcionarios de la Administración Pública. En particular si alguno de esos funcionarios pertenecen o pertenecieron al Ministerio de Planificación Federal, para lo cual el Poder Ejecutivo deberá informar, en virtud del decreto 1172/03 que establece la obligación de los funcionarios públicos de informar las entrevistas y reuniones que llevan a cabo.
12. Informe si existen registros de operaciones financieras en la base de datos del BCRA, cuyo titular sea el Sr. Antonini Wilson.
13. Informe si los pasajeros que abordaron el avión de alquiler cumplieron con los trámites migratorios y aduaneros impuestos por la legislación venezolana.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la madrugada del 4 de agosto de 2007, el avión Cessna Citation X matrícula N5113S aterrizó en el aeropuerto Jorge Newbery, trasladando ocho pasajeros. De ellos, tres eran funcionarios del gobierno argentino: el Sr. Claudio Uberti, director del Organismo de Control de Concesiones Viales (OCCOVI); su secretaria Victoria Beresiuk y el señor Ezequiel Espinosa, Presidente del Directorio de la petrolera estatal argentina ENARSA. Otros cinco pasajeros eran: Nelly Cardozo, Wilfredo Avila y Ruth Berreenes, asesores de la petrolera estatal venezolana PDVSA, Daniel Uzcategui Arnado, hijo del Vicepresidente de PDVSA y el Sr. Guido Alejandro Antonini Wilson. Con posterioridad al arribo y realizados los trámites migratorios, al pasar la valija del Sr. Antonini Wilson por el scanner, se detectó que en su interior no había libros, como informó su propietario, sino la suma de US$ 790.550, en billetes de dólar norteamericano de baja denominación. Desde ese momento se sucedieron hechos de suma gravedad que deben ser esclarecidos.
El 13 de agosto de 2007 realicé una presentación por ante la señora presidenta de la Unidad de Información Financiera (UIF), Contadora Rosa Catalina Falduto, solicitando se investigase la posible comisión del delito de lavado de dinero con motivo del hecho antes mencionado.
Simultáneamente, hice una presentación similar ante el señor juez federal interviniente en la investigación de los hechos, Dr. Jorge Ballestero, pidiendo se investigara, además, el detalle de las llamadas telefónicas cursadas por medio de las celdas de las compañías de teléfonos móviles con cobertura en el aeroparque Jorge Newbery, entre la hora 1 AM y las 5 AM del día 4 de agosto de 2007, requiriéndose información sobre origen, destino y titularidad de las líneas involucradas en cada comunicación.
Lamentablemente, a pesar del tiempo transcurrido, ni este diputado ni la ciudadanía tienen información sobre el avance de esas investigaciones, las que en el caso del organismo de control de lavado de dinero, son secretas por mandato legal.
En estas circunstancias nos encontramos, cuando nueva información proveniente del exterior da cuenta de que se habrían generado acciones de personas vinculadas al gobierno venezolano, para tratar de ocultar el origen o destino de los fondos ingresados ilegalmente a la Argentina. Tales eventuales hechos están siendo investigados por la Justicia estadounidense.
Algunas declaraciones efectuadas en el curso de esa investigación denuncian que el dinero habría estado destinado a financiar campañas políticas en la Argentina. Esta hipótesis implica un agravio espantoso a la dignidad de nuestro país y a la soberanía de nuestro pueblo, pues podría significar que potencias extranjeras pretenden influir -defendiendo, por definición, intereses extranjeros- en la libre expresión democrática de la voluntad del pueblo argentino. Ello debiera generar dolor y opresión a cualquiera de los nuestros.
En este contexto, la investigación ha provocado diversas declaraciones de funcionarios públicos, que no se condicen con declaraciones anteriores y ello meritúa, exige, obliga, a que se den las explicaciones del caso, pues lo que está en juego es el decoro de nuestra patria, su prestigio y la ubicación internacional que ella y sus hijos tendrán para desarrollar su vida en el futuro.
Por ello, solicitamos la urgente aprobación de la presente resolución, en resguardo de los derechos e intereses argentinos en juego.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y RECHAZO (VOTACION NOMINAL) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4156-D-2007, 5659-D-2007, 5674-D-2007 y 5685-D-2007 19/12/2007 RECHAZADO