PROYECTO DE TP
Expediente 5673-D-2015
Sumario: ESCUELAS PARTICIPATIVAS DE PADRES - ESPARPA -. CREACION.
Fecha: 20/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
El Senado y Cámara de Diputados...
Articulo 1.- Créanse
las Escuelas Participativas de Padres (EsParPa), como herramientas
que permiten mejorar los recursos educativos de los padres en su
función de tales, en el marco de la ley 26.061.
Son espacios donde los
padres/madres, aprenden, se capacitan, intercambian experiencias,
reflexionan colectivamente, debaten y toman decisiones conjuntas
cuya aplicación evalúan, sobre todas aquellas cuestiones educativas
de la infancia y de la adolescencia que consideren importantes.
La denominación
completa o el acrónimo EsParPa, pueden ser usados en forma
indistinta.
Artículo 2.- La
presente ley está dirigida a los padres, representantes legales, y/o
responsables en el cuidado de un niño o adolescente.
Artículo 3.- La
Escuela Participativa de Padres se incorpora al Proyecto Educativo
Institucional de cada unidad escolar.
Podrá funcionar, además,
en otras instituciones de la comunidad.
Artículo 4.- Las
EsParPa serán implementadas en forma gradual y progresiva.
Artículo 5.- La
Escuela Participativa de Padres (EsParPa) se implementará
respetando los siguientes principios, derechos y criterios:
a) los padres son los
primeros y naturales responsables de la educación de sus hijos;
b) la integración de la
escuela y la familia como factor importante para mejorar el
rendimiento académico, la autoestima, el comportamiento, la
asistencia a clase, y evitar la deserción escolar.
c) el derecho de los
padres como integrantes de la comunidad educativa a participar en
organizaciones de apoyo a la acción educativa de la escuela;
d) la educación como
proceso permanente;
e) el cultivo de los
valores: el amor por el país y por el prójimo, el respeto, la libertad, la
solidaridad, la cooperación, la perseverancia, la honestidad y la
dignidad del hombre; como elementos indispensables para la
construcción de una sociedad más justa;
f) el respeto por los
derechos de los niños y adolescentes;
g) el derecho de los hijos
a que se respete su integridad, dignidad, libertad de conciencia, de
expresión y a recibir orientación;
h) la promoción de
conductas sociales positivas en la familia, la unidad escolar, el grupo
de pares y la comunidad;
i) la influencia de las
conductas de los padres en el desarrollo de la personalidad de sus
hijos;
j) la importancia de la
autoestima y la trascendencia de ésta en la construcción de su
propio proyecto de vida;
k) el fomento del
conocimiento de sí mismo, de la autonomía, el cuidado de los valores
democráticos, de participación, colaboración, tolerancia y
solidaridad;
l) el estímulo de la
participación de los padres en la escuela y la importancia del trabajo
de estas dos instituciones en un mismo sentido;
m) la selección de los
objetivos, metodologías y contenidos de las EsParPa, han de estar
dirigidos a mejorar las condiciones de la infancia y la
adolescencia.
n) el reconocimiento de
las dificultades que se presentan en la familia actual y en las
comunidades locales, en relación a ella, de tal manera que permita
diagnósticos y búsqueda de soluciones compartidas de problemas
y/o temas que puedan concernir a sus hijos, tales como los que se
enuncian a continuación, sin agotarlos:
1) la valorización del
estudio y el trabajo como realización del hombre, de la sociedad y eje
vertebral del proceso social y educativo;
2) el impacto de los
conflictos familiares en el desarrollo de los hijos;
3) el contexto
sociocultural y su incidencia en la familia;
4) la resolución de
conflictos sin violencia;
5) límites y
permisividad;
6) el desarrollo de una
conciencia sobre nutrición, salud e higiene.
7) las enfermedades y las
dependencias psicofísicas;
8) la sexualidad desde
una perspectiva integral en las distintas etapas evolutivas
9) el fomento de las
actividades físicas y deportivas para posibilitar el desarrollo
armónico integral de los hijos;
10) la comprensión y
valoración de la diversidad, la equidad y la cuestión de género.
Artículo 6.- El órgano
de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Educación de la
Nación, con las siguientes funciones:
- Conformar un equipo
interdisciplinario para:
Realizar investigación-
acción en formación y Educación Familiar
Crear las estructuras
organizativas y metodológicas que faciliten y agilicen la participación
de los padres.
Elaborar materiales,
basados en investigaciones y experiencias nacionales e
internacionales, para la capacitación de los Directivos y docentes
como promotores y facilitadores de la creación y funcionamiento de
las EsParPa, donde los padres son los principales sujetos y
protagonistas de su propia formación.
Recoger, difundir y
potenciar las experiencias de EsParPa existentes.
Elaborar los contenidos
que contemplen la creación, seguimiento y evaluación de procesos y
objetivos de las Escuelas Participativas de Padres e incorporarlos a la
capacitación docente continua.
Elaborar y/o recopilar
material de apoyo en diversos soportes, impresos, audiovisuales, etc.
y ponerlos a disposición de las EsParPa, para ser trabajados en ese
ámbito.
Crear herramientas de
autoevaluación de objetivos, metodologías, procesos y resultados,
convirtiendo a los padres en protagonistas y responsables de su
propio proceso de formación.
Sensibilizar a la
comunidad de las bondades de la EsParPa, socializando los
resultados de las experiencias que han logrado las Escuelas de
Padres en nuestro país y en otros, en cuanto a la disminución de
problemas tales como la deserción escolar, bajo rendimiento,
alcoholismo, violencia y otros.
- Crear y/o gestionar
incentivos para los docentes que se capaciten en la función de
promotores y facilitadores de las EsParPa.
- Promover convenios con
otros ministerios, organizaciones no gubernamentales y asociaciones
intermedias a los efectos de realizar programas conjuntos;
- Convocar a concurso de
propuestas de proyectos, a ser ejecutados por la EsParPa;
- Las demás funciones
necesarias para el cumplimiento de los objetivos de esta ley.
Artículo 7.- La
inversión que resulte necesaria para la aplicación de la presente ley
se atenderá con:
a) Los recursos que
determinen los Presupuestos Nacional, Provinciales y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, especialmente los
provenientes de programas de estas Jurisdicciones que guarden
directa o indirecta relación con las acciones que surjan de la
aplicación de la presente ley.
b) Fondos ya existentes y
los que se reciban en el futuro de organismos e instituciones
nacionales e internacionales, destinados a ejecutar programas
relacionados con el logro de los objetivos de la presente ley.
c) Aportes que provengan
de personas físicas, entidades autárquicas y/o privadas y todo otro
recurso que se destine al cumplimiento de los fines de la presente
ley.
Artículo 8.- Invítase a
las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a
lo establecido por la presente ley, instrumentando acciones similares
y/o complementarias, adecuando su legislación educativa en
consonancia con la presente y de acuerdo a sus diversidades
regionales.
Artículo 9.- Esta ley
entrará en vigencia a partir de los 120 días de su publicación en el
Boletín Oficial.
Artículo 10.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Si se pretende una
sociedad con una mejor calidad de vida, se debe aspirar a lograr la
formación integral del individuo en todas sus facetas: como persona,
como profesional, como ciudadano y también como padre y madre, y
de esto se trata este Proyecto de Ley.
La Escuela Participativa
de Padres se enmarca dentro de las políticas públicas orientadas a
promover una sociedad inclusiva, integrada, democrática, tomando
como herramienta la educación como fundamental agente de
cambios. Tiende a proteger integralmente al niño y al adolescente, a
partir de fortalecer a la familia y a los padres en su función primera e
indelegable de primeros educadores de sus hijos.
Por tales razones, hemos
resuelto inscribir este proyecto de ley en los lineamientos básicos de
la recientemente sancionada ley 26061 de Protección Integral de los
Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, dictada en el mes de
setiembre del año pasado por el Congreso de la Nación Argentina,
como otro medio efectivo para asegurar el conocimiento, difusión y
aplicación práctica por parte de los mayores, de las normas
nacionales e internacionales reconocidas por el Derecho
Internacional, mas explícitamente, la Convención Internacional sobre
los Derechos de los Niños.
En efecto, esta novel
legislación nacional y sus principios rectores, todos inspirados en la
doctrina " del interés superior del niño", es muchas veces
desconocida por aquellas personas que tienen bajo su
responsabilidad la crianza, educación y cuidado de los menores,
razón por la cual, sujetar ahora este proyecto al espíritu de la ley
26061, a sus especiales características, otorgará a la Escuela
Participativa para Padres y a los objetivos que se propone, todo el
vigor necesario para su correcta y efectiva aplicación. No olvidemos
que esa ley, de protección integral, con suma inteligencia reconoce y
atribuye a los derechos por ella estatuidos la condición de orden
público, irrenunciables, interdependientes, indivisibles e
intransigibles (Conf. Art.2). y finalmente, cuenta entre sus objetivos
específicos el "fortalecimiento del rol familiar en la efectivización de
los derechos de las niñas, niños y adolescentes (conf. Art. 4 ley
26061), poniendo en cabeza del Estado, la obligación de "asegurar
políticas públicas, programas y asistencia apropiados para que la
familia pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para
que los padres asuman, en igualdad de condiciones, sus
responsabilidades y obligaciones" (art 7 ley 26061).
La Escuela Participativa
de Padres que estamos proponiendo, reconoce antecedentes en
experiencias como la Escuela de Padres, miembro de la Federación
Internacional para la Educación de Padres, organización
internacional en colaboración con la UNESCO, el Consejo Económico
Social de la ONU y la UNICEF; en Escuelas para Padres
implementadas en instituciones educativas en Europa, en
Norteamérica, en Latinoamérica, en nuestro país y en la provincia de
Misiones en donde es Ley, sancionada con el Número 3903 el 28 de
noviembre de 2002.
Más de 50
investigaciones científicas permiten reconocer las variables que se
deben tener en cuenta a la hora de poner en marcha el proyecto y
también de realizar tanto las capacitaciones, como la evaluación de
los objetivos y los procesos. Estas investigaciones muestran la
absoluta eficacia de las Escuelas Participativas de Padres, eficacia
que solo es posible si se considera a las EsParPa como proyectos
Institucionales y los facilitadores/docentes están capacitados y
tienen suficiente material de apoyo.
No estamos en absoluto
de acuerdo con posiciones que propugnan que las EsParPa deban ser
dirigidas por terceros. De ahí el desafío del agente facilitador, en la
mayoría de los casos docente, que debe orientar sin imponer, para lo
cual necesita una capacitación específica.
Investigaciones realizadas
en Escuelas de alta vulnerabilidad muestran como las EsParPa han
sido de gran ayuda para la retención escolar, el aumento del
rendimiento y la búsqueda de soluciones a problemas sociales que
los niños y adolescentes enfrentan en esta época que les toca
vivir.
La sociedad está
atravesada por una profunda crisis, el impacto de esta crisis golpea a
niños y a adolescentes. Como ejemplo nos remitimos a los hechos
que conmocionan a diario a la opinión pública en nuestro país:
consumo de alcohol, de drogas, violencia y muerte. Ante esta
situación la familia y la escuela, las dos principales instituciones
educadoras deben darse la mano para ofrecer una formación y un
acompañamiento más eficaz a niños y adolescentes, velando por sus
derechos y obligaciones.
La Escuela Participativa
de Padres que estamos proponiendo en este proyecto de ley es una
herramienta para lograrlo. Entendiendo que la Educación es una
responsabilidad de todos, propiciamos en este proyecto que las
Escuelas Participativas de Padres no funcionen sólo en las Escuelas,
sino también en ONGs, Centros Vecinales y toda otra organización
comunitaria que tenga que ver con el objeto que estamos
describiendo.
Propiciamos que esta
experiencia se extienda a todo el país y se integre a los planes de
estudios de todas aquellas carreras de formación docente y que estén
directa o indirectamente vinculadas a la Educación de manera tal
que los facilitadores/coordinadores puedan también ser por ejemplo,
psicopedagogos, psicólogos o Licenciados en Educación.
La tarea de actuar como
padres es de tal importancia que no parece acertado dejarlo sólo en
manos de la intuición o en la transmisión de la experiencia
generalizada. Asumir la responsabilidad de formar al nuevo ser
humano es un reto que requiere no sólo el deseo, sino también una
gran preparación.
Cuando el ser humano
llega a ser padre cuenta con las herramientas precarias de su propia
experiencia como hijo, sin muchas veces haber podido corregir
errores sobre sus patrones de crianza y sin muchas veces haber
podido experimentar nuevas posibilidades, o haber sido entrenado y
corregido para desempeñar el papel de padre por medio de la
experiencia, experiencia que finalmente adquiere empíricamente con
sus propios hijos; lo que pudo aprender por medio de ella ya no lo
podrá aplicar en sus hijos, pues estos ya habrán crecido.
Si bien el aprendizaje
social puede ayudar en este propósito, quienes mejor podrían
cumplir esta función socializadora y cultural son los núcleos
familiares y la familia extensa, quienes en nuestra actual sociedad,
se alejan cada vez más unos de otros, haciendo difícil este tipo de
aprendizaje.
Es por esto que vemos la
necesidad de dar la posibilidad a los padres de acceder a un
conocimiento que ha sido estudiado y avalado científicamente, de
forma congruente y con sentido que sea accesible a su rol parental y
les permita tener cierto conocimiento guía que les ayude en poder
propiciar una buena educación a sus hijos.
En la ley se propone que
este apoyo sea brindado a través del organismo de aplicación,
capacitación de coordinadores, material impreso o con otro tipo de
soporte, convenios con instituciones con objetivos afines y
complementarios a las escuelas de padres.
En contraste con otras
épocas, podemos afirmar que una de las características de nuestra
realidad es el cambio vertiginoso y sabemos de la renovación
constante de valores y conocimientos.
Vivimos en un mundo
muy cambiante y esta experiencia que podría brindar la familia
extensa a la que nos referíamos, deja de tener vigencia justamente
por estos cambios rápidos que se dan y de pronto el padre en su
función específica de educador, queda como desprotegido sin tener a
quién consultar para solucionar los problemas que como padre se les
presentan.
Es ahí que surge la
necesidad y el sentido de estas Escuelas Participativas de Padres que
podemos decir que tienen dos componentes bien específicos:
Uno, el aporte de la
sociedad científica a través de los documentos elaborados por una
comisión interdisciplinaria, que van a servir de apoyo a estos padres
organizados en la EsParPa y por el otro las decisiones que tomarán
esos padres después de tratar y reflexionar sobre los temas y
problemas que estén directamente relacionados con su función de
educar a su hijos, temas que tienen que ver con la psicología del
niño, con la nutrición, con su cuidado general, con la salud, con el
impacto en los niños y adolescentes de los problemas que pueda
tener la pareja; temas tan importantes como la resolución de
conflictos sin violencia, la drogadicción, el alcoholismo, la
importancia de los límites y muchos otros.
Entonces decíamos que
dos componentes se nuclean en la concreción de una Escuela
Participativa de Padres: por un lado, el aporte científico y por el otro,
el encuentro con otros padres y con los docentes para el intercambio
de experiencias.
Una Escuela Participativa
de Padres no tiene sentido si sólo se limita a ser un espacio de
reflexión teórica, adquiere significación cuando se contextualiza, es
decir, cuando mira la realidad, se comunica con ésta y trata de
solucionar problemas en el contexto propio en el que está
ubicada.
Por todo esto, adquiere
relevancia la educación de padres, que constituye una rama de la
educación de adultos, que trata de acompañar a las personas a
desempeñar con confianza y seguridad su función de padres.
En esta ley se instituye la
EsParPa, como un espacio de aprendizaje, donde el intercambio de
experiencias y la reflexión colectiva se convierten en herramientas
que permiten mejorar los recursos educadores de los padres y
docentes. También deben ser medios para dar a los padres y a las
madres, mayores recursos de acción y reivindicación sobre los otros
factores que inciden en la educación de la infancia y la
adolescencia.
Otra característica de las
EsParPa es que tienen un carácter abierto. La formación debe
enriquecerse con la colaboración de personas próximas a sus
problemas y que puedan aportar experiencias, conocimientos y
opiniones útiles para los padres y madres.
Decimos que estas
escuelas son un lugar de encuentro; en ellas distintas personas
coinciden para formarse y mejorar así todos aquellos aspectos que
condicionan el desarrollo de sus hijos e hijas y de una forma más
amplia, de la infancia y la adolescencia. En este sentido, podemos
destacar su carácter colectivo, la suma de las individualidades
produce una sinergia altamente positiva.
Todos, en nuestro ámbito
privado familiar, nos preocupamos por muchas cuestiones que
tienen que ver con el crecimiento de nuestros hijos y constante y
diariamente aprendemos. En una Escuela Participativa de Padres
además, se abordan colectivamente aquellas cuestiones que les
preocupan, se toman decisiones consensuadas y se evalúa su
impacto. De ser positivas, se replican y van constituyendo un
cúmulo de experiencias que respaldan y refuerzan otras
decisiones.
Es conveniente para
garantizar la continuidad de una EsParPa que exista un núcleo
básico relativamente estable, que asegure el trabajo grupal, a partir
de ahí podemos imaginar muchas combinaciones posibles de nuevos
asistentes e invitados. Desde padres y madres que motivados por un
tema atractivo para ellos, acuden una vez comenzadas las sesiones
formativas a profesores, a profesionales de la salud, los servicios
sociales o cualquier otra área especializada en la infancia y/o
adolescencia. Toda aquella participación que enriquezca a los padres
y madres es útil por sí misma.
Por la experiencia
podemos decir, que dos son las etapas que producen mayor estrés al
padre y a la madre en su función: en la primera infancia del niño
para los padres primerizos, y luego cuando tienen que afrontar los
problemas propios de la etapa adolescente de sus hijos.
Habitualmente, como
padres y madres aprendemos de nuestros hijos, de sus ensayos y
errores y de los nuestros, de lo que hablamos con nuestra pareja, de
lo que leemos en algún libro o revista. En una EsParPa se pueden
poner en común todas estas experiencias acumuladas, aprendiendo
básicamente de las experiencias y de las observaciones de otros
padres y madres y de los docentes como educadores, de los aportes
de los distintos profesionales que se dedican a trabajar por la
infancia y la adolescencia, y se aprende también cuando invitamos a
participar a algún profesor o a algún alumno.
En las EsParPa se da un
aprendizaje vivencial, porque son las realidades particulares las que
se ponen sobre la mesa, se aprende vivenciando y compartiendo.
Otras de las
características es el carácter instrumental, la formación de padres y
docentes es un medio para conseguir mejorar las condiciones de
crecimiento de nuestros hijos. La escuela de padres no puede ser un
lugar donde la elucubración se convierta en un fin en sí misma, y
donde padres, docentes, facilitadores y expertos erijan una muralla
ante la realidad, y se dediquen a estudiar cuestiones abstractas y
desconectadas del medio comunitario y social.
Por eso decimos que el
carácter contextualizado de la escuela no debe estar ausente, es
importante que a la hora de perfilar el proceso formativo, tengamos
en cuenta las características de nuestro entorno, sus posibilidades y
deficiencias, a partir del análisis de esta realidad conseguiremos
llegar a entenderla y aumentaremos nuestras posibilidades para
mejorarla.
La Escuela Participativa
de Padres debe tener siempre presente que su función y su finalidad
están más allá de las paredes donde se llevan a cabo sus sesiones,
están en todas y cada una de las cuestiones que condicionan a la
infancia y a la adolescencia, y en todos aquellos problemas que les
acechan.
Existen tres ámbitos
complementarios desde los que se debe partir, y a los que debemos
dirigir nuestra atención: el familiar, el educativo y el comunitario; si
una escuela para padres es un instrumento para mejorar situaciones
que preocupan a los padres y las madres, la selección de los
contenidos, los objetivos y su metodología han de ser
intencionadamente dirigidas a mejorar las condiciones de la infancia
y de la adolescencia.
Nuestros hijos van a
estar mejor, solo si conseguimos que otros chicos también lo estén.
Por ejemplo, si la preocupación que nos guía es la de prevenir la
drogadependencia, como padres de nuestros hijos debemos realizar
una serie de acciones en nuestro ámbito familiar, sin duda
importantes, ya que podemos aprender y buscar soluciones comunes
en una EsParPa, pero de la misma manera, será necesario para una
prevención eficaz del consumo de drogas por parte de niños y jóvenes
que seamos capaces de realizar actuaciones que vayan más allá de
las paredes de nuestros hogares y de nuestras escuelas y seamos
conscientes de que es preciso que consigamos para nuestros hijos,
espacios para el ocio, alternativos al bar y la cultura del alcohol,
fomentemos su asociación y la participación social, promovamos la
educación para la salud en las escuelas, y acometamos otra serie de
acciones que afectan por necesidad a muchos otros chicos de
nuestro pueblo, o de nuestro barrio.
Otra característica de la
EsParPa que proponemos para su realización, es que tenga un
carácter abierto, la formación debe enriquecerse con la colaboración
de personas próximas a sus problemas y que pueden aportar
experiencia, conocimiento y opiniones útiles para los padres y
madres y docentes.
Como una última
cualidad del modelo informativo participativo que estamos
proponiendo es el de querer tener un carácter dinámico. Debe ser
dinámica, flexible y adaptarse continuamente a las características y
necesidades de la escuela y su entorno.
La escuela de padres
debe ser capaz de avanzar sobre las primeras sesiones en las que se
define y consensúa un modo de trabajo, debe ser suficientemente
flexible como para variar su rumbo cuando las circunstancias, las
nuevas realidades o los problemas, alteren los presupuestos.
Por último, debe también
asumir sus críticas y conflictos, en ese sentido, también tiene que
ser capaz de abordar y enfrentar nuevos retos y nuevas tareas, que
la realidad cambiante puede colocar ante ella y que de hecho lo hace
de manera dinámica, a cada rato, una situación distinta. Es
necesario contar con herramientas eficaces para la evaluación tanto
de procesos como de objetivos para así ir corrigiendo y rectificando la
marcha cada vez que sea necesario.
De la misma forma, es
necesario que se sepa adaptar a las necesidades y demandas
cambiantes de sus integrantes. La motivación es un elemento
importante para el buen funcionamiento de una EsParPa. Junto a
todas las actividades de difusión y publicidad que se pueden realizar
para propiciar la participación de los padres y madres, una vez
puesta en marcha la EsParPa, un aspecto básico para su buen
desarrollo es que resulte motivadora para los asistentes. Esto
dependerá de una serie de factores entre los que podemos destacar
que los temas abordados surjan de los participantes, que
correspondan a sus necesidades y expectativas. Que la información
sea transmitida en un código adecuado para ellos, sin excesivos
tecnicismos ni se traten de forma superficial. La participación activa
de los asistentes, como el trabajo grupal y el intercambio de
experiencias, los convierten en uno de los ejes básicos de la
EsParPa.
A modo de síntesis,
decimos que la EsParPa es un espacio para el trabajo sistemático de
reflexión y aprendizaje acerca de los aspectos psicológicos y sociales
del desarrollo humano, la familia, el niño y el adolescente, realizado
en un período relativamente extenso y previamente establecido de
tiempo.
Es un autoaprendizaje, a
través de la reflexión, sobre la propia experiencia y el diálogo con
otros padres y docentes. Es un lugar donde todos aprenden de todos.
Es un recurso educativo para la formación de los padres y
educadores, en beneficio directo de los niños y jóvenes, y de la
sociedad.
Como órgano de
aplicación, estamos proponiendo al Ministerio de Educación y
estamos propiciando que el espacio físico sea brindado por las
escuelas, en una apertura a la comunidad y también por otras
instituciones educativas que presten sus instalaciones al efecto.
Estamos sugiriendo, a
diferencia de las experiencias que hasta ahora tenemos conocimiento
de que existen, que no funcionen solamente en escuelas, sino
también en otras organizaciones de la comunidad. Creemos que de
esta manera estamos contribuyendo para que la conciencia de que la
educación es un problema de todos, se vaya haciendo realidad.
La mejor Escuela
Participativa de Padres no existe. Sólo existen buenas EsParPa,
cuando apuntan a las necesidades de sus integrantes y realizan
aportes útiles y positivos.
Es por eso, que pido a
mis pares que acompañen con su voto afirmativo este proyecto, que
estamos convencidos que es una contribución para mejorar la
calidad de la función específica de los padres, como principales
educadores de sus hijos, función indelegable.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |