PROYECTO DE TP
Expediente 5672-D-2010
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA REGLAMENTACION DE LA LEY 26485, DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS MUJERES.
Fecha: 06/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar su
Beneplácito por la Reglamentación de la Ley 26.485 de Protección
Integral de las Mujeres, que Protege a las Mujeres de la Violencia de
Genero.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El decreto Nº
1011/2010, aprueba "la reglamentación de la Ley Nº 26.485 que
refiere a la protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la
violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen
sus
relaciones
interpersonales".
La norma fue
sancionada en marzo de 2009 y tiene como órgano de aplicación al
Consejo Nacional de las Mujeres (CNM). Esta norma es producto de
años de esfuerzo de miles de mujeres que han luchado
inclaudicablemente por alcanzar un espacio de igualdad real de
oportunidades y de trato.
Desde su creación, en
1992, el CNM no pudo superar barreras estructurales, como la baja
jerarquía institucional dentro del esquema estatal, el escaso plantel
profesional y un presupuesto ineficiente, que ronda los 5,5 millones
de pesos y que no siempre ejecuta en su totalidad.
El texto de la reglamentación es el resultado de largas consultas con
ONG, juristas, académicos y expertos en violencia de género, y
representa un avance significativo en la garantía de los derechos de
las mujeres.
Según la Dirección
Nacional de Política Criminal, en 2007 se reportaron 10.557 delitos
contra la integridad sexual, pero sólo el 12,7% resultaron en
sentencias condenatorias; en 2008, se recibió una denuncia por
violación cada 2 horas y media, y en la mitad de los casos, las
víctimas fueron
menores de
edad.
A diferencia de la
antigua normativa, no sólo protege a las mujeres de la violencia
doméstica, sino que previene y sanciona las conductas que, de
manera directa o
indirecta, tanto en el ámbito público como el privado, y basadas en
una relación desigual de poder, afectan la vida, la libertad o la
seguridad personal de las mujeres.
En este sentido, el
abordaje incluye la violencia física, psicológica, sexual, reproductiva,
obstétrica, económica y simbólica, sufrida tanto en el ámbito familiar
como en los espacios institucionales, laborales, en organismos
públicos, partidos políticos, sindicatos, empresas y en los medios de
comunicación.
Es una norma que rebasa las fronteras de la violencia doméstica
para avanzar en la definitiva superación del modelo de dominación
masculina, proporcionando una respuesta sistémica a la
problemática, con una dimensión transversal que proyecta su
influencia sobre todos los ámbitos de la vida.
La presente norma
contextualiza y relaciona esta violencia con políticas integrales de
género, dimensionando la situación jurídica, política, social y cultural
de las mujeres y el conocimiento y reconocimiento de sus derechos
ciudadanos", para luego remarcar que "entre los derechos
protegidos también se incluyen los derechos de los niños y niñas y
adolescentes".
Asimismo la ley, es
acorde con el marco general de los derechos y garantías que
consagra nuestra Constitución, los tratados internacionales de
derechos humanos suscriptos y las políticas públicas de carácter
social y político que sanciona nuestra legislación interna.
La ley otorga un
reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres y ese
reconocimiento está fijado en sus objetivos y en la enumeración de
los derechos protegidos; se promueven y garantizan los derechos de
las mujeres a vivir una vida libre de violencia y sin discriminación en
todos los órdenes de la vida, el respeto a su dignidad, a la salud,
educación y seguridad personal, a la información y derechos
reproductivos, el acceso a la justicia y a recibir una asistencia
integral y oportuna.
La ley protege no sólo
de la violencia física, también de la psicológica, sexual, reproductiva,
obstétrica, económica y simbólica sufridas tanto en el ámbito
familiar, como en el institucional, laboral o mediático.
Busca el trato igualitario para las mujeres, la deslegitimación de la
violencia contra ellas, la remoción de patrones culturales
estereotipados y el acceso a la justicia de las mujeres
maltratadas.
Por todo lo expuesto,
solicito a mis pares me acompañen con la aprobación de este
Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DAMILANO GRIVARELLO, VIVIANA MONICA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |