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PROYECTO DE TP


Expediente 5668-D-2011
Sumario: BENEFICIOS FISCALES A LAS INVERSIONES: PRORROGAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 LOS PLAZOS DE LOS ARTICULOS 2 Y 5 DE LA LEY 26360, SOBRE PROMOCION DE INVERSIONES EN BIENES DE CAPITAL Y OBRAS DE INFRAESTRUCTURA.
Fecha: 18/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


"Facultad del Poder Ejecutivo Nacional para prorrogar los plazos establecidos en la ley Nº 26.360 (de beneficios fiscales a las inversiones)"
ARTICULO 1º - Facúltese al Poder Ejecutivo a prorrogar los plazos establecidos en los artículos 2º y 5º de la Ley 26.360 para el acogimiento al régimen transitorio de promoción de inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura hasta el 31 de diciembre de 2015.
ARTÍCULO 2º - Los proyectos tendrán principio efectivo de ejecución cuando las erogaciones a las que se refiere el 2º de la Ley 26.360 se hubieran realizado entre el 1º de Enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2015.
ARTÍCULO 3º - La autoridad de aplicación reglamentará la situación de las obras iniciadas con anterioridad al 1º de Enero del 2012.
ARTÍCULO 4º - El Poder Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación, arbitrará un mecanismo de distribución de los beneficios contemplados en la Ley 26.360 de manera proporcional y equitativa entre las provincias, con el fin de promover el desarrollo industrial de cada una de las mismas.
ARTÍCULO 5º - Anualmente se fijarán las partidas presupuestarias asignadas a efectos del artículo precedente.
ARTÍCULO 6º - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto prorrogar el Régimen transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital nuevos destinados a la actividad industrial y para las obras de infraestructura que fuera creado por la Ley 26.360. Para tal fin, se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a realizar dicha prórroga hasta el 31 de diciembre de 2015.
Cabe recordar que dicha ley propicia el establecimiento de un régimen para el tratamiento fiscal de las inversiones, y que dio continuidad al régimen instituido por la Ley Nº 25.924 sancionada en septiembre de 2004.
Al respecto, cabe mencionar las siguientes consideraciones:
El país ha desarrollado en los últimos años políticas tendientes a sostener una tasa de inversión del VEINTICUATRO POR CIENTO (24%) anual lo que genera un marco de certidumbre en la política económica. Además, se garantizó desde el periodo 2003 en adelante un permanente estado de previsibilidad en la demanda, y de mantener un nivel de inversión pública que fue rondando el 4,5 % del PBI.
A su vez, en los últimos años se recuperaron numerosas fábricas que sufrieron las consecuencias de las políticas económicas desarrolladas en la década de los 90 y dada la creación de la Ley 26.684, que propicia el mismo objetivo, se espera que las cantidad de fábricas recuperadas sean muchas más.
Además, se torna necesario consolidar la favorable tendencia hacia la sustitución de importaciones que se ha dado de manera permanente en los últimos años a través de incentivos a la inversión instrumentados con mecanismos que atemperen el impacto impositivo en el sector privado.
Ya en los fundamentos de la Ley 26.360 se observaba que la misma tenía como finalidad el de otorgar "... un horizonte de mediano plazo para la realización de nuevos proyectos de inversión" y que "...para alcanzar un desarrollo económico dinámico y equilibrado, dadas las heterogeneidades intersectoriales e interregionales existentes, resulta necesario aplicar una estrategia de desarrollo productivo que establezca prioridades respecto de los sectores industriales y las regiones geográficas a atender para establecer la asignación del cupo fiscal previsto en el proyecto de ley propiciado".
Asimismo se destaca la necesidad de seguir incrementando la capacidad productiva y generar nuevos puestos de trabajo ya sea en forma directa o indirecta para lo cual es indispensable la continuidad de un régimen fiscal que propicie las inversiones productivas.
Entonces, y a modo de conclusión, a través del presente proyecto de ley se estimula la inversión, que es el motor del crecimiento de largo plazo de la economía y la consecuente creación de puestos de trabajos genuinos.
Por los motivos antes expuesto, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
YARADE, FERNANDO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)