PROYECTO DE TP
Expediente 5668-D-2011
Sumario: BENEFICIOS FISCALES A LAS INVERSIONES: PRORROGAR HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2015 LOS PLAZOS DE LOS ARTICULOS 2 Y 5 DE LA LEY 26360, SOBRE PROMOCION DE INVERSIONES EN BIENES DE CAPITAL Y OBRAS DE INFRAESTRUCTURA.
Fecha: 18/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
El Senado y Cámara de Diputados...
"Facultad del Poder Ejecutivo
Nacional para prorrogar los plazos establecidos en la ley Nº 26.360 (de beneficios
fiscales a las inversiones)"
ARTICULO 1º - Facúltese al Poder Ejecutivo a
prorrogar los plazos establecidos en los artículos 2º y 5º de la Ley 26.360 para el
acogimiento al régimen transitorio de promoción de inversiones en bienes de capital y
obras de infraestructura hasta el 31 de diciembre de 2015.
ARTÍCULO 2º - Los proyectos tendrán
principio efectivo de ejecución cuando las erogaciones a las que se refiere el 2º de la Ley
26.360 se hubieran realizado entre el 1º de Enero de 2012 y el 31 de diciembre de
2015.
ARTÍCULO 3º - La autoridad de aplicación
reglamentará la situación de las obras iniciadas con anterioridad al 1º de Enero del
2012.
ARTÍCULO 4º - El Poder Ejecutivo, a través de
la autoridad de aplicación, arbitrará un mecanismo de distribución de los beneficios
contemplados en la Ley 26.360 de manera proporcional y equitativa entre las provincias,
con el fin de promover el desarrollo industrial de cada una de las mismas.
ARTÍCULO 5º - Anualmente se fijarán las
partidas presupuestarias asignadas a efectos del artículo precedente.
ARTÍCULO 6º - Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por objeto prorrogar
el Régimen transitorio para el tratamiento fiscal de las inversiones en bienes de capital
nuevos destinados a la actividad industrial y para las obras de infraestructura que fuera
creado por la Ley 26.360. Para tal fin, se autoriza al Poder Ejecutivo Nacional a realizar
dicha prórroga hasta el 31 de diciembre de 2015.
Cabe recordar que dicha ley propicia el
establecimiento de un régimen para el tratamiento fiscal de las inversiones, y que dio
continuidad al régimen instituido por la Ley Nº 25.924 sancionada en septiembre de
2004.
Al respecto, cabe mencionar las siguientes
consideraciones:
El país ha desarrollado en los últimos años
políticas tendientes a sostener una tasa de inversión del VEINTICUATRO POR CIENTO
(24%) anual lo que genera un marco de certidumbre en la política económica. Además, se
garantizó desde el periodo 2003 en adelante un permanente estado de previsibilidad en la
demanda, y de mantener un nivel de inversión pública que fue rondando el 4,5 % del
PBI.
A su vez, en los últimos años se recuperaron
numerosas fábricas que sufrieron las consecuencias de las políticas económicas
desarrolladas en la década de los 90 y dada la creación de la Ley 26.684, que propicia el
mismo objetivo, se espera que las cantidad de fábricas recuperadas sean muchas
más.
Además, se torna necesario consolidar la
favorable tendencia hacia la sustitución de importaciones que se ha dado de manera
permanente en los últimos años a través de incentivos a la inversión instrumentados con
mecanismos que atemperen el impacto impositivo en el sector privado.
Ya en los fundamentos de la Ley 26.360 se
observaba que la misma tenía como finalidad el de otorgar "... un horizonte de mediano
plazo para la realización de nuevos proyectos de inversión" y que "...para alcanzar un
desarrollo económico dinámico y equilibrado, dadas las heterogeneidades intersectoriales
e interregionales existentes, resulta necesario aplicar una estrategia de desarrollo
productivo que establezca prioridades respecto de los sectores industriales y las regiones
geográficas a atender para establecer la asignación del cupo fiscal previsto en el proyecto
de ley propiciado".
Asimismo se destaca la necesidad de seguir
incrementando la capacidad productiva y generar nuevos puestos de trabajo ya sea en
forma directa o indirecta para lo cual es indispensable la continuidad de un régimen fiscal
que propicie las inversiones productivas.
Entonces, y a modo de conclusión, a través del
presente proyecto de ley se estimula la inversión, que es el motor del crecimiento de largo
plazo de la economía y la consecuente creación de puestos de trabajos genuinos.
Por los motivos antes expuesto, solicito a mis
pares acompañen el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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YARADE, FERNANDO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |