PROYECTO DE TP
Expediente 5663-D-2007
Sumario: EXPRESAR REPUDIO A LA LEY VOTADA POR LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES EN LA QUE SANCIONA UNA AMNISTIA POR INFRACCIONES A LA LEY 268 Y AL CODIGO ELECTORAL NACIONAL.
Fecha: 13/12/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar su repudio y condena a la Ley
votada por la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la que sanciona
una amnistía por infracciones cometidas a la Ley 268 y al Código Electoral
Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con la reducida oposición de tan
sólo 7 legisladores, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, sancionó una
amnistía a la Ley 268, que entre otros limita los gastos de campañas políticas,
excedidos por los tres candidatos más votados, Macri, Filmus y Telerman.
También se otorgó amnistía a los restantes incumplimientos de esa ley -plazos y
modalidades publicitarias- que pena las violaciones con multas y hasta con la
imposibilidad de ejercer cargos públicos en el futuro. La ONG Poder Ciudadano
ha denunciado a los tres candidatos por "una política deliberada de ocultamiento
o encubrimiento" de gastos declarados por partidos y alianzas.
La norma fue votada positivamente
por los siguientes legisladores: Acuña, Amoroso, Asinelli, Baltroc, Bergenfeld,
Blasco, Caeiro, Cantero, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, De Estrada,
Devoto, Failde, Farías Gómez, García, Godoy, Kravetz, La Ruffa, Majdalani, Meis,
Melillo, Michetti, Morando, Mouzo, Olivera, Olmos, Rabinovich, Santilli, Saya,
Smith, Suppa, Talento, Urdapilleta, Vitali y Zago. Por otro lado se registraron los
siguientes votos negativos: Bidonde, Estenssoro, Hourest, Lo Guzzo, Molina,
Parada y Rebot.
La ley 268 que fue sancionada en
1999, en su artículo 8 establece que "los partidos políticos, alianzas y
confederaciones, pueden realizar gastos destinados a la campaña electoral por
una suma máxima para cada categoría que en ningún caso puede superar lo
cuarenta centavos por elector". En relación a ello los tres principales candidatos
a la jefatura porteña fueron acusados por la ONG Poder Ciudadano por haber
gastado mas de lo permitido y no informar verazmente los costos de los diversos
rubros que componen la realización de una campaña electoral.
También la ley establece que la
campaña no podrá iniciarse hasta 60 días antes de la fecha fijada, la prohibición
de realizar publicidad institucional por parte del Gobierno de la Ciudad y la
obligatoriedad de la publicidad gráfica en vía publica de identificar la imprenta
actuante a fin de contabilizar de manera fehaciente el gasto. Todos lo artículos
fueron ostensiblemente violentados por los principales candidatos, pero ahora
mediante esta ley fueron autoamnistiados.
Por las razones antes expuestas, es
que pongo este proyecto a disposición de mis pares y les solicito que me
acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |