PROYECTO DE TP
Expediente 5660-D-2013
Sumario: CONVOCAR DE MANERA URGENTE, A LA H. CAMARA DE DIPUTADOS, AL DOCTOR JULIO FERNANDO VITOBELLO, FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA OFICINA ANTICORRUPCION, PARA QUE EXPLIQUE POR QUE NO HA PROCEDIDO EN LA INCOMPATIBILIDAD DE OFICIO EN TORNO A LA RELACION EMPRESARIAL QUE UNEN AL CONTRATISTA DEL ESTADO, SEÑOR LAZARO BAEZ Y LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA NACION, DOCTORA CRISTINA FERNANDEZ DE KIRCHNER.
Fecha: 08/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Convocar de manera urgente, a esta
Honorable Cámara, al Dr. Julio Fernando Vitobello, Fiscal de Control Administrativo
de la Oficina Anticorrupción, para que explique por qué no ha procedido en la
incompatibilidad de oficio en torno a la estrecha relación empresarial que unen al
contratista del Estado, Sr. Lázaro Báez y la Sra. Presidente de la Nación, Dra.
Cristina Fernández de Kirchner y específicamente en torno al condominio de la
propiedad que poseen sobre la margen sur del Lago Argentino, en El Calafate,
Provincia de Santa Cruz, tal como por ley está facultado a hacerlo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Consideramos que la Ley de Ética
Pública está siendo claramente incumplida por la Presidente de la Nación, la Dra.
Cristina Fernández de Kirchner. Y que el Fiscal de Control Administrativo de la
Oficina Anticorrupción, el Dr. Julio Fernando Vitobello, tendría que haber actuado
de oficio frente a las sucesivas denuncias públicas que se han efectuado en este
sentido.
Motiva esta citación, el condominio de
la propiedad que poseen la Presidente y el Sr. Lázaro Báez sobre la margen sur del
Lago Argentino, en El Calafate, Provincia de Santa Cruz, propiedad que tiene una
extensión de más de 87.000 metros cuadrados. Ambos comparten en partes
iguales el terreno en condominio. Eran tierras fiscales que la jefa del Estado
adquirió en 2006 a 1,19 pesos el metro cuadrado, y dos años después, permutó la
mitad a la empresa Austral Construcciones, propiedad de Báez. Debemos recordar
que el empresario, cuantiosamente beneficiado con la adjudicación de obras
públicas, se encuentra denunciado en la causa por lavado de dinero.
Las casi nueve hectáreas se
encuentran a unos diez kilómetros del centro de El Calafate, en un sector
denominado Punta Soberana, que fue loteado como chacra. Para llegar a él se
debe transitar por el Paseo Costanero, una calzada asfaltada, iniciada en 2007
precisamente por la empresa Austral Construcciones, de Lázaro Báez y que aún no
está concluida.
De los más de 200.000 m2 que los
Kirchner adquirieron a partir de 2003 a precio fiscal de 7,50 pesos el metro
cuadrado, este predio es el de mayor extensión. Tiene 87.041,15 m2 y se
encuentra ubicado en una zona rural, según quedó anotado en el informe de
dominio 5285 del Registro de la Propiedad Inmueble de Santa Cruz. Es allí también
donde se registra que con el tiempo Cristina Kirchner y Lázaro Báez se convirtieron
en copropietarios.
La compra del terreno la encaró la
jefa del Estado en pleno auge de la compra de tierras de funcionarios kirchneristas
llevados por el bajo costo de la tierra y el impulso que le daría al lugar el
matrimonio presidencial.
Entre las compras resaltaban los
87.000 m2 que por decreto municipal 481/2006 adjudicó la venta a favor de
Cristina Kirchner, estaba destinada a chacra y al momento de otorgársela era fiscal
y libre de adjudicación. En el decreto se establecía también que se debían
presentar en 30 días ante el municipio los planos de una obra para construir una
superficie mínima de 45 metros.
Según un informe del estado jurídico
del dominio del terreno, la jefa del Estado anotó la propiedad en el Registro de la
Propiedad Inmueble de Santa Cruz en 2007 y allí declaró que el costo de la compra
fue de 104.449,38 pesos, es decir, a un valor de 1,19 pesos el metro cuadrado, un
precio sospechoso ya que a simple vista se ve que el mismo constituye un precio
vil, dado que según establecieron las ordenanzas municipales de esa época, el
valor de la tierra en zona rural era menor que el de zonas urbanas fijado entonces
en 7,50 pesos, aunque está diferencia resulta totalmente llamativa.
El documento oficial permite
establecer que en 2008, y con los oficios del escribano Leandro Albornoz, se
estableció el carácter de la fracción de parte indivisa para realizar una permuta
sobre él.
El 11 de julio de 2008 quedó
asentado en el informe de dominio que Austral Construcciones -la empresa insignia
de Lázaro Báez- compró a través de una permuta por el valor de 150.000 pesos el
50% del terreno. En tanto que del otro 50%, la copropietaria es Cristina
Fernández, casada entonces con Néstor Kirchner. Ése es el último registro que
presenta el informe de dominio y que es copia auténtica del original que acredita la
situación jurídica registral del inmueble al 19 de junio de 2013.
Tristemente consideramos que la
actual Presidente ha obtenido información en su calidad de funcionaria para
beneficio personal y de sus empresarios amigos. Nos enfrentamos aquí frente a
una mandataria que habiendo ejercido toda su vida como funcionaria pública en
los distintos escalafones del Estado se ha enriquecido de manera estrepitosa.
Consecuentemente, se abre en su entorno un abanico de personajes que, con
dudosa situación judicial, sacando provecho a sus buenas relaciones con el
Kirchnerismo se vuelven beneficiarios de un sinfín de negocios a costa del Estado.
Ante la Oficina Anticorrupción hemos
realizado una denuncia por la aceptación de la familia Kirchner de Mausoleo
construido por el empresario Báez para que descansen los restos del ex Presidente
Néstor Kirchner. La ley de ética pública prohíbe tajantemente que un funcionario
público acepte regalos o dádivas de un contratista del Estado.
Las sucesivas denuncias demuestran
que la relación entre la Presidente, y el empresario Báez deben ser
minuciosamente investigadas ya que las sospechas de una sociedad espurias
vulneran los incisos f y g del artículo 2 de la Ley de Ética Pública: f) Proteger y
conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines
autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de
sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o
de permitir su uso en beneficio de intereses privados; g) Abstenerse de usar las
instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus
familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o
promover algún producto, servicio o empresa.
Por lo expuesto, es que le solicitamos
Sr. Presidente la aprobación del presente pedido de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION POR TODOS |
TONELLI, PABLO GABRIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
MILMAN, GERARDO | BUENOS AIRES | GEN |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
LEGISLACION PENAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 132 (2014), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |