PROYECTO DE TP
Expediente 5658-D-2011
Sumario: EXPRESAR RECHAZO A LA CONTINUIDAD DE LA EMPRESA TRENES DE BUENOS AIRES S.A. -TBA S.A- COMO ENTE CONCESIONARIO DEL SERVICIO PUBLICO DE PASAJEROS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 18/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Expresar nuestro más enérgico
rechazo a la continuidad de la empresa Trenes de Buenos Aires S.A. -TBA S.A.-
como ente concesionario del servicio público de pasajeros de las ex líneas
Sarmiento y Mitre, así como también de su participación en la Unidad de Gestión
Operativa Ferroviaria de Emergencia -UGOFE- en calidad de operador encargada
del gerenciamiento de las ex líneas metropolitanas de pasajeros San Martín, Gral.
Roca y Belgrano Sur, debido a los fehacientes incumplimientos que se han
registrado desde el comienzo de su gestión y responsabilidad contractual hasta la
fecha.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La privatización de los servicios
ferroviarios bajo la modalidad de concesiones, inaugurada en los años noventa,
tuvo como justificación dar solución a una demanda del servicio insatisfecha en
calidad y cantidad. Puntualmente, el contrato firmado por el Estado Nacional y la
empresa Trenes de Buenos Aires, S.A. -TBA S.A.- sostiene entre sus Declaraciones
y Principios: "El Estado Nacional, a través del presente, instrumenta un emprendi-
miento de notable envergadura, para ofrecer un mejor servicio de transporte
público ferroviario de pasajeros -de superficie y subterráneo- que sea a la vez
eficiente, seguro y confiable... El Concedente espera que los Concesionarios
privados empleen modernas técnicas de gestión para mejorar la eficiencia y la
calidad de los Ferrocarriles Metropolitanos..."
A la luz de los acontecimientos
trágicos producidos el corriente año, el primero ocurrido el 16 de febrero en la ex
línea San Martín, a partir de la colisión entre dos formaciones de trenes, una
operada por la empresa Ferrobaires y otra por la UGOFE -grupo empresario
integrado por los operadores TBA S.A., Metrovias S.A. y Ferrovías S.A.C.-, debido
-según declaraciones de los maquinistas- a la deficiencia en el sistema de
señalamiento, con un saldo final de 4 personas fallecidas y más de 100 personas
heridas. Y un segundo choque, acaecido el pasado 13 de septiembre entre un
colectivo de la línea 92 y una formación de la ex línea Sarmiento de la empresa
TBA S.A., a partir del cruce del colectivo en un paso a nivel con barreras colocadas
en 45 grados, arrojando un saldo final de 11 víctimas fatales y más de 200
personas heridas; se hace necesario redimensionar todas las denuncias y
observaciones formuladas por la Auditoría General de la Nación -AGN- a la gestión
de la empresa TBA S.A. desde el inicio de su responsabilidad contractual.
En los informes redactados por la
AGN queda en plena evidencia la falta del debido mantenimiento necesario -gastos
operativos- para la adecuada conservación de los bienes públicos ferroviarios.
Gracias a ello, los mismos bienes de capital han sufrido una acelerada
desvalorización y llevando a incrementar la probabilidad de ocurrencia de siniestros
por esta causa.
Entre todas las observaciones de la
AGN a la empresa TBA S.A. merecen ser destacadas las siguientes:
"...deben destacarse principalmente las
falencias detectadas en el sistema de enclavamiento de las puertas de los coches eléctricos
de la ex Línea Sarmiento. Esta anormalidad se relaciona directamente con la seguridad del
servicio y tiene incidencia en el control de la seguridad pública, que deben llevar a cabo los
organismos competentes, como lo demuestran los casos que son de público
conocimiento."
"Si se analizan las observaciones
efectuadas en los operativos de control realizados por la GST, surge que las
falencias más frecuentes, y en general recurrentes en casi todas las unidades
inspeccionadas, que tienen directa relación con la falta de mantenimiento, son:
Falta de certificado de habilitación; Certificados de habilitación técnica vencidos;
Falta de indicación visible del sistema de despresurización de puertas para casos
de emergencia; Sistema de enclavamiento de puertas inoperativo; Falta de manija
de freno de emergencia; Freno de mano inoperante; Volante de freno de mano
faltante; Ventanas c/ rejas de alambre fijas; Cilindro de freno inoperativo; Zapata
de freno fuera de banda de rodadura o acanalada; Banda de rodadura deformada
o exfoliada o acanalada o con lenguetas de material; Pestañas de ruedas fuera de
norma; Pedestal de ruedas figurados; Falta collar de control de ultrasonido; Falta
de redentores de puertas; Falta de luces de cola.- Cabe recordar que en todos los
casos se recomendó a TBA normalizar las anomalías constatadas antes de poner
las unidades en servicio.".
"Los distintos componentes del
sistema de vía presentan un estado deficitario ante lo cual, y como paliativo de la
situación, se impone restricciones a las velocidades máximas de circulación.- Por
su parte, los Pasos a Nivel (PAN) evidencian déficit en su estado de conservación,
observándose que el Concesionario no efectúa la normalización de la totalidad de
las falencias constatadas por la CNRT en ellos.- El estado general de
mantenimiento edilicio de las estaciones que componen las Líneas Mitre y
Sarmiento, así como el estado de los cerramientos perimetrales, es deficitario.- En
cuanto al material rodante, TBA no realiza un mantenimiento adecuado. Tampoco
brinda respuesta técnica, en tiempo y forma, a las irregularidades detectadas por
la CNRT mediante sus inspecciones de seguridad a dicho material; constatándose
además, que las unidades que se utilizan para la prestación del servicio, presentan
anomalías que afecta el confort de los usuarios.- A juzgar por el deficitario estado
general de conservación que presenta el sistema, la gestión del Concesionario
puede caracterizarse como ineficaz, dado que no se observa para el
mantenimiento, una respuesta técnica acorde al estado en que se encuentran los
bienes concesionados."
Por su parte, la AGN redactó en 2007
un informe de gestión de la UGOFE, donde destaca deficiencias del operador a
cargo de la prestación del servicio metropolitano de pasajeros de la ex línea San
Martín: "En lo que respecta al estado actual de las instalaciones ferroviarias, se ha
verificado un déficit en el estado de limpieza y conservación del 36,8% de las
estaciones que componen el sistema ferroviario.- Asimismo, se puedo advertir -
entre otros aspectos- acumulación de grasa sobre el balasto en la zona de vías de
todas las estaciones, lo que afecta la efectividad de este componente del sistema
de drenaje de la estructura de la vía férrea, pudiendo ocasionar inconvenientes en
la seguridad operativa."
Resulta pertinente subrayar que las
deficiencias registradas en todos los servicios de trenes no han sido debidamente
sancionados por el Estado a causa de la falta de un nuevo régimen de penalidades
en el marco de la emergencia ferroviaria decretada en 2002. En ese mismo
Decreto se estableció "Que corresponde, también, adecuar el régimen de
penalidades en función de los respectivos Programas de Emergencia de Obras y
Trabajos Indispensables y de Prestación del Servicio que fueren aprobados por la
Autoridad de Aplicación". De esta manera, en connivencia con los organismos del
Estado responsables de cumplir con la normativa, TBA mantiene una permanente
situación deficitaria evidenciada en la serie de incumplimientos constatados en la
prestación del servicio público ferroviario en detrimento del patrimonio público y de
los usuarios.
Finalmente, a pesar de no contar con
el nuevo régimen de penalidades dispuesto por el Decreto 2075/2002, el mismo
Gobierno Nacional, por esas mismas deficiencias, argumentó y justificó en 2004 la
rescisión del contrato de la empresa Transportes Metropolitanos General San
Martín S.A. -Decreto 798-, como así también en 2007 decretó la rescisión del
contrato de la empresa Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A. -Decreto
592- y, finalmente, en 2007 la rescisión del contrato ferroviario de la empresa
Transportes Metropolitanos General Roca S.A., a través del Decreto 591 que, entre
otros asuntos, consideró:
"Que en tal sentido el concesionario
debió cumplir con una serie de obligaciones establecidas en la normativa vigente,
las que no fueron suspendidas a pesar del dictado del Decreto antes referido, que
declaró en estado de emergencia la prestación de los servicios correspondientes al
Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y
Subterráneo del Area Metropolitana de BUENOS AIRES."
"Que entre las obligaciones que
mantuvieron su virtualidad jurídica se encuentran, entre otras: brindar el servicio
público de transporte ferroviario de pasajeros en condiciones de calidad, confort y
seguridad; la vigencia de la garantía de cumplimiento de contrato; la imposición de
penalidades por el organismo de control, que no superen el TREINTA POR CIENTO
(30%) del monto, de la garantía de cumplimiento de contrato; el mantenimiento
del material tractivo y rodante entregado, como así también, de los bienes
muebles e inmuebles que fueran entregados en concesión, resguardándolos con
los seguros correspondientes o con la referida garantía."
"Que la prestación del servicio de
transporte público ferroviario de pasajeros en condiciones de calidad, confort y
seguridad implica el cumplimiento de las frecuencias y horarios aprobados por el
organismo de control, sin cancelaciones, demoras ni reducción de la oferta del
servicio -cantidad de coches por formación-, este concepto comprende además
el mantenimiento de la infraestructura y material rodante en condiciones de
limpieza y en buen estado de conservación."
"Que asimismo, con respecto a las
condiciones de seguridad exigidas contractualmente y por la normativa vigente
debe cumplirse con el mantenimiento de infraestructura de vías, señalamiento,
comunicaciones, aparatos de vías, obras civiles y obras de arte (alcantarillas,
puentes, cercos perimetrales, etc.) pasos a nivel, material rodante: tractivo y
remolcado."
Por todo lo expuesto
ut-supra, solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de
declaración
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |