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PROYECTO DE TP


Expediente 5658-D-2011
Sumario: EXPRESAR RECHAZO A LA CONTINUIDAD DE LA EMPRESA TRENES DE BUENOS AIRES S.A. -TBA S.A- COMO ENTE CONCESIONARIO DEL SERVICIO PUBLICO DE PASAJEROS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 18/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar nuestro más enérgico rechazo a la continuidad de la empresa Trenes de Buenos Aires S.A. -TBA S.A.- como ente concesionario del servicio público de pasajeros de las ex líneas Sarmiento y Mitre, así como también de su participación en la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia -UGOFE- en calidad de operador encargada del gerenciamiento de las ex líneas metropolitanas de pasajeros San Martín, Gral. Roca y Belgrano Sur, debido a los fehacientes incumplimientos que se han registrado desde el comienzo de su gestión y responsabilidad contractual hasta la fecha.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La privatización de los servicios ferroviarios bajo la modalidad de concesiones, inaugurada en los años noventa, tuvo como justificación dar solución a una demanda del servicio insatisfecha en calidad y cantidad. Puntualmente, el contrato firmado por el Estado Nacional y la empresa Trenes de Buenos Aires, S.A. -TBA S.A.- sostiene entre sus Declaraciones y Principios: "El Estado Nacional, a través del presente, instrumenta un emprendi- miento de notable envergadura, para ofrecer un mejor servicio de transporte público ferroviario de pasajeros -de superficie y subterráneo- que sea a la vez eficiente, seguro y confiable... El Concedente espera que los Concesionarios privados empleen modernas técnicas de gestión para mejorar la eficiencia y la calidad de los Ferrocarriles Metropolitanos..."
A la luz de los acontecimientos trágicos producidos el corriente año, el primero ocurrido el 16 de febrero en la ex línea San Martín, a partir de la colisión entre dos formaciones de trenes, una operada por la empresa Ferrobaires y otra por la UGOFE -grupo empresario integrado por los operadores TBA S.A., Metrovias S.A. y Ferrovías S.A.C.-, debido -según declaraciones de los maquinistas- a la deficiencia en el sistema de señalamiento, con un saldo final de 4 personas fallecidas y más de 100 personas heridas. Y un segundo choque, acaecido el pasado 13 de septiembre entre un colectivo de la línea 92 y una formación de la ex línea Sarmiento de la empresa TBA S.A., a partir del cruce del colectivo en un paso a nivel con barreras colocadas en 45 grados, arrojando un saldo final de 11 víctimas fatales y más de 200 personas heridas; se hace necesario redimensionar todas las denuncias y observaciones formuladas por la Auditoría General de la Nación -AGN- a la gestión de la empresa TBA S.A. desde el inicio de su responsabilidad contractual.
En los informes redactados por la AGN queda en plena evidencia la falta del debido mantenimiento necesario -gastos operativos- para la adecuada conservación de los bienes públicos ferroviarios. Gracias a ello, los mismos bienes de capital han sufrido una acelerada desvalorización y llevando a incrementar la probabilidad de ocurrencia de siniestros por esta causa.
Entre todas las observaciones de la AGN a la empresa TBA S.A. merecen ser destacadas las siguientes:
"...deben destacarse principalmente las falencias detectadas en el sistema de enclavamiento de las puertas de los coches eléctricos de la ex Línea Sarmiento. Esta anormalidad se relaciona directamente con la seguridad del servicio y tiene incidencia en el control de la seguridad pública, que deben llevar a cabo los organismos competentes, como lo demuestran los casos que son de público conocimiento."
"Si se analizan las observaciones efectuadas en los operativos de control realizados por la GST, surge que las falencias más frecuentes, y en general recurrentes en casi todas las unidades inspeccionadas, que tienen directa relación con la falta de mantenimiento, son: Falta de certificado de habilitación; Certificados de habilitación técnica vencidos; Falta de indicación visible del sistema de despresurización de puertas para casos de emergencia; Sistema de enclavamiento de puertas inoperativo; Falta de manija de freno de emergencia; Freno de mano inoperante; Volante de freno de mano faltante; Ventanas c/ rejas de alambre fijas; Cilindro de freno inoperativo; Zapata de freno fuera de banda de rodadura o acanalada; Banda de rodadura deformada o exfoliada o acanalada o con lenguetas de material; Pestañas de ruedas fuera de norma; Pedestal de ruedas figurados; Falta collar de control de ultrasonido; Falta de redentores de puertas; Falta de luces de cola.- Cabe recordar que en todos los casos se recomendó a TBA normalizar las anomalías constatadas antes de poner las unidades en servicio.".
"Los distintos componentes del sistema de vía presentan un estado deficitario ante lo cual, y como paliativo de la situación, se impone restricciones a las velocidades máximas de circulación.- Por su parte, los Pasos a Nivel (PAN) evidencian déficit en su estado de conservación, observándose que el Concesionario no efectúa la normalización de la totalidad de las falencias constatadas por la CNRT en ellos.- El estado general de mantenimiento edilicio de las estaciones que componen las Líneas Mitre y Sarmiento, así como el estado de los cerramientos perimetrales, es deficitario.- En cuanto al material rodante, TBA no realiza un mantenimiento adecuado. Tampoco brinda respuesta técnica, en tiempo y forma, a las irregularidades detectadas por la CNRT mediante sus inspecciones de seguridad a dicho material; constatándose además, que las unidades que se utilizan para la prestación del servicio, presentan anomalías que afecta el confort de los usuarios.- A juzgar por el deficitario estado general de conservación que presenta el sistema, la gestión del Concesionario puede caracterizarse como ineficaz, dado que no se observa para el mantenimiento, una respuesta técnica acorde al estado en que se encuentran los bienes concesionados."
Por su parte, la AGN redactó en 2007 un informe de gestión de la UGOFE, donde destaca deficiencias del operador a cargo de la prestación del servicio metropolitano de pasajeros de la ex línea San Martín: "En lo que respecta al estado actual de las instalaciones ferroviarias, se ha verificado un déficit en el estado de limpieza y conservación del 36,8% de las estaciones que componen el sistema ferroviario.- Asimismo, se puedo advertir - entre otros aspectos- acumulación de grasa sobre el balasto en la zona de vías de todas las estaciones, lo que afecta la efectividad de este componente del sistema de drenaje de la estructura de la vía férrea, pudiendo ocasionar inconvenientes en la seguridad operativa."
Resulta pertinente subrayar que las deficiencias registradas en todos los servicios de trenes no han sido debidamente sancionados por el Estado a causa de la falta de un nuevo régimen de penalidades en el marco de la emergencia ferroviaria decretada en 2002. En ese mismo Decreto se estableció "Que corresponde, también, adecuar el régimen de penalidades en función de los respectivos Programas de Emergencia de Obras y Trabajos Indispensables y de Prestación del Servicio que fueren aprobados por la Autoridad de Aplicación". De esta manera, en connivencia con los organismos del Estado responsables de cumplir con la normativa, TBA mantiene una permanente situación deficitaria evidenciada en la serie de incumplimientos constatados en la prestación del servicio público ferroviario en detrimento del patrimonio público y de los usuarios.
Finalmente, a pesar de no contar con el nuevo régimen de penalidades dispuesto por el Decreto 2075/2002, el mismo Gobierno Nacional, por esas mismas deficiencias, argumentó y justificó en 2004 la rescisión del contrato de la empresa Transportes Metropolitanos General San Martín S.A. -Decreto 798-, como así también en 2007 decretó la rescisión del contrato de la empresa Transportes Metropolitanos Belgrano Sur S.A. -Decreto 592- y, finalmente, en 2007 la rescisión del contrato ferroviario de la empresa Transportes Metropolitanos General Roca S.A., a través del Decreto 591 que, entre otros asuntos, consideró:
"Que en tal sentido el concesionario debió cumplir con una serie de obligaciones establecidas en la normativa vigente, las que no fueron suspendidas a pesar del dictado del Decreto antes referido, que declaró en estado de emergencia la prestación de los servicios correspondientes al Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de Superficie y Subterráneo del Area Metropolitana de BUENOS AIRES."
"Que entre las obligaciones que mantuvieron su virtualidad jurídica se encuentran, entre otras: brindar el servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en condiciones de calidad, confort y seguridad; la vigencia de la garantía de cumplimiento de contrato; la imposición de penalidades por el organismo de control, que no superen el TREINTA POR CIENTO (30%) del monto, de la garantía de cumplimiento de contrato; el mantenimiento del material tractivo y rodante entregado, como así también, de los bienes muebles e inmuebles que fueran entregados en concesión, resguardándolos con los seguros correspondientes o con la referida garantía."
"Que la prestación del servicio de transporte público ferroviario de pasajeros en condiciones de calidad, confort y seguridad implica el cumplimiento de las frecuencias y horarios aprobados por el organismo de control, sin cancelaciones, demoras ni reducción de la oferta del servicio -cantidad de coches por formación-, este concepto comprende además el mantenimiento de la infraestructura y material rodante en condiciones de limpieza y en buen estado de conservación."
"Que asimismo, con respecto a las condiciones de seguridad exigidas contractualmente y por la normativa vigente debe cumplirse con el mantenimiento de infraestructura de vías, señalamiento, comunicaciones, aparatos de vías, obras civiles y obras de arte (alcantarillas, puentes, cercos perimetrales, etc.) pasos a nivel, material rodante: tractivo y remolcado."
Por todo lo expuesto ut-supra, solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de declaración
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)