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PROYECTO DE TP


Expediente 5651-D-2014
Sumario: RIESGOS DEL TRABAJO - LEY 24557 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 4 BIS, SOBRE CREACION DEL PROGRAMA DE ERGONOMIA.
Fecha: 17/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1º.- Incorpórese en el Capítulo II "De la Prevención de los Riesgos de Trabajo" - Obligaciones de las Partes- de la Ley 24.557 Sobre Riesgos del Trabajo, como Artículo 4º bis el siguiente texto:
"ARTÍCULO 4º bis.- El Plan de Mejoramiento de las condiciones de higiene y seguridad incorporado en los contratos referidos en el punto 2 del Artículo 4º de la Ley 24.557, deberá considerar la inclusión de un Programa de Ergonomía que se adapte a las distintas condiciones laborales que pueden gravitar sobre el bienestar y la salud del trabajador.
Entiéndase por Ergonomía, a la ciencia que estudia la forma de adecuar al hombre a su medio de trabajo para mejorar la productividad y el rendimiento
Dicho Programa de Ergonomía deberá:
a) Colaborar en el control de los riesgos que podrían dar origen a accidentes y/o enfermedades laborales, estableciendo condiciones ambientales, fisiológicas, productivas y psico-sociales seguras.
b) Colaborar en el diseño o corrección de condiciones de trabajo que aseguren el control de los riesgos y el bienestar.
c) Promover el bienestar laboral, a través de la identificación e implementación de condiciones que lo favorezca."
ARTICULO 2º.- Se invita a las Autoridades Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con competencia en el área vinculada al cuidado, bienestar, higiene y seguridad en el ámbito laboral, a dictar normas análoga a la presente Ley.
ARTÍCULO 3º.- La presente ley es complementaria de las normativas vigentes que regulan la temática vinculada.
ARTÍCULO 4º.- El Poder Ejecutivo Nacional deberá elaborar un texto ordenado de la Ley Nº 24.557 sus complementarias y modificatorias, como así también a reglamentar la presente Ley dentro de los sesenta (60) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con el mejoramiento del diseño de materiales y la concepción práctica en la búsqueda por optimizar los sistemas de seguridad y salud para incrementar la productividad de sus operaciones, muchos empleadores han invertido en costosos sistemas y/o infraestructuras adquiriendo nuevos equipos y maquinarias, entre otras cosas. Sin embargo, los resultados obtenidos no cubren las expectativas de tanto esfuerzo, preguntándose porqué siguen los accidentes y por qué no se eleva la productividad en el ámbito laboral.
Si bien se pueden encontrar muchas respuestas, es necesario establecer qué importancia se otorgó a la inversión más importante del sector laboral, que son precisamente los trabajadores.
En tal sentido, es primordial saber si se cumplen requisitos tales como:
- Brindar un ambiente laboral que motive al trabajador,
- Garantizar que el trabajador se sienta seguro en su área de trabajo,
- Considerar las limitaciones psicológicas y físicas de los trabajadores, entre otros aspectos.
Efectivamente, la fuerza laboral de cada empresa, pública o privada, está compuesta por trabajadores con diferentes características físicas y psicológicas que muchas veces no se consideran y por lo general son la base fundamental para la interacción efectiva del trabajador en su medio laboral.
Aquí emerge el concepto de Ergonomía definida, por la American Industrial Hygiene Association Position Statement on Ergonomics, como la ciencia que estudia el trabajo en relación con el entorno en que se lleva a cabo (el lugar de trabajo) y con quienes lo realizan (los trabajadores). Considera los principios de capacidades físicas y psicológicas de las personas, para finalmente diseñar o adecuar el ámbito laboral a los efectos de evitar o disminuir los riesgos de daños y enfermedades, así como aumentar la eficiencia y mejorar la calidad de vida en el trabajo.
En otras palabras, La Ergonomía busca hacer que el trabajo se adapte al trabajador en lugar de obligar al trabajador a adaptarse a él, siendo el primer escalón para la obtención de una producción con calidad. La aplicación de la ergonomía al lugar de trabajo y dentro de los sistemas de salud y seguridad reporta muchos beneficios evidentes. Para el trabajador, condiciones laborales más saludables y seguras; para el empleador, el beneficio más contundente es el aumento de la productividad.
Esquemáticamente:
La ergonomía estudia distintas condiciones laborales que pueden influir en la comodidad y la salud del trabajador, comprendidos en factores como la iluminación, la limpieza en sanitarios y comedores, el ruido, la temperatura, la aireación, las vibraciones, el diseño del mobiliario, de los implementos, el calzado y el del puesto de trabajo, incluidos elementos como el trabajo en turnos, las pausas y los horarios de comidas. Por ello, esta ciencia considera los efectos derivados de incorrectas posturas corporales, buscando remediarlas a través de una mayor seguridad que mejore la salud, buscando diseñar o adaptar el trabajo al trabajador y prevenir, entre otros daños y lesiones, desordenes músculo-esqueléticos (MSDs), que son los daños al cuerpo humano por trabajos repetitivos y esfuerzos mecánicos que se van desarrollando gradualmente en semanas, meses o años, y que generan condiciones anormales o enfermedades físicas permanentes generadas por las incomodidades no previstas o no remediadas.
La Ley de Trabajo Pesado de la República de Chile, contempla la constitución de la Comisión Ergonómica Nacional (CEN), que depende del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Está integrada por un equipo multidisciplinario de profesionales, y en su espíritu dicha ley de trabajo pesado, intenta disminuir al máximo las condiciones de trabajo que sobrecargan a los trabajadores, ejerciendo esfuerzos más allá de lo natural.
En Minería por ejemplo, existen muchas actividades que pueden causar daño o dolores crónicos a las manos, muñecas, hombros, espalda, brazos, rodillas, cuello y tobillos. El Código de Reglamentos Federales de la Administración de Mina, Seguridad y Salud de los EE.UU (CFR 26 of Mine Safety Health Administartion -MSHA- EE.UU), contempla como enfermedades ocupacionales a los Desórdenes con Traumas repetitivos, como sinovitis, tenosinovistis, bursitis, tendinitis, síndrome del túnel carpiano, Epicondilitis, daños a los hombros, espalda y cuello, entre otras que son generados por movimientos repetitivos, vibración o presión. Las estadísticas en la minería americana durante 1993-1995 reportan más de 16.000 daños con pérdidas de tiempo, reportes correspondientes solo a minería subterránea de carbón tipo "longwall" y "room and pillar" y la mayoría de éstos causados por sobreesfuerzos y mal manejo de materiales y equipos.
Dentro de minería subterránea, podemos citar un claro ejemplo de alto riesgo que genera desordenes músculo-esqueléticos, como es el empernado de sostenimiento. El trabajador, para cumplir con su labor de "empernar", tiene que aplicar excesiva fuerza, en posturas inadecuadas con movimientos repetitivos, como cargar, levantar, sostener y ajustar, generando desordenes acumulativos en el cuerpo del trabajador, los que se reflejan en la disminución de la eficiencia del trabajo. Este es un factor muy importante, ya que incluso puede ser una de las causas del mayor porcentaje de los accidentes fatales en el Perú que se denomina "caída de roca", por mala instalación o fallas en las maquinarias utilizadas. Por lo tanto, sorprendentemente se observa que trabajadores de experiencia no están realizando su trabajo óptimamente por estar sufriendo desordenes músculo esqueléticos, los cuales podrían ser corregidos a tiempo.
De igual forma, diversas medidas ergonómicas se aplican para equilibrar la carga de trabajo mental, la toma de decisiones, la interacción humano- computadora, posibilitando la confiabilidad humana al disminuir el stress laboral hasta lograr nuevos paradigmas del trabajo como los sistemas de trabajo cooperativo, las organizaciones virtuales, el denominado telework, y gerencias de la calidad.
Para lograr el éxito en la implementación del Programa de Ergonomía, se requiere la participación y el compromiso de todos los sectores del trabajo, así como contar con la asesoría adecuada de profesionales especializados para realizar el análisis del ámbito laboral e implementar programas de entrenamiento y educación. De la misma manera es importante garantizar la implementación de un sistema de prevención y control de reportes tempranos de daños manejados por el correspondiente Programa Medico.
En tal sentido, y luego de haber realizado la identificación y evaluación de trabajos, actividades, herramientas, equipos e instalaciones que generan riesgo y después de haber reconocido las causas de las mismas, se pueden aplicar dos tipos de controles:
1. Controles de ingeniería: aquellos tendientes a reducir el nivel o el número de factores de riesgo, como por ejemplo: rediseñar las herramientas, rediseñar las actividades, minimizar el tiempo de brazos estirados sobre la cabeza, disminuir el peso a cargar, proveer sillas bien diseñadas que se ajusten en los equipos pesados, entre muchos otros más que dependerán de las actividades.
2. Controles administrativos: los que mejoran el entrenamiento del trabajador, preparan un programa rotativo que balancee la carga a levantar o que disminuya las actividades repetitivas, los que mejoran la limpieza y mantenimiento ofreciendo un ambiente de trabajo agradable, psíquica y socialmente adecuado en el que su identidad, cultura y lengua sean consideradas y respetadas.
Por las razones expuestas, señor Presidente, y a los efectos de procurar ambientes laborales adecuados que garanticen salud y seguridad a los trabajadores que redunden en mejores rendimientos y mayor prosperidad socioeconómica, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA