PROYECTO DE TP
Expediente 5651-D-2009
Sumario: CODIGO PROCESAL PENAL.- MODIFICACION DEL ARTICULO 431 BIS, SOBRE ELEVAR EL LIMITE PERMITIDO REQUERIDO PARA ACCEDER AL PROCEDIMIENTO DE JUICIO ABREVIADO.
Fecha: 18/11/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Modifíquese el
párrafo primero del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la
Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:
1. Si el ministerio
fiscal, en la oportunidad prevista en el artículo 346, estimare suficiente
la imposición de una pena privativa de la libertad inferior a diez (10)
años, o de una no privativa de la libertad aún procedente en forma
conjunta con aquélla, podrá solicitar al formular el requerimiento de
elevación a juicio, que se proceda según este capítulo. En tal caso,
deberá concretar expreso pedido de pena.
Artículo 2º: Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El instituto
de Juicio Abreviado fue incorporado en nuestro ordenamiento jurídico
a partir de la sanción de la ley 24.825, dicha ley fue promulgada el 11
de Junio de 1997.
El
propósito del mismo consiste en, "...evitar el juicio oral y publico,
cuando él no sea imprescindible para arribar a una sentencia que
resuelva el caso, con respeto de los principios de legalidad y
verdad..."; piensa obtenerse a través de la prueba reunida en la
investigación preparatoria cuando sea idónea a tal fin, sin que sea
necesario reproducirla en un debate, al criterio de los sujetos
esenciales de proceso. El principio de legalidad subsiste porque no se
implanta criterio de oportunidad alguno; deben respetarse las penas
establecidas en el código penal y no cabe aceptar una calificación
diferente de la prescripta o admitir como probado un hecho diferente
al ocurrido o como real uno no acreditado en el que el acusado haya
participado cuando no lo hizo. No se prescinde del principio de verdad
ni se admite una verdad consensuada; la sentencia habrá de
sustentarse en la prueba recogida durante instrucción y no en la mera
confesión.
En ese
marco, el presente proyecto tiene por finalidad elevar el límite punitivo
requerido para acceder al procedimiento de Juicio Abreviado, ello con
miras a ampliar las posibilidades de acceso de los imputados a este
mecanismo, previsto en el artículo 431 bis del Código Procesal Penal
de la Nación, incorporado por ley 24.825. En la actualidad, sólo
pueden acceder a este mecanismo, los imputados a los que les
correspondería una pena privativa de la libertad inferior a seis años, o
de una no privativa de libertad aún procedente en forma conjunta con
aquella.
El motivo
de tal modificación, responde a diversos fundamentos fáctico-jurídicos.
En primer lugar, este es un requerimiento generalizado por parte de
los defendidos. En segundo lugar, su conveniencia deriva de la
agilización en la resolución de las causas, lo que evita un largo período
de incertidumbre respecto de las situaciones procesarles. Asimismo,
se destaca la ventaja de la publicidad acotada, lo que redunda en
beneficio del núcleo familiar.
Un dato
adicional a tener en cuenta, es que la nueva ley sobre Trata de
Personas, impedirá absolutamente la posibilidad de acuerdo en Juicio
Abreviado, lo que conllevará un aumento en los debates que se llevan
a cabo.
A fines de
ilustrar la conveniencia de este procedimiento, tomaremos como
referencia las estadísticas de procesos culminados en sentencias
dictadas por el Excmo. Tribunal Oral en lo Criminal Federal de
Misiones, tanto en debates como en juicios abreviados, en el
transcurso de los últimos 12 años, esto es desde la instauración del
procedimiento de juicio abreviado.
Queda a la
vista así, la conveniencia de este procedimiento en cuanto a la
economía procesal y la eficiencia de nuestro sistema judicial, lo que
redunda en beneficios tanto para la sociedad como para los imputados,
ya que las causas tienen pronta resolución.
Por lo
expuesto precedentemente, solicito a mis pares la aprobación del
presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ITURRIETA, MIGUEL ANGEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BIANCO, LIA FABIOLA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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