PROYECTO DE TP
Expediente 5644-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS PARA SUBSANAR LAS IRREGULARIDADES SEÑALADAS POR EL INFORME 36/13 DE LA "AUDITORIA GENERAL DE LA NACION" EN RELACION AL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA "COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (CNRT)" Y LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS PARA CREAR EL "CENTRO DE ASISTENCIA DE LAS CIENCIAS ECONOMICAS AL TRANSPORTE TERRESTRE (CACETT)".
Fecha: 07/08/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse a la Universidad de
Buenos Aires, y por su intermedio a la Facultad de Ciencias Económicas,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 85 de la Constitución Nacional y
el artículo 204 del Reglamento de esta Cámara, a fin de que informe sobre
las medidas adoptadas para subsanar las graves irregularidades señaladas
por el informe 036 del 2013 de la Auditoría General de la Nación (AGN) en
relación al convenio suscripto entre la actual Comisión Nacional de Regu-
lación del Transporte (CNRT) y esa Facultad de Ciencias Económicas para
crear el "Centro de Asistencia de las Ciencias Económicas al Transporte Te-
rrestre" (CACETT).
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente pedido de informes
versa en relación a la ejecución del convenio suscripto entre la actual Comi-
sión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y la Facultad de Ciencias
Económicas (FCE) de la Universidad de Buenos Aires (UBA), mediante el cual
se creó un "Centro de Asistencia de las Ciencias Económicas al Transporte
Terrestre" (CACETT) con el fin de contribuir al desarrollo del sector, a través
de investigaciones y prestación de servicios de control, evaluación y fiscaliza-
ción.
La Auditoría General de la Na-
ción realizó serias observaciones con respecto a la ejecución de dicho conve-
nio en el informe aprobado por resolución 36/13 del Colegio de Auditores de
la Nación de fecha 25 de marzo de 2013. El objeto de este pedido de infor-
mes es solicitar se explique cuáles son las medidas ejecutadas en curso o
proyectadas para subsanar tales irregularidades.
Según el citado informe, la Fa-
cultad de Ciencias Económicas, comunicó a la Auditoría General de la Univer-
sidad de Buenos Aires del año 2004 que el CACETT es autónomo de la Facul-
tad y de la CNRT.
Sus fondos pro-
vienen "de las distintas prestaciones y atribuciones que tiene a su cargo (pro-
ducido de la venta de bienes o prestación de servicios, aranceles, aportes de
los promotores, aportes especiales, etc.)", y realiza "erogaciones en el marco
del convenio, tanto para gastos operativos como para la adquisición de bie-
nes." Dichos fondos son administrados por la Facultad y son depositados en
una cuenta corriente a nombre del CACETT. A su vez, la FCE realiza compras
y pagos de acuerdo con las instrucciones recibidas del Centro, percibiendo
una retribución del 5% de la facturación.
Ahora bien, la AGN, observa una
serie de irregularidades e incumplimientos a la reglamentación vigente.
En primer lugar, señala que, de
los elementos aportados por la FCE, no resulta que el CACETT se hubiere
constituido bajo alguna de las formas jurídicas (fundaciones, sociedades u
otras formas de asociación civil) a que alude el artículo 60 de la ley 24.521,
por lo que sostiene que el "grupo de servicios", no constituye un sujeto de
derecho.
Se detectó ade-
más que, en la práctica, el personal afectado a las actividades del CACETT
efectuaba tareas administrativas y operativas propias de la Comisión Nacional
de Regulación del Transporte como inspectores en terminales de ómnibus,
cajeros, notificadores, difusión de derechos de los usuarios, call center, aten-
ción al público, recepción, instrucción sumariante, etcétera. Está claro que
dichas tareas nada tienen que ver con las funciones de investigación control,
evaluación y fiscalización que es precisamente el fin para el cual fue creado el
Centro. Tal como denuncia el informe en análisis "tal proceder no cumple con
las disposiciones de la reglamentación aprobada por Resolución (CS) Nº
1655/87 y sus modificatorias."
Por otro lado, la
AGN observó que el CACETT obtiene ingresos por venta de bienes, prestación
de servicios, aranceles y aporte de promotores, y resalta que aunque es ad-
ministrado por Económicas, ese dinero se registra como "fondos de terceros",
es decir, "revisten un carácter extrapresupuestario" en la Facultad y "quedan
afuera de las prescripciones de la Ley 24.156 (de Administración Financiera) y
de los sistemas de control público". Asimismo, esa recaudación tampoco for-
ma parte del presupuesto de la CNRT.
Respecto del procedimiento em-
pleado para la selección del personal y fijación de los honorarios de los Asis-
tentes Técnicos, el informe 36/13 cuestiona la falta de definiciones de crite-
rios ni reglamentaciones en relación a los mismos.
Observa además
la AGN la no existencia de "evidencia que se hubieren realizado procedimien-
tos de control a los fines de verificar la acreditación de la extensión de la co-
bertura del Seguro de Riesgos de Trabajos para los Pasantes que prestan
servicios en dichas organizaciones, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto
PEN 491/97."
Cabe destacar que lo hasta
aquí observado, cuenta con su antecedente en el informe 032 de 2009 de
la Auditoría General de la Nación, lo que acentúa la gravedad del asunto.
En dicho informe la AGN veri-
ficó, entre otras irregularidades, que existían convenios marco de asisten-
cia técnica que no contaban con la convalidación del Consejo Superior de
la UBA; que, antes de firmar las pasantías, la Facultad no disponía de an-
tecedentes que acrediten la personería jurídica de la empresa que contra-
taría al alumno; y que no se habían realizado procedimientos de control en
empresas privadas ni en organismos del Estado para constatar si los pa-
santes efectivamente prestaban servicios, lo que, además, sirve de base
para calcular la facturación.
Tampoco se
controló, continúa el informe 32/09, la labor de los tutores académicos ni
de los coordinadores de tutores. Además se observó que los datos que
manejaban en Económicas estaban "desactualizados": durante el período
auditado, y que la Facultad no contó con "información confiable e íntegra"
sobre los convenios o acuerdos marco suscriptos con organismos públicos
y empresas privadas, los programas de trabajo, y capacitación, los pasan-
tes activos ni los tutores designados.
Otro dato no
menor que surge del mismo informe 32/09 son las "inconsistencias en la
facturación por $ 804.597" observadas en los registros de las pasantías.
Puntualmente, fueron detectadas facturas con la misma numeración y se
desconoce qué tratamiento se dio a esos documentos duplicados que,
además, son confeccionados en la propia imprenta de la Facultad. En
cuanto a los créditos a favor de la FCE "no se acreditó la realización de
gestiones formales para la cobranza de facturas impagas que datan del
ejercicio 1997 en adelante".
Al momento
del informe de 2009, la Facultad de Ciencias Económicas disponía de co-
bradores externos que hacían las veces de agentes recaudadores. La Audi-
toría descubrió que no había ningún acto administrativo que los habilite a
desempeñar dichas funciones. Los recibos utilizados no contenían "nume-
ración leyenda preimpresa que los identifique como tales". Tampoco cons-
ta que se hayan realizado controles por parte de la Dirección de Tesorería
sobre los recibos provisorios entregados "de manera de asegurar la rendi-
ción íntegra de las cobranzas realizadas por los cobradores externos".
Agrega la AGN en el citado informe, que "si bien se lleva un registro de la
entrega de los recibos provisorios se observan irregularidades en la rendi-
ción habiendo casos en los que nunca fueron rendidos y/o devueltos (a
partir de junio de 2005 se dejó de rendir)."
Considerando que las univer-
sidades públicas se sostienen con fondos del presupuesto nacional y es
competencia propia de este Congreso controlar al sector público nacional,
solicito a la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Buenos
Aires que informe sobre los puntos señalados en cumplimiento de su de-
ber de rendir cuentas.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TONELLI, PABLO GABRIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |