PROYECTO DE TP
Expediente 5634-D-2007
Sumario: BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS (BNDG), LEY 23511: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 1, 3, 5 Y 6, SUSTITUCION DEL ARTICULO 7, MODIFICACION DEL ARTICULO 8, INCORPORACION DE LOS ARTICULOS 10, 11, 12 Y 13.
Fecha: 06/12/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1: Se modifica el artículo 1
de la Ley Nº 23.511, que queda redactado de la siguiente manera:
"Se crea el Banco Nacional de Datos
Genéticos (BNDG) con el propósito de obtener y almacenar información genética
que permita y/o facilite:
a) La determinación y esclarecimiento
de conflictos relativos a la filiación;
b) La determinación de perfiles o
patrones genéticos a los fines de la identificación de personas.
Para el efectivo cumplimiento de su
propósito, el BNDG dispondrá de una plataforma de marcadores genéticos que
utilizará de acuerdo a lo que correspondiera para el respectivo estudio de filiación
y/o perfil genético que le sea requerido. El BNDG funcionará en el Hospital Carlos
A. Durand, dependiente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"
Artículo 2: Se modifica el artículo 3
de la Ley 23.511, quedando redactado de la siguiente manera:
"Los familiares de personas
desaparecidas y/o presuntamente nacidas en cautiverio que residan en el exterior
y deseen registrar sus datos en el BNDG, podrán recurrir a este para la práctica de
los estudios pertinentes. A tal efecto, las muestras de sangre serán extraídas en
presencia de quien ejerza la titularidad de la Representación Argentina,
correspondiendo a ésta certificar la identidad de quienes solicitan y se realizan los
análisis y garantizar el envío del material al BNDG. Los resultados serán archivados
en el BNDG para su correspondiente registro y comparación."
Artículo 3: Se modifica el artículo 5
de la Ley 23.511, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Se garantiza a todo familiar
consanguíneo de personas desaparecidas y/o presuntamente nacidas en
cautiverio, el derecho a solicitar y obtener los servicios del BNDG. La
acreditación de identidad de las personas que se realicen las pruebas biológicas
conforme con las prescripciones de la presente ley, consistirá en la
documentación personal, la toma de impresiones digitales y de fotografías.
Todas estas serán agregadas al respectivo archivo del BNDG.
A fin de cumplimentar con el objeto
de la presente ley, el BNDG centraliza los estudios y análisis de las personas
localizadas o que se localicen en el futuro.
En igual sentido y considerando la
posible necesidad de realizar estudios adicionales, es deber del BNDG conservar de
modo inviolable y garantizando la debida reserva:
a) Las muestras de sangre extraídas a
familiares de personas desaparecidas y/o presuntamente nacidas en
cautiverio;
b) Lo requerido para la acreditación
de identidad;
c) Las muestras o evidencias no
convencionales sometidas a su ámbito de peritaje."
Artículo 4: Se modifica el artículo 6 de
la Ley 23.511, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Sin perjuicio de otros estudios que
el BNDG pueda disponer, cuando sea requerida su intervención para conservar
datos genéticos o determinar o esclarecer una filiación, se practicarán los estudios
de polimorfismos de ADN ubicados en regiones no codificantes del Genoma nuclear
(cromosomas autosómicos y sexuales) y Genoma mitocondrial, incluidos los
siguientes:
1) Marcadores polimórficos
microsatelitales (STRs);
2) Marcadores polimórficos
minimicrosatélites (mini STRs);
3) Marcadores polimórficos de
nucleótido único (SNPs);
4) Secuenciación automatizada.
Asimismo, el BNDG queda habilitado a
la inclusión y práctica de nuevos estudios que, en el ámbito de la genética forense,
hayan superado la etapa de prueba científica y estén comprendidos por los
Instrumentos de la UNESCO."
Articulo 5: Se reemplaza el artículo 7
de la ley 23.511 por el siguiente:
"El funcionamiento del BNDG se
limita al campo científico-técnico y queda a cargo de un/a Director/a, quien será
designado/a por concurso de oposición con acreditación de antecedente y tendrá
bajo su responsabilidad el ejercicio de las siguientes funciones:
a) Centralizar, organizar, coordinar y
supervisar las actividades científicas y técnicas propias del funcionamiento del
BNDG;
b) Fijar las pautas y políticas
científicas y técnicas necesarias para el desarrollo del funcionamiento del BNDG, de
acuerdo a lo determinado por la ley;
c) Preparar el presupuesto y cálculo
de recursos del BNDG y proponerlo para la aprobación del organismo
pertinente;
d) Dictar las normas necesarias para
garantizar la corrección y veracidad de los estudios y habilitar a los/as
funcionarios/as responsables de las áreas de identificación de personas, de
extracción, de genética molecular, de conservación de muestras y de registro para
que den fe de los actos que les correspondan, bajo pena de nulidad."
Artículo 6: Se modifica el artículo 8 de
la Ley 23.511, el que queda redactado de la siguiente manera:
"Los registros y asientos del BNDG se
conservarán de modo inviolable y en tales condiciones harán plena fe de sus
constancias.
El BNDG proporcionará
exclusivamente los resultados de sus análisis, según el caso e interpretándose en
forma restrictiva:
a) A la persona donante de la
muestra;
b) A la persona autorizada por el/la
donante;
c) A quien se presentara como
destinatario/a de la finalidad establecida por el/la donante y acreditara
verosimilitud del vínculo biológico alegado;
d) A requerimiento judicial en causa
determinada."
Articulo 7: Se agrega como articulo 10
de la Ley 23.511 el siguiente texto:
"Los servicios del BNDG son de
carácter gratuito, no así el costo de los reactivos e insumos fungibles empleados,
los que serán abonados al BNDG por las personas y/o instituciones públicas o
privadas que requiriesen la realización de los respectivos estudios.
Quedan exceptuadas del pago de los
reactivos e insumos referidos en el párrafo anterior las personas físicas que en
cualquier grado de su filiación hayan sido víctimas de la sustitución de identidad.
Igual excepción se aplica a la realización de estudios con fines identificatorios
ajenos a la filiación en todas las causas ligadas a crímenes de lesa humanidad,
como también a toda persona física cuyo ingreso, una vez cubiertos los gastos
mínimos vitales de su familia, no sea suficiente para afrontar el pago de los
reactivos e insumos requeridos.
Articulo 8: Se agrega como artículo 11
de la ley 23.511 el siguiente texto:
"El BNDG contará con un Comité de
Gestión integrado por un/a representante de la Secretaría de Salud del Ministerio
de Salud y Acción Social, uno/a por la Secretaría de Justicia y uno/a por la
Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y
uno/a por la Secretaría de Relaciones Exteriores del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto. Dicho Comité será convocado a requerimiento de la Dirección
del BNDG toda vez que sean necesarios sus oficios ante los Ministerios del
área.
En lo que refiere al tratamiento
general de las causas vinculadas al accionar terrorista del estado, el BNDG contará
también con un Consejo Asesor integrado por las Organizaciones No
Gubernamentales (ONG) dedicadas a la defensa y la promoción de los derechos
humanos, las que designarán un/a representante por cada una de ellas. Este
Consejo Asesor se reunirá a convocatoria de la Dirección del BNDG, pudiendo
también auto convocarse por razones de urgencia debidamente fundadas."
Articulo 9: Se agrega como artículo 12
de la ley 23.511 el siguiente texto:
"En los casos en que, dentro del
territorio argentino, la persona donante manifieste su imposibilidad de concurrir
personalmente al BNDG, este dispondráá las medidas necesarias para proceder a
la toma de la muestra en el lugar de residencia y el traslado del material para su
correspondiente registro, comparación y archivo. Los gastos serán imputados a la
partida presupuestaria correspondiente."
Articulo 10: El Poder Ejecutivo
Nacional dispondrá la partida presupuestaria correspondiente de modo que la
misma garantice el cumplimiento efectivo de lo establecido en esta ley.
Artículo 11: Se agrega como artículo
13 de la ley 23.511 el siguiente texto:
"En cumplimiento con lo establecido
en el art. 1, el Poder Ejecutivo Nacional suscribirá el correspondiente convenio con
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de garantizar la continuidad y el óptimo
funcionamiento del BNDG"
Artículo 12: Se comunica al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sin duda, la línea argumental de estos
fundamentos podría estar basada en la necesidad de adecuar el articulado de la
ley 23.511 a las variaciones producidas en estos años; variaciones que no sólo
conciernen a la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires -en aquel momento era
distrito federal- sino también y especialmente al avance científico-tecnológico y a
la normativa internacional en cuanto a la protección de los datos genéticos.
Sin embargo, he optado por referir al
verdadero origen de esta propuesta, que no tuvo como base la necesidad de
adecuar la norma en cuestión sino la de evitar la derogación de la misma. Este
proyecto de ley no es más que la reproducción de un dictamen en minoría;
dictamen que, en su momento, tuvo por objeto impedir el cierre del Banco
Nacional de Datos Genéticos y la apropiación, por parte del gobierno nacional, de
su aparatología y de los datos genéticos que allí obran.
Creo que al momento de la
consideración de esta iniciativa sería importante tener en cuenta los antecedentes
de la misma. Por ello, y entendiendo que la narrativa sería sumamente engorrosa,
he optado por anexar a estos fundamentos los dictámenes de mayoría y minoría
como así también la versión taquigráfica del debate en el recinto.
Finalmente quiero destacar que, así
como la creación del BNDG fue el resultado de un trabajo conjunto entre distintos
sectores de la sociedad y las instituciones de gobierno, esta propuesta -que
pretende adecuar la norma en cuestión- fue construida del mismo modo. En aquel
momento, debimos agradecer el compromiso y el aporte solidario de
representantes de los organismos de derechos humanos, destacando
especialmente a Chicha Mariani quien desde la presidencia de Abuelas de Plaza de
Mayo trabajó incansablemente para lograr el reconocimiento y la garantía del
derecho a la identidad biológica. Hoy, desde el mismo compromiso y con igual
solidaridad, quienes entonces contribuyeron a la creación del BNDG, acudieron a
salvarlo.
Pero más allá de la trascendencia de
este trabajo participativo, la creación del BNDG encontró su eje en el conocimiento
y tesón de una científica: La Dra. Ana María Di Lonardo, quien, después de
sancionada la ley 23.511 recibió -por ser la titular del Servicio de Inmunología del
Hospital Durand- la Dirección del BNDG. Cabe destacar que la Dra. Di Lonardo
ejerció ad-honorem este cargo y supo colocar al BNDG en un sitio de excelencia.
Lamentablemente y por motivos que sólo podemos suponer ya que nunca fueron
dados a conocer, esta gran científica y gran persona fue -como dijo la Diputada
Marino en el recinto- "Salvajemente desplazada de su cargo" y con posterioridad
castigada económicamente por haber intentado amparar los datos genéticos
existentes en el BNDG. Ojalá esta pequeña mención y agradecimiento obren como
medida reparatoria.
VERSIÓN
TAQUIGRAFICA
21
INSTITUTO NACIONAL
DE DATOS GENÉTICOS PARA EL ESCLARECIMIENTO DE DELITOS DE LESA
HUMANIDAD
-aquí orden del día nº 1784
SR. PRESIDENTE BALESTRINI.- En consideración en general.
Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
SR. CARLOTTO, REMO GERARDO.- Señor presidente: en 1987, el Congreso de la
Nación sancionó el proyecto de ley por el que se creó el Banco Nacional de Datos
Genéticos. Ello significó un importante y fundamental avance en la identificación
de las niñas y de los niños apropiados durante la última dictadura militar. Fue un
pedido de las Abuelas de Plaza de Mayo, que en su búsqueda recurrieron a la
ciencia para encontrar los caminos que posibilitaran esa identificación.
La ciencia a nivel internacional tomó en su momento la búsqueda de las Abuelas
de Plaza de Mayo y trabajó sobre un índice no explorado hasta entonces en
términos prácticos: el de abuelidad. Tal índice vincula los datos genéticos de un
grupo familiar aun con la ausencia de una generación intermedia, como era el caso
de las compañeras y los compañeros desaparecidos.
A partir de la conformación del Banco Nacional de Datos Genéticos esta búsqueda
tan importante para el trabajo de las Abuelas de Plaza de Mayo se convirtió en una
política de Estado.
El Estado decidió montar las estructuras necesarias para cumplir con una
obligación internacional y una acción de reparación necesaria que tuvo continuidad
como política pública con la creación de la Comisión Nacional por el Derecho a la
Identidad en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, como
área de investigación del Estado en la búsqueda y localización de niños apropiados
durante la última dictadura militar.
El proyecto en consideración amplía el criterio y el sentido del funcionamiento del
actual Banco Nacional de Datos Genéticos dentro de las estructuras del Estado.
Cabe recordar que en 1987 la actual Ciudad Autónoma de Buenos Aires era una
municipalidad. En ese momento, en el marco de esta ley se decidió que el Banco
Nacional de Datos Genéticos funcionara en el área de inmunología del Hospital
Municipal Durand. A partir de la reforma constitucional y de la autonomía de la
Ciudad de Buenos Aires se generó un funcionamiento muy particular, pues un
organismo de la órbita nacional se manejaba en una estructura de carácter
municipal.
En este sentido, a partir de la creación del instituto este proyecto pone el
funcionamiento de esta estructura en el marco de una política integral que viene
aplicando el Estado en materia de derechos humanos, de conocimiento de la
verdad y de investigación con respecto a los crímenes de la última dictadura,
dentro de la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos, dependiente del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Eso es sumamente importante, porque vincula el desarrollo de las áreas de
investigación, de documentación y de conocimiento de la verdad con el
funcionamiento de un área de investigación científica, que es la que ha venido
recabando la información de carácter genético. Reitero que esto es muy
importante, porque cuando se creó el Banco Nacional de Datos Genéticos en 1987,
significó un desarrollo de avanzada en materia de investigación en la Argentina, y
se convirtió en un lugar de referencia para generar un archivo de información
genética en relación con los grupos que buscaban identificar a niños apropiados
durante el período dictatorial y para los análisis de filiación de cualquier índole de
orden privado.
Hoy el avance científico permite que ese tipo de acciones, que no son las
específicas de un banco de datos genéticos -como sería el de generar una reserva
de información para un entrecruzamiento posterior sobre un grupo determinado de
la población-, se puedan llevar a cabo en infinidad de instituciones que existen en
el país, tanto públicas como privadas. Esto es posible porque en varias instancias -
como puede ser el caso de una filiación alegada en una acción judicial- no es
necesario que exista una reserva de esa muestra de sangre o un desarrollo en el
despliegue del ADN, más que la determinación que se tenga que hacer en ese caso
puntual.
Quiere decir que las muestras de los grupos familiares que buscan a niños
apropiados permanecen a lo largo de los años frente a la posible aparición,
sospecha, proceso judicial o investigación que se lleve adelante desde los
organismos del Estado. En este sentido, como todos sabemos, los familiares
pueden ir falleciendo, pero las muestras permanecen allí para su entrecruzamiento
posterior. Por eso, tanto en la creación del Banco Nacional de Datos Genéticos
como en el funcionamiento del Instituto, se prevé la preservación de esas
muestras de sangre a lo largo del tiempo.
En el caso de una identificación de filiación, al momento de determinar si ella se
resuelve positiva o negativamente, no es necesario que esos datos permanezcan
archivados más allá de la necesidad que el funcionamiento del sistema de justicia
prevé. Esto es importante aclararlo, porque hace al funcionamiento del Banco
Nacional de Datos Genéticos y de lo que será el archivo de datos genéticos dentro
del Instituto que estamos proponiendo que se cree en la órbita de la Secretaría de
Derechos Humanos de la Nación.
Por otro lado, así como se trabaja en el entrecruzamiento de los grupos familiares
para la identificación de niños, también quiero destacar las tareas que se están
desarrollando para la identificación de restos óseos que se presume pueden
pertenecer a personas desaparecidas en aquel período.
Justamente, hace pocos días recibí en mi despacho una invitación del intendente
de la ciudad de Córdoba para asistir al lanzamiento de un Espacio de la Memoria
en esa ciudad. Esa invitación venía acompañada de una foto en la que, con mucho
dramatismo, se reflejaba el proceso de excavación que se está llevando adelante
en el cementerio de San Vicente, en la provincia de Córdoba. Creo que esa es una
de las muestras más duras y terribles de lo que ha significado el accionar genocida
por parte del terrorismo de Estado en la Argentina.
Pero entendemos que la acción de investigación que viene llevando adelante en
esa provincia el Equipo Argentino de Antropología Forense necesita ser
acompañada por un proceso de recolección de muestras de sangre de los grupos
familiares de cada una de las víctimas del accionar del terrorismo de Estado en
estado de desaparición, para su identificación posterior. Esto requeriría de un
trabajo centralizado sobre la base de la información que posee la Secretaría de
Derechos Humanos de la Nación.
Este proyecto prevé la creación del Instituto con una fuerte vinculación con las
organizaciones no gubernamentales que específicamente están trabajando en la
materia, en particular el Equipo Argentino de Antropología Forense y la Asociación
Abuelas de Plaza de Mayo. También prevé algo sumamente importante: que la
dirección técnica de este proyecto se formalizará luego de un concurso público,
cuestión que no había ocurrido con el funcionamiento del Banco Nacional de Datos
Genéticos a lo largo de los últimos casi veinte años.
Este proyecto prevé agilizar y darle especificidad al funcionamiento del Instituto y
del proceso de investigación, además de la identificación en los casos de crímenes
de lesa humanidad. Lo que hemos visto en el funcionamiento del banco a lo largo
de los años es que existió una desviación de los casos de filiación en detrimento de
la identificación de niños apropiados durante aquel período.
Este proyecto viene a dar respuesta al acto reparador que el Estado debe llevar
adelante en relación con los crímenes que se cometieron durante la última
dictadura.
Desde ningún punto de vista eso significa perder el importante aporte que el
Banco Nacional de Datos Genéticos ha dado en el avance científico y en el ejercicio
práctico de la investigación en materia genética en la Argentina. En este aspecto
ya hemos alcanzado un logro en nuestro país y contamos con un amplio y profuso
desarrollo.
Hemos escuchado algunas informaciones en el sentido de que existía cierta
preocupación acerca de si, en términos generales, los casos de filiación en la
Argentina iban a quedar desatendidos si no se hacían mediante la estructura del
Banco Nacional de Datos Genéticos. Ello es incorrecto.
Para dar un ejemplo, les puedo comentar que hace poco tiempo se resolvió en
términos científicos la situación respecto de la señora Marta Holgado, que alegaba
ser hija del general Perón. Se hicieron cinco pericias científicas sobre la
comparación del ADN de la señora Holgado y los restos del general Perón. Pero los
análisis no se hicieron en el Banco Nacional de Datos Genéticos, sino en distintas
instituciones públicas y privadas, nacionales e internacionales, que no necesitaron
específicamente de la función que debe cumplir este archivo de datos genéticos,
que desde su creación hace veinte años apuntó a consolidar una política de Estado
que atendiera esta necesidad tan particular, vinculada con la apropiación de niños
durante la última dictadura militar.
Este proyecto es de suma trascendencia para la continuidad de una política
pública. Es importante decirlo, porque en los sucesivos gobiernos que tuvo la
Argentina existió una continuidad en el fortalecimiento y desarrollo de una política
de investigación con respecto a los crímenes de la última dictadura.
No sólo se ocuparon del tema genético del que hablamos hoy, sino también en
términos de investigación psicológica, sociológica, antropológica y en todos los
órdenes.
Este proyecto, que fue consensuado con los organismos que específicamente se
ocupan de estas dos temáticas que fuertemente va a abarcar el instituto,
significará además el crecimiento de una política pública que consideramos
trascendente.
Después de haberse aprobado el dictamen en las distintas comisiones a las que fue
girado, mantuvimos conversaciones con organismos defensores de los derechos
humanos. Obviamente, con el Equipo Argentino de Antropología Forense y con el
Centro de Estudios Legales y Sociales hemos tenido un intercambio de ideas sobre
este proyecto. Por eso vamos a plantear durante el tratamiento en particular la
incorporación de algunas modificaciones que hemos conversado con los distintos
bloques que apoyan el proyecto.
Me gustaría dar lectura de las modificaciones propuestas a cuatro artículos. Se
relacionan con pedidos expresos de organismos de derechos humanos, como son
el Equipo Argentino de Antropología Forense y el Centro de Estudios Legales y
Sociales.
La primera de las modificaciones que proponemos se relaciona con los incisos a) y
b) del artículo 1°, que quedarían redactados de la siguiente manera: "a) Facilitar la
búsqueda e identificación de hijos e hijas de personas desaparecidas que hubiesen
sido secuestrados junto a sus padres o hubiesen nacido durante el cautiverio de
sus madres, por pedido de la Justicia o en caso de que las presuntas víctimas
concurrieran por su propia voluntad a través de la vía administrativa.
"b) Auxiliar a la Justicia y/o a organizaciones gubernamentales y no
gubernamentales especializadas en la materia objeto de esta ley y la identificación
genética de los restos de personas presumiblemente víctimas de desaparición
forzada."
El segundo cambio que proponemos es al artículo 7°, al que agregaríamos un
inciso c). Se refiere a la participación en el requerimiento de información al
Instituto y al Banco Nacional de Datos Genéticos. El texto sería el siguiente:
"Incorporar a organizaciones gubernamentales y/o no gubernamentales
especializadas en la materia objeto de esta ley, a través de convenios formalizados
con la aprobación por mayoría del Consejo Directivo." Esto ha sido parte de un
pedido expreso del Equipo Argentino de Antropología Forense, que viene
desarrollando una actividad reconocida nacional e internacionalmente.
La tercera propuesta de modificación se debe a un planteo formal en relación con
el artículo 27, referido a los recursos, y tiene que ver con la forma de desarrollo
del artículo. La redacción sería la siguiente: "Los gastos que demande el
cumplimiento de la presente ley serán atendidos por las partidas que se
determinen en el Presupuesto General para la Administración Pública Nacional.
"A tales efectos, déjase establecido que el Instituto Nacional de Datos Genéticos
funcionará como un programa específico dentro de la jurisdicción 40, Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación, Secretaría de Derechos Humanos,
debiéndose prever la apertura programática respectiva y la imputación de los
créditos a la mencionada Secretaría.
"El señor Jefe de Gabinete de Ministros efectuará las reestructuraciones
presupuestarias que fueren necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo
establecido en los párrafos precedentes, durante el ejercicio financiero
correspondiente al año de entrada en vigencia de la presente ley."
La última modificación se relaciona con un pedido expreso que hizo el Centro de
Estudios Legales y Sociales. Se refiere al artículo 30. El pedido consiste en la no
derogación del artículo 4° de la ley 23.511, de creación del Banco Nacional de
Datos Genéticos. El artículo quedaría redactado de la siguiente manera:
"Deróganse los artículos 1°, 2°, 3°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 de la ley 23.511 y su
decreto reglamentario."
He tenido la posibilidad de leer un proyecto que se presentó en minoría.
Entendemos que hay errores de interpretación con respecto al funcionamiento
actual del Banco Nacional de Datos Genéticos y el criterio aplicado al
funcionamiento de lo que será el Instituto.
Esto significa ni más ni menos que el fortalecimiento de una política pública. No se
plantea la destrucción de la importantísima fuente informativa que significan las
muestras de sangre depositadas en ese banco.
No plantea ninguna acción que tenga que ver con segregar del proceso de
investigación y desarrollo científico genético a aquellos que a través de la Justicia
pueden recurrir tanto a las múltiples instituciones que llevan investigaciones de
este orden como al proceso de gratuidad que el sistema de justicia prevé para los
casos que considere necesarios. Aquí se logra un funcionamiento correcto para un
área que, en el marco de un proceso de transformación del Estado, había quedado
bajo la órbita municipal.
Observo con preocupación que en el dictamen de minoría aparezcan datos
vinculados con el intercambio de información entre el actual Banco Nacional de
Datos Genéticos y la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad. Esta
información es de carácter reservado y, justamente, este proceso tiende a dar
garantías de que no será de acceso público, porque se refiere al carácter íntimo de
las personas.
Se trata de individuos que han visto vulnerada su identidad y que están llevando
adelante un proceso de investigación. Nos resulta llamativo que estos datos
figuren en un proyecto que es de carácter público. Creemos que no corresponde
que la información se haya volcado de esa manera.
Incluso, sobre esa información, que consideramos de carácter reservado, existe
una evaluación absolutamente equivocada sobre los tiempos de respuesta del
Banco Nacional de Datos Genéticos.
El proyecto pretende dar garantías para la satisfacción de una necesidad que
plantean el Estado nacional y las organizaciones de derechos humanos que vienen
desarrollando esta investigación de carácter específico. No plantea segregar en
este proceso el posible desarrollo de una investigación y acceso a la información
de cualquier particular que busque tener conocimiento sobre su identidad, ya que
también existen los mecanismos apropiados en la Justicia.
Fundamentalmente, se genera un camino sumamente importante en el acopio de
información para la identificación de los restos de las personas desaparecidas y el
conocimiento de su destino, clarificando también las responsabilidades y la forma
en que se procedió, por ejemplo, a un enterramiento clandestino.
Para nosotros constituye un acto de reparación necesario y merecido. Es menester
valorar el trabajo que se ha concretado e interpretar que se ha consolidado en la
Argentina una política pública de carácter permanente, a partir del compromiso
unánime de los distintos sectores de la sociedad para que estas cuestiones se
esclarezcan.
Tomar conocimiento de estos hechos es el objetivo central que plantea la creación
de este Instituto en el marco de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Estamos cumpliendo un objetivo esencial de la Argentina, como la demanda de
justicia.
Resulta importante que esto se concrete en un día como hoy -aunque ya nos
hemos excedido algunos minutos-, cuando se han cumplido treinta años de la
masacre de Margarita Belén, en la provincia del Chaco.
De esta manera, no sólo atendemos a los casos vinculados con la última dictadura
militar, sino también a la búsqueda de la memoria, la verdad y la justicia, que
permitan consolidar un proceso más democrático.
Estos instrumentos y herramientas deben formar parte de la acción del conjunto
de la comunidad para resolver los crímenes más aberrantes que se cometieron en
la Argentina.
El trabajo científico, técnico y profesional está siendo dado en todos los órdenes en
la Argentina para que se dé un cumplimiento efectivo en el conjunto de la
población.
Agradezco mucho la presencia del señor secretario de Derechos Humanos de la
Nación, el doctor Eduardo Luis Duhalde, quien ha venido acompañando este
proceso de debate y de discusión, con un aporte sumamente importante por parte
de la Secretaría -para que el proyecto avance y hoy pueda tener tratamiento aquí-
tanto del conocimiento de las distintas áreas que él conduce a nivel nacional como
en el intercambio de ideas con los organismos de derechos humanos, con los que
pudimos llevar adelante este proyecto a fin de que se convierta en una realidad
que todos los argentinos nos merecemos. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE BALESTRINI.- Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.
SRA. TATE, ALICIA ESTER.- Señor presidente: seguramente vamos a coincidir con
el señor diputado Carlotto en que tanto el bloque del Frente para la Victoria como
el de la Unión Cívica Radical, y sin duda los demás bloques, sostenemos la defensa
irrestricta de los derechos humanos y de las libertades. Pero seguramente también
habrá un abismo entre lo que preocupa hoy al señor diputado Carlotto -que el
señor secretario de Derechos Humanos haya tenido que esperar varias horas- y la
preocupación que me concierne, que tiene que ver con la ligereza, con la
irresponsabilidad y con la falta de seriedad, pues no se debaten de esta forma
temas que deberían ser de la mayor preocupación de cada uno de los señores
diputados.
El plenario debe conocer que este proyecto no ha sido debatido en las comisiones
a las que fue girado. Las comisiones de Derechos Humanos y de Legislación Penal
dictaminaron sobre este tema en una reunión plenaria que había sido citada con
carácter informativo y en la que funcionarios de la Secretaría de Derechos
Humanos y Garantías de la Nación aclararían nuestras dudas. Pero eso no sucedió.
No sólo no obtuvimos respuestas a nuestras preguntas sino que al dar por
finalizada la reunión informativa, como suele suceder con demasiada frecuencia en
este ámbito, se pasó a la firma lo que hoy consideramos como dictamen de
mayoría.
De esa manera, bajo la excusa, bajo el amparo de resguardar los derechos de
quienes fueron víctimas del delito de desaparición forzada y también de aquellas
personas que por haber nacido durante el cautiverio de sus madres vieron
sustituida su identidad civil y fueron separados de su familia biológica, el dictamen
sostenido por la mayoría no propone otra cosa que conculcar los derechos y
libertades de miles de personas, que también sufrieron la sustitución de identidad
y que fueron arrancadas del seno de sus familias biológicas.
Pero el avance sobre un carácter restrictivo del reconocimiento y garantía de los
derechos y libertades no se limita al campo de la identidad biológica. Este no es el
único derecho que el dictamen de mayoría pretende cercenar, ya que el hecho de
cerrar el Banco Nacional de Datos Genéticos -el único Banco Nacional de Datos
Genéticos- junto a la pretendida decisión del Estado nacional de apropiarse de
todos los bienes y datos de ese Banco Nacional de Datos Genéticos implican por
defecto la negación del acceso a la justicia en diferentes causas, entre ellas la
determinación de la filiación.
En los fundamentos del dictamen de minoría dejamos establecidos los principios
básicos, rechazando la creación del Instituto Nacional de Datos Genéticos tal como
está planteado, pero atento a la complejidad del tema y al poco tiempo con que
contamos para la presentación del informe, vamos a plantear algunas cuestiones
que necesariamente deben ser atendidas.
Vale aclarar además que no es el objetivo último de mi exposición oponerme a que
haya un instituto especializado que funcione en la órbita de la Secretaría de
Derechos Humanos, sino que fundamentalmente lo que objeto es la derogación de
la ley 23.511, de creación del Banco Nacional de Datos Genéticos, y la apropiación
de sus bienes y de los datos genéticos allí depositados.
-- Ocupa la Presidencia el señor
vicepresidente 2° de la Honorable Cámara, don Fortunato Rafael Cambareri.
SRA. TATE, ALICIA ESTER.- Entendemos que lo correcto hubiera sido que esta
nueva norma conviviese y se complementara con la normativa vigente. Si la
Presidencia de la comisión aceptara retirar del dictamen de mayoría los artículos 3
y 30 y adecuar algunos otros que entran en contradicción con instrumentos
internacionales y regionales de derechos humanos, nosotros podríamos considerar
el retiro de nuestra negativa.
Voy a enumerar los conflictos que generaría la aprobación del proyecto del señor
diputado Carlotto en caso de no hacer esas modificaciones.
En primer lugar, insisto en que la aprobación de este proyecto supone un grave
retroceso en el campo de la defensa y garantía de los derechos y libertades,
particularmente en lo que se refiere al derecho a la identidad, ya que al cerrarse el
Banco Nacional de Datos Genéticos y dado el accionar acotado de este nuevo
Instituto que se estaría creando, el Estado nacional estaría dejando de atender las
otras cuestiones relativas a la determinación de la identidad biológica.
Esta situación no queda salvada con la inclusión de una cláusula transitoria para
las causas pendientes de resolución judicial, ni mucho menos con la posibilidad de
realizar estos estudios en centros privados. El Estado debe garantizar el ejercicio
de los derechos; no puede ni debe dejarlo librado al campo privado. A nadie se le
ocurriría, por ejemplo, aprobar una ley que determinara la existencia de tribunales
para el juzgamiento de ciertos delitos al tiempo que se permitiera la creación de
esferas privadas que actuaran sobre aquellos no contemplados, o bien que en
adelante en los hospitales públicos se atendiesen sólo algunas patologías o a
determinada clase de personas.
Además, en esto de plantear que los estudios pueden realizarse en centros
privados deberíamos resaltar también que los estudios hechos en el Banco
Nacional de Datos Genéticos pueden tener un costo de aproximadamente 450
pesos mientras que los estudios realizados en los bancos privados se elevarían a
1.200 dólares.
También creemos que es llamativo que quienes participaron en la reunión plenaria
de las comisiones de Legislación Penal y de Derechos Humanos y asesoraron en la
redacción del proyecto al señor diputado Carlotto sean las mismas genetistas
encargadas de realizar los estudios de paternidad y genética forense en el
laboratorio Genda, uno de esos centros privados a los que la gente deberá
concurrir en caso de aprobarse esta propuesta.
Hubiera sido mejor no encontrar este tipo de situaciones, sobre todo cuando se
trata de temas que son tan dolorosos. Pero aun cuando optásemos por desconocer
los derechos de aquellas que no fueron víctimas del terrorismo de Estado entre los
años 1974 y 1983, la derogación de la ley 23.511 pone en riesgo también los
derechos de aquellas personas a las que se pretende jerarquizar, ya que al ubicar
a este nuevo Instituto bajo la órbita del gobierno, el mismo queda sujeto a los
avatares políticos. Y esta es precisamente la más grave acusación o
cuestionamiento que hace el Centro de Estudios Legales y Sociales, porque este
Instituto quedaría librado a la voluntad de quienes sucesivamente ejerzan la
Presidencia de la Nación, ya que es facultad del Poder Ejecutivo determinar los
ministerios y las secretarías. Esto no ocurre con el Banco Nacional de Datos
Genéticos tal como está creado. Su lugar de funcionamiento no fue elegido por
azar.
Por otra parte, como bien lo explica en su informe el organismo mencionado, el
CELS, este nuevo Instituto no está dotado de una independencia funcional, con lo
cual no podrá responder como perito oficial a los requerimientos de órganos
judiciales, ya que al ser una herramienta de parte en las múltiples causas judiciales
que lleva la Secretaría de Derechos Humanos, se podrá objetar la imparcialidad
requerida.
La propuesta del señor diputado Carlotto también entra en contradicción con
distintos instrumentos internacionales y regionales. Sólo por citar algunos de ellos,
mencionaré entre los generales a la Declaración Universal de Derechos Humanos,
la Proclama de Teherán, la Declaración y Programa de Acción de Viena o el Pacto
de San José de Costa Rica y, entre los específicos, a la Convención sobre los
Derechos del Niño, la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la
Mujer, los dos pactos internacionales de Naciones Unidas referentes a los derechos
económicos, sociales y culturales, las resoluciones del Consejo Económico y Social
de Naciones Unidas sobre Privacidad Genética y no Discriminación, y muchos otros
más.
Tanto en la única reunión de asesores que se realizó como en la plenaria de
diputados planteamos la necesidad de contemplar lo establecido por los
instrumentos internacionales y regionales. Algunos de ellos, como recordaremos,
están integrados a la Constitución Nacional, pero no se hizo lugar a nuestra
solicitud y este punto pasó a ser uno más de los tantos conflictos que creará la
sanción del proyecto en cuestión.
Tampoco se ha contemplado el impacto sobre la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires ni se ha consultado a sus representantes, que hoy están trabajando para ver
de qué manera protegen todos estos bienes patrimoniales, estas muestras
hemáticas de miles de porteños y porteñas. Se deja a un hospital de la ciudad sin
los recursos necesarios para el funcionamiento de determinadas áreas, dificultando
entre otras prestaciones las relativas a transplantes de órganos.
Tampoco se ha preguntado sobre lo dispuesto en este artículo a quienes donaron
recursos para el funcionamiento del Banco Nacional de Datos Genéticos, lo que nos
impide saber si están de acuerdo con que esos legados sean traspasados a un área
diferente, acotada y desvirtuada en sus objetivos y dependiente de las oscilaciones
políticas a las que hacía referencia anteriormente.
Sin embargo, estos inconvenientes no terminan con estos puntos, ya que de
convertirse en ley este proyecto estaríamos propiciando además conflictos con
leyes preexistentes como la 25.457, de creación de la CONADI, ya que las
funciones de esta comisión se superpondrían con las del Instituto Nacional de
Datos Genéticos. Lo mismo ocurriría con resoluciones ministeriales, algunas de
este gobierno, como la número 415 de 2004, propuesta desde el mismo Ministerio
de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, que crea en el ámbito de la Policía
Federal Argentina un registro de huellas digitales genéticas.
De acuerdo con lo que fija el artículo 14, carga al banco que hoy estaríamos
cerrando con todas las responsabilidades y garantías establecidas en el artículo 11
de la citada resolución.
Sinceramente, debo hacer un pedido a los diputados de la bancada oficialista: que
recuerden que estamos hablando de datos genéticos, que son altamente sensibles
y que no pueden ni deben tratarse a la ligera.
Señor presidente: estos son algunos de los problemas que, insisto, se crearían con
la sanción de una ley de este tipo.
Quiero responder algunas de las líneas argumentales a las que se apela para
sostener la necesidad de sancionar el proyecto de ley en consideración; líneas
argumentales que, por omisión, resultan convincentes pero no por ello dejan de
ser inexactas.
Tanto el señor diputado Carlotto como la directora de la CONADI, Claudia Carlotto,
y la presidenta de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto,
manifestaron desde distintos puntos de vista que debido al aumento de los casos
atendidos en el Banco Nacional de Datos Genéticos, especialmente aquellos
referidos a la determinación de la filiación, el rol del banco se fue tergiversando y
pasó a ocuparse más de datos de filiación que de aquellos vinculados con la
resolución de identidad de los niños apropiados o nacidos en cautiverio durante la
dictadura militar, incurriendo incluso en demoras de hasta un año y ocho meses en
responder a los requerimientos de la CONADI.
Esto es absolutamente inexacto ya que en ningún momento en el Banco Nacional
de Datos Genéticos se postergó la realización de los estudios solicitados en
relación con las causas mencionadas; siempre se respondió con la debida
celeridad, que por supuesto ha ido variando de acuerdo con los avances
tecnológicos.
Quizás como muestra de lo dicho baste recordar que sobre 474 jóvenes enviados
por la CONADI durante el primer trimestre de este año, el Banco Nacional de Datos
Genéticos comunicó en tres informes fechados el 10 de febrero de 2006, el 26 del
mismo mes y el 3 de marzo pasado, mediante respectivas notas, la exclusión del
vínculo biológico alegado de un total, respectivamente, de 439, 17 y 18 jóvenes.
Cabe destacar que las muestras de estos 474 jóvenes fueron debidamente
comparadas con la totalidad de los grupos familiares denunciados a la Justicia por
la Conadep y los grupos familiares enviados por la CONADI.
Con igual fecha y destinatario, el Banco Nacional de Datos Genéticos también
envió 473 informes individuales a cada uno de los interesados, aclarando en su
texto que continuará con un entrecruzamiento permanente de los datos genéticos
de cada uno de ellos, con cada grupo familiar que ingrese al banco con
posterioridad a la fecha del informe. En el banco obran las constancias de
recepción y se hallan registradas en el libro de despachos.
Tampoco se explica que para la realización de pericias de filiación de estas
generaciones discontinuas, en las que por causas vinculadas a la desaparición
forzada de personas falta la segunda generación, se deberá disponer de la
información de cada uno de los cuatro abuelos alegados, es decir, cuatro
miembros, ni dicen que no todas las familias existentes en el banco están
completas, por lo que es imposible establecer fehacientemente la filiación paterno-
materna de una víctima de supresión de estado civil que corresponda a alguna de
estas familias incompletas.
Obviamente, partiendo del tratamiento de los restos cadavéricos ahora se podrá
avanzar en la tarea de completar los datos de todas las familias existentes; pero
esto se deberá exclusivamente a los avances de tipo científico y no a la creación de
un nuevo Instituto.
El Banco Nacional de Datos Genéticos está en condiciones de trabajar con restos
cadavéricos, y de hecho viene haciéndolo con excelencia; podemos tomar como
ejemplo los estudios realizados sobre restos óseos humanos provenientes del
asalto a La Tablada.
Otro de los argumentos expuestos refiere a la actual autonomía de la Ciudad de
Buenos Aires y al carácter nacional del banco. En su exposición ante la Comisión
de Presupuesto y Hacienda, el señor diputado Carlotto dijo textualmente: "Con
este proyecto queremos resolver un problema jurisdiccional generado por un
híbrido, entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Estado nacional con
respecto a la administración del banco."
Frente a ello no queda más que manifestar nuestra sorpresa; en primer lugar, por
el tiempo que tardaron en notar este detalle. Destaco que durante todos estos
años, y pese a la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, el Banco Nacional de
Datos Genéticos ha funcionado de modo correcto y su seriedad y excelencia
científica han sido y son reconocidas tanto a nivel nacional como internacional.
Este reconocimiento, en otra área, se repite con otro híbrido: el Hospital Garrahan.
Quizás debiéramos alentar la existencia de más instituciones científicas híbridas.
Para terminar, quiero decir que así como la información genética constituye la
máxima expresión de intimidad de una persona, la transparencia de las acciones
de gobierno y el respeto y garantía de los derechos humanos y libertades
significan el eje de la democracia. Tal como demostramos en nuestro informe, el
dictamen propuesto por la mayoría no cumple con ninguno de estos principios. La
línea argumental expuesta por quienes fundamentaron esta propuesta no basta
para conocer los motivos que impulsan la creación del Instituto Nacional de Datos
Genéticos y propician el cierre definitivo del Banco Nacional de Datos Genéticos.
Por su parte, los errores del articulado y la negación continua de derechos
fundamentales sólo acercan conjeturas que ni siquiera nos atrevemos a considerar.
El cierre del Banco Nacional de Datos Genéticos y los términos planteados para la
creación y funcionamiento del Instituto Nacional de Datos Genéticos no sólo
implican la desprotección absoluta de los datos genéticos que hasta hoy fueron tan
bien custodiados sino también el desamparo de las actuales y futuras víctimas de
distintos tipos de delitos.
¿Quién será el custodio del Registro de Huellas Genéticas? ¿Quién se ocupará de
los nuevos casos de desaparición? ¿A dónde podrán acudir en caso de querer
comprobar su identidad biológica las más de cien personas que acuden por año a
la Oficina de Derechos Humanos del Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires?
¿Con qué instrumento contarán quienes como la hermana Martha Pelloni intentan
poner fin al tráfico de niños y niñas? ¿Esta es la respuesta que se pretende dar a
las víctimas de sustitución de identidad? ¿A dónde podrán acudir las personas a
quienes su padre les niega la filiación?
¿Es correcto derivarlas a un centro privado? ¿Nuestra democracia está tan
degradada que hasta se propone privatizar la garantía de los derechos humanos?
¿Cuál será el destino final de las muestras hemáticas que pese a no estar
relacionadas con los crímenes de lesa humanidad pretenden ser transferidas al
Instituto Nacional de Datos Genéticos?
¿Bajo qué argumento se explicará a las personas que confiaron sus datos
genéticos que ya no cuentan ni siquiera con la garantía de la reserva de la
información? ¿Por qué derogar la ley 23.511? ¿Por qué apropiarse del patrimonio
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires poniendo en riesgo el funcionamiento de
uno de sus hospitales? Demasiadas preguntas, ninguna respuesta. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE CAMBARERI.- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos
Aires.
SR. BURZACO, EUGENIO.- Señor presidente: por razones de horario y por la
claridad de la exposición de la señora diputada preopinante voy a tratar de ser
muy breve para explicar las razones de nuestro voto negativo al dictamen de
mayoría y nuestro apoyo al de minoría, presentado por varios bloques de la
oposición.
Voy a tratar de concentrarme en tres o cuatro artículos que consideramos claves y
por los cuales no podemos acompañar este proyecto de ley, más allá de sus
buenas intenciones.
El primer punto tiene que ver con el artículo 1° del proyecto de ley. Mientras el
actual Banco Nacional de Datos Genéticos funciona sin exclusiones, el nuevo
Instituto Nacional de Datos Genéticos limita su competencia a causas relacionadas
con el terrorismo de Estado entre los años 1974 y 1983. Pretende desconocer la
garantía del derecho a la identidad produciendo un vaciamiento, ya que el actual
Banco Nacional de Datos Genéticos dejaría de existir y la totalidad de sus bienes y
datos registrados hasta la fecha pasarían a manos del Instituto.
Los derechos humanos son inherentes a la persona y su respeto y garantía
trascienden cualquier circunstancia, incluida la condición política o jurídica del país.
Este principio absoluto de igualdad y la responsabilidad que nos cabe a la hora de
promoverlos y garantizarlos quedan claros en la totalidad de los instrumentos
internacionales y regionales de los que somos parte.
El traspaso de la totalidad de los bienes del Banco Nacional de Datos Genéticos a
este Instituto incluye tanto la aparatología como las muestras hemáticas allí
existentes. Esta situación compromete el funcionamiento del Hospital Durand,
particularmente en lo que refiere a los distintos estudios de compatibilidad previos
a la realización de trasplantes y, además, vulnera las declaraciones de la UNESCO,
en especial la recientemente aprobada sobre protección e inviolabilidad de los
datos genéticos.
En cuanto a la aparatología, consideramos oportuno recordar que es la más
moderna que existe en el país. Me tocó recorrer el Hospital Durand hace unos
meses y ahí hay aparatos que no existen en ningún otro instituto médico de la
Argentina que no van a ser utilizados de acá en adelante. Además en muchos
casos estos fueron donados por ex miembros del hospital y gobiernos
internacionales, y estamos restringiendo su uso.
Si se llegan a encontrar los restos del actual desaparecido Jorge Julio López me
pregunto si no se va a poder utilizar esta aparatología para analizarlos. ¿No vamos
a poder cotejar esa información con el banco de datos existente? Con esta
restricción esto no va a ser posible.
El actual Banco Nacional de Datos Genéticos es un organismo eminentemente
técnico y científico dotado de una independencia funcional dentro de la órbita
médica y pericial. En cambio, el futuro Instituto está concebido como una
estructura burocrática administrativa ajena a la calidad de los procesos científicos
que se le impone desarrollar.
A nuestro entender hay un punto grave. Mientras que el artículo 14 del decreto
reglamentario de la ley 23.511 establece que el Banco Nacional de Datos Genéticos
"no proporcionará información a particulares sobre los datos registrados, ni
tampoco a entidades públicas o privadas, cualquiera sea la índole de las razones
alegadas" y que "la información almacenada sólo será administrada por
requerimiento judicial, en causa determinada", en el proyecto en consideración se
permite que accedan a estos datos altamente sensibles y protegidos aquellas
personas designadas como sus representantes por la CONADI y la Unidad Especial
de Investigación, miembros del Ejecutivo.
También cambia el criterio de selección del presidente del Instituto. La propuesta
del dictamen de mayoría posterga a un último plano la especialidad y diseña una
estructura burocrática y política que queda a cargo de un presidente dotado de
excesivas atribuciones. Por ejemplo, en el inciso h) se llega al punto de otorgarle
facultades legislativas, lo cual es groseramente inconstitucional.
En conclusión, como ha quedado claramente expuesto anteriormente y en esta
exposición, estamos frente a la restricción de un derecho universal al que una vez
más vemos peligrar si accedemos a limitar el ejercicio y garantía de un derecho
humano considerado base: el derecho a la identidad biológica.
No compartimos la idea de restringir lo que debe ser universal, para todos. No hay
derechos humanos limitados. Cuando discutimos este proyecto llegamos a la
conclusión de que no podemos jerarquizar entre víctimas. Las víctimas siempre son
víctimas y los instrumentos de reconocimiento y garantía de los derechos humanos
están en consonancia con este principio de igualdad y universalidad que debemos
defender. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE CAMBARERI.- Tiene la palabra el señor diputado por la Capital.
SR. GARCIA MENDEZ, EMILIO ARTURO.- Señor presidente: la hora no es la más
propicia para una reflexión profunda sobre un tema de suma trascendencia, y en
esto coincido con el diputado Carlotto, con quien he trabajado codo a codo en la
Comisión de Derechos Humanos. Pero si la hora no es apropiada para una
reflexión, el contenido y el objeto sí lo son.
En verdad uno se pregunta qué nos está pasando en materia de derechos
humanos. En este sentido me gustaría tomar como algo emblemático la distancia
que media entre la aprobación por unanimidad de la ley 23.511, como lo ha
señalado en un magnífico artículo pocos días atrás la diputada Morandini, y esta
situación de fragmentación, debate y discrepancias profundas que nos mueve a
plantear en el recinto aquello que no hemos podido discutir en las comisiones
como correspondía.
Creo que avanzar de esta forma en el campo de los derechos humanos implica un
retroceso. Si seguimos avanzando así dentro de poco nos vamos a encontrar en el
punto de partida. Por esa razón quisiera comenzar por el final y pedir al diputado
Carlotto una reconsideración pues entiendo que en definitiva nada podría ser
mejor para la causa de los derechos humanos que girar esta iniciativa nuevamente
a comisión, volver a proponer una discusión profunda respecto de los contenidos y
salvar las dificultades de forma, que son sustanciales.
Personalmente no me hace feliz haber llegado a este punto. Me parece saludable
que podamos pensar en la posibilidad de mejorar un instrumento como el que
estamos considerando, porque con estos niveles de discrepancia y de
fragmentación no podremos seguir avanzando.
Aclaro que no me voy a referir a los problemas de naturaleza técnica, que ya han
sido planteados con propiedad en el dictamen de minoría; simplemente deseo
hacer dos o tres observaciones sobre el contenido de esta propuesta.
En primer lugar, el proyecto restringe el universo del Banco a los casos vinculados
con los delitos de lesa humanidad, abandonando los problemas de filiación. Si hay
un país que conoce la existencia de zonas grises y los canales de comunicación
entre los delitos de lesa humanidad y los problemas de filiación, es la Argentina.
No en vano una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo, Chicha Mariani,
planteó en oportunidad de tratarse la ley 23.511 la necesidad de incluir a todas las
víctimas que habían sido sustituidas en su identidad y no sólo los casos de delitos
de lesa humanidad.
No es verdad que exista consenso. Por eso reitero mi pedido en el sentido de que
el proyecto vuelva a comisión.
Tampoco es cierto que haya consenso entre los organismos de derechos humanos.
Uno de esos organismos, el Centro de Estudios Legales y Sociales, con una larga
trayectoria en este campo, ha enviado una carta con determinados requerimientos,
algunos de los cuales fueron receptados, como la eliminación de determinados
artículos de la ley 23.511. Esto me parece altamente saludable. Sin embargo,
existe una comunicación por escrito del director del CELS, remitida al presidente de
la comisión, que fue omitida durante el tratamiento de esta cuestión.
En ese sentido, me permitiré leer una parte de la carta que el director del CELS
envió al presidente de la Comisión de Derechos Humanos, en la que expresa que
desde sus orígenes el Banco Nacional de Datos Genéticos ha sido convocado por la
Justicia en calidad de perito, debido a su carácter eminentemente técnico-
científico.
Sin embargo, esa saludable independencia funcional no será aplicable al Instituto
Nacional de Datos Genéticos en caso de funcionar bajo la órbita de la Secretaría de
Derechos Humanos, ya que al ser el secretario el encargado de designar al
presidente del Instituto, se atenta contra cualquier forma de autonomía.
En segundo término, lo que es más grave -esto exige una reflexión-: la Secretaría
de Derechos Humanos de la Nación es querellante en muchas de las causas por
delitos de lesa humanidad. Entonces, como es querellante en varias de las causas
en las que se investigan posibles apropiaciones de niños y niñas, en las que
presumiblemente se puede requerir el trabajo de peritos expertos para la
identificación de restos -sin perjuicio de que el proyecto especifica que el director
deberá responder como perito oficial a los requerimientos de los órganos
judiciales-, consideramos, continúa diciendo el documento del CELS, que este
inciso no es suficiente para garantizar la imparcialidad requerida.
Si bien he dicho que comparto en gran parte los argumentos expresados en el
dictamen de minoría, quiero dar una visión crítica respecto de lo que significa el
pase de un Banco de Datos que tiene la potencialidad, la historia y la trayectoria
del que estamos hablando a un organismo de carácter político y contingente, como
es la Secretaría de Derechos Humanos, que a mi juicio no siempre ha estado a la
altura de los desafíos en esta materia.
Lo que he dicho reafirma la posición de nuestro bloque en el sentido de votar
negativamente el dictamen de mayoría. Pero lo más importante es que
lamentamos profundamente que estemos avanzando en este retroceso acelerado
de politización sesgada de los derechos humanos en la Argentina. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE CAMBARERI.- Tiene la palabra la señora diputada por Córdoba.
SRA. MORANDINI, NORMA ELENA.- Señor presidente y queridos colegas: sé que
estamos cansados y que ésta no es la hora adecuada. Necesitaríamos tener un
debate más profundo.
-Ocupa la Presidencia la señora
vicepresidenta 1ª de la Honorable Cámara, doña Patricia Vaca Narvaja.
SRA. MORANDINI, NORMA ELENA.- Les tengo que pedir disculpas porque estamos
ante un proyecto donde tal vez en mi caso personal el argumento tendría que
darlo en la intimidad.
También vengo a hablar de la sangre. Y no deja de ser una paradoja que cuando
queremos corregir todo el daño que nos dejó el tiempo por la sangre derramada
no podamos tener una mirada común de consenso. Veinte años después de que
esta ley fuera sancionada sin disidencias y por unanimidad, hoy estamos divididos.
Les pido paciencia, porque quiero compartir con ustedes la reflexión que me ha
inspirado este proyecto.
La sangre constituye un elemento ancestral, y su nombre guarda la fuerza de lo
que ella significa como elemento de filiación. Pero en nuestro caso, por esta
tragedia brutal de nuestro país, la sangre junta -como si fuera una conjura del
tiempo- dos aspectos. Uno es primitivo y salvaje, como pudo ser el secuestro de
los niños nacidos en cautiverio. A la par de este elemento primitivo aparece uno
absolutamente sofisticado de avance de la ciencia, como ocurre con la genética.
Con esta figura casi literaria tenemos un Banco que ha actuado en nuestro país
como reservorio de vida y de muerte; un Banco que ha mantenido los secretos
mejor guardados en nuestro país, no por información que no pueda ser
compartida, porque ahí reside nuestra tragedia.
Ese reservorio de vida y de muerte contraría todas las nuevas tendencias de
adopción basadas en el amor que cuida y protege y en la sangre como lazo de
filiación.
Insisto con esta idea: nada desnuda mejor la naturaleza salvaje de lo que obligó a
esa recolección de sangre, porque allí están las respuestas genéticas para
establecer la verdadera identidad de aquéllos que fueron despojados de sus padres
biológicos y se les escondió su verdadera identidad.
Allí también, como prueba del tiempo que secuestró la vida con los otros, está la
identidad más luminosa de nuestro país. También está el coraje de madres que
con serenidad de abuelas y astucia de detectives fueron capaces de ir más allá y
erigirse sobre el dolor de ellas mismas para convertirse en el más bello ejemplo
para nuestro país y para el mundo.
Decir Abuelas de la Plaza de Mayo, es decir argentinas. Pero si como madres no
siempre fueron comprendidas ni acompañadas porque ellas buscaban cadáveres
insepultos, en el caso de las Abuelas, precisamente por buscar vida, la vida que
late escondida en aquellos que procuran, ellas sí concitaron la simpatía y el respeto
de todos los argentinos.
Cómo no conmoverse con la tarea que hicieron Chicha Mariani y Estela de Carlotto
cuando comenzaron a recorrer el mundo en búsqueda de la ayuda de la ciencia
para poder aprobar lo que se había intentado deliberadamente ocultar: la identidad
de sus nietos. Todos somos herederos de ese ejemplo.
Y como otro buen ejemplo, en este caso la ciencia no se puso al servicio del
mercado ni del dinero, sino al servicio de nuestra tragedia.
A todos ellos, a las abuelas y a los científicos, les debemos la existencia de ese
reservorio de vida que es el Banco Nacional de Datos Genéticos que funciona en el
servicio de Inmunología del Hospital Carlos G. Durand de la Ciudad de Buenos
Aires. Se trata de un proyecto de las Abuelas que reconoció el gobierno de Raúl
Alfonsín para obtener y almacenar la información genética de familiares de niños
desaparecidos o presuntamente nacidos en cautiverio.
Y esta es la paradoja. Sin disidencias ni observaciones fue aprobado en las dos
Cámaras y la ley 23.511 fue promulgada en mayo de 1987. Allí, a lo largo de todos
estos años, acudieron los que tenían dudas sobre su identidad, los que buscaban
su filiación y aquellos que quisieron dejar su muestra de ADN en resguardo de su
patrón genético.
A riesgo de parecer literaria, insisto con esta metáfora: ese es un reservorio de
vida y esperanza que hoy venimos a desmantelar para recrearlo en un instituto
político.
Veinte años atrás este mismo Congreso amplió sin disidencias las competencias del
Banco Nacional de Datos Genéticos y hoy, con disidencias y con observaciones
venimos a restringir sus competencias. ¿Qué nos pasó?
A riesgo de tocar siempre la misma tecla, quiero señalar que así como el nazismo
dejó al mundo la más bella utopía de la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre, la brutalidad de la dictadura nos legó la idea de los derechos humanos,
tan ajena a nuestra tradición política.
Pero me temo que por denunciar tanto su violación no conseguimos construir una
cultura del derecho para todos, efectivamente universal. Si aprobamos este
proyecto que restringe la acción del Banco sólo para los casos de lesa humanidad,
estaríamos discriminando entre dolores, víctimas y derechos.
El sufrimiento puede darnos autoridad de víctimas, pero no nos da derecho a
restringir los derechos de los otros, de cualquiera. Tenemos derecho, los que
hemos padecido la dictadura, a hablar del dolor que tenemos por la ausencia de
los hermanos en la mesa familiar.
Pero ese dolor que nos da autoridad para sensibilizar a otros no nos da derecho
para organizar la sociedad en la medida de nuestro sufrimiento.
La identidad, definida por la genética, al retrotraer la organización social del
parentesco paradójicamente va a contramano de la proclamada sociedad universal
que, al menos como definición, consagra derechos para hombres y mujeres
equiparados bajo la única noción de personas y ciudadanos, para no hablar ya de
la fraternidad universal como consagración utópica del amor al prójimo, o esa
profecía literaria que nos dejó Borges como testamento en su poema Los
Conjurados, cuando se refería a esos hombres de diversas estirpes que han
tomado la extraña resolución de ser razonables porque olvidaron sus diferencias y
acentuaron sus afinidades.
En la Argentina, el dolor atávico de las madres que pierden a sus hijos, las madres
en duelo, estremecen todos los contratos políticos, desorientan los poderes
constituidos, ponen en abismo al pragmatismo social y la razón pública, que nunca
vuelve la mirada hacia atrás.
Porque somos parte de ese legado, esa sangre, como una conjura, debería unir lo
que peligrosamente comienza a desunirse por las razones políticas que no siempre
son públicas, en el sentido de consagrar lo que es de todos, se haya nacido en
cautiverio o no, fruto de una violación o producto del abandono.
En este caso, solicito a un hermano del dolor, al diputado Carlotto, que reconsidere
este proyecto, a fin de que podamos dar una lección a la opinión pública y mostrar
que en los casos de derechos humanos no puede haber observaciones ni
disidencias.
Reconozco el trabajo que se ha hecho en relación con las organizaciones de
derechos humanos. Siento mucho que ese trabajo no se haya hecho en la
Comisión de Derechos Humanos y Garantías y en este recinto, que es el lugar
donde tenemos que dialogar con la sociedad.
Por eso insisto, hermano del dolor, en que podamos reconsiderar este proyecto
para que sea una iniciativa de todos. (Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra la señora diputada por
Buenos Aires.
SRA. CHIACCHIO, NORA ALICIA.- Señora presidenta: cuando nuestro bloque
recibió este proyecto se abocó a su estudio, aunque ya había sido prácticamente
convocada la reunión conjunta de las comisiones de Derechos Humanos y
Garantías y de Legislación Penal.
Debatimos la iniciativa y nos hicimos muchas preguntas con respecto a la razón de
la derogación de la ley 23.511, del cuestionamiento del hospital Durand y de la
creación de otro instituto, aun sabiendo que el servicio que se presta ha sido
intachable, aunque se pueda mejorar.
Nuestro bloque, integrado por militantes políticos, tiene cuestiones lejanas o
cercanas a resolver, pero seguramente este banco de datos genéticos ha sido y
seguirá siendo de mucha utilidad.
Todas las preguntas que nos hicimos debieron ser contestadas entre nosotros. No
me voy a extender demasiado en el tema porque ha habido discursos realmente
conmovedores, donde también se hicieron planteos técnicos sobre la iniciativa, los
que debieron haber sido analizados en la Comisión de Derechos Humanos y
Garantías mucho antes de que el dictamen -que en lo personal no suscribí- hubiese
circulado y llegado al recinto.
Nuestro bloque continúa haciéndose preguntas y cree, como lo han manifestado
otros señores diputados, que debemos darnos más tiempo, porque seguramente
podríamos elaborar una propuesta mejor.
Este tema ha calado hondo y es muy importante. La señora diputada Morandini ha
mencionado cómo se creó el Banco Nacional de Datos Genéticos a partir de la
unanimidad de la Cámara y del Congreso, y hoy debe tener en este recinto muchas
dudas.
Para no extenderme más, quiero señalar que nuestro bloque va a plantear, como
moción de orden, que esta cuestión vuelva a comisión. Por eso, reiteramos el
pedido de pase a comisión, porque puede ser mejorado.
Están bien planteadas las cuestiones que tienen que ver con la incumbencia de la
Ciudad de Buenos Aires en lo que respecta al Hospital Durand, pero también
pensamos que son cosas que se pueden resolver mediante otros mecanismos,
como pueden ser convenios o una mayor atención de la Nación al hospital. Hay
muchas cosas que se pueden decir, tanto a favor del proyecto -lo tengo que
reconocer- como en su contra.
Por lo señalado, reitero la moción de orden de que el proyecto vuelva a comisión.
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos
Aires.
SRA. MARINO, JULIANA ISABEL.- Perdón, señora presidenta: estoy anotada hace
tiempo, incluso había solicitado la palabra cuando la sesión era presidida por el
señor diputado Cambareri.
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra la señora diputada por la
Capital.
SRA. MARINO, JULIANA ISABEL.- Señora presidenta: ojalá pueda acompañar a mi
bloque para que este proyecto se pueda volver a tratar y discutir adecuadamente.
Es muy probable que nosotros tengamos que debatirlo y, si es necesario,
rejerarquizarlo, ampliarlo, sintetizarlo, en lo que hace a una serie de cuestiones y
de objetivos sobre los que podríamos coincidir.
Pero el modo en que lo estamos discutiendo no es el adecuado, y ya lo he
advertido al mencionar la manera en que nosotros íbamos a lograr, según parece,
el objetivo.
En lo particular, comparto buena parte de los argumentos que aquí se han vertido.
Sólo voy a agregar que desde 1994, no desde antes, he sido testigo de la vida de
este banco. Como legisladora local nos tocó, junto con la señora diputada Bisutti,
pelear año tras año las partidas en el presupuesto de la Ciudad de Buenos Aires
para acompañar las funciones del Banco.
No conozco al Banco desde el año 1987, como buena parte de los señores
diputados vinculados con las organizaciones de derechos humanos, pero sí pude
ver durante todos esos años la significación de un Banco que fue creado y
colocado en un servicio de inmunología importante de la ciudad, estando a cargo
de un médica que había ganado la jefatura por concurso. Se trata de una gran
científica, que ha sido desplazada salvaje e injustamente durante este año, al
margen de que este año ella debía jubilarse y que había desajustes en relación con
el banco, que debían ser corregidos.
He podido ver que bajo la jefatura de la doctora Di Lonardo el Banco se fue
potenciando para ir logrando un know how y un desempeño de tal magnitud que
en determinado momento, con el jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,
doctor Aníbal Ibarra, pensamos en convertir el Servicio de Inmunología -no el
Banco de Datos Genéticos, que no nos pertenecía- en un instituto de genética de
la ciudad.
He tenido oportunidad de trabajar durante casi dos años para poder retirar de la
aduana un secuenciador. También he podido ver las donaciones y todo lo que
adquirió el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, y hay una serie de cuestiones
que no están planteadas, más allá de muchas de las objeciones que aquí se han
expresado y que comparto.
Cuando nosotros queríamos crear el instituto de genética lo hacíamos no porque
no supiéramos que existe una importante cantidad de centros privados sino porque
como legisladores locales -o en este caso como legisladores nacionales- todo
nuestro empeño y esfuerzo tienen que estar puestos en generar, expandir y
aumentar estos servicios y estos centros científicos y de referencia en nuestro
sistema público de salud.
De ningún modo me quiero negar a discutir si es necesaria o no la creación de un
Instituto, pero creo que esta norma debería ser tratada como resultado de un
debate muy profundo, que excede este ámbito parlamentario. (Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- La Presidencia aclara a la señora diputada
Marino que estaba anotada después de la señora diputada Chiacchio, que a su vez
hablaba en nombre de su bloque.
Tiene la palabra la señora diputada por Santa Fe.
SRA. TATE, ALICIA ESTER.- Señora presidenta: simplemente quiero informar,
porque tal vez la señora diputada Marino no lo sabe, que la doctora Di Lonardo -a
la que ella hizo referencia y que fuera apartada de la Dirección del hospital Durand
por ser acusada criminalmente- ha sido sobreseída en esa causa. El fallo dice que:
"Se sobresee en esta causa a Ana María Di Lonardo, en orden a los delitos
previstos y reprimidos por los artículos 248, 260, 261, 265, 266 y 268 del Código
Penal por los que fuera denunciada, con la aclaración de que la formación del
sumario a su respecto en nada afecta el buen nombre y honor de que gozare". Me
parece que este es un debido reconocimiento a la científica que mencionara la
señora diputada Marino, la doctora Ana María Di Lonardo. (Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por la
Capital.
SR. TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO.- Señor presidente: yo que siempre he sido
muy crítico del funcionamiento de la Cámara, esta vez lo quiero reivindicar, porque
me parece que se está dando un debate muy interesante, en el que no está todo
resuelto de antemano, como suele pasar, y se teatraliza.
Me parece que el tema es tan grave, tan fuerte y tan delicado que obligó a todos
los señores diputados a plantear la cuestión sinceramente desde el lugar de lo que
cada uno piensa. Esto lo quiero reivindicar.
Simplemente voy a decir dos o tres cosas. A mí también me ha venido a ver gente
de organismos de derechos humanos y de algunas organizaciones que trabajan en
la búsqueda de la identidad. Según los datos que tienen algunos de esos
organismos, hay tres millones de personas que buscan su identidad. Cuando me
dieron este dato yo dije que era una barbaridad, porque me pareció un número
exagerado. En realidad, no sé si no habrá cierta exageración, ya que algunos
organismos que también buscan identidad hablan de un millón o un millón y
medio, que también es muchísima gente.
El 29 de marzo de 2006 el ministro de Salud y Desarrollo Social de la provincia de
Santiago del Estero, Juan Carlos Smith, dijo que el 52 por ciento de los niños que
nacen en esa provincia no son registrados. Entonces, no es descabellado que haya
tanta cantidad de gente en busca de su identidad, porque entonces podemos
empezar a pensar mucho más profundamente en lo que pasa con el tráfico de
niños o con la adopción ilegal. Estas personas nunca más, aunque se lo
propongan, van a poder encontrar una alternativa para conocer su identidad, a la
que tiene derecho cualquier persona.
Sinceramente, no encuentro una explicación a esto que se pretende hacer.
Al analizar la ley 23.511 -he charlado sobre esto con algunas personas que
conocen mucho más que yo del tema- vemos que es una norma que cubre todo el
abanico de necesidades que se plantean aquí.
¿Qué sentido tienen los artículos 1°, 3° y 30 de este proyecto? No sólo se lo
pregunto al diputado Carlotto, a quien en algún momento llamé por teléfono a su
despacho pero no me devolvió el llamado. ¿Por qué los artículos 3° y 30, y por qué
el artículo 21, que dice que todo lo que no pueda ser resuelto por el Instituto se
derivará a organismos privados?
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra la señora diputada por la
Capital.
SRA. MONTI, LUCRECIA.- Señora presidenta: el bloque Justicialista Nacional va a
apoyar el dictamen de minoría, pero nuestro deseo es que el proyecto vuelva a
comisión a fin de que sea nuevamente debatido.
Tal como lo han expresado quienes me han precedido en el uso de la palabra,
considero muy importante que esta noche no se vote este tema de una forma tan
dividida.
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por la
Capital.
SR. LOZANO, CLAUDIO.- Señora presidenta: no abundaré en argumentaciones que
ya han sido dadas. Simplemente, me quiero sumar al pedido de reconsideración de
este proyecto para darnos más tiempo.
Me parece que está claro que todos debemos respetar al conjunto de los
organismos de derechos humanos que han demostrado su compromiso para con
esta lucha histórica de nuestro pueblo. También está claro que en este punto
existen diferencias y que por lo tanto hay que profundizar la discusión.
Entiendo que debemos respeto al compromiso que muchos de los diputados que
han hecho uso de la palabra tienen con todo lo que en esta materia se ha venido
haciendo. Asimismo, considero que tanto nuestra historia como la envergadura del
genocidio vivido obligan a que haya consenso en este proyecto.
Por todas estas razones, me sumo al pedido de vuelta a comisión de esta iniciativa
y de no avanzar con las características que hasta este momento tiene.
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Tiene la palabra el señor diputado por Buenos
Aires.
SR. CARLOTTO, REMO GERARDO.- Señora presidenta: antes de referirme a la
consideración específica de la moción, quiero aclarar algunos puntos.
El proyecto en consideración fue debatido en el marco habitual en que se trata
cualquier proyecto en esta Cámara, tanto los de mayor importancia como aquellos
que tienen una relevancia más relativa. Se ha invitado a participar en el debate a
representantes de organismos de derechos humanos y de la Secretaría de
Derechos Humanos y a genetistas, quienes explicaron los alcances de la iniciativa.
Algunos firmantes del dictamen de minoría no participaron de esa reunión.
Una cuestión central es la interpretación del significado que tiene el Banco
Nacional de Datos Genéticos, lo que significa un laboratorio de datos genéticos y el
entrecruzamiento en los casos de violación. Son dos hechos distintos. Esto no
significa que uno esté trabajando en desmedro del derecho de aquellas personas
que están requiriendo conocer su verdadera identidad. El funcionamiento y el
objetivo del Banco Nacional de Datos Genéticos y el proyecto que sustenta la
creación del Instituto justamente apuntan a dar garantías para la creación de una
base en donde esté resguardada la información para su proyección respecto de
determinados grupos y sectores. No se puede tener un banco sobre algo con lo
cual no hay con qué contrarrestar; y en el caso donde existe una interpretación
punto a punto entre cada una de estas opciones, sin duda alguna ello se resolverá
en el marco de la acción de la Justicia, cuando se trata de un caso de filiación, y
no es necesario reservar la información a través del transcurso del tiempo si el
caso está resuelto. No hay necesidad de que el Estado invierta recursos para
sostener una información que ya cumplió con el objetivo que tenía. Este es un
tema sumamente importante.
Otra cuestión fundamental, que no fue respondida, se relaciona con este
intercambio de información entre la Comisión Nacional por el Derecho a la
Identidad y el Banco Nacional de Datos Genéticos, y los informes del mes de
febrero en adelante. En primer lugar, reitero que el acceso a esta información no
es de carácter público; en segundo término, es importante poder analizar que la
Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad, creada por una ley sancionada
por el Congreso, tiene la atribución de requerir información al Banco Nacional de
Datos Genéticos; no se trata de que se le esté otorgando una facultad en el marco
de la creación del Instituto.
Por otra parte, debemos analizar por qué en el año 2006, entre los meses de enero
y febrero, se atendió un informe de más de 470 casos. En realidad, lo que aquí
estábamos contando son más de dos años de atraso en la rendición de informes
por parte del Banco Nacional de Datos Genéticos.
Estos temas son importantes porque el transcurso de un año y medio o dos años -
sepámoslo bien- significa el encuentro o no entre una abuela que está buscando a
su nieto desde hace treinta años y el nieto que está buscando su identidad. Esto
ha sucedido, ha sido así, no es un invento. De hecho, cuando aquí se habla de la
preservación de la información debería decir que mi sangre está depositada en ese
banco, y yo estoy buscando a un sobrino. Es decir que muy lejos de mí estaría
querer destruir información.
Esta es una transferencia de un banco a un instituto, lo cual significa que no se
está apropiando lo que es del Estado; no hay una apropiación de los valores del
Estado. Se trata de una política pública que se ha venido desarrollando a lo largo
de los años, y el proyecto en debate apunta a mejorar la calidad y eficiencia del
funcionamiento de este sistema.
De cualquier manera, habiendo consultado a las autoridades del bloque, vamos a
aceptar la moción de que el asunto vuelva a comisión a los fines de un mayor
debate. Es importante poder discernir con mucha claridad lo que significa el
desarrollo del análisis genético en un entrecruzamiento puntual y el
funcionamiento de un banco o la conformación de un archivo de datos genéticos.
Creo que son dos objetivos distintos.
Cuando en 1987 se creó el Banco Nacional de Datos Genéticos, no se tuvo la
intención de que la sangre de toda la población argentina estuviese depositada allí.
La creación de ese banco se fundamentó en el criterio de la resolución de los
crímenes de lesa humanidad y en función de la resolución de los casos de filiación,
siendo el único lugar donde se desarrollaba este tipo de análisis en el país.
Reitero que aceptamos la moción, y continuaremos el debate en comisión.
(Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Se va a votar la moción de que el proyecto de
ley contenido en el Orden del Día N° 1784 vuelva a comisión.
-Resulta afirmativa.
SRA. PRESIDENTA VACA NARVAJA.- Se procederá en consecuencia.
(Aplausos.)
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TATE, ALICIA ESTER | SANTA FE | UCR |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | PARTIDO NUEVO CONTRA CORRUP. POR HONEST. Y TRANSP. |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | ARI |
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
ASUNTOS MUNICIPALES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 4609-D-09 |