PROYECTO DE TP
Expediente 5628-D-2012
Sumario: SE ESTABLECE QUE TODOS LOS EX - COMBATIENTES QUE HAYAN PARTICIPADO EN LAS ACCIONES BELICAS DESARROLLADAS EN EL ATLANTICO SUR, QUE AL DIA DE LA FECHA REVISTAN TAREAS PARA EL ESTADO NACIONAL EN CARACTER DE PERSONAL TRANSITORIO, CONTRATADO Y/O CUALQUIER OTRA FORMA DE RELACION LABORAL PRECARIA, DEBERAN SER CONFIRMADOS COMO PERSONAL DE PLANTA PERMANENTE EN UN PLAZO NO MAYOR A 90 DIAS.
Fecha: 15/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º.- Este régimen será de
aplicación a los ex-combatientes que hayan participado en las acciones bélicas
desarrolladas en el Atlántico Sur entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 y que
al día de la fecha revistan tareas para el Estado Nacional en carácter de personal
transitorio, contratado y/o cualquier otra forma de relación laboral precaria.
ARTÍCULO 2º.- El Estado Nacional a
través de sus tres poderes procederá, dentro de un plazo no mayor a 90 días, a
confirmar como personal de planta permanente a todas las personas mencionadas
en el artículo 1º.
ARTÍCULO 3º.- El cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 2º deberá realizarse de conformidad a los distintos
regímenes que regulan el trabajo del agente estatal, según el poder de que se
trate, y respetando las remuneraciones y/o las ubicaciones escalafonarias actuales,
sin perjuicio de otorgarle la plenitud de los beneficios que asisten a los empleados
de planta permanente según la normativa específica.
ARTÍCULO 4º.- Dentro del mismo
plazo mencionado en el artículo 2º los ex-combatientes podrán optar por no
acogerse al régimen de regularización dispuesto en la presente Ley debiendo
realizar las comunicaciones que correspondan.
ARTÍCULO 5º.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 1984
fue sancionada la Ley 23.109 por medio de la cual se otorgaron a los veteranos de
guerra del Atlántico Sur, beneficios que abarcaron temas de salud, trabajo,
vivienda y educación.
Entre los
antecedentes que precedieron al dictado de la mencionada ley, encontramos el
denominado "Proyecto Britos", donde fue muy valioso el aporte respecto a los
artículos relacionados al derecho a los beneficios de la obtención de trabajo para
toda persona que hubiese intervenido en el conflicto con el Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte, en el teatro de operaciones Malvinas.
La normativa
vigente a estos beneficios laborales, rigen hoy día en abierta contradicción al
espíritu y fundamentos originales, debido a la amplitud del otorgamiento de un
cargo siempre que se reúnan "condiciones de idoneidad" para ejercitarlos.
En su artículo 8°
se deja al desamparo a los peticionarios de este beneficio, ya que quienes ejercen
cargos superiores en cada área del Estado Nacional les es facultativa la elección de
"los idóneos" para el puesto de trabajo.
Este proyecto
de ley tiene su fundamento en poder cumplir con quienes estuvieron al frente
defendiendo nuestra patria, haciendo por nosotros lo que hoy no logramos hacer
por ellos.
Hace más de
veinte y ocho años que los ex-combatientes de Malvinas siguen luchando otra
batalla, defendiéndose contra la discriminación, la falta de trabajo, la falta de
contención. Fueron ellos mismos los que estuvieron al frente arriesgando sus vidas
por nosotros, por nuestra Nación, los
que hoy nos reclaman por una vida más digna.
Tenemos el
deber de honrarlos como se merecen, como héroes que estuvieron al frente de
una de las luchas más desiguales del último siglo, defendiendo nuestro territorio
nacional, abrazados a los colores de un solo pabellón, que hoy siguen llevando con
orgullo en cualquier lugar que se los encuentre.
Por todo lo
expresado es que vengo a solicitar a todos los legisladores me acompañen en el
pronto tratamiento y aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GRANADOS, DULCE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0486-D-16 |