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PROYECTO DE TP


Expediente 5625-D-2008
Sumario: DERECHOS DE EXPORTACION E IMPORTACION: ESTABLECIMIENTO SEGUN LO NORMADO POR LOS ARTICULOS 4, 9, 17, 52 Y 75 DE LA CONSTITUCION NACIONAL; PORCENTAJES PARA GRANOS, CARNES, FRUTAS Y LACTEOS; CREACION DE UNA COMISION BICAMERAL PERMANENTE PARA EL ANALISIS DE LOS DERECHOS DE EXPORTACION E IMPORTACION.
Fecha: 07/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 138
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Establecimiento de Derechos de Exportación e Importación
ARTICULO 1º.- Quedan establecidos, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 4, 9, 17, 52 y 75, inciso 1º, de la Constitución Nacional, los derechos de exportación e importación según lo regulado por la presente ley.
ARTICULO 2º.- Dispónese que, a los productos contenidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) no contemplados en los artículos 3 al 11 de la presente ley, se les aplicará, por derechos de importación y exportación, la alícuota vigente al momento de publicación de esta ley, hasta tanto se modifiquen por ley dichas alícuotas por derechos de importación y exportación, de conformidad con lo previsto en los artículos 12 y 15.
ARTICULO 3º.- Derecho de Exportación a la Soja. Fíjase en un 25 % (veinticinco por ciento) la alícuota para el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de soja comprendidas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 1201.00.90.
ARTICULO 4º.- Derecho de Exportación al Trigo. Fíjase en un 15 % (quince por ciento) la alícuota para el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de trigo comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 1001.10.90 y 1001.90.90.
ARTICULO 5º.- Derecho de exportación al Maíz. Fíjase en un 15% (quince por ciento) la alícuota para el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de maíz comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 1005.90.10 y 1005.90.90.
ARTICULO 6º.- Derecho de exportación al Girasol. Fíjase en un 20% (veinte por ciento) la alícuota para el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de girasol comprendidas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 1206.00.90.
ARTICULO 7º.- Derecho de exportación al Sorgo. Fíjase en un 18% (dieciocho por ciento) la alícuota para el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de sorgo comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 1007.00.10 y 1007.00.90.
ARTICULO 8º.- Derecho de exportación a la Carne Bovina. Fíjase en un 10% (diez por ciento) la alícuota para el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de carne bovina comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 0201.10.00, 0201.20.10, 0201.20.20, 0201.20.90, 0201.30.00, 0202.10.00, 0202.20.10, 0202.20.20, 0202.20.90 y 0202.30.00.
Cumplido el plazo de un año de la vigencia de la presente ley, fíjase en un 5 % (cinco por ciento) el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de carne bovina contempladas en el párrafo anterior.
Cumplido el plazo de tres años de la vigencia de la presente ley, no se aplicarán derechos de exportación a las distintas variedades de carne bovina contempladas en el primer párrafo del presente artículo.
ARTICULO 9º.- Derecho de exportación a la Leche, Manteca, Quesos, Yogurt y Productos Lácteos. Fíjase en un 10% (diez por ciento) la alícuota para el derecho de exportación aplicables a las distintas variedades de Leche, Manteca, Quesos, Yogurt y Productos Lácteos comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 0401.10.10, 0401.20.10, 0401.20.90, 0401.30.10, 0401.30.2 Nata, 0401.30.29, 0402.10.10, 0402.10.90, 0402.21.10, 0402.21.20, 0402.21.30, 0402.29.10, 0402.29.20, 0402.29.30, 0402.91.00, 0402.99.00, 0403.10.00, 0403.90.00, 0404.10.00, 0404.90.00, 0405.10.00, 0405.20.00, 0405.90.10, 0405.90.90, 0406.10.10, 0406.10.90, 0406.20.00, 0406.30.00, 0406.40.00, 0406.90.10, 0406.90.20, 0406.90.30 y 0406.90.90.
Cumplido el plazo de un año de la vigencia de la presente ley, fíjase en un 5 % (cinco por ciento) el derecho de exportación aplicable a las distintas variedades de Leche, Manteca, Quesos, Yogurt y Productos Lácteos contempladas en el párrafo anterior.
Cumplido el plazo de tres años de la vigencia de la presente ley, no se aplicarán derechos de exportación a las distintas variedades de Leche, Manteca, Quesos, Yogurt y Productos Lácteos contempladas en el primer párrafo del presente artículo.
ARTICULO 10º.- Derecho de exportación a las Frutas (Naranjas, Mandarinas, Limones y Limas, Pomelos, Manzanas, Peras y Membrillos Frescos, Kivis, Damascos, Cerezas, Duraznos y Ciruelas, Frutillas, Frambuesas, Zarzamoras, Moras y Arándanos) No se aplicarán derechos de exportación a las distintas variedades de frutas comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 0805.10.00, 0805.20.00, 0805.30.00, 0805.40.00, 0805.90.00, 0808.10.00, 0808.20.10, 0808.20.20, 0809.10.00, 0809.20.00, 0809.30.10 Duraznos, 0809.40.00, 0810.10.00, 0810.20.00, 0810.30.00, 0810.90.00, 0811.10.00, 0811.90.00, 0812.10.00, 0812.20.00, 0812.90.00, 0813.20.10, 0813.20.20, 0813.30.00, 0813.40.10 y 0813.40.90.
ARTICULO 11º.- Derecho de exportación al Té y la Yerba Mate. No se aplicarán derechos de exportación a las distintas variedades de Té y Yerba Mate comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M) 0902.10.00, 0902.20.00, 0902.30.00, 0902.40.00, 0903.00.10 y 0903.00.90.
ARTICULO 12º.- Créase en el ámbito del Congreso de la Nación, una Comisión Bicameral Permanente que tendrá por objeto el análisis periódico semestral de las alícuotas de los derechos de importación y exportación de los productos contenidos en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M).
La Comisión elevará un dictamen al Plenario de cada Cámara cada 6 (seis) meses, recomendando las modificaciones que considere necesarias de las alícuotas vigentes.
Las Cámaras deberán dar expreso tratamiento al dictamen dentro del plazo de 30 días de su elevación.
ARTICULO 13º.- La Comisión estará integrada por OCHO (8) diputados y OCHO (8) senadores, designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los diferentes bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas. La Comisión se constituirá en un plazo no mayor al de 30 días después de la vigencia de la presente Ley.
Dentro de su reglamento, la Comisión preverá una instancia participativa y pública de las organizaciones interesadas.
ARTICULO 14º.- En casos excepcionales de emergencia pública, cuando se presenten las siguientes necesidades: asegurar mayor previsibilidad en la estructura de precios relativos y en los márgenes de rentabilidad de la producción agropecuaria, atemperar la volatilidad de los mercados, responder a fluctuaciones abruptas de los precios internacionales, preservar la capacidad productiva del sector agropecuario, hacer frente a contingencias como sequías, inundaciones, fenómenos imprevistos que afecten a la producción, la Comisión creada por el artículo 12 deberá revisar la necesidad de efectuar modificaciones a las alícuotas vigentes y emitir dictamen en el plazo de 10 días. Este dictamen deberá ser tratado en la sesión inmediata posterior.
ARTICULO 15º.- Disposición Transitoria. Dentro del plazo máximo y perentorio de seis (6) meses de publicada la presente Ley, la Comisión creada en el artículo 12 deberá elevar un dictamen a cada Cámara del Congreso proponiendo las modificaciones a las posiciones arancelarias mencionadas en el artículo 2 que considere necesarias.
Las Cámaras deberán dar expreso tratamiento al dictamen dentro del plazo de 30 días de su elevación.
ARTICULO 16º.- Queda derogada toda norma que explícita o implícitamente se oponga a lo dispuesto por la presente ley.
ARTICULO 17º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo de la Nación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente Proyecto de Ley tiene por objeto establecer los derechos de exportación e importación de los diferentes productos que comercializa nuestro país. En particular, se fijan y establecen las alícuotas de algunos productos agropecuarios, mientras que, para los demás productos incluidos en el resto de las posiciones arancelarias se estipula que se aplicará las alícuotas vigentes en función de la previsibilidad del mercado y la seguridad jurídica, hasta tanto una ley del Congreso modifique las que considere necesarias. A tales fines, se crea una Comisión Bicameral Permanente con un mandato expreso para que dentro de los seis meses de plazo máximo y perentorio de publicada la presente ley, y en lo sucesivo, analice periódicamente la necesidad de proponer la modificación por ley cualquiera de las alícuotas de exportación o de importación.
Hemos dividido los fundamentos del presente proyecto en dos capítulos: uno legal, dónde explicamos y fundamentamos el andamiaje jurídico que proponemos para la regulación de los derechos de importación y exportación; y otro económico, en el que detallamos, en particular, los motivos por los cuáles se fija cada alícuota para cada uno de los productos a los que se refieren los artículos 3º al 11º.
1. CAPÍTULO LEGAL
1.1. La facultad del Congreso de Establecer los derechos de importación y exportación
La facultad de establecer derechos de exportación ha sido concedida al Congreso de la Nación por la Constitución Nacional en sus artículos 4, 9, 17, y 75, inciso 1º. Este último, en particular, establece las atribuciones del Congreso de la Nación, fijando la competencia exclusiva del mismo para "...Legislar en materia aduanera. Establecer los derechos de importación y exportación, los cuales, así como las avaluaciones sobre las que recaigan, serán uniformes en toda la Nación..."(inc. 1°). Dicha norma constitucional no hace más que consagrar el llamado principio de legalidad tributaria esencial e insoslayable en la aplicación de cualquier tributo, como es el caso de los derechos de importación y exportación. Asimismo, debe ser esta Cámara de Diputados la iniciadora de proyectos referidos a materia impositiva, tal como dispone el artículo 52 de la Carta Magna.
En efecto, el artículo 4º citado dispone, en su parte pertinente, que el Gobierno Federal provee a los gastos de la Nación con los fondos del Tesoro nacional formado del producto de derechos de importación y exportación, mientras que el artículo 9º, señala que en las aduanas nacionales regirán las tarifas que sancione este Congreso.
Coherentemente, el artículo 17 de la Constitución, que protege el derecho a la propiedad, dispone que sólo el Congreso impone las contribuciones que se expresan en el artículo 4º, lo cual coincide con las atribuciones fijadas en el artículo 75 inciso 1º, al disponer que le corresponde al Congreso legislar en materia aduanera, estableciendo los derechos de importación y exportación en forma uniforme en toda la Nación.
Los derechos de exportación son tributos cuyo producto es destinado a sufragar el gasto público del Estado Nacional. Además, y junto con los derechos de importación, son una herramienta de política económica para fijar políticas de apertura de la economía, o de protección de la producción e industria nacionales y para regular la oferta interna de bienes y servicios y el nivel de precios.
Así, los derechos de exportación atienden las necesidades del bienestar general de dos modos distintos: primero, ellos son en sí mismos elementos regulatorios de la economía; y segundo, ellos generan ingresos a las arcas del Estado para el cumplimiento de sus fines.
Con respecto a la atribución del Estado Nacional de fijar derechos de exportación, María Angélica Gelli ha dicho: "Las contribuciones al Tesoro Nacional pueden hacerse efectivas mediante impuestos o cargas públicas establecidos por el Estado Federal obligando a quienes resulten contribuyentes, conforme a las normas dictadas en ejercicio de los poderes conferidos por la Constitución.
En ejercicio de esas atribuciones, el Poder Legislativo tiene un amplio margen discrecional para elegir el tipo de impuestos, los objetos y actividades imponibles y aún las alícuotas respectivas respetando, desde luego, el sistema de distribución de competencias tributarias entre la Nación y las provincias." Agregó además: "... la Corte Suprema ha reconocido que los tributos, además de su propósito esencial de alegar fondos al Tesoro público, son valiosos instrumentos de regulación de la economía, complemento necesario del principio constitucional que prevé atender el bienestar general." (Constitución de la Nación Argentina, Comentada y Concordada, Editorial La Ley, 3ra edición, 3ra reimpresión, año 2008, págs. 37 y 38).
Como es sabido, en materia tributaria el principio de legalidad o de reserva es absoluto. Esto significa que no admite excepción alguna, y alcanza tanto la creación de impuestos, tasas o contribuciones, como la modificación de los elementos esenciales que lo componen: hecho imponible, alícuota, base de cálculo, sujetos alcanzados y exentos. El principio implica que la competencia del Congreso es exclusiva y que no puede ser ejercida por ninguno de los otros poderes, ni siquiera en situaciones de emergencia (1) .
En este sentido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha explicado la extensión del principio de legalidad en materia tributaria en reiteradas oportunidades. La Corte ha sostenido: "Que resulta necesario recordar que el principio de legalidad...abarca tanto a la creación de impuestos, tasas o contribuciones como a las modificaciones de los elementos esenciales que componen el tributo, es decir el hecho imponible, la alícuota, los sujetos alcanzados y las exenciones... De ahí, pues, que en esta materia, la competencia del Poder Legislativo es exclusiva (Fallos: 321:366, in re "Luisa Spak de Kupchik y otro c/ Banco Central de la República Argentina y otro"; Fallos: 316:2329; 318:1154 y 323:3770)." (2)
En tal razón, se hallan en juego los artículos 4, 9, 17, 52, 75 inc. 1 y 2, y 99 inc. 3 de la Constitución Nacional, por lo que deviene saludable para el sistema republicano que sea este Congreso Nacional el que discuta sobre la necesidad de establecer retenciones a las exportaciones y, en su caso, cuales deben ser los valores o límites que deben regir.
1.2. La revisión periódica de las alícuotas de derechos de importación y exportación.
El presente proyecto propone la creación de una Comisión Bicameral Permanente que tendrá por objeto el análisis periódico de las alícuotas de los derechos de importación y exportación de los todos productos contenidos en las diferentes posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M).
Más allá de las modificaciones concretas a las alícuotas que este proyecto propone en sus artículos 3 a 11, mediante la creación de una Comisión de carácter permanente se busca que el Congreso de la Nación revise periódicamente las alícuotas de importación o exportación cualesquiera sean, para lo cual, se propone que semestralmente dicha Comisión eleve un dictamen a las respectivas Cámaras para su expreso tratamiento dentro del plazo de 30 días.
El artículo 15 de este proyecto propone una cláusula transitoria para que la Comisión, dentro del plazo máximo y perentorio de seis (6) meses de publicada la Ley, eleve un dictamen a cada Cámara del Congreso proponiendo las modificaciones a las posiciones arancelarias mencionadas en el artículo 2 que considere necesarias.
Asimismo, con el espíritu de incorporar un mayor número de voces al debate democrático, se propone que el reglamento de la Comisión incluya una instancia participativa y pública de las organizaciones de los distintos mercados que estuvieran interesadas.
Es realmente importante crear un canal institucional a donde puedan concurrir tales organizaciones a plantear sus inquietudes y problemáticas propias de su sector, en especial, para evitar que situaciones de protesta social como las del pasado reciente y las que actualmente se están empezando a hacer sentir en una Argentina con un serio déficit de diálogo y políticas de construcción de consenso entre sus distintos sectores políticos y sociales. Es, en este sentido, imperante que el Congreso de la Nación recupere para sí el rol institucional que le compete constitucionalmente.
2. CAPÍTULO ECONÓMICO
Este proyecto de ley propone fijar algunos lineamientos para la diagramación y puesta en marcha de determinadas políticas públicas de largo plazo, horizonte productivo que pretendemos para nuestro país con desarrollo industrial y agropecuario, con un claro perfil exportador, sostenido en una amplia red de PYMES y que tenga como guía en todas sus actividades productivas la agregación de valor y la utilización de trabajo altamente capacitado. En cuanto al sector agropecuario, nuestro objetivo es potenciar la competitividad existente en el complejo agroindustrial y aumentar los niveles de encadenamiento, agregación de valor y transformación de materias primas en productos industriales y exportación de servicios y tecnología agropecuarias de alta calidad. Para lograr estos objetivos, y en función del contexto estructural internacional y la realidad de nuestro país, que a continuación explicaremos, creemos que es imperioso comenzar a regular a través del Congreso de la Nación elementos y normas de políticas públicas de largo plazo, y en ese marco y con ese espíritu es que debe entenderse este proyecto de establecimiento de derechos de importación y exportación.
Por otra parte, vale hacer una salvedad. Los derechos sobre las exportaciones son, esencialmente, un impuesto transitorio y de emergencia. Son asimismo un impuesto distorsivo, que desalienta la producción, y que al aplicarse sobre las ventas brutas no tiene en cuenta los márgenes reales de ganancia y rentabilidad de cada productor. Creemos importante dejar sentado esto ya que, más allá que esta norma esté regulando justamente dichos derechos, pensamos que en un esquema tributario de largo plazo debe contemplarse la eliminación paulatina de dichos derechos, y avanzar en todo caso en la mejora y ampliación de otros impuestos, como el caso del Impuesto a las Ganancias, que son mucho más justos y progresivos.
Nos parece importante, más allá del contenido normativo del presente proyecto, dejar sentada nuestra visión y postura de largo plazo en lo que hace al esquema impositivo del país y nuestra voluntad que el mismo sea replanteado y reformulado. Nuestro sistema tributario actualmente se encuentra configurado de manera claramente deficiente, pues hay una falta de adecuación con varios principios constitucionales, por lo cual, las reformas que se planteen deberían tener en cuenta los mismos a fin de tratar de lograr dotar a la normativa fiscal de mayor igualdad - entendida como mecanismo para corregir las desigualdades existentes en la distribución de la riqueza.
La reforma debe propiciar un cambio estructural del mecanismo de obtención de ingresos, lo cual puede lograrse acentuando la progresividad de los impuestos existentes, que el sistema se base especialmente en impuestos progresivos a la renta y al patrimonio no productivo. Y debe lograrse que se dejen de lado tributos claramente distorsivos, como las retenciones a las exportaciones o el I.V.A. aplicado a los productos básicos de la canasta familiar, propiciando su reemplazo por otra clase de recursos tributarios, como por ejemplo a la renta financiera, o a las grandes herencias. Es que, en definitiva, lo que se necesita, es lograr que prime la seguridad jurídica y el criterio de razonabilidad en el sistema tributario argentino, a fin de asegurar una verdadera política de distribución de ingresos.
2.1. Los niveles de las alícuotas de los derechos de importación y exportación
En primer lugar, cualquier alícuota que se proponga a los derechos de importación y exportación debe ser acorde con la Constitución Nacional y, por lo tanto, no confiscatoria. En entendimiento de ello es que creemos que en ningún caso un derecho de exportación podría superar un umbral que se ubica entre el 33 y el 35%. En efecto, respecto del carácter confiscatorio de la medida, vale la pena recordar que nuestro Máximo Tribunal tiene dicho desde antaño, que los tributos son confiscatorios cuando absorben una parte sustancial de la propiedad o de la renta. Así ha declarado la confiscatoriedad y, por ende la inconstitucionalidad de un impuesto, cuando excede del 33% del valor de los bienes ("Fallos" 190-159; y Villegas, "Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario", 1993, p. 207).
Para ilustrar la situación de los últimos tiempos de la evolución de las alícuotas a los productos agropecuarios, y del impacto en términos de carga impositiva sobre PBI que ha significado la misma, presentamos los siguientes cuadros.
Evolución de las Alícuotas
Evolución de la carga tributaria en términos del PBI
En cuanto al aporte tributario de la Cadena Agroindustrial al Fisco Nacional, señalamos que, según estimaciones que abarcan su aporte tanto directo como indirecto, representó el 38,4% del total de los recursos del sector público argentino en 1997 y 44% en 2005, y que el mismo pasó de 45.200 millones de pesos en 1997 a 59.200 millones de pesos en el 2005 (valores constantes de 2005) con un incremento del 29%." . (3)
2.2. Previsibilidad
La seguridad jurídica y la previsibilidad de las reglas de juego de un mercado facilitan la transparencia, la libre concurrencia, la ausencia de beneficios sectoriales inadecuados y el abuso de posiciones de mercado. La estabilidad de las leyes y previsibilidad en las reglas de juego de la competencia económica, y la ausencia de intromisiones arbitrarias o abusivas por parte del Poder Ejecutivo Nacional son condición necesaria para el normal desarrollo de cualquier actividad, y no es la producción agropecuaria la excepción. Las políticas de regulación del comercio externo y las políticas impositivas deben ser planteadas para el largo plazo y también ser sostenidas sin cambios bruscos en el tiempo, como estímulo a la inversión y a la competitividad de nuestros productos, y sobre todo como protección para los actores con menor poder de negociación. En tal sentido, que los derechos de exportación y sus respectivas alícuotas sean fijados por ley, es un reaseguro mayor de dicha estabilidad y previsibilidad normativa, sin la cual no es posible un desarrollo económico sostenible en el tiempo.
Por otro lado, es esta necesidad de contar con mercados previsibles y la preservación de la seguridad jurídica, la que lleva al Congreso de la Nación, en uso de sus facultades constitucionales, a disponer el mantenimiento de las alícuotas vigentes que no se reforman en la presente Ley, hasta tanto la Comisión Bicameral Permanente que se propone crear dictamine dentro del plazo máximo y perentorio de seis meses modificar las posiciones arancelarias que crea necesarias y las respectivas Cámaras del Congreso aprueben dicho dictamen dentro del plazo de treinta días.
2.3. El Escenario Productivo y la Oportunidad Estratégica
El mundo nos abre una tremenda oportunidad ya que las próximas décadas se augura una sostenida demanda mundial para los productos en los que somos muy competitivos. La demanda mundial de nuestros productos será sostenida porque no se sustenta en cuestiones coyunturales sino en elementos estructurales profundos, como los cambios demográficos, sobre todo en Asia, están generando una nueva y enorme clase media urbana en el mundo, que incorpora a sus hábitos de consumo una dieta intensa en proteínas. Este proceso, sumado al explosivo aumento en el precio del petróleo que ha impulsado a los biocombustibles, aumentando especialmente la demanda de maíz, ha generado un boom en la demanda de todos los granos. En cuánto a los precios, aún con vaivenes, mantendrán niveles que en promedio no serán peores que la media histórica, porque esa demanda encuentra desde el lado de la oferta, que la naturaleza pone límites a la producción y en algunos casos los comprime más, como por ejemplo ocurre con el calentamiento global y la disminución del agua disponible para las tierras arables. Como resumen de ambos factores -la oferta y la demanda- la FAO acaba de publicar unos números que muestran la tendencia estructural de este movimiento que cuantifica lo que es una tremenda oportunidad para nuestro país: proyectando números de población por continente hacia el 2050, y proyectando la tierra cultivable con humedad adecuada, se obtiene el indicador "número de hectáreas de tierra cultivable y con lluvia suficiente por persona":
Hectáreas de tierra cultivable y lluvia por persona (proyectado año 2050)
Fuente - FAO
Los números son elocuentes: mientras Estados Unidos será autosuficiente, Europa y fundamentalmente Asia, dependerán de África central y América del Sur para su alimentación. La oportunidad geoestratégica para la Argentina es inigualable, y debemos brindar los elementos de políticas públicas de mediano y largo plazo necesarios para que el país pueda aprovecharla. El panorama posterior a la caída de la Res.125/08 del Ministerio de Economía y Producción, por una serie de cuestiones irresueltas de fondo y por otras coyunturales como la sequía y la falta de recursos hídricos en muchas regiones del país, se combina un contexto internacional que sigue siendo una gran oportunidad estratégica para el desarrollo del país, aún en el marco de la crisis financiera global, por la citada situación de demanda externa sostenida, empujada sobre todo por Asia. En tal sentido también debe inscribirse el presente proyecto de ley.
En el mismo sentido acerca de esta oportunidad histórica se encuentran las conclusiones del trabajo de la Fundación Producir Conservando, "La Demanda de Alimentos 2005-2020: Una Oportunidad para la Argentina", en el cual se sostiene que estamos ante una oportunidad sin precedentes para la Argentina, ya que, según afirma dicho informe:
"El mundo está viviendo un cambio estructural profundo y muy probablemente duradero que ofrece a la Argentina una oportunidad sin precedentes. No se trata sólo del dinamismo de China y otros países del Lejano Oriente y del aumento de nuestras exportaciones a esos destinos, sino del crecimiento generalizado de los países emergentes y en desarrollo (PED), que en los últimos años ha contribuido con más de la mitad del aumento del PIB mundial en dólares a precios de mercado.
Por cierto, la primera y principal pregunta a responder es si este crecimiento de los países desarrollados y los países en desarrollo podrá sostenerse en el tiempo. Es difícil saberlo, pero hay al menos cuatro factores a favor de su continuidad que, además, configuran conjuntamente un cambio de alcance civilizatorio. Ellos son: la urbanización y la oferta de mano de obra con salarios bajos; el dinamismo del consumo y la nueva "sociedad de los pobres"; el cambio tecnológico y las posibilidades de convergencia y políticas económicas mucho más sensatas que en el pasado. Aproximadamente 4100 millones de personas en África, América Latina y Asia, cerca de dos tercios de la población mundial, están aumentando rápidamente sus ingresos desde niveles muy bajos, y esto tiene consecuencias sin precedentes sobre la demanda de alimentos, cuyas perspectivas de mercado se acentúan por el hecho de que la mayoría de los países de África y Asia carecen de ventajas comparativas o competitivas suficientes para satisfacer esta creciente demanda. El gran desafío que tiene la Argentina por delante es encontrar una economía política que no reprima, sino que potencie, el desarrollo del sector agroalimentario, pero dando cabida al mismo tiempo al desarrollo de la industria y de los servicios." (4)
Para completar el panorama y dimensionar esta oportunidad estratégica, antes de pasar a detallar los motivos por los cuáles proponemos cada alícuota para cada producto, incorporamos el siguiente gráfico sobre la evolución las principales exportaciones agropecuarias y agroindustriales de nuestro país de los últimos 15 años (1993-2007)
2.4. Soja
Sin dudas, en el sector agrícola hay una estrella, a la cual hay que tratar sin prejuicios pero con claridad: la soja. Fue prácticamente la salvación del país en lo peor de la crisis, ocupa más del 60% de la superficie cultivada y sus precios internacionales, más allá de los vaivenes, la convierten en la producción más tentadora. Ahora bien, los riesgos productivos, ambientales y comerciales de la tendencia al monocultivo son bien conocidos por todos. Lo que pretendemos nosotros es una producción agrícola diversificada, que no ataque la soja, pero que promueva incentivos para la rotación de cultivos, la utilización de nuevas tecnologías y técnicas de producción y el incremento en general de la producción agrícola, manteniendo estándares de sostenibilidad ambiental.
Hay, a su vez, otra dinámica peligrosa en el sector granario: los campos pequeños se están volviendo cada vez menos rentables, y la tendencia es, para contrarrestar el deterioro de sus ingresos, a ir aumentando la escala de producción, es decir, abandonar unidades menores. Nuevamente, la rentabilidad prometida por la soja es otra de las herramientas que se utilizan para mantenerse a flote.
La frontera sojera está avanzando constantemente en todo el país, incorporándose nuevas áreas bajo cultivo, por una sencilla razón: el margen de rentabilidad no tiene comparación con ningún otro uso que se le puede dar al suelo. Ya no se trata sólo de un fenómeno de la Zona Núcleo -Norte de Buenos Aires, Sur de Santa Fe, Suroeste de Córdoba y Sur de Entre Rios- y alcanzando áreas antes impensadas como Salta o San Luis.
La soja es la estrella de las exportaciones argentinas, por varios cuerpos. En el año 2006 se exportó, en forma de aceite, harina, pellets y porotos, un monto total de 8860 millones de dólares, lo que representó el 19% de las exportaciones totales del país y fue más que el triple en dólares que el segundo rubro de exportaciones. La producción total en volumen para el ciclo 2005/06 fue de 37,6 millones de toneladas.
En cuanto a la producción de la campaña agrícola 2006/07 la SAGPyA estimó una producción que rondó las 47,5 millones de toneladas, representando un 17,2% más que en la campaña anterior, tasándose un área cubierta de 16,14 millones de hectáreas. Para el ciclo 2007/08, la superficie bajo cultivo superó a la anterior en un 2,8% con una cobertura estimada en 16.600.000 millones de hectáreas; y la estimación en cuanto a la producción de la campaña fue de 46,2 millones de toneladas.
La soja se procesa -crushing- en un complejo agroindustrial ubicado a orillas del Paraná, con Rosario como eje (5) , que es el más avanzado en su tipo en cuanto a tecnología y a la vez convierte a la Argentina en el mayor exportador del mundo de aceite de soja y harinas de alto contenido de proteínas. La soja no son sólo porotos: es agregación de valor, y en el caso del complejo industrial rosarino, estamos ante la región procesadora de soja y productora de aceites más competitiva del planeta. Asimismo, el complejo industrializador de la soja está preparado para mayores cosechas: su capacidad esta siendo usada en márgenes cercanos al 70%, lo que muestra su competitividad y dinamismo. Se han hecho inversiones por anticipado esperando incrementos en los volúmenes de producción futuros, lo que da un escenario de crecimiento muy propicio. A su vez, se puede completar esta capacidad de procesamiento con producción de países que pueden ser procesadas y exportadas desde el complejo del Paraná. Si las condiciones de logística están a la altura de circunstancias -ver propuesta de obras de infraestructura- el país puede ser líder global indiscutido y fortalecer su posición en la primera línea global de la soja.
Ante esto, nuestra propuesta es la siguiente. Creemos que las retenciones en soja son excesivas, y deben ser reducidas, y sostenemos que bajo ningún punto de vista pueden ser superiores al 25%. Pero por otra parte, creemos que hay que dar incentivos públicos a la producción de otros cultivos, y en particular incentivar la ganadería como dijimos también. Es decir, no vamos a atacar la soja, queremos hacer que la ecuación económica sea más rentable para otras producciones agropecuarias, tendiendo hacia la complementariedad y la rotación entre diferentes cultivos así como entre cultivos y agricultura, para lograr así diversificar nuestra producción con sustentabilidad ambiental.
Todo esto debe entenderse en el marco de un horizonte productivo para nuestro país en dónde, sabiendo la importancia que tiene la soja, que acabamos de describir, pueda avanzarse en esquemas productivos mixtos y complementarios de la agricultura y la ganadería. Esto implica, como estrategia de largo plazo, propiciar la eficiencia productiva de las chacras desde la óptica de la empresa mixta agrícola ganadera. Aún hoy, cuando los precios de los granos alcanzan precios récord históricos, se puede mostrar que si se ofrecen las condiciones para transformarlos en carnes puede generar un significativo ingreso para el productor de esos granos. Ello permite a los productores, especialmente a los pequeños y medianos, contar con alternativas productivas y disminuir el riesgo económico de depender únicamente del precio de los granos. Además, la producción de carne a partir de los granos producidos por los propios productores genera arraigo de la población del medio rural, empleo y diversificación productiva, disponiendo del medio ambiente y los recursos naturales de modo más sustentable. En el sentido de este horizonte propuesto, es que mantenemos niveles de alícuotas significativamente mayores para la soja que para los demás cultivos, así como respecto de los lácteos y la carne bovina.
Por ello, pretendemos que las retenciones para ganadería sean cero, como dijimos, y planteamos un esquema en dónde para los otros granos las retenciones sean sustancialmente menores que para soja, siendo el tope máximo para los demás productos del 20%, y para algunos productos como el trigo, el maíz y el sorgo proponemos incluso alícuotas menores, de forma tal de compensar las diferencias de los precios externos.
2.5. Maíz
El grano de maíz argentino aporta el 4% de las divisas que ingresan al país. Es por lo tanto el quinto complejo en importancia para nuestro comercio internacional. En la campaña 1970/71, se sembraron casi 5 millones de hectáreas de maíz. En la campaña pasada, apenas 2,8 millones. En tres décadas la superficie se redujo en un 40% y la productividad aumentó un 170%. Fueron años importantísimos de transformación para el campo, que permitieron ir armando un paquete tecnológico y de manejo, que sumado a los desarrollos en genética y biotecnología, a los avances en las sembradoras de precisión, a la incorporación de la Siembra Directa, el riego, la fertilización, y un control integrado de plagas, le otorgan al productor un conjunto de herramientas, gracias a las cuales los rendimientos son cada vez mayores.
Fomentar la rentabilidad de dicho cultivo, para propiciar la siembra de maíz es crucial para la sustentabilidad ambiental y económica de nuestro país, y para evitar el fantasma del monocultivo de la soja. El complejo maíz-soja puede ser la base del próximo salto económico de nuestro país, a partir de un fuerte crecimiento en la producción de carnes, que a la vez permitiría ahorrar el costo de los fletes de maíz a puerto con su consecuente mejora en los ingresos. Este modelo, exige la integración de la agricultura con la ganadería y una intensificación en la producción de carne. Este planteo integrado fomenta las rotaciones y es más sustentable.
La producción mundial de maíz ha crecido muy significativamente -casi 180 millones de toneladas desde la campaña 2003/2004-. Lo mismo esta ocurriendo con el área sembrada que creció de 140 a 160 millones de hectáreas. Esta enorme oferta mundial es originada por una demanda mundial sin precedentes, así cómo también la demanda por los productos de su transformación industrial -carnes, lácteos, productos de granja, productos de la molienda húmeda y seca como almidón, biocombustibles, etc.- Esta situación nos obliga a tomar medidas concretas para aprovechar posibilidad ante la que está el país. Estamos así proponiendo para el caso del maíz una alícuota de derechos de exportación sustancialmente menor que para la soja, de manera tal que este proyecto fija la misma en un 15%.
2.6. Trigo.
La producción argentina de trigo tiene dos destinos básicos, satisfacer el consumo interno y colocar el saldo disponible en el exterior. El primero se mantiene en niveles relativamente constantes en los últimos años, de forma tal que cualquier aumento de la producción genera indefectiblemente mayores saldos exportables o un aumento en las existencias finales al culminar la campaña agrícola. Mientras el PIB per capita ha sufrido importantes fluctuaciones anuales, el consumo de harina per cápita se mantiene prácticamente inalterado, estando su consumo asociado al aumento de la población. De este modo, el potencial de crecimiento de la industria molinera considerando el mercado interno aparece como relativamente bajo. En el país operan un total de 151 molinos de harina de trigo (ONCCA 2007). Estos poseen diferente capacidad de molienda y procesan el total de trigo que se consume en el mercado doméstico. Dado el alto nivel de capacidad ociosa que presenta la industria, mayores niveles de producción de harina podrían ser absorbidos por la estructura actual sin inconvenientes. El 45% del mercado de molienda está representado por 3 grandes empresas. En cuanto al comportamiento de los impuestos indirectos y aranceles, el aporte del sector de productos de panadería es de $844 millones. Mientras, la molinería paga $374 millones y la producción primaria $215 millones (44% y 25% respectivamente de los aportes del sector de productos de panadería). Finalmente podemos observar que el aporte total de la cadena de trigo-harina-pan es de $ 2.863 millones, estando dividida por parte iguales entre las retenciones a las exportaciones e impuestos indirectos y aranceles. (6)
En abril de 2002, se adoptó un sistema de retenciones a las exportaciones que llevó al tipo de cambio efectivo a un nivel apenas 50% superior al nivel previo a la crisis (con una devaluación nominal de más del 200%). Esta intervención basada en el uso de retenciones a las exportaciones aún persiste, determinando que el tipo de cambio efectivo para el sector sea 20% menor al de mercado.
En mayo del 2006, con el objetivo de garantizar el abastecimiento interno y dado el fuerte crecimiento de las declaraciones de exportaciones de trigo, se determinó el cierre transitorio del registro. Se introdujeron en el mercado restricciones cuantitativas a las exportaciones que acentuaron la brecha entre los precios local e internacional del grano. Así es pues que, en la actualidad, las exportaciones están restringidas y manejadas de manera totalmente discrecional y arbitraria, sucesivamente se dictan cierres intempestivos de los registros de exportación y el gobierno maneja un esquema de compensaciones cruzadas que está generando una brutal transferencia a los grandes molineros exportadores. Los productores están percibiendo unos $ 400 menos que el precio internacional (en febrero de 2007 mientras que la tn. de trigo en el mercado mundial se cotizada a 345 U$S, a los productores argentinos se les pagaba 200 u$s). La principal beneficiada de esta situación es la industria molinera. Sin la competencia de los exportadores, puede fijar el precio interno del trigo a su criterio.
Creemos importante bajar la alícuota de las retenciones al trigo, para potenciar su rentabilidad y competitividad frente a la soja, y es por ello que proponemos fijarla en un nivel del 15%.
2.6. Girasol.
Existe una oportunidad para el girasol en el mundo: el auge mundial del biodiesel abona la posibilidad de expansión del cultivo. La actual cosecha puede estar cerca de las 3,9 millones de tn. Los especialistas señalaron que Europa está utilizando mucho del aceite sobre la base de canola para su producción y eso ha llevado a que haya una demanda mayor por parte de la UE de aceites comestibles. Así, el girasol se posicionó fuertemente y hay grandes expectativas dentro de la Argentina para cubrir la demanda mundial. Los técnicos consideran que se aproxima para los aceites una época muy buena y el girasol, por tener un 40% de aceite, se estima que va a salir beneficiado.
Para el caso del girasol, que actualmente tributa un 32% por derechos de exportación, estamos proponiendo una sustancial rebaja para llevar la alícuota al 20%, en el marco de nuestro esquema de diferencial de tasas a favor de los cultivos que tienen menores niveles de rentabilidad que el de la soja
2.8. Sorgo
Este cultivo es crucial en la rotación y para la sostenibilidad de la agricultura, y su importancia crece, dada el alza de los insumos que están afectando al maíz. Con las alícuotas vigentes, el sorgo tributa un derecho de exportación del 20%. El sorgo cubrió 815.000 hectáreas en la última campaña 2007/2008, según la Secretaría de Agricultura, y es un cultivo crucial ya que esta gramínea es una opción para seguir con la rotación de una manera más económica, al no ser tan exigente respecto de los requerimientos de fertilizantes (7) . Asimismo, es conocida la mayor rusticidad del sorgo ante condiciones de sequía; y es fundamental para una buena rotación con soja, sobre todo en las zonas marginales del NEA y el NOA de nuestro país. También deja un muy buen rastrojo que puede ser aprovechado por la hacienda (8) , por lo cual, son varias las cualidades del sorgo que lo hacen crucial en el marco de un programa agropecuario integral y de largo plazo, como el que pretendemos ayudar a promover con la presente ley. Por ello, proponemos bajar los derechos de exportación del sorgo y llevarlos al 18%, lo cual es coherente con el marco que proponemos de alícuotas menores a las de la soja para los demás granos, a los efectos de fomentar la diversificación productiva, la rotación de cultivos y la sustentabilidad ambiental.
2.9. Carne Bovina
El sector de la carne vacuna es sin dudas el que tiene mayor historia en la Argentina. Nuestro país fue primer exportador entre los años 1900 y 1973 y los rodeos ganaderos están distribuidos prácticamente por todo el país. A pesar de esta distribución territorial, en las últimas décadas se han producido cambios dramáticos: en particular, el "corrimiento" de la ganadería a las tierras marginales debido al avance de la agricultura. Los efectos del progreso tecnológico más acelerado en la agricultura que en la ganadería han sido potenciados por las políticas discriminatorias domésticas. Estas explican el claro estancamiento del país en los niveles de producción y exportaciones de carne vacuna en relación con competidores como Brasil y Uruguay. Conjugando esta situación con la evolución de la demanda encontramos que, con una producción que creció lentamente, el consumo interno aumentó a expensas de las exportaciones, que disminuyeron fuertemente. Así, Argentina perdió el liderazgo que tuvo hasta principios de los ´70 como primer exportador mundial y paulatinamente ha ido retirándose del mercado internacional. (9)
Por el contexto externo, la ganadería tenía una gran oportunidad hacia el año 2005. El problema del alza precios que existe desde entonces surgió porque la producción y la oferta resultaron insuficientes ante una creciente demanda interna y externa. La situación para el sector era inmejorable, y para aprovecharla había que poner todo el acento en el aumento de la producción (10) . Pero el gobierno de Kirchner, levantando el fantasma de la "oligarquía ganadera", que ya no existe (11) , puso restricciones a las exportaciones, cupos y precios máximos. Esto no logró bajar los precios, y llevó a perder rentabilidad en el sector y bajar la producción.
Las medidas de la gestión de Kirchner fueron las siguientes: primero se aumentaron las retenciones a fines del 2005, del 5 al 15%. Luego, directamente se cerraron las exportaciones en marzo de 2006, momento a partir del cual nunca se volvió a exportar libremente, sino con cupos y cuotas manejadas discrecionalmente por el gobierno. Luego se regularon los precios con "lista sugerida" de valores máximos por categorías, imponiéndose precios máximos a percibir por el productor con el objetivo de bajar precios. Los acuerdos fueron sucesivamente incumplidos y el precio de la carne no bajó. También se cambió al alza y a la baja el peso mínimo de faena varias veces, según necesidades de abastecimiento coyuntural, pero sin tener en cuenta un esquema de aumentos de la productividad (mayor kilaje por animal) que pudiera cumplirse en el mediano plazo y avisado con anticipación, como debería haberse hecho.
Por todas estas medidas, estamos ya en un claro proceso de salida de los productores del negocio ganadero hacia la agricultura (verificado en los números de faena de hembras y liquidación de vientres) (12) , y hay despidos de operarios en frigoríficos exportadores. En marzo de 2008 - como en marzo del año pasado, y del año anterior - la carne volvió a subir de precio. Desde el año 2005, se vienen sucediendo medidas equivocadas, que no logran parar la suba de la carne, y sólo generaron que caiga la producción.
En el mismo sentido de lo expuesto, en el Documento generado por la Mesa de Enlace de Entidades Agropecuarias sobre la situación actual de la ganadería se sostiene que:
"El rodeo vacuno de Argentina entró en una etapa de liquidación en 2007 y ese proceso se mantendrá durante este año y probablemente, de no cambiar las intervenciones, en el 2009. Durante los últimos 12 meses, los productores liquidaron 1,2 millón de cabezas y la tendencia continúa en 2008. Además, el porcentaje de hembras en la faena ya supera el 50% en 2008, lo que indica claras señales de desánimo entre los productores ganaderos.
El peso de faena disminuyó en lo que va de 2008 en 10 kg de res con hueso por el desaliento a la inversión, por el aumento de los costos y por la creciente oferta bovina de los feed lots. El stock bovino por persona de la Argentina ha disminuido notablemente durante los últimos 50 años, pasando de 2,5 cabezas por habitante a menos de 1,5 cabezas por habitante. Más recientemente las exportaciones de carne argentina han perdido posiciones en el mercado mundial. En el 2005 Argentina era el tercer exportador mundial de carne y hoy es el sexto, mientras que nuestros vecinos brasileños se mantienen desde el 2004 en el primer lugar. Uruguay y Paraguay también están mostrando desempeños exportadores destacables, exportando en el 2008 más que Argentina.
Hay que tener en cuenta que si se mantiene la tendencia de aumento en la matanza de hembras así como en la disminución del peso de faena habrá problemas de abastecimiento de carne vacuna para la población argentina en un futuro próximo. Asimismo está ocurriendo un traslado de la ganadería de las zonas pampeanas a otras regiones, como el NOA y el NEA, donde la productividad es menor. Por cada 100 vacas que se trasladan a estas zonas se producen 21 terneros menos. Por lo tanto, el crecimiento del consumo por aumento demográfico y la baja en la producción determinarán que la Argentina deba importar carne para abastecer al consumo interno a partir del año 2011. De esta manera, nuestro país desaparecerá del mercado de exportación de carnes de calidad y verá mermado el ingreso de divisas y el desarrollo de una actividad estratégica como es la ganadería.
Las razones de esta situación se deben buscar en los bajos precios recibidos por los productores que generan una baja en la competitividad de la actividad, el intervencionismo oficial en los mercados, las restricciones a la exportación de carne y la falta de planes de estímulo de largo plazo.
El intervencionismo ha mostrado ser ineficaz para el control de precios siendo que el precio de la carne en la góndola aumentó 100% durante los últimos tres años, mientras que los criadores siguen vendiendo los terneros a los mismos 3 pesos por kilo que recibían en 2005. Además, los costos de la ganadería han sufrido un considerable aumento, impulsado por el encarecimiento de los fertilizantes, las semillas, los agroquímicos, la suplementación, los combustibles y los sueldos.
La Mesa de Enlace considera que se debe abastecer el mercado interno con una cantidad determinada, a precios accesibles, para los sectores más postergados. Asimismo, los productores de carne vacuna deben tener señales claras para aumentar la producción y sus niveles de eficiencia. Esto se logra a través de un precio que el mercado pagaría, el cual que surgirá de la integración de la media res entre cortes destinados al consumo interno y a la exportación.
En este contexto, la demanda internacional de cortes vacunos se mantiene firme y en crecimiento. Esto se ve reflejado en los precios pagados. Al mismo tiempo, la demanda internacional busca proveedores confiables y previsibles".
La evidencia económica sugiere que los incentivos son determinantes de las inversiones, de la adopción de innovaciones y del progreso tecnológico del sector agropecuario. La actividad ganadera, por sus características de largo plazo, parece ser aún más vulnerable ante la incertidumbre y la falta de incentivos (13) y previsibilidad. A la luz del fracaso de las medidas hasta ahora implementadas, proponemos llevar en lo inmediato las retenciones a las exportaciones de carne del 15 % que actualmente tributan al 10%, para luego disminuirlas progresivamente hasta llegar, en tres años, a su eliminación. La rebaja de las retenciones a la carne, conjugada con una paulatina apertura de las exportaciones, es una herramienta poderosa y necesaria para revertir esta situación.
Nuestra propuesta para la ganadería y la carne bovina incluye el ganado en pie con valor genético -reproductores de raza pura o cuyo destino sea para reproducción-, los denominados termoprocesados, las provenientes de la categoría vaca conserva tipificada como E y/o F, como así también, las menudencias y vísceras.
2.10. Leche y Productos Lácteos
La producción lechera argentina está distribuida en 18.000 mil tambos, con primacía de pequeños establecimientos: más de la mitad de los productores tiene entre 100 y 300 hectáreas, y sólo el 7% de los establecimientos tiene más de 300 vacas, lo cual muestra que estamos en un mercado que en su eslabón primario es desconcentrado, competitivo, y en el cual priman los pequeños productores. El país cuenta con 2,5 millones de vacas lecheras y produce 9,75 millones de toneladas métricas por año. Además de estos 18.000 tambos de producción primaria, el sector productivo lechero argentino tiene un número reducido de empresas procesadoras con alto nivel de estratificación y un sistema de comercialización básicamente dominado por las grandes cadenas de supermercados. El número de plantas industriales asciende a 848, sumando más de 30.000 empleos directos. Como bien lo ha señalado AACREA, se trata de un sector dónde conviven un gran número de empresas, muchas de ellas artesanales y con reducido peso económico y muchas veces operando en circuitos informales, con pocas firmas grandes que son responsables de la mayor parte de la producción. (14)
Las exportaciones de leche implican comerciar un producto industrial de alto valor agregado. Se trata de transformar granos y forraje -productos primarios- en leche y derivados procesados, de altos niveles de precio y agregación de valor.
Durante la gestión Kirchner, se intervino sobremanera en el mercado lácteo. Se pautaron precios máximos a cobrar por el productor y precios máximos a productos lácteos (hoy en día estamos en un precio máximo al productor por la materia prima de 0.83 ctvs. por litro). La medida motivó, a pesar de existir un mercado externo interesado y altos precios para la leche en polvo, encierre de muchos tambos y una disminución de la producción anual de leche. En el año 2007 disminuyó la producción 1.000 millones de litros respecto del 2006. Mientras que en ese período la economía del país creció un 9 %, la producción láctea retrocedió 8% (en 2006 se habían producido 10300 millones de litros, y en 2007 esa cifra descendió a 9700 millones). Desde 1998 viene disminuyendo su producción, siendo más de 5000 los tambos que se han cerrado desde ese momento, y la caída de la oferta y aumento de precios se verifica en los centros urbanos.
El siguiente gráfico muestra la variación en la producción de leche mundial en los últimos 5 años.
Fuente - AACREA
Para salir del estado terminal en que se encuentra el sector lácteo de nuestro país y aprovechar la oportunidad que el mundo nos presenta, consideramos crucial recuperar la rentabilidad perdida para el negocio. Por ello, planteamos una rebaja paulatina y gradual de las retenciones a las exportaciones de la leche y los productos lácteos, y avanzamos en este proyecto hacia su eliminación en un plazo de tres años.
2.11. Frutas
La fruticultura es una actividad a largo plazo y, por esta característica, tiene una lenta respuesta a los requerimientos de la demanda. Es así que cuando se suceden diferentes esquemas económicos tan opuestos como los que ha vivido el país en los últimos 20 años (inflaciones, hiperinflaciones, tipos de cambios fijos, devaluaciones, etc.) el sector por su característica biológica, plurianual, se desvirtúa, no pudiendo expresar su real capacidad productiva, generadora de recursos. Es crucial para la actividad, sea cual sea el tipo de fruta y la región del país, la previsibilidad y niveles impositivos que le permitan ser rentable.
El eje fundante de nuestra propuesta y guía de nuestro argumento es que, en el caso de las economías regionales, como el caso de las frutas, el impacto presupuestario de la eliminación de las retenciones es relativamente bajo para el Fisco Nacional, mientras que el impacto en términos de rentabilidad y los efectos económicos para los productores y la cadena de cada uno de los productos es realmente muy positivo y significativo.
En el caso de la Región del Alto Valle de Río Negro, tiene una diversa y variada gama de producción agropecuaria, que la convierte en un conjunto productivo altamente competitivo a nivel mundial, que hace que la Argentina sea el primer exportador de peras y el cuarto exportador de jugo de manzana del mundo. Hoy dichas producciones tributan un 10%, pero del precio sobre el producto envasado en puerto, lo que llega a representar para el productor de la región entre un 26 y un 30% del valor total de la producción exportada.
En el año 2007, las exportaciones de pera y manzana se incrementaron en un 28% y 35% respectivamente y en total suman un total de u$s 428 millones. Las frutas de pepita son un gran motor de desarrollo y progreso, y pueden serlo aún más por la oportunidad que brinda el contexto internacional.
Pero hay muchas diferencias entre los productores del valle, desde muy pequeñas explotaciones familiares hasta grandes empresas. Hoy hay muchos pequeños productores que no están siendo favorecidos por estas ventajas competitivas que tiene el Alto Valle, ya que tienen distintos sistema de comercialización, de costos, formalidad impositiva, de tipo de fruta que produce y mercado que abastece, entre otras características. Muchas familias de agricultores están al límite de la subsistencia y de ser expulsados del sistema productivo. Además, desde el 2001 los costos de producción se han incrementado progresivamente, entre 25 y 30%, tanto para peras como para manzanas. Por este motivo, proponemos la eliminación de las retenciones para el caso de las peras y las manzanas.
Por su parte, el área frutícola de la Zona Norte de la Provincia de Buenos Aires, constituye una economía regional que se extiende entre San Nicolás y Zarate, se debe destacar que actualmente las plantaciones en el primero de los partidos se han perdido casi en su totalidad, y nuevos polos productivos se han instalado en el partido de Baradero. San Pedro sigue siendo el partido donde se ubican la mayor cantidad de montes y donde las actividades Fruticultura y de Viveros representan un elevadísimo porcentaje del Valor Bruto de la Producción Agropecuaria, y esta región, junto con otras como zonas de la Provincia de Entre Ríos, se va a ver beneficiada por la eliminación de las retenciones aquí propuesta.
En el caso del complejo citrícola de Tucumán, aporta el mayor valor dentro de las exportaciones, ya sea con productos primarios como el limón fresco y con sus derivados industriales (aceites esenciales, jugos concentrados y cáscaras deshidratadas). Las exportaciones del complejo citrícola alcanzaron los U$S 249,7 millones durante 2007, lo que representa el 38% del total de ventas al exterior. La Argentina es el 1º productor y 2º exportador mundial limones, y 1º productor de jugo concentrado de limón, y esta oportunidad puede ser potenciada y ampliada si se eliminan las retenciones a las frutas, que, en el caso de los cítricos tucumanos, están hoy en un 5 %.
2.12. Té y Yerba Mate
Las retenciones para el té y la yerba mate tienen una alícuota de un cinco por ciento del total exportado. La Provincia de Misiones, por ejemplo, exporta té por cincuenta millones de dólares y yerba mate por 25 millones, lo que implica una retención de 3,7 millones de dólares, poco más de doce millones de pesos.
La eliminación de las retenciones a la yerba y el té beneficiaría en forma directa a 30 mil productores de dicha provincia. Vale destacar que el té se exporta casi en su totalidad, por lo que no afecta al mercado interno con los precios. En cambio, la yerba mate se destina prácticamente toda la producción al consumo interno y apenas una pequeña parte se exporta.
Agradecemos los aportes del capítulo económico realizados por parte de los equipos técnicos de la Coalición Cívica.
Por todos estos fundamentos, Señor Presidente, solicitamos que se apruebe el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
FERRO, FRANCISCO JOSE BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
VELARDE, MARTA SYLVIA SANTIAGO DEL ESTERO JUSTICIALISMO REPUBLICANO
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
COMERCIO
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA 30/10/2008
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA 11/11/2008
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA 20/11/2008
Diputados MANIFESTACIONES EN MINORIA 27/11/2008