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PROYECTO DE TP


Expediente 5603-D-2016
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA PROCEDER A LA INMEDIATA DESIGNACION DEL DEFENSOR DEL PUEBLO.
Fecha: 29/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 115
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de quien corresponda o mediante los mecanismos pertinentes, proceda a la inmediata designación del Defensor del Pueblo, ya que el mismo se encuentra acéfalo desde el mes de Diciembre del año 2013.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El cargo de defensor del Pueblo de la Nación, creado en 1993 bajo la órbita del poder legislativo y consagrado en la Constitución Nacional un año después, tiene como función la defensa y protección de los derechos de las personas ante actos u omisiones de la administración pública y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.
La Defensoría es el organismo que tiene que representar a los ciudadanos frente al Estado y a privados que prestan servicios públicos. Es un órgano autónomo, que depende del Congreso y la designación de su director está en manos de una Comisión Bicameral. Tiene entre sus facultades iniciar juicios y puede exigir documentación y realizar inspecciones.
El 18 de Agosto de 2016, La Corte Suprema de Justicia, exhortó al Congreso a designar un Defensor del Pueblo, con un fallo que señalaba: “En las condiciones reseñadas y habida cuenta de las relaciones que deben existir entre los departamentos de Estado, corresponde exhortar al Congreso de la Nación para que proceda a su designación de acuerdo a lo establecido con el artículo 86 de la Constitución Nacional”. El máximo tribunal entendió que la vacancia de ese cargo, que ya lleva más de siete años, “afecta negativamente en el acceso a la justicia de un número indeterminado de personas”. Al respecto, Eduardo Mondino, ex Defensor del Pueblo,
manifestó: "Marcarle al Congreso 6 años de mora con el Defensor del Pueblo puso en valor la institucionalidad".
El Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, Alejandro Amor, destacó la importancia que tiene la figura del Defensor del Pueblo de la Nación. “El defensor del pueblo tiene competencia en todo lo que es normativa federal” explicó el funcionario y puso ejemplos concretos: “en el Caso de las tarifas, se nos permitió participar a los defensores (locales) en la justicia, simplemente porque no hay defensor del pueblo de la Nación, que es el que tiene poder federal”. También dijo que “el otro caso en el que tendría que haber intervenido el Defensor del Pueblo de la Nación, es en la transferencia de datos del ANSES al ministerio de comunicación de la Nación”.
Por último, cabe destacar que sin una conducción, el organismo no desempeña el rol de control constitucional para las acciones de la administración pública y las empresas privadas proveedoras de servicios públicos.
Por todo lo expreso solicito a mis pares que me acompañen en el siguiente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES