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PROYECTO DE TP


Expediente 5597-D-2016
Sumario: EXPRESAR REPUDIO A LA RESOLUCION 129/16 DEL MINISTERIO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA DE MENDOZA QUE IMPONE A LOS GREMIOS ESTATALES UN INSTRUCTIVO PARA LA REALIZACION DE ASAMBLEAS GREMIALES; Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 29/08/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 115
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar repudio a la resolución 129/16 del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia de Mendoza con fecha 8/6/16, el cual impone a las gremios estatales un instructivo para la realización de asambleas gremiales, en un claro objetivo disciplinador ante el cuadro de protestas frente al cierre de paritarias a la baja establecidas por decreto o firmadas con gremios minoritarios, los despidos, el tarifazo y el ajuste en marcha.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, publicó el 8 de junio del corriente año un instructivo a las asociaciones sindicales estatales para la realización de asambleas gremiales, a través de la resolución 129 firmada por los ministerios de Gobierno, Trabajo y Justicia de la provincia.
Esta medida se da tras cerrar todas las paritarias estatales a la baja mediante decretos o arreglar con gremios minoritarios, para imponer porcentajes salariales de miseria (25% de aumento frente a un 48% anualizado de inflación) y modificar condiciones laborales como el ítem incentivo del presentismo en la docencia y judiciales, atacando las conquistas de los trabajadores. Lo cual ha generado una situación de conflictividad social creciente en la provincia.
Cornejo fue el primer gobernador en aplicar el protocolo antipiquete contra los dirigentes sindicales de ATE Mendoza como Raquel Blas y Roberto Macho, y al secretario general del Sitea, Federico Lorite. A esto se suma la represión durante la jornada de paro nacional del 24 de mayo pasado de ATE, golpeando incluso a los diputados y concejales presentes del Frente de Izquierda y los Trabajadores.
La resolución, impulsada desde su Ministerio de Gobierno, busca limitar la duración de las asambleas y regimentarlas bajo amenaza de descuentos salariales: “Si la duración de la asamblea supera el cincuenta por ciento (50%) de la jornada normal habitual se procederá a descontar el día al personal”.
También establece que “los sindicatos” deben informar un día antes la realización de la asamblea ante Recursos Humanos o funcionarios a cargo. “La duración deberá ser razonable y en lo posible no deberá exceder del veinte por ciento (20%) de la jornada laboral normal correspondiente al turno en el que se realice la misma, debiendo ser fijada preferiblemente al inicio o final de la misma”.
Está claro que es una regimentación y que refuerza la injerencia estatal y patronal en las decisiones de los trabajadores. Por ello la resolución ha sido saludada por las patronales privadas, que ven con buenos ojos esta arremetida contra las organizaciones sindicales.
En la misma línea que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, esta resolución sólo le otorga potestad de huelga y asamblea a las conducciones sindicales reconocidas legalmente, impidiendo la libre organización gremial para defender las condiciones laborales ante los atropellos de las patronales.
Pretender que la Corte o los gobiernos provinciales definan quién puede hacer huelga y quién no, al igual que pretender establecer la modalidad, lugares y duración de las asambleas de los trabajadores mendocinos, implica una injerencia directa del Estado sobre los sindicatos y los trabajadores. Esto, en momentos de agudización de la crisis y el avance de la carestía de vida constituye un nuevo ataque al pueblo que busca regimentar y disciplinar la respuesta obrera.
Por todo lo expuesto es que solicito a los señores diputados/as que acompañen con su firma el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOSA, SOLEDAD MENDOZA FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES
LOPEZ, PABLO SEBASTIAN SALTA FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES
PITROLA, NESTOR ANTONIO BUENOS AIRES FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
LEGISLACION DEL TRABAJO