PROYECTO DE TP
Expediente 5591-D-2012
Sumario: CONTROL Y PREVENCION DE LA OBESIDAD EN LAS ESCUELAS. REGIMEN.
Fecha: 15/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
El Senado y Cámara de Diputados...
CONTROL Y PREVENCION DE LA OBESIDAD EN LAS ESCUELAS
ARTICULO 1°: La presente ley tiene
por objeto regular la venta de alimentos calóricos ricos en grasas saturadas, en los
establecimientos públicos y privados de nivel primario y secundario de todo el
territorio nacional, a fin de corregir los malos hábitos alimentarios para prevenir y
disminuir la obesidad infantil y adolescente.
ARTICULO 2°: A los efectos de la
presente ley se entiende:
Alimentos o Bebidas
calóricas e hipercalóricas: Son aquellos alimentos y/o bebidas que aportan
grandes cantidades de grasas saturadas y carbohidratos, ideales para los que
necesitan ganar peso o los deportistas de alto rendimiento, como los azucares
(azúcar, bebidas gaseosas, caramelos,), las pastas, las harinas, panes,
bollería, las oleaginosas como las nueces, las almendras, grasas y los
aceites. L
Alimentos o Bebidas
Hipocalóricas: Son aquellos alimentos y/o bebidas que tienen bajo aporte de
grasa y carbohidratos, es decir, los que son ricos en proteína y agua, en especial
las verduras de hoja verde, los quesos frescos, los lácteos descremados,
las carnes magras, el pollo, el pescado y las frutas.
ARTICULO 3°: Son objetivos de la
presente ley:
1. Generar en el ámbito escolar campañas
de concientización a fin de difundir los daños y consecuencias para la salud que devienen
de la obesidad.
2. Incentivar la incorporación en el ámbito
escolar y familiar de una alimentación saludable.
3. Difundir mediante charlas informativas
los beneficios que representa para la salud la ingesta de frutas, verduras y alimentos
hipocalóricos.
4. Promover la creación en los niveles
primario y secundario, de equipos interdisciplinarios que cuenten con nutricionistas,
profesores de educación física, psicólogos y psicopedagogos.
5. Establecer estrategias para la detección
temprana de la obesidad.
6. Incorporar en el ámbito escolar, un
registro diario de alimentos a fin de llevar un control individual de cada alumno en cuanto
a la ingesta de alimentos.
ARTICULO 4°: Los establecimientos
escolares públicos y/o privados deberán cumplir las siguientes obligaciones:
1. Abstenerse de colocar máquinas
expendedoras de alimentos y/o bebidas hipercalóricas.
2. Los Kioscos que funcionen en
los establecimientos escolares sólo podrán publicitar y comercializar alimentos saludables
conforme el listado elaborado por la autoridad de aplicación.
3. Los comedores escolares
deberán ofrecer menúes hipocalóricos.
4. Comercializar productos
saludables (lácteos, frutas, verduras, barras de cereales) entre otros.
ARTICULO 5°: La Autoridad de
Aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación quien deberá:
1. Elaborar un listado de alimentos
y bebidas hipocalóricas cuya venta y comercialización estará prohibida en los
establecimientos escolares.
2. Informar a los establecimientos
educativos los alimentos permitidos para su publicidad y/o comercialización.
3. Incentivar la generación de las
actividades recreativas extracurriculares a fin de complementar y promover la salud integral
de los niños y adolescentes.
4. Controlar, inspeccionar y
sancionar a los establecimientos educativos que no cumplan con las obligaciones
establecidas en la presente ley.
5. Organizar campañas de difusión,
especialmente dirigidas a la población infantil y adolescente, promoviendo dietas
saludables y desalentando el consumo de bebidas gaseosas, de jugos azucarados y de
comidas rápidas o de bajo aporte nutricional.
6. Coordinar con el Ministerio de
Educación la inclusión de contenidos curriculares en los niveles de Educación General
Básica, Escuela Secundaria Básica y Polimodal, que propendan al conocimiento de las
características de la obesidad y de sus consecuencias.
7. Promover, y estimular el
consumo de frutas, verduras, hortalizas y lácteos, como componentes imprescindibles de
una dieta cotidiana equilibrada y saludable.
8. Diseñar estrategias y campañas
para la promoción y el estímulo del consumo de alimentos saludables.
ARTICULO 6°: Los establecimientos
educativos públicos y privados deberán adecuarse a lo establecido en la presente
ley a partir de su publicación oficial, bajo apercibimiento de ser pasibles de multas
y sanciones.
ARTICULO 7°: Invitase a las
Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente
ley.
ARTICULO 8°: El Poder Ejecutivo
reglamentará la presente dentro del plazo de noventa días a partir de su
promulgación.
ARTICULO 9°: De forma .-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por objeto
de generar en el ámbito escolar primario y secundario estrategias para promover
una alimentación saludable, y crear conciencia sobre las múltiples consecuencias
para la salud que devienen de la obesidad y las numerosas patologías que se
derivan de la misma, así como coordinar y planificar acciones tendientes a la
disminución y erradicación de esta enfermedad
La obesidad es considerada una
epidemia global, la obesidad es una enfermedad que creció notablemente en la
población infantil. En Argentina, el 60% de las personas adultas tiene sobrepeso u
obesidad. Y si bien la cifra indica la seriedad del problema, tanto más preocupa
saber que el exceso de peso a edades tempranas aumenta la posibilidad de ser un
adulto obeso y tiene mayores consecuencias sobre la salud en el futuro.
A nivel internacional, las estadísticas
no son para nada alentadoras. En Brasil, uno de cada tres niños de 5 a 9 años
tiene exceso de peso, según el Instituto Brasileño de Geografía y Estadística,
mientras que en México uno de cada cuatro niños de entre 5 y 11 años tiene sobre
peso u obesidad. En Chile, los menores más afectados por el sobrepeso y la
obesidad se encuentran en las familias con menos recursos, en las cuales el 9,8
por ciento de los niños menores de seis años padecen alguna de sobre peso u
obesidad.
La situación es más preocupante en
algunas provincias del país, como es el caso de Buenos Aires, donde según un
relevamiento hecho por el Ministerio de Salud de dicha provincia, al menos el 30
por ciento de los chicos bonaerenses sufren de sobrepeso, con un 16% de
obesos.
La obesidad y el sobrepeso se definen
como el exceso de grasa corporal que puede ser perjudicial para la salud y se
presentan cuando el consumo de alimentos calóricos supera el gasto de energía,
almacenándose en el organismo como tejido graso. Para identificar cuándo una
persona tiene sobrepeso u obesidad se utiliza un marcador denominado índice de
masa corporal (IMC), una relación entre el peso y la talla del individuo.
El valor que se obtiene permite saber
si el peso está dentro de los límites normales. Si el índice se ubica entre 20 y 25,
es un estado nutricional normal, mientras que de 25 a 30 se considera sobrepeso y
más de 30, obesidad. En niños, además, se utilizan tablas diseñadas especialmente
que reúnen los valores medios de peso para la talla, según la edad y el sexo.
Si bien existe una predisposición
genética a padecer obesidad, la combinación de factores hereditarios y
ambientales son los que determinan que un niño propenso a engordar desarrolle la
enfermedad y explican, además, el crecimiento de la obesidad y el sobrepeso en
los últimos años.
Los cambios en estilo de vida ayudan
a entender esa tendencia. En la rutina alimentaria hay una disminución de la
comida casera y un aumento de los menúes rápidos y de delivery. Los alimentos
industriales ricos en grasas saturadas -golosinas, snacks- dejaron de ser de
consumo ocasional. Los tiempos cambian. Si años atrás un bebé rollizo era sano,
hoy el sobrepeso no es signo de salud. Antes, los chicos copaban las veredas
andando en bicicleta o jugando a la mancha, en la actualidad, esas corridas por la
calle fueron sustituidas por cómodos sillones para ver televisión con un paquete de
snack.
Los entretenimientos que ofrece la
tecnología -televisión, computadora, play station- tientan a pasar largas horas
frente a la pantalla y propician el sedentarismo, mientras que las publicidades
incitan al consumo de alimentos no saludables.
Actualmente, la obesidad es un signo
de enfermedad. Los especialistas en obesidad infantil destacan que lo principal en
las familias de los chicos obesos es la prevención, ya que el sobrepeso predispone
al chico a ser un adulto con menor expectativa de vida y vulnerable a riesgos
cardiovasculares. Cuanto antes se trate el problema de sobrepeso en el niño,
mejor será el resultado El principal consejo que los mismos dan a los padres es la
importancia de alimentar en forma variada y con mesura a los chicos desde su
nacimiento hasta el primer desarrollo de su vida, es central para adquirir buenos
hábitos alimenticios y acentuar los gustos y preferencias por las comidas.
El estado de alerta se ha encendido
no sólo en las familias con chicos obesos entre ellos, sino también en las
autoridades sanitarias del país, que deben idear rápidos programas que tiendan a
la disminución de este fenómeno que cada día crece más, para que de esa manera
el sistema de Salud argentino pueda evitar que esta enfermedad gane terreno en
los más pequeños, ya que si no se los trata a tiempo, los chicos obesos de hoy
implican según todos los especialistas, más casos de hipertensión, diabetes, o de
enfermedades cardiovasculares para las próximas décadas.
Por lo expuesto solicito a mis pares
me acompañen en la aprobación del presente proyecto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PANSA, SERGIO HORACIO | SAN LUIS | FRENTE PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
EDUCACION |