PROYECTO DE TP
Expediente 5591-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA "GUIA TECNICA PARA LA ATENCION INTEGRAL DE LOS ABORTOS NO PUNIBLES".
Fecha: 05/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo, para que a través del Ministerio de Salud de la Nación,
informe sobre las cuestiones relacionadas con la "Guía Técnica para
la Atención Integral de los Abortos no punibles":
1-Si la "Guía Técnica
para la Atención Integral de los Abortos no punibles", confeccionada
por el ex Ministro Ginés González García en octubre del 2007, está
en vigencia y ejecución, en todo el territorio nacional?
2-En caso afirmativo,
porqué no fué informado a los profesionales de la salud y a la
población oportunamente y fehacientemente; en todo el territorio
nacional?
3-Si el Ministro Mansur
ratificó la guía del 2007 desde su asunción a través de alguna
resolución?
4-En caso afirmativo,
porqué no fué comunicado oportunamente y fehacientemente a los
profesionales de la salud y a la población en todo el territorio
nacional?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante las últimas
semanas hemos asistido a una serie de controversias desde el seno
mismo del Poder Ejecutivo con respecto a la implementación de una
"Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no punibles".
La primera fué
confeccionada por el Ministro G. González García, en el 2007, antes
de finalizar su mandato.
La del 2010 tendría
modificaciones sustanciales con respecto a la no judicialización de
los abortos que figuran en el Código Penal art. 86,(delitos no
pasibles de pena, para el profesional, ni la mujer).
En un primer momento
figuraba en la página la guía 2010, como resolución ministerial con
el número 1184; y cuando aparecieron las controversias en cuanto a
que el Ministro Mansur no había firmado la misma, desapareció de
la página como resolución.
Todos queremos que
no mueran más mujeres por causa de abortos.
Una guía de estas
características que interpreta el art.86 del C. Penal no es viable, ni
como protocolo de procedimientos hasta que se modifique ó no el
art.86 en este Congreso.
Es un tema polémico y
su resolución debe ser fruto de un debate amplio y profundo, donde
la ciudadanía toda debe establecer su decisión.
Estamos
hablando de la vida de dos seres humanos, no podemos
evaluar desde lo sanitario exclusivamente esta situación,
como por ej. Reducir la mortalidad materna; esto es más
complejo, son dos pacientes que deben ser asistidos desde
la Salud Pública, y siempre debemos preservar sus
vidas.
En las distintas
oportunidades que ha sido debatido este tema no se llegó aun
consenso nunca en esta misma Cámara. Significa que no está todo
resuelto con poner en vigencia el art. 86 del C. Penal, con una guía
de procedimientos; modificación del C. Penal, que por otra parte fue
realizada en el año 1922. Es mucho más complejo.
Por todo lo expuesto
Sr. Presidente, le solicito a mis colegas que me acompañen en la
aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |