PROYECTO DE TP
Expediente 5589-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA GESTION DE LA "COMISION NACIONAL DE TIERRAS PARA HABITAT SOCIAL", DEPENDIENTE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Fecha: 03/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través
del organismo que corresponda, informe sobre la gestión de la Comisión Nacional de
Tierras para Hábitat Social, dependiente de la Jefatura de Gabinete, y de la gestión
de su antecesora, la Subsecretaría de Tierras para el Hábitat Social, en cuyo ámbito
funcionaba la ex Comisión de Tierras Fiscales Nacionales -Programa Arraigo-,
cuya denominación pasó a ser luego la de Comisión Nacional de Tierra Social,
ubicada en la esfera del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, según se solicita a continuación:
1. Detallar cuál es la superficie y
ubicación exacta (de ser posible, identificar calle, Nº, barrio, partido, Provincia), de
cada lote cuya situación dominial ha sido regularizada desde el 2006 hasta la fecha y
que constituyen el objeto de las 2667 escrituras entregadas y proyectadas para
familias o personas con necesidad habitacional y sus respectivos destinatarios.
2. En caso de haber adquirido
predios de dominio privado para luego lotearlos, especificar cuál fue su valor de
compraventa; detallar la ubicación, superficie, cantidad de lotes en los que se
dividieron o dividirán y qué entidad o persona física ha sido la compradora del
predio.
3. Identificar con nombre y apellido
o razón social, Nº de DNI o de CUIT según corresponda, profesión o actividad si se
conociere quiénes eran los titulares de los predios que han sido comprados.
4. Describir los criterios y
mecanismos que se han utilizado para determinar el valor de cada uno de los predios
de dominio privado que hubiesen sido adquiridos.
5. Detallar cuál es la nómina de
Organizaciones No Gubernamentales que colaboran con la Comisión Nacional de
Tierras para el Hábitat Social para cumplir con sus objetivos.
6. Especificar si se han hecho
transferencias de recursos a alguna de estas Organizaciones No
Gubernamentales.
En caso de que ello haya ocurrido
indicar:
6. a. Institución a quién se le hizo la
transferencia
6. b. Motivo u objeto de la
transferencia, y su monto.
6. c. Acompañar copia de los actos
administrativos que dispusieron tales transferencias.
6. d. Acompañar información que
acredite el cumplimiento de los fines por los cuales se realizó la transferencia y
explicar el monitoreo que se ha desarrollado con el objeto de verificar el cumplimiento
de objetivos y metas que fundaron dichas transferencias.
7. Indicar en cuáles de los predios
adquiridos a particulares, existían asentamientos irregulares, y en cuáles no.
8. Especificar cuáles son los
criterios se utilizan para seleccionar las tierras cuya situación dominial habrá de ser
regularizada.
9. Precisar los criterios se utilizan
para distribuir los lotes regularizados o escrituras entre las personas/familias con
necesidades habitacionales.
10. Teniendo en cuenta el siguiente
cuadro sobre la ejecución presupuestaria de área:
En miles de $.
Fuente: Oficina Nacional de
Presupuesto
Aclaración: La estimación del diferencial
entre el Crédito disponible y el Devengado para el año 2008 se recalculó ponderando
los meses que aún quedan por transcurrir del citado año (Enero-Agosto 2008).
10. a. Indicar cuáles son las
actividades, obras, etc., que justificaron un incremento del crédito presupuestario del
año 2008 de cerca del 300%, si consideramos la historia previa del Programa en 2006
y 2007. Detallar los elementos sociales, económicos y financieros que fueron
considerados.
10. b Detallar y desagregar al
máximo grado de detalle posible la ejecución de presupuestaria del citado programa
durante los ejercicios 2007 y 2008.
10. c Listar las erogaciones
transferidas a toda institución pública o privada que colaboran con la Comisión
Nacional de Tierras para el Hábitat Social para cumplir con sus objetivos,
individualizando lo percibido por cada institución para los ejercicios 2007 y 2008.
11. Explicar las razones que han
llevado al citado programa a tener una significativa subejecución del presupuesto en
lo que va del año 2008.
12. Explicar los motivos que
fundaron la asignación prevista para la Comisión Nacional de Tierras para Hábitat
Social, contemplada en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1472/08. Indique
destinos específicos, obras, transferencias, entre otros rubros considerados en el
citado decreto para esta Comisión.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Comisión Nacional de Tierras para el
Hábitat Social es una dependencia de la Jefatura de Gabinete de Ministros cuya
función es la formulación de políticas de tierras que faciliten la provisión de terrenos
aptos para el desarrollo de programas sociales. Una de las tareas de la Comisión es
identificar inmuebles de dominio público o privado que puedan ser afectados a fines
sociales, y tierras ocupadas por asentamientos irregulares, para luego promover su
regularización dominial. La Comisión también está facultada para adquirir tierras libres
para la localización de proyectos sociales.
El presente
proyecto tiene por objetivo recabar información sobre la gestión de la Comisión
mencionada, en función del principio republicano de la rendición de cuentas. Este
concepto, también conocido como accountability, hace referencia a la capacidad para
asegurar que los funcionarios públicos rindan cuentas por sus conductas, es decir, que
están obligados a justificar y a informar sobre sus decisiones y a que eventualmente
puedan ser castigados por ellas (1) .
Por lo tanto, podemos distinguir tres
dimensiones principales en el concepto de rendición de cuentas:
i. la primera se refiere a la
información que debe brindar todo funcionario sobre sus actos;
ii. la segunda dimensión, que es
una consecuencia de la primera, se vincula a las explicaciones y razones acerca de por
qué se tomó o dejó de tomar una decisión particular;
iii. la tercera dimensión está
relacionada con la existencia de sistemas institucionales y agencias gubernamentales
que permitan controlar y sancionar a los funcionarios que violen sus deberes
públicos.
Esta iniciativa tiene por objeto, claro
está, que se cumpla con las dos primeras dimensiones antes referidas. La tercera
dimensión operará, sólo cuando la respuesta a las dos primeras sea insatisfactoria.
La Comisión Nacional de Tierras para el
Hábitat Social tiene por finalidad garantizar el respeto al derecho constitucional de
toda persona al acceso a una vivienda digna. Este derecho ha sido consagrado en
nuestra Constitución y en los tratados internacionales que gozan de jerarquía
constitucional. (2)
El derecho al acceso a la vivienda digna
obliga al Estado, por un lado, a respetar y proteger la vivienda de quienes han podido
procurársela de modo independiente. El Estado no debe adoptar medidas que impidan
o dificulten el goce del derecho al acceso a la vivienda digna y, a su vez, debe
garantizar que los terceros no priven a las personas del goce de ese derecho. Por otro
lado, el Estado tiene el deber de ayudar a aquellos que, por la condición de pobreza
en la que viven, aún no tienen una vivienda digna. Para cumplir con este último
deber, el Estado debe desarrollar programas que faciliten a las personas de bajos
recursos acceder a viviendas por sus propios medios, o acceder a tierras en las que
puedan construir sus viviendas, a viviendas previamente construidas, o a la
regularización de asentamientos ilegales, sin que ello implique vulnerar el derecho de
propiedad de los titulares dominiales de los terrenos ocupados.
Si bien, a primera vista el derecho al
acceso a una vivienda digna podría parecer un derecho de mero contenido
económico, la importancia de este derecho se revela cuando es visto bajo el prisma
del derecho a la autonomía personal.
La Constitución consagra, en su art. 19,
el principio de la autonomía individual, esto es, el principio según el cual cada persona
tiene derecho a elegir un plan de vida y a intentar llevarlo a cabo a través de los
caminos que considere mejores, siempre y cuando no perjudique terceros. Sin
embargo, para que una persona pueda ejercer efectivamente su autonomía no es
suficiente con que los terceros, y entre ellos el Estado, se abstengan de interferir con
las decisiones voluntarias de esa persona. Existen ciertas condiciones que son
"necesarias para la elección y materialización de ideales personales y los planes de
vida basados en ellos: la vida psicobiológica, la integridad corporal y psíquica (...), la
libertad de acceso a recursos materiales, (...)" (Nino, Carlos Santiago, "Fundamentos
de Derecho Constitucional", Ed. Astrea, pág. 167). La vivienda digna es una de esas
condiciones mínimas sin las cuales una persona difícilmente podrá concebir un plan de
vida y mucho menos ejecutarlo.
En una situación como la que vive
nuestro país, en el que existe un gran número de personas cuyas necesidades
habitacionales están insatisfechas, aquello que se concede a una persona equivale a
aquello de lo que se priva a otra. El Estado tiene el deber positivo de facilitar el
acceso a la vivienda a aquellas personas que no tienen los medios para acceder a ella
de modo independiente. El uso de los fondos públicos para facilitar el acceso a la
vivienda a personas cuya condición económica les permite acceder a una vivienda de
modo independiente no sólo implicaría, por un lado, un beneficio indebido hacia esa
persona que de ningún modo debería ser sufragado con los fondos públicos, y por el
otro lado, el incumplimiento por parte del Estado de sus obligaciones internacionales
frente a quienes deberían ser los verdaderos y legítimos beneficiarios de los
programas que facilitan el acceso a la vivienda. Lo mismo ocurre cuando una persona
con necesidades habitacionales recibe un predio o inmueble que excede con creces lo
que hoy podemos considerar que constituye una vivienda digna.
Si bien consideramos que las facultades
de la Comisión Nacional de Tierras para el Hábitat Social son atinadas para lograr una
solución al problema habitacional de nuestro país, es absolutamente necesario que
ellas sean ejercidas con suma transparencia, aplicando criterios distributivos
igualitarios y objetivos, siempre teniendo en cuenta la importancia que tiene la
vivienda para que las personas puedan vivir autónomamente.
Es por estos motivos que solicitamos que
se nos brinde la información solicitada sobre el modo en que el Estado Argentino está
cumpliendo con el mandato constitucional de garantizar a todos los habitantes el
derecho al acceso a una vivienda digna.
Por todo lo expuesto, solicito la
aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
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