PROYECTO DE TP
Expediente 5581-D-2012
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR EL PEDIDO DE LA EMPRESA TEXTIL ESTADOUNIDENSE "PATAGONIA INC." ANTE LA "ICANN - INTERNET CORPORATION FOR ASSIGNED NAMES AND NUMBERS -", PARA LOGRAR OBTENER EL SUBDOMINIO DE INTERNET "PATAGONIA".
Fecha: 14/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su contundente rechazo al
pedido que realizara la empresa textil estadounidense Patagonia Inc. ante la
ICANN (Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) para que se le
otorgue el subdominio de internet .patagonia, relacionando así a una región
geográfica con una mera marca comercial, sin haber solicitado autorización alguna
ante autoridades gubernamentales argentinas.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ICANN (Internet Corporation for
Assigned Names and Numbers) es una organización sin fines de lucro que opera a
nivel internacional y es la responsable de asignar las direcciones del protocolo IP,
de los identificadores de protocolo, de las funciones de gestión del sistema de
dominio y de la administración del sistema de servidores raíz. ICANN se dedica a
preservar la estabilidad de Internet por medio de procesos basados en el
consenso.
Además, coordina la administración de
los elementos técnicos del DNS para garantizar la resolución unívoca de los
nombres, para que los usuarios puedan encontrar todas las direcciones sin ser
repetidas.
Esta organización abrió en 2011 la
convocatoria mundial a todos los que quieran solicitar nuevos dominios de alto
nivel (LTD) como lo son: .com, .edu o .ar. Recibieron más de 1900 pedidos de
todo el mundo. Entre ellos el de la empresa textil estadounidense Patagonia Inc.
fundada por Yvon Chouinard sobre el dominio .patagonia.
El territorio nacional argentino cuenta
en su haber con una región geográfica formada por las provincias de La Pampa,
Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, con una superficie de 930.731 Km2 y una población total de
2.037.545 personas, que se denomina Patagonia.
Esta región trascendió su nombre
tradicional y se constituyó de forma clara y sólida desde el 26 de junio de 1996,
fecha en la que se firmó el Tratado Fundacional de la Región de la Patagonia,
firmado en la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa.
Sin embargo, la historia de nuestra
región patagónica es más abarcativa. La primera definición legal de la Patagonia
en Argentina fue realizada por la Ley Nº 954 del 11 de octubre de 1878 que creó la
Gobernación de la Patagonia en base a los límites establecidos por la Ley Nº 947
del 5 de octubre de 1878.
Un siglo después, la Ley N° 23272 de
Integración de La Pampa a la Región Patagónica, promulgada el 21 de octubre de
1985 y modificada por la Ley N° 25955, estableció la incorporación de la Provincia
de La Pampa para todos los efectos legales del orden federal como parte de la
Patagonia.
Una ley más puede ilustrar la
importancia de la Patagonia en el acervo cultural argentino. La Ley Nº 25394,
sancionada el 30 de noviembre de 2000, estableció al 11 de octubre de cada año
como "Día Nacional de la Patagonia" en recuerdo de aquel 11 de octubre de 1878
en que se promulgó la Ley 954 de creación de la Gobernación del Territorio de la
Patagonia.
Finalmente, se firmó el Tratado antes
mencionado, con basamento en la Constitución Nacional, que establece en su
artículo N° 124 la posibilidad de que las provincias se integren formando regiones
para diversos fines, siendo una de esas regiones integrada la Región de la
Patagonia.
El artículo N° 4 de ese tratado versa:
"El territorio de la Región de la Patagonia está conformado por las provincias de
La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida
e Islas del Atlántico Sur, abarcando el subsuelo, el Mar Argentino adyacente y el
espacio aéreo correspondiente."
Este tratado fue rubricado por los
gobernadores de las provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur, José Arturo Estabillo; de Santa Cruz, Néstor Carlos Kirchner; de Chubut,
Carlos Maestro; de Río Negro, Pablo Verani; del Neuquén en su representación,
Vicegobernador Ricardo Corradi; y de La Pampa Rubén Hugo Marín.
El tratado mencionado establece como
órgano de conducción política de la Región a la Asamblea de Gobernadores,
constituida por los Primeros Mandatarios de las Provincias. La Región también
posee un Ente Oficial de Turismo, integrado por todos los organismos oficiales de
cada provincia para promover y coordinar la actividad turística de la región, como
así también manteniendo y reafirmando la identidad de la región patagónica,
promoviendo las culturas y los valores en busca de potenciar el desarrollo del
territorio y de sus habitantes.
Lo que puede parecer un texto frío de
una ley más, representa, en realidad, un vasto crisol de paisajes, de climas, de
culturas, de flora y fauna autóctonas, de pueblos originarios, de historia, de
ciudades, de puntos turísticos, como de innumerables riquezas naturales, entre
lagos, ríos, mar, estepa y cordillera.
Dentro de las reglas que establece la
ICANN para registrar un determinado nombre, se encuentra un apartado en el que
se explica que las empresas pueden reservar un dominio de una región o
provincia con permiso del gobierno de ese lugar. Según publicaron varios medios
de prensa, en el caso de .patagonia no se dio ningún pedido desde la empresa en
cuestión. Patagonia Inc. ignoró que la región patagónica, aunque no se refiera una
provincia en particular, corresponde a un conglomerado de provincias argentinas,
conformado legalmente mediante un tratado interprovincial, amparado por la
Constitución Nacional, y que en última instancia está bajo jurisdicción del gobierno
federal argentino.
En virtud de ello, el gobierno argentino
ha presentado su preocupación en la última reunión de ICANN realizada en junio,
en Praga, sobre el pedido realizado por la empresa Patagonia Inc., solicitando que
no sea aprobada la solicitud ya que la misma no cuenta con ninguna autorización
de los gobiernos provinciales del sur argentino, de la Región ni del Gobierno
Nacional, sentando un precedente nefasto en cuanto a la apropiación de nombres
por parte de grupos económicos, que de ninguna manera representan regiones del
planeta sobre las que solicitan sus nombres. Así lo comunicó en las últimas
semanas la Dirección Nacional del Registro de Dominios de Internet, dependiente
de la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación.
Es esta misma Dirección Nacional la
que ha iniciado una campaña desde Internet para hacer conocer este problema a
la ciudadanía argentina y buscar apoyos para conseguir que el pedido de
Patagonia Inc. no encuentre una respuesta positiva de la ICANN. "El dominio
.patagonia no debe estar en manos ajenas", se expresa en la web de la dirección,
nic.ar.
No es necesario precisar que la
soberanía de una nación, en tiempos de Internet, se debe ejercer también
protegiendo las denominaciones de nuestras propias regiones de los intereses de
las corporaciones, cualesquiera que sea su objetivo o finalidad, que fabrican y/o
comercian productos y pretenden apropiarse de una definición geográfica
específica, sin atender a la voluntad de los pueblos que integran estos
espacios.
En este sentido, es de suma relevancia
para esta Cámara legislativa expresar el más contundente rechazo al pedido de la
empresa norteamericana, y alertar a la ICANN (Internet Corporation for Assigned
Names and Numbers) sobre el peligroso precedente que se sentaría, para la
soberanía nacional y para los derechos de los habitantes de la nación, si se
adoptase una decisión favorable al pedido de la empresa textil estadounidense
Patagonia Inc.
Por lo expuesto, solicito a mis pares
me acompañen en el presente proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ZAMARREÑO, MARIA EUGENIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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