PROYECTO DE TP
Expediente 5578-D-2015
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS - LEY 20628 -. MODIFICACIONES DE LOS ARTICULOS 23 Y 81, SOBRE DEDUCCION EN CONCEPTO DE ALQUILER E INCREMENTO DE LA SUMA DEDUCIBLE EN LOS CASOS PREVISTOS EN LA NORMA, RESPECTIVAMENTE.
Fecha: 14/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 140
El Senado y Cámara de Diputados...
TITULO
Artículo 1°.- Incorporase como inciso
d) del artículo 23 de la Ley N° 20.628 de Impuesto a las Ganancias (t.o. 1997 y
modificatorias), el siguiente texto:
"d) en concepto de alquiler de casa
habitación única, una suma anual equivalente a cuatro (4) veces el importe de
ganancia no imponible definido en el inciso a) del presente artículo. La deducción
anual será proporcional al tiempo de vigencia del contrato respectivo en el ejercicio
fiscal por el cual se aplican."
Artículo 2do.- Modificase el párrafo
tercero del inciso a) del artículo 81 de la Ley N° 20.628 de Impuesto a las
Ganancias (t.o. 1997 y modificatorias), el que quedará redactado de la siguiente
forma:
" No obstante lo dispuesto en el
párrafo anterior, los sujetos indicados en el mismo podrán deducir el importe de
los intereses correspondientes a créditos hipotecarios que les hubieren sido
otorgados por la compra o la construcción de inmuebles destinados a casa
habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas,
hasta la suma de pesos ochenta mil ($ 80.000) anuales. En el supuesto de
inmuebles en condominio, el monto a deducir por cada condómino no podrá
exceder al que resulte de aplicar el porcentaje de su participación sobre el límite
establecido precedentemente."
Artículo 3.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene por
objeto modificar el concepto que se tiene en general, del gasto en vivienda, y
pasar a considerarlo como corresponde, a una inversión.
Para ello es necesario en primer
lugar, incorporar el concepto de deducción especial al cálculo de ganancias de
aquellos contribuyentes que paguen un alquiler para su única vivienda. Se
incorpora en el artículo 23 de la ley de Impuesto a la Ganancias donde se definen
las deducciones especiales y de familia, dándole a la vivienda una prioridad que
estaba ausente en el texto actual.
El monto deducible anualmente de las
ganancias netas imponibles, se establece en una cifra equivalente a cuatro veces el
importe ( mínimo no imponible) definido en el inciso a) del artículo 23 de la ley
de impuesto a la ganancias. En consecuencia la nueva deducción denominada
"alquiler de casa habitación" será de alrededor de $ 60.000 anuales.
Una razón adicional que justifica la
modificación propuesta, es la consiguiente mejora en la fiscalización y control
sobre la declaración de las rentas que perciben los propietarios de éstos bienes, ya
que la reglamentación deberá establecer como condición para que proceda la
deducción, la correspondiente información respecto de esos beneficiarios.
En segundo lugar proponemos
modificar el importe máximo deducible por intereses de préstamos hipotecarios
para vivienda única, de $20.000 (veinte mil pesos) a $80.000 (ochenta mil pesos).
La razón no es otra que la que vemos con claridad aunque algunas estadísticas lo
nieguen. La pérdida del valor de la moneda ha hecho que aquella cifra apenas
alcance para pagar un mes de intereses hipotecarios.
Entendemos que la vivienda es un
derecho imprescindible y que es nuestro deber como legisladores, cuidar toda
inversión que se haga en materia de vivienda.
Es hora de dejar de presionar sobre
los trabajadores que hacen enormes esfuerzos junto a sus familias para encausar
el tema de la vivienda. Mientras no existan otro tipo de instrumentos es necesario
aliviar su economía, lo que permitirá generar por la vía de una mayor actividad,
recursos al resto de la economía.
Por todo lo expuesto solicito a los
señores legisladores la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
29/11/2016 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |