PROYECTO DE TP
Expediente 5568-D-2008
Sumario: APROBACION DE LA CARTA ACUERDO SUSCRIPTA ENTRE LA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES Y LA FUNDACION VIDA SILVESTRE ARGENTINA DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2006.
Fecha: 02/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 135
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1°.- Apruébase la Carta
Acuerdo suscripta entre la Administración de Parques Nacionales y la Fundación Vida
Silvestre Argentina con fecha 1º de noviembre de 2006, cuyo texto forma parte de la
presente como Anexo I.
ARTICULO 2°.- Acéptase la cesión de
jurisdicción efectuada por la Provincia de Buenos Aires al Estado Nacional mediante el
artículo 1º de la Ley provincial N° 13.681, promulgada por Decreto N° 984, de fecha 7
de junio de 2007 (B.O. N° 25675, de fecha 13 de junio de 2007) sobre un inmueble
inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires con
el Nº 1347816/7 e identificado como Parcela 33-d (42-3-85) y Parcela 33-f (42-3-88),
totalizando una superficie de TRES MIL CUARENTA HECTÁREAS, OCHENTA Y
NUEVE ÁREAS, OCHENTA Y OCHO CENTIÁREAS (3.040 ha, 89 a, 88 ca), ubicadas
en el Partido de General Lavalle, cuyo dominio pertenece al Estado Nacional -
Administración de Parques Nacionales, de acuerdo al Testimonio de Folio 490 de la
Escribanía General del Gobierno de la Nación.
ARTICULO 3°.- La superficie del
inmueble cuya cesión de jurisdicción se acepta y que podrá ser objeto de
modificaciones como consecuencia de las operaciones técnicas de deslinde y mensura
a efectuarse sobre el terreno, tiene los siguientes límites: Norte, el Río de la Plata; Sur,
los establecimientos denominados "La Linconia" y "Las Tijeras"; Oeste, la Ría de Ajó; y
Este, el Arroyo Las Tijeras.
ARTICULO 4°.- Acéptanse las
condiciones y plazos bajo los cuales la provincia de Buenos Aires realiza la cesión
sobre la porción de territorio a que se hace referencia en el artículo precedente.
ARTICULO 5°.- Habiéndose cumplido
los extremos exigidos por los artículos 1°, 3° y concordantes de la Ley N° 22.351,
créase el Parque Nacional "Campos del Tuyú".
ARTICULO 6°. - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Someto a su consideración el presente
proyecto, mediante el cual el Estado Nacional acepta la cesión de jurisdicción efectuada
por la provincia de Buenos Aires sobre un predio de 3.040 hectáreas y fracción, ubicado
en la Bahía de Samborombón, Partido de General Lavalle, como así también dando
cumplimiento al cargo de incorporar el área cedida al sistema de la Ley N° 22.351, de
Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, bajo el nombre
genérico de Parque Nacional "Campos del Tuyú".
La citada cesión ha sido realizada mediante
el dictado de la Ley de la provincia de Buenos Aires Nº 13.681, promulgada por Decreto
Nº 984 del Poder Ejecutivo Provincial, de fecha 7 de junio de 2007 y publicada en el
Boletín Oficial N° 25.675, de fecha 13 de junio de 2007).
Debe destacarse que la citada Ley fue
votada por unanimidad en ambas Cámaras, lo cual trasunta la convicción con que la
provincia de Buenos Aires asumió el paso inicial de lo que, confiamos, concluirá en la
creación del primer Parque Nacional situado en el territorio de esa provincia, un hecho
largamente anhelado en el ámbito de las entidades dedicadas a la conservación del
patrimonio natural y cultural de la Nación, y caracterizado por la propia Administración
de Parques Nacionales como de relevancia histórica.
Este proceso se inició el 1º de noviembre de
2006, cuando la Fundación Vida SiIvestre Argentina y la Administración de Parques
Nacionales suscribieron una Carta Acuerdo mediante la cual la entidad propietaria donó
al Estado Nacional la "Reserva de Vida Silvestre Campos del Tuyú" de su propiedad
con el objetivo y cargo de incorporarla al sistema de la Ley N° 22.351, de Parques
Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, bajo el nombre genérico de
Parque Nacional Campos del Tuyú.
Posteriormente, mediante una Adenda, las
entidades signatarias dieron por cumplida la condición suspensiva establecida en el
Artículo 6º de la Carta Acuerdo decisión que posibilitó la intervención de la Escribanía
General del Gobierno de la Nación quien, con fecha 14 de agosto de 2008, realizó la
Escritura Traslativa del dominio de los predios donados a favor del Estado Nacional -
Administración de Parques Nacionales (Testimonio de Folio 490 de la Escribanía
General del Gobierno de la Nación).
Finalmente, el inmueble fue inscripto en el
Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires con el Nº 1347816/7
con fecha 9 de setiembre de 2008.
En este estado de cosas, vengo a solicitar y
propiciar ante mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Haciendo una breve reseña histórica, cabe
subrayar que parte del predio que nos ocupa fue, inicialmente, objeto de un convenio
entre la citada entidad conservacionista y quien por entonces era su propietario, el
señor Marcial Quiroga (1979). Desde aquel momento, se comenzó a manejarla como un
área protegida privada. Ya en 1985, la Fundación adquirió la propiedad, que tenía 2.006
hectáreas y, posteriormente, en 1989, compró 1.034 hectáreas de un campo vecino,
llegando así a las 3.040 hectáreas y fracción que tiene actualmente. Ambas compras
fueron logradas con el apoyo económico de miles de socios y adherentes concretado a
través de una campaña pública de recaudación.
Desde sus orígenes, en 1979, la actividad
desarrollada por la Fundación Vida Silvestre Argentina en la "Reserva de Vida Silvestre
Campos del Tuyú" ha sido profusa. Durante 29 años, no sólo se ha reunido gran
cantidad de información y experiencias de manejo sobre el área en general y sobre la
conservación de los venados de las pampas en particular, sino que también se la dotó
de personal a cargo del área -un egresado del entonces Centro de Instrucción de
Guardaparques Nacionales-, apoyo técnico y profesional, y de un Plan de Manejo
específico, aprobado en el año 2004.
Según registros, el área
objeto del presente proyecto cuenta, entre sus valores de conservación, numerosas
especies vegetales, aves y mamíferos, varias de las cuales se encuentran amenazadas
en distinto grado. Además del venado de las pampas (Ozotoceros bezoarticus celer),
que desde 1975 figura en el Apéndice I de la Convención Internacional sobre el
Comercio de Especies Amenazadas (CITES), podemos citar al gato montés (Oncifelis
geoffroyi) en la misma situación; el espartillero enano (Spartonoica maluroides)
catalogado como "bajo riesgo/cerca de la amenaza" por la Unión Internacional de
Conservación de la Naturaleza (UICN), mientras que a la gaviota cangrejera (Larus
atlanticus) se le ha otorgado la categoría de "vulnerable", al igual que a la monjita
dominica (Xolmis dominicana).
Por ser un área de difícil
acceso y sujeta a inundaciones periódicas, Campos del Tuyú ha sufrido un impacto
menor comparado con otras áreas de pastizal, siendo posible encontrar distintas
comunidades vegetales en buen estado de conservación. Amplios espartillares de
Spartina densiflora cubren el 50 % del área, tanto en forma pura como asociados a
gramíneas y hierbas tales como Agropyron scabriofolium, Cortaderia selloana, Distichlis
spicata, Apium sellowianum, Sida leprosa, Salicornia ambigua. También presenta
manchones de cortaderas, juncos (Juncos acutus) y Salicornia. Si bien ocupa alrededor
del 1%, también encontramos la formación denominada "talar", bosque xeromórfico
cuya especie dominante es el tala (Celtis tala), acompañada por el coronillo (Scutia
buxifolia), la sombra de toro (Jodinia rhombifolia) y el duraznillo negro (Cestrum
parquii).
Aproximadamente el 40 % de
la Reserva se encuentra en zona baja, cercana a la costa, dominada por Salicornia
ambigua, y corresponde al área donde están asentados los cangrejales de Uca
uruguayensis y Chasmagnatus granulata.
En materia de fauna,
encontraremos más de 300 especies entre peces, anfibios, reptiles, mamíferos y aves.
Dentro de este último grupo conviven las típicas del pastizal, como el ñandú (Rhea
americana) y las perdices o inambúes colorada (Rynchotus rufescens) y chica, (Nothura
maculosa); las del bosque xerófilo, como zorzales (Turdus rufiventris), calandrias
(Mimus saturninus) y monjitas; las acuáticas, tanto residentes como migratorias, como
flamencos (Phoenicopterus chilensis), cisnes (Cygnus melancoryphus y Coscoroba
coscoroba), rayadores (Rynchops nigra), gaviotines (Sterna sp), gaviotas (Laurus sp) y
numerosos "playeros" o "chorlos".
Entre los mamíferos ya
hemos mencionado al venado de las pampas, pero también se encuentran zorros
(Lycalopex gymnocerus); gatos monteses; hurones (Galictis cuja), gatos de los
pajonales (Oncifelis colocolo); carpinchos (Hydrochaeris hydrochaeris); comadrejas
(Didelphis albiventris); coipos (Myocastor coypus), etc. Entre los reptiles cabe
mencionar a la yarará (Bothrops alternatus) y diversas culebras.
Por otra parte, el área es representativa del
patrimonio de la cultura gauchesca. Se encuentra dentro de un circuito de gran
potencial turístico, donde se combinan áreas protegidas, museos regionales y
balnearios. La cultura ecuestre gauchesca imprimió un sello inconfundible a este
territorio y a sus prácticas sociales y económicas. La vigencia actual de este
excepcional patrimonio cultural, en su profunda articulación con el patrimonio natural, se
hace presente en cada punto de esta región. Desde hace años se celebra en General
Lavalle la "Semana de Santos Vega", célebre payador cuyos restos, según se dice,
están enterrados en la zona.
El área destinada al proyecto presenta un
alto valor ambiental y resulta prioritaria para la conservación de un sector del pastizal
pampeano, ecosistema aún no representado en el sistema nacional de áreas protegidas
y escasamente representado en los diversos subsistemas provinciales. En el mundo,
solo un 4,6 % de los pastizales templados cuenta con algún grado de protección,
mientras que en las pampas argentinas ese porcentaje se reduce a apenas un 1,05 %;
muy inferior a los niveles de 10 % o 15 % que la comunidad científica entiende como
satisfactorios para considerar que una ecoregión se encuentra protegida. Buena parte
del ecosistema que se pretende conservar mediante este proyecto de Ley, ha sufrido
una importante disminución en todo el territorio debido, fundamentalmente, a la
transformación del uso del suelo para diversas actividades, como la agricultura, la
ganadería y, en menor medida, las plantaciones forestales y las urbanizaciones. Los
pastizales proveen a la humanidad de múltiples y diversos beneficios: fijación de dióxido
de carbono; freno a los procesos de erosión de suelos e inundaciones; importante
fuente de material genético; provisión de insectos polinizadores y de enemigos
naturales de numerosas plagas que atacan los cultivos y purificación del agua son solo
alguno de ellos.
Es de resaltar que el área objeto del
presente Proyecto se encuentra en la zona de dispersión natural del venado de las
pampas, especie emblemática del pastizal pampeano y uno de los herbívoros más
abundantes de la pampa argentina hasta la colonización, período a partir del cual sus
poblaciones iniciaron un franco proceso de retroceso.
Actualmente, la Bahía Samborombón, región
de la cual la Reserva de Vida Silvestre Campos del Tuyú forma parte, conserva una de
las dos poblaciones remanentes de esta subespecie en nuestro país, cuyo número
oscila entre 200 y 400 individuos. Al mismo tiempo, su heterogeneidad de hábitats da
cabida a una gran diversidad de animales y plantas autóctonos, por lo cual, además de
constituir un refugio para el venado de las pampas, ofrece un ambiente adecuado para
la conservación de gran parte de la fauna y flora autóctonas de la región.
El interés local, provincial, nacional e
internacional por la conservación del área y del venado de las pampas ha ido creciendo
progresivamente.
Localmente, el Honorable Concejo
Deliberante del Municipio de General Lavalle ha declarado "de Interés Municipal" la
creación del Parque Nacional (Ordenanza Nº 1058/2005, promulgada por Decreto
Municipal Nº 390/2005. El reconocimiento de "Campos del Tuyú" como parte integrante
de un área distintiva para la conservación del pastizal pampeano se sumará a la
declaración de la Bahía Samborombón como "Humedal de Importancia Internacional"
incluido en el listado de la Convención Ramsar (1997); a la creación de diversas áreas
protegidas por parte de la provincia de Buenos Aires, tales como la Reserva Natural
Integral Rincón de Ajó (Decretos N° 6.276/87 y 4.973/88, ratificados por Ley Nº 12.016
en el año 1997), la Reserva Natural Integral Bahía Samborombón (Decreto N° 1.193/82,
ratificado por Ley Nº 12.016), el Refugio de Vida Silvestre Bahía Samborombón (Ley Nº
12.016) y la declaración del venado de la pampas como Monumento Natural provincial
por Decreto Nº 7.913/84, ratificado por la Ley N° 11.689 en el año 1995; y a la
declaración de General Lavalle como "Capital del Venado de las Pampas" en el año
2000.
A todo lo expuesto, debemos agregar que la
relativa cercanía de "Campos del Tuyú" al Área Metropolitana de Buenos Aires (menos
de 350 kilómetros), y el fácil y rápido acceso a la zona por las rutas Nº 2 y 11 (entre
General Lavalle y San Clemente del Tuyú), ofrece una oportunidad única para que
"Campos del Tuyú", una vez que se desarrollen la infraestructura y el control
adecuados, se convierta en uno de los pocos parques nacionales plenamente
accesibles a la población que vive en el conurbano bonaerense, y que pueda ser
visitado por escolares y familias, tanto bonaerenses como de todo el país. En este
sentido, las oportunidades para actividades educativas y turísticas será un valor
agregado clave de este proyecto. La presencia de un parque nacional en la región de
Samborombón es claramente un factor de desarrollo local y regional.
En el marco de la Carta Acuerdo
Compromiso de Donación rubricado con la Fundación Vida Silvestre Argentina, la
Administración de Parques Nacionales ha llevado adelante mecanismos de
participación de todos los actores vinculados con la creación del Parque Nacional, lo
cual fue materializado mediante la constitución de un "Comité de Diseño del Parque
Nacional", conformado por representantes de la Municipalidad de General Lavalle, del
Poder Ejecutivo provincial, de la Legislatura bonaerense y de la propias instituciones
signatarias, a través del cual se elaboró el proyecto de Plan de Manejo del futuro
Parque Nacional Campo del Tuyú.
Sin duda, el proyecto que se somete a
vuestra consideración marcará, en caso de ser aprobado, un hito trascendente para el
Estado Nacional, en tanto el Parque Nacional será la culminación de un proceso de
estrecha colaboración entre organismos provinciales, nacionales y municipales y la
entidad donante. Asimismo será el inicio de una labor conjunta a futuro entre la
Provincia de Buenos Aires y la Administración de Parques Nacionales en el
fortalecimiento de las actividades de conservación de la biodiversidad. Las áreas
protegidas provinciales y las nacionales se encuentran ligadas por nombres de la
historia y pretendemos que, de ahora en más, se encuentren ligadas por hechos como
éste.
Este tipo de sinergia, que redunda en un
conjunto de mayor entidad que la mera suma de las partes, y que resultará de la
interacción y conjunción de esfuerzos entre el futuro Parque Nacional Campos del Tuyú
y las reservas provinciales ya existentes, harán de la Bahía de Samborombón y sus
variados y valiosos recursos naturales y culturales, una extraordinaria área de
conservación sin precedentes en la Provincia de Buenos Aires.
Situado a 224 km de la capital provincial, a
300 km de la ciudad de Buenos Aires, Campos del Tuyú se convertirá en un Parque
Nacional donde la combinación de sus características sobresalientes en cuanto a
biodiversidad, conservación y cultura, con la existencia en el área de sitios y
condiciones aptos para la apreciación pública de tales recursos, repercutirán
positivamente en el incremento del turismo regional responsable y ambientalmente
sustentable en su zona de influencia, y en particular en la localidad de General Lavalle
.
Por lo expuesto solicito a los señores
Diputados que acompañen el presente proyecto con su voto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERNAZZA, CLAUDIA ALICIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ILARREGUI, LUIS ALFREDO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SOLA, FELIPE CARLOS | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SEGARRA, ADELA ROSA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES |
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/11/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
02/12/2008 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
04/12/2008 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1579/2008 | 15/12/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 03/12/2008 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 10/12/2008 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) | 13/05/2009 | |
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 13/05/2009 | SANCIONADO |
Senado | INSERCIONES | 13/05/2009 |